Igualdad de oportunidades. Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Igualdad de oportunidades. Las organizaciones firmantes del Convenio, tanto sindicales como empresarial, entienden que es necesario establecer un marco normativo general de intervención a nivel sectorial para garantizar que el derecho fundamental a la igualdad de trato y oportunidades en las empresas sea real y efectivo. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociarnegociar y, y en su caso acordarcaso, acordar con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos forma que se determine en la legislación laboral. Los De igual modo, aquellas empresas que la legislación vigente les obligue, deberán elaborar los correspondientes planes de igualdad. Asimismo, ambas representaciones se comprometen al escrupuloso cumplimiento de las normas establecidas respecto a igualdad de género, discapacidad, mobbing, acoso sexual en las empresas son un conjunto ordenado relaciones de medidastrabajo y violencia de género, adoptadas después habiendo formado esta cuestión parte destacada de realizar un diagnóstico las negociaciones del presente convenio al objeto de situación, tendentes a alcanzar en la empresa promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar hombre en el ámbito laboral. De igual modo serán valoradas por la discriminación por razón dirección de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos la empresa, de igualdad a alcanzaracuerdo con lo establecido en la normativa vigente, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecuciónsituaciones especiales que necesitaran reducciones de jornada por motivos familiares, así como riesgo durante el establecimiento embarazo, riesgo durante la lactancia natural de sistemas eficaces un menor de seguimiento y evaluación nueve meses, situaciones de los objetivos fijados. Para la consecución violencia de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplargénero, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiarexcedencias especiales, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón todas aquellas, debidamente justificadas que de sexo. Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresaforma coyuntural, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajose produjeran.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Igualdad de oportunidades. Las De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Las partes firmantes del Convenio, medidas entienden que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En es necesario esforzarse para garantizar el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse derecho a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades en la empresa, conscientes de oportunidades entre la necesidad de seguir avanzando en la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito laboral, e incidir en la igualdad de trato y a eliminar la no discriminación por razón de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecucióngénero, así como en la eliminación de estereotipos, fomentando el establecimiento igual valor de sistemas eficaces hombres y mujeres en todos los ámbitos. Se comprometen a adoptar las medidas que se estimen necesarias y acuerdan llevar a cabo diferentes actuaciones en base a los siguientes principios:
a) Promover la aplicación efectiva de seguimiento y evaluación la igualdad de los objetivos fijados. Para oportunidades en la consecución de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de Entidad en cuanto al acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y a la formación, retribucionesa la promoción, ordenación del tiempo a la protección a la maternidad y en las condiciones de trabajo para favorecertrabajo, así como en términos de igualdad entre mujeres y hombres, cuanto a la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio de la posibilidad vida familiar y laboral (permiso de establecer paternidad, lactancia, reducción de jornada por guarda legal y excedencia por cuidado de hijos).
b) Prevenir, detectar y erradicar cualquier manifestación de discriminación, directa o indirecta.
c) Identificar conjuntamente líneas de actuación e impulsar y desarrollar acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros concretas en esta materia.
d) Impulsar una presencia equilibrada de trabajola mujer en los ámbitos de la Entidad.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Igualdad de oportunidades. Las empresas están obligadas a partes firmantes de este Convenio declaran su voluntad de respetar la igualdad el principio de igual- dad de trato en el trabajo y de oportunidades en el ámbito laboral yoportunidades, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación no admitiéndose discriminaciones por razón de sexo, estado civil, edad, raza o etnia, religión, o convicciones, discapacidad, orientación sexual, ideas políticas, afiliación o no a un sindicato, etcétera. En ellos Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de las relaciones laborales. Los firmantes del presente Xxxxxxxx se fijarán comprometen a trabajar en la implantación xx xxxxxx- cas y valores, con distribución de normas y valores claros en todos los niveles de la organiza- ción, que garanticen y mantengan entornos laborales libres de acoso donde se respete la dignidad del trabajador y se facilite el desarrollo de las personas. Para la consecución de estos objetivos, las partes firmantes se obligan a elaborar e implantar durante la vigencia del presente Convenio un plan de Igualdad, el cual fijará los objetivos concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos objeti- vos fijados. Para la consecución Asimismo, contemplará, el análisis de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las siguientes cuestiones: las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres hombres y hombresmujeres. La Comisión Paritaria del presente Convenio, velará por la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención interpretación del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes mismo en mate- ria de igualdad incluirán la totalidad y no discriminación así como de una empresarealizar un seguimiento del Plan de Igualdad, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajosemestralmente con carácter ordinario.
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Samples: Convenio Colectivo
Igualdad de oportunidades. Es obligación de las empresas respetar el principio de igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros centro de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo
Igualdad de oportunidades. Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 50 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo
Igualdad de oportunidades. Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación apli- cación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico diag- nóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias estra- tegias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación xxx- luación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales espe- ciales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Transportes De Mercancías Por Carretera
Igualdad de oportunidades. Las De acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, las empresas están incluidas en el ámbito de aplicación de este Convenio estarán obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar finalidad adoptarán las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres hombres y hombresmujeres, medidas que deberán negociarnegociarán y, y en su caso acordarcaso, acordarán con los representantes legales de los trabajadores trabajadores, en los términos previstos la forma que se determine en la legislación vigentelaboral. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadorestrabajadores las empresas estarán obligadas a negociar, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración elaborar y aplicación de un plan aplicar planes de igualdad, con el alcance y contenido establecidos . Estos planes se articularán en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de la situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los Estos planes de igualdad podrán contemplar, contendrán entre otras, las materias de siguientes materias: acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombrestrabajo, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los En los planes también se establecerán los objetivos concretos a alcanzar así como los sistemas de igualdad incluirán la totalidad seguimiento y evaluación de una empresa, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajolos mismos.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Granjas Avícolas Y Otros Animales
Igualdad de oportunidades. Las empresas están obligadas La empresa está obligada a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán deberá adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán deberá negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de que la empresa emplee a más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes El plan de igualdad de las empresas son la empresa es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. En ellos él se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los planes el plan de igualdad podrán podrá contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes El plan de igualdad incluirán incluirá la totalidad de una empresa, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajocolectivos.”
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Igualdad de oportunidades. Las empresas están obligadas partes firmantes de este convenio se comprometen a respetar garantizar la igualdad no discriminación por razón de trato y de oportunidades en el ámbito laboral sexo, raza, edad, origen, nacionalidad, pertenencia étnica, orientación sexual, discapacidad o enfermedad, y, por el contrario, velar por que la aplicación de las normas laborales no incurriera en supuesto de infracción alguna que pudiera poner en tela de juicio el cumplimiento estricto de los preceptos constitucionales. De conformidad con esta finalidad, deberán adoptar el deber de negociar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar en el ámbito laboral según lo previsto en la discriminación por razón Ley Orgánica 3/2007, de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos 22 xx xxxxx, de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad Igualdad Efectiva entre mujeres y hombres, ambas partes expresan la conciliación laboralnecesidad de hacer efectivo y real el derecho fundamental a la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el trabajo. La eliminación de las desigualdades entre unas y otros es un objetivo que debe integrarse en todos los ámbitos de actuación. Por ello, personal se acuerda favorecer una gestión óptima de los recursos humanos que evite discriminaciones y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón que pueda ofrecer igualdad de sexo. Los planes de igualdad incluirán oportunidades en lo que se refiere al:
a) Acceso al empleo.
b) Acceso a la totalidad de una empresa, sin perjuicio de formación.
c) Acceso a la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajoformación profesional.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Igualdad de oportunidades. Las empresas están obligadas a respetar partes firmantes del presente convenio colectivo acuerdan promocionar la Igualdad de Oportunidades, fortaleciendo las bases de una nueva cultura en la organización del trabajo que favorezca la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral efectiva entre mujeres y hombres, medidas y que, además, posibilite la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Se ha elaborado un Plan de Igualdad que deberán negociar, y en su caso acordarcuenta con un diagnóstico de situación xx xxxxxxx, con los representantes legales datos que aporte la empresa, una propuesta de medidas concretas necesarias para resolver las carencias detectadas, y de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces mecanismos de seguimiento y evaluación que se consideren convenientes para ver el grado de los objetivos fijadoscumplimiento. Para la consecución Las distintas formas de los objetivos fijados los planes discriminación o desigualdad a detectar, y que serán el principal objetivo de diagnóstico, son las que afectan a: Igualdad de trato de oportunidades en: Acceso al empleo Clasificación profesional Formación Promoción Retribución Distribución del tiempo Aquellas que puedan ser identificadas en función de las características del puesto de trabajo Acoso sexual y acoso por razón de sexo Discriminación por embarazo o maternidad También se podrán realizar propuestas que garanticen el principio de igualdad podrán contemplary no discriminación en la empresa y aquellas acciones que hagan cumplir el objetivo principal, entre otrases decir, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.
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Igualdad de oportunidades. Las empresas Todas las condiciones que se pactan en este convenio en cualquier materia, afectarán por igual a ambos sexos. De acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las Empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar adoptarán medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociarnegociarán y, y en su caso acordarcaso, acordarán, con los representantes legales la representación legal de los trabajadores en los términos previstos trabajadores, en la legislación vigente. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos forma que se determine en la legislación laboral. Los planes Las partes firmantes de este Convenio declaran su voluntad de respetar el principio de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidastrabajo y oportunidades, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la no admitiéndose discriminación por razón de sexo. En ellos se fijarán los concretos objetivos de igualdad , estado civil, edad, raza o etnia, religión o convicciones, discapacidad, orientación sexual, ideas políticas, afiliación a alcanzarun sindicato, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexoetcétera. Los planes firmantes del presente Xxxxxxxx se comprometen a trabajar en la implantación de igualdad incluirán la totalidad políticas y valores, con distribución de una empresa, sin perjuicio normas y valores claros en todos los niveles de la posibilidad organización, que garanticen y mantengan entornos laborales libres de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros acoso donde se respete la dignidad dela persona trabajadora y se facilite el desarrollo de trabajolas personas.
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Samples: Convenio Colectivo
Igualdad de oportunidades. Las empresas están obligadas La empresa está obligada a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán deberá adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán deberá negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en los términos previstos en la legislación vigente. En el caso de las empresas de que la empresa emplee a más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en la legislación laboral. Los planes El plan de igualdad de las empresas son la empresa es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. En ellos él se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados los planes el plan de igualdad podrán podrá contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes El plan de igualdad incluirán incluirá la totalidad de una empresa, sin perjuicio de la posibilidad de establecer acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajocolectivos.
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