GESTIÓN PRESUPUESTAL Y FINANCIERA Cláusulas de Ejemplo

GESTIÓN PRESUPUESTAL Y FINANCIERA. 6.1 Análisis presupuesto de funcionamiento 6.2 Análisis presupuesto de inversión 6.3 Análisis reservas presupuestales 6.4 Comparativo informes financieros y contables - Estado de situación financiera comparativo septiembre 30 de 2023 vs junio 30 de 2023 ACTIVO. La porción corriente del activo del estado de situación financiera a corte de septiembre 30 de 2023 representó el 77.5% del total del activo. Siendo el rubro más representativo del activo corriente el de los otros activos, y específicamente la cuenta 1908 PASIVO: Frente al pasivo que muestra el estado de situación financiera de la entidad, se puede apreciar que su porción corriente equivale al 90% del total del pasivo, siendo la cuenta más representativa la 2511 Beneficios a los empleados a corto plazo que cuantía de $1.311.5 millones corresponde al 82% del total del activo corriente de la entidad. Este rubro refleja las obligaciones por concepto de prestaciones sociales a favor de los funcionarios del Instituto a corto plazo, por conceptos tales como: Cesantías, intereses a las cesantías, vacaciones, prima de vacaciones, prima xx xxxxxxx, bonificaciones y otras primas. Lo anterior con motivo del reconocimiento contable llevado a cabo atendiendo el principio de devengo o causación. PATRIMONIO. La siguiente es la composición del Patrimonio del Instituto a 30 de septiembre de 2023: Como se puede apreciar el Patrimonio Neto de la entidad fue positivo como resultado de la suma de un capital fiscal de 3.285,1 millones, menos un déficit acumulado de ejercicios anteriores que ascendió a -$2.304 millones, y menos un déficit parcial del ejercicio en cuantía de -$277.9 millones a corte de septiembre 30 de 2023. No obstante, el Instituto depende para el ejercicio de su cometido estatal de los recursos sin contraprestación, provenientes de la Tesorería Distrital de la Secretaría de Hacienda Distrital. Con respecto al mismo rubro de Patrimonio a xxxxx xx xxxxx 30 de 2023 reflejó un incremento en cuantía de $623.7 millones, toda vez que en el segundo trimestre de 2023 se registró con cargo al resultado del ejercicio lo correspondiente a la amortización de la cuenta 1908 -Recursos entregados en administración- por el orden de los $897.7 millones de pesos, generando el déficit en el estado de resultados anteriormente mencionado. INGRESOS. Los ingresos por Operaciones Interinstitucionales - Fondos recibidos a septiembre 30 de 2023 en cuantía de $7.389 millones de pesos provinieron en su totalidad de las transferenci...

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  • Solvencia económica, financiera y técnica Incorporación de cláusulas sociales, ambientales y de innovación como criterios de selección: No procede. Como criterios sociales Como criterios ambientales Como criterios de innovación Acreditación de la solvencia económica y financiera: Los licitadores deberán acreditar un volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos, deberá ser al menos una vez y media: • El valor estimado del contrato (o de los lotes a que se licite) cuando su duración no sea superior a un año. • O el valor anual medio del contrato (o de los lotes a que se licite) cuando su duración sea superior al año. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1203015106077041439096 El propuesto adjudicatario deberá acreditar esta solvencia con la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Si por razones justificadas el licitador no está en condiciones de presentar la referencia solicitada, podrá acreditar su solvencia mediante: Patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a una anualidad del presupuesto máximo de licitación. *Se deberá acreditar esta solvencia con una declaración expresa responsable del licitador; y el propuesto adjudicatario deberá acreditar esta solvencia con la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato (o de los lotes a los que licite) Los suministros efectuados se acreditarán mediante la presentación de un mínimo de tres certificados dentro de los últimos tres años, indicando importes, expedidos o visados por el órgano competente, cuyo importe cubra el 70% como mínimo del valor estimado del contrato (o de los lotes a los que licite). La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1203015106077041439096 Para acreditar que los suministros tienen igual naturaleza, los certificados indicaran los tres primeros dígitos del CPV. Si por razones justificadas documentalmente (ausencia de actividad en todos o alguno de los tres últimos ejercicios fiscales) un empresario no puede facilitar la declaración exigida, en los párrafos anteriores, la acreditará mediante cualquiera de los siguientes medios: Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales: NO

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