Inspecciones subacuáticas Cláusulas de Ejemplo

Inspecciones subacuáticas. Para las actividades de inspecciones subacuáticas a los buques atracados en la Instalación portuaria, se tiene definido el procedimiento donde se describen las actividades para desarrollar de forma coordinada y segura las inspecciones subacuáticas a los buques atracados en la Instalación portuaria de Grupo Portuario S.A. Ver anexo No. 9 “Procedimiento de inspecciones subacuáticas – PPM-04”. Grupo Portuario S.A., no presta servicios de embarque y desembarque de pasajeros. Grupo Portuario S.A., realiza por medio de una serie de equipos descritos en este reglamento que permite minimizar los tiempos de manipulación y almacenamiento contribuyendo a la eficiencia de la operación y teniendo en cuenta que cada mercancía tiene que ser manipulada de manera diferente dependiendo de la naturaleza de la misma. Se dispone de una capacidad instalada de 107.383,8 m3 repartidos en interior, exterior de la instalación portuaria. Esta superficie permite la recepción y almacenamiento de todo tipo de carga, desde carga a granel, Carga suelta y Contenerizada. Grupo Portuario S.A., considera dentro de los servicios prestado la actividad de Cargue/Descargue una de las actividades más importantes de la logística en la que intervienen muchas variables que deben mantenerse bajo estricto control, con el fin de proteger la carga, para optimizar los costos en las operaciones de almacenamiento y traslados en las bodegas. Para esto tiene definido los procesos en el protocolo No. 27. “Protocolos para el manejo de todo tipo de carga, almacenamiento, entrada, salida, recibo y entrega de mercancías en las instalaciones portuarias y los protocolos de transferencia de mercancías a otros medios de transporte” de este reglamento. Grupo Portuario S.A., no presta el servicio de Estiba /Desestiba. Este servicio es prestado por el operador portuario que se encarga de llevar a cabo las operaciones de manipulación de todo tipo de mercancías, desde la carga y descarga de los buques hasta su almacenaje. Para ello, disponen de la maquinaria necesaria y el personal cualificado con el fin de operar en las mejores condiciones posibles. Grupo Portuario S.A., no presta el servicio de clasificación y toma de muestras. Grupo Portuario S.A., no realiza reconocimiento o inspecciones de mercancías. Este servicio es prestado por el operador portuario y la Agencia de Aduanas y para su ingreso y estadía en las instalaciones debe cumplir con requisitos de ingresos a las instalaciones portuarias descritos en este regla...
Inspecciones subacuáticas. Las inspecciones subacuáticas serán llevadas a cabo por buzos de Ia Armada Nacional antes del zarpe del buque. Durante la inspección la propela o máquina principal debe estar detenida, no habrá bombeos y no tendrá lugar ninguna clase de descargue, ninguna válvula podrá ser abierta y/o cerrada y se deberá izar la bandera Alfa correspondiente al código internacional de señales que indica buzos en el agua. La inspección subacuática podrá ser llevada a cabo en el muelle o en el área de fondeo dependiendo de las condiciones de ocupación del terminal, regulaciones de la autoridad marítima o condiciones meteomarinas. El Capitán el buque será el responsable de la seguridad de los buzos en lo referente a equipos del buque.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.