Common use of Hospitalización Clause in Contracts

Hospitalización. Cualquier tipo de hospitalización se realizará en clínica u hospital designado por la Entidad Aseguradora. Para ello será necesaria la previa prescripción de un especialista concertado y autorización escrita de ésta. La hospitalización se hará siempre en habitación individual que dispondrá de cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y se- rán por cuenta de La Aseguradora los gastos derivados de la realización de los métodos diag- nósticos y terapéuticos, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamen- tos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura de la póliza. Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones de tipo social.

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Hospitalización. Cualquier tipo de hospitalización se realizará en clínica u hospital designado por la Entidad Aseguradora. Para ello será necesaria la previa prescripción de un especialista concertado y autorización escrita de ésta. La hospitalización se hará siempre en habitación individual que dispondrá de cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y se- rán serán por cuenta de La la Aseguradora los gastos derivados de la realización de los métodos diag- nósticos diagnósticos y terapéuticos, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamen- tosmedi- camentos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura de la póliza. Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones de tipo social.

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Hospitalización. Cualquier tipo de hospitalización se realizará en clínica u hospital designado por concertado con la Entidad Enti- dad Aseguradora. Para ello será necesaria la previa prescripción de un especialista concertado concer- tado y autorización escrita de ésta. La hospitalización se hará siempre en habitación individual que dispondrá de cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y se- rán serán por cuenta de La la Aseguradora los gastos derivados de la realización de los métodos diag- nósticos diagnósticos y terapéuticos, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamen- tosmedi- camentos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura de la póliza. Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones de tipo social.

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Hospitalización. Cualquier tipo de hospitalización se realizará en clínica u hospital designado por concertado con la Entidad Enti- dad Aseguradora. Para ello será necesaria la previa prescripción de un especialista concertado concer- tado y autorización escrita de ésta. La hospitalización se hará siempre en habitación individual que dispondrá de cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y se- rán serán por cuenta cuen- ta de La la Aseguradora los gastos derivados de la realización de los métodos diag- nósticos diagnósticos y terapéuticos, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamen- tosmedicamentos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura de la póliza. Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones de tipo social.

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Hospitalización. Cualquier tipo de hospitalización se realizará en clínica u hospital designado por la Entidad Aseguradora. Para ello será necesaria la previa prescripción de un especialista concertado y autorización escrita de ésta. La hospitalización se hará siempre en habitación individual que dispondrá de cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y se- rán por cuenta de La Aseguradora los gastos derivados de la realización de los métodos diag- nósticos y terapéuticos, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamen- tos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura de la póliza. Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones de tipo social. electrocardiograma), las visitas y curas del postoperatorio inmediato, la cirugía mayor ambu- latoria, y en su caso los implantes quirúrgicos y prótesis.

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Hospitalización. Cualquier tipo de hospitalización se realizará en clínica u hospital designado por la Entidad Aseguradora. Para ello será necesaria la previa prescripción de un especialista concertado y autorización escrita de ésta. La hospitalización se hará siempre en habitación individual que dispondrá de cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y se- rán por cuenta de La Aseguradora Compañía los gastos derivados de la realización de los métodos diag- nósticos diagnós- ticos y terapéuticos, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamen- tosmedicamentos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura de la póliza. Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones de tipo social.

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Hospitalización. Cualquier tipo de hospitalización se realizará en clínica u hospital designado por la Entidad Aseguradora. Para ello será necesaria la previa prescripción de un especialista concertado y autorización escrita de ésta. La hospitalización se hará siempre en habitación individual que dispondrá de cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y se- rán por cuenta de La la Aseguradora los gastos derivados de la realización de los métodos diag- nósticos y terapéuticos, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamen- tos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura de la póliza. Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones de tipo social.

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Hospitalización. Cualquier tipo de La hospitalización se realizará en clínica u hospital designado por previa prescripción escrita de un médico de la Entidad Aseguradora. Para ello será necesaria en los centros que designe la previa prescripción de un especialista concertado y autorización escrita de ésta. La hospitalización se hará siempre misma, en habitación individual que dispondrá dotada de aseo y cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y se- rán de acompañante. Serán por cuenta de La Aseguradora la Entidad los gastos derivados de la realización de los métodos diag- nósticos y terapéuticosestancias, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamen- tos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura quirófano, anestesia, pruebas diagnósticas, tratamientos especiales y medicación. Hospitalización médica. La duración del internamiento será determinada por el criterio del médico de la pólizaEntidad encargado de la asistencia. Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones En ningún supuesto se aceptarán como motivo de permanencia los problemas de tipo social.

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