Justificación de la subvención. 1. La realización de la actividad subvencionada se justificará por la modalidad de cuenta justificativa. La mancomunidad presentará ante la Dirección General de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin de que se proceda a su inspección y certifica- ción. El interesado aportará la siguiente justificación documental: a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades reali- zadas y de los resultados más representativos del proyecto y en caso de que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida por técnico competente dando cuenta de la finalización del total de las obras y/o la rea- lización de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contrato. b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas fir- mada por el solicitante, que contendrá la relación detallada de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria se acompañará de las facturas o documentos con valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de la documentación acreditativa del pago de las mismas. La fecha de emisión de las facturas y documentos acreditativos de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:
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Justificación de la subvención. 1. La realización de Con carácter general, la actividad subvencionada se justificará por justificación adoptará la modalidad de cuenta justificativa. La mancomunidad presentará ante justificativa con aportación de justificantes de gasto, en los términos previstos en el artículo 72 del Reglamento de la Dirección Ley General de Reequili- brio Territorial Subvenciones. Las cuentas justificativas a presentar, tanto por la justificación del gasto a fin Federación Española de que se proceda a su inspección Municipios y certifica- ción. El interesado aportará Provincias, como por cada una de las Entidades Locales beneficiarias de las ayudas previstas en el presente Convenio, contendrán la siguiente justificación documental:información: cve: BOE-A-2022-12917 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
a) 1. Una memoria Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas impuestas en la concesión de la subvención, así como de los compromisos adquiridos, con indicación de las actividades reali- zadas realizadas, debidamente documentadas, y de los resultados más representativos del proyecto y en caso de que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida por técnico competente dando cuenta de la finalización del total de las obras y/o la rea- lización de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contratoobtenidos.
b) 2. Una memoria Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas fir- mada por el solicitanterealizadas, que contendrá la contendrá:
a) Una relación detallada clasificada de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria se acompañará gastos e inversión de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y de pago.
b) La realización del gasto y su correspondiente pago, deberán acreditarse mediante la presentación de las facturas o documentos con contables de valor probatorio equivalente equivalente, así como sus justificantes de pago de dichos gastos.
c) En su caso, una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
d) Xxxxxxxxxx, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa apartado a).
e) En las contrataciones de servicios y suministros, teniendo en cuenta el carácter de Poder Adjudicador de las entidades beneficiarias, se estará a lo dispuesto en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. La documentación relativa a esos expedientes de contratación deberá ser custodiada y remitida para la oportuna justificación del procedimiento. A partir de la documentación acreditativa entrada en vigor de la Orden ESS/1924/2016, en base a su artículo 5.2, los costes indirectos sólo serán subvencionables en el caso de que su justificación se realice mediante alguna de las siguientes opciones de costes simplificados:
a) Baremos estándar de costes unitarios. En este caso se deberá presentar una descripción del método de cálculo, las fuentes de los datos utilizados para el cálculo y el propio cálculo realizado.
b) Importes a tanto alzado que no superen los 100.000 euros de contribución pública. Se deberá acreditar la correcta aplicación del método de cálculo en función de la realidad de las cantidades declaradas y los productos o resultados.
c) Financiación a tipo fijo determinada mediante la aplicación de un porcentaje a una o varias categorías definidas de costes. En este caso sólo se deberá justificar el coste real subvencionable que se haya tomado como base para el cálculo.
d) En los supuestos de subcontratación, acreditación del cumplimiento del procedimiento contratación correspondiente previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) En su caso, justificante del pago de las mismas. La fecha reintegro, en el supuesto de emisión remanentes no aplicados, así como de las facturas y documentos acreditativos los intereses derivados de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:los mismos.
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Samples: Convenio
Justificación de la subvención. 1. La realización El plazo máximo de presentación en el Registro General, de la actividad subvencionada Memoria Evaluativa Final y documentación justificativa será el 31 de enero de 2019. Las facturas o justificantes debidamente relacionados, que deberán ser originales (en ningún caso se justificará por admitirán fotocopias), emitidos a nombre de la modalidad de cuenta justificativa. La mancomunidad presentará ante la Dirección General de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin de que se proceda a su inspección y certifica- ción. El interesado aportará la siguiente justificación documental:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas en la concesión entidad preceptora de la subvención, con indicación reflejando de forma expresa que su pago se ha efectuado, y en todos ellos deberá figurar el Vº Bº de la representante de la entidad. En el caso de que los costes justificados sean inferiores a las cuantías ya abonadas, la entidad subvencionada se compromete a reintegrar la diferencia a la Concejalía de Acción Social del Ayuntamiento de Alicante conforme a la normativa de aplicación de la Ley de Subvenciones. Como justificante se admitirán únicamente facturas y nóminas, así como documentos de pagos efectuados a Hacienda y a la Seguridad Social correspon- dientes al periodo de vigencia del Convenio. Toda factura contendrá los requisitos exigidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación: • Número y, en su caso, serie. • La fecha de su expedición. • Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las actividades reali- zadas operaciones. • Número de Identificación Fiscal. • Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. • Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos nece- sarios para la determinación de la base imponible del Impuesto, su im- porte, incluyendo el precio unitario sin Impuesto de dichas operacio- nes, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en di- cho precio unitario. • El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las ope- raciones. • La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consig- narse por separado. • La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se docu- mentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de expedición de la fac- tura. • En el supuesto de que la operación que se documenta en una factura esté exenta del Impuesto, una referencia a las disposiciones corres- pondientes. En el supuesto de que la obligación de expedir factura pueda ser cumplida mediante factura simplificada, deberá tener el contenido exigido por el artículo 7 del citado Real Decreto, resultando exigible en el ámbito del presente Convenio, que en la misma conste como destinatario, la entidad beneficiaria con expresión de su Número de Identificación Fiscal. • Contratos de personal. • Nóminas del personal. • TC1 y TC2 correspondientes a los seguros sociales de los resultados más representativos del proyecto meses imputados a la subvención. • Modelos 111 y en 190, relativos a las retenciones de IRPF realizadas. En el caso de que se ha- yan ejecutado imputen a la subvención seguros sociales y retencio - nes de IRPF, sólo podrán imputarse las inversiones conforme cantidades correspondientes a un proyectolos meses y trabajadores cuyas nóminas se imputen. No serán imputables a la subvención los importes correspondientes a las retenciones de IRPF ni los seguros sociales en los casos en que la entidad tenga concedido el aplazamiento o fraccionamiento de deudas correspondientes a las mismas, certificación emitida por técnico competente dando cuenta en los términos previstos en la Ley General Tributaria.
1) Si el pago se realiza mediante transferencia bancaria: se requiere el justificante bancario de la finalización del misma, en el que deberá identificarse el destinatario, el importe y la fecha de la misma, o bien un certificado bancario en el que se recojan los aspectos anteriores, firmado y sellado por la entidad financiera en cuestión. En el caso de Remesas, en las que los justificantes de pago estén por el total de las obras y/o los trabajadores, deberá presentarse el desglose por trabajador. En ningún caso es suficiente la rea- lización aportación de la actividad subvencionadaOrden de Pago de la transferencia, ya que debe acreditarse el pago efectivo de la misma.
2) Si el pago se realiza mediante cheque nominativo o pagaré: la entidad deberá aportar copia del talón nominativo y una copia del extracto bancario que acredite el cargo. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutadoEl modelo TC1 que deberá estar mecanizado o sellado por la entidad bancaria correspondiente. Éste podrá ser sustituido por el recibo de liquidación de cotizaciones (también sellado o mecanizado por el banco), documentando en todo caso o por el recibo bancario que acredita el pago de la seguridad social por cada uno de los meses imputados. Cuando existan bonificaciones, las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejenmismas deberán ser descontadas de las imputaciones de Seguridad Social, garantizan- do, en todo caso, puesto que no puede cofinanciarse la adecuada comprobación por parte de la Administracióncuota que ya ha sido bonificada. Di- cha certificación deberáEl modelo 111 de retenciones e ingresos a cuenta IRPF del periodo de ejecución del proyecto, asimismodebiendo figurar todos los trimestres que engloben gastos imputados el proyecto. La aportación de estos documentos debe permitir verificar que la entidad ha realizado los pagos del IRPF en todos los trimestres presentados, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contratopudiendo acreditarlo por alguno de los siguientes medios:
1. Modelo/s 111 mecanizado/s o sellado/s por el banco.
b) Una memoria económica justificativa 2. Recibo/s bancario/s que acredite/n el pago del coste IRPF. Y el modelo 190 de resumen anual de retenciones. La aportación de este documento debe permitir identificar a los trabajadores imputados, pudiendo optar por cualquiera de las actividades realizadas fir- mada por el solicitante, siguientes opciones:
1. Modelo 190 completo (pueden ocultarse los datos de las personas que contendrá no se hayan imputado a la relación detallada subvención).
2. Portada del modelo 190 acompañado de aquellas páginas en las que figuren los trabajadores imputados a la subvención.
3. Certificados individualizados con la información fiscal (retenciones practicadas anualmente) de los gastostrabajadores imputados a la subvención. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria No se acompañará admitirán los pagos de las facturas o documentos con valor probatorio equivalente nóminas en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de la documentación acreditativa del pago de las mismas. La fecha de emisión de las facturas y documentos acreditativos de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:efectivo.
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Samples: Convenio De Colaboración
Justificación de la subvención. En el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde la finalización del plazo concedido para la ejecución del proyecto subvencionado, la entidad beneficiaria queda obligada a justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y la aplicación de los fondos percibidos, hasta el cómputo de la aportación económica realizada por el Patronato Provincial de Turismo. No obstante, lo anterior, habrá un plazo xx xxxx días hábiles para la subsanación de cualquier anomalía detectada en la justificación, a contar desde el momento en el que el Patronato Provincial de Turismo le comunique a la entidad, a través de correo electrónico facilitado por esta, los elementos a subsanar. El incumplimiento del presente convenio dará lugar a la pérdida del derecho al cobro del mismo, total o parcialmente, sin prejuicio de las sanciones que pudieran derivarse conforme a lo establecido en los artículos 52 y ss. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
A) Forma de justificación.
B) Otros documentos a presentar.
1. La realización Memoria final de actuación detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, que describirá los objetivos y resultados conseguidos conforme a la subvención concedida.
2. Una memoria económica justificativa, que incluirá: • Certificado de la actividad subvencionada se justificará por la modalidad de cuenta justificativa. La mancomunidad presentará ante la Dirección General de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin entidad perceptora de que ha sido cumplida la finalidad para la cual se proceda a su inspección otorgó la subvención conforme al presupuesto concedido y certifica- ciónproyecto presentado. El interesado aportará la siguiente justificación documental:
a) Una memoria • Relación numerada secuencialmente de actuación justificativa del cumplimiento los gastos realizados (Anexo 4. Cuenta justificativa). • Declaración de las condiciones im- puestas en la concesión actividades realizadas, con descripción detallada de la aquellas que han sido financiadas, además de con esta subvención, con indicación fondos propios u otras subvenciones o recursos. Deberá acreditarse en la justificación, como mínimo, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades reali- zadas subvencionadas, de conformidad con lo dispuesto en lo dispuesto en el punto 30.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. • Declaración responsable que acredite que la subvención se ha aplicado a la finalidad prevista y de que, por consiguiente, los resultados más representativos del proyecto y en caso justificantes aportados no han servido para justificar otras subvenciones. • Declaración responsable de que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida por técnico competente dando cuenta de en ningún caso la finalización del total de las obras y/subvención o la rea- lización de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre subvenciones recibidas han superado el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contrato.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas fir- mada por el solicitanterealizadas. • En su caso, certificado del perceptor acreditativo del importe, procedencia y aplicación de subvenciones distintas a la provincial que contendrá la relación detallada han financiado actividades objeto del proyecto. • La totalidad de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria se acompañará recibos, facturas, nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos de las facturas o documentos con valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y administrativa, cuyo importe haya sido abonado con cargo a la subvención concedida. En los casos en que de los documentos citados anteriormente no se desprendiera la acreditación del pago, deberá presentarse además la documentación necesaria para verificarlo, bien mediante extracto bancario, sellado por la entidad, bien mediante documento de cobro sellado por la entidad bancaria. • Justificación del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.3 de la documentación acreditativa del Ley General de Subvenciones. • En su caso, la carta de pago de las mismasreintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como los intereses derivados de los mismos. La • Gastos realizados con anterioridad a la firma del Convenio. Los gastos realizados con anterioridad a la suscripción del Convenio, que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la subvención, serán imputables a la cuantía prevista en el mismo, siempre que estén debidamente justificados y se hayan realizado a partir del 1 xx xxxxx de 2022. • Otros gastos subvencionables Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos serán subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma, con excepción de lo estipulado en el art. 31.7 de la Ley 38/2003). Serán imputables al Convenio aquellos gastos realizados dentro del plazo que se establece en la cláusula séptima de ejecución de la actividad subvencionada y que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y cuyo pago se realice con anterioridad a la fecha de emisión finalización del plazo de las facturas y documentos acreditativos de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:justificación del convenio.
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Samples: Collaboration Agreement
Justificación de la subvención. 1. La realización 10.1 De-De-Ema Visual SL se compromete a presentar en el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad subvencionada se justificará la documentación relativa a la justificación de la subvención recibida, en base a lo que establece el título III de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. De acuerdo con el calendario de la actividad, el plazo para la presentación de la justificación finaliza el 15 xx xxxxxx de 2022.
10.2 De-De-Ema Visual SL deberá justificar, en su totalidad, el coste íntegro de la actuación (no sólo el importe de la subvención otorgada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx), de acuerdo con el presupuesto que consta en la solicitud de la subvención presentada por la modalidad entidad.
10.3 La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación, en el registro electrónico del Ayuntamiento, de una cuenta justificativa. justificativa simplificada con aportación de justificantes de gasto.
10.4 La mancomunidad cuenta justificativa se presentará ante la Dirección General de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin de según el modelo normalizado que se proceda a su inspección puede obtener en la sede electrónica municipal y certifica- ción. El interesado aportará contendrá, como mínimo, la siguiente justificación documentaldocumentación:
a) 1. Una memoria de actuación justificativa explicativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas en la concesión finalidad de la subvenciónacción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades reali- zadas realizadas y de los resultados más representativos del proyecto y en caso de obtenidos. También se tendrá que hacer constar las desviaciones que se ha- yan ejecutado hayan podido producir respecto a la memoria de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvención.
2. Una memoria económica justificativa sobre el coste de las inversiones conforme a un proyectoactividades realizadas, certificación emitida por técnico competente dando cuenta en la que conste:
a) Una relación clasificada de los gastos efectuados, con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la finalización del total de las obras y/factura. Se aceptarán facturas pero no facturas proforma o la rea- lización de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contratopresupuestos.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas fir- mada por el solicitante, que contendrá la La relación detallada de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria se acompañará debe ir acompañada de las facturas o documentos con de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de y, la documentación acreditativa del pago consistente en un extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, la documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor.
c) Detalle de la financiación final de los gastos del concepto subvencionado, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones.
d) En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las mismas. La fecha entradas vendidas mediante el informe del sistema de emisión ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad.
e) Los presupuestos que en aplicación del artículo 31.3 de las facturas y documentos acreditativos la Ley 38/2003, de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:17 de noviembre, general de subvenciones, debe haber solicitado la persona o entidad beneficiaria.
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Samples: Convenio Regulador De Subvención
Justificación de la subvención. 1. La realización justificación de subvenciones constituye un acto de obligado y responsable cumplimiento de los beneficiarios de subvenciones concedidas por Administraciones Públicas, se realizará mediante la presentación de la actividad subvencionada se justificará por la modalidad oportuna cuenta justificativa acompañada de cuenta justificativa. La mancomunidad presentará ante la Dirección General de Reequili- brio Territorial la justificación los documentos acreditativos del gasto a fin y del pago efectivamente realizado por importe mínimo igual al del presupuesto presentado en el momento de que se proceda a su inspección y certifica- ción. El interesado aportará la siguiente justificación documentalsolicitud:
a) Una memoria Cuenta justificativa de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas en la concesión ingresos y gastos de la subvención, con indicación de las actividades reali- zadas y de los resultados más representativos del proyecto y en caso de que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida por técnico competente dando cuenta de la finalización del total de las obras y/o la rea- lización totalidad de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contrato.(Anexo IV)
b) Una memoria económica justificativa Memoria descriptiva de la actividad cultural efectivamente realizada que elaborará el beneficiario y que consistirá en un resumen de la actividad subvencionada, cronología, lugar de celebración, número y tipo de participantes, fotografías, recortes de prensa y folletos para comprobar que se ha dado la adecuada publicidad de la colaboración del coste Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
c) Declaración responsable sobre la obtención de las actividades realizadas fir- mada subvenciones o ayudas para la misma actividad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados.
d) Facturas y recibos originales o copias compulsadas, por el solicitante, que contendrá la relación detallada de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria se acompañará de las facturas o documentos con valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y importe total de la documentación acreditativa del pago de las mismas. La actividad, cuya fecha de emisión y acreditación del pago se encuentre dentro del ejercicio 2014. Los recibos deberán contener la correspondiente retención a cuenta de IRPF y acreditar su pago. La acreditación de los pagos se hará mediante la presentación del cargo en cuenta de la transferencia realizada, talón, cheque o domiciliación o, con la firma y recibí del perceptor en el documento.
e) No se admitirán tickets como acreditaciones de gastos realizados, aunque si facturas simplificadas en los casos en los que legalmente están permitidas, en los términos establecidos en el RD1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas y documentos acreditativos deberán atenerse a las reglas establecidas en el Reglamento de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:facturación aprobado por RD 1619/2012, de 30 de noviembre.
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Samples: Contract for the Conditioning of Access to an Industrial Polygon
Justificación de la subvención. 1. La entidad beneficiaria estará obligada a justificar ante la Coordinación del Distrito de Centro, en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada se justificará por actividad, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, la modalidad realización de cuenta justificativa. La mancomunidad presentará ante la Dirección General actividad, el cumplimiento de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin finalidad que determinaron la concesión de que se proceda a su inspección la subvención y certifica- ción. El interesado aportará la siguiente justificación documental:el grado de consecución de los objetivos fijados, mediante el sistema de evaluación de resultados establecidos en el Anexo al presente Convenio.
a) Contenido de la cuenta justificativa:
1.- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades reali- zadas realizadas y de los resultados más representativos del proyecto y obtenidos tras la aplicación de los indicadores establecidos en caso de el Anexo al presente Convenio, que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida será suscrita por técnico competente dando cuenta el presidente de la finalización del total de las obras y/o entidad. En la rea- lización de memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y el proyecto inicial; incluso aportando descrito en el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte Anexo y una evaluación de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contratolos resultados obtenidos respecto a los previstos.
b) 2.- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas fir- mada que será suscrita por el solicitantepresidente de la entidad, que contendrá contendrá:
a) Una relación clasificada de gastos e inversiones, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. Además, la relación detallada de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria gastos se acompañará clasificará adicionalmente por las partidas del presupuesto del proyecto subvencionado y se indicarán, en su caso, las desviaciones acaecidas.
b) La totalidad de las facturas o facturas, nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos con de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa administrativa, incorporados en la relación a la que se hace referencia en el apartado a) anterior, y de la documentación acreditativa del pago pago, que se realizará por transferencia bancaria, cheque u efectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35.2 b) de la Ordenanza. Dichos documentos originales deberán estampillarse por el órgano gestor mediante la impresión en los mismos de un sello para facilitar el control de la concurrencia de otras subvenciones otorgadas para la misma finalidad, debiendo reunir la estampilla, como mínimo, los siguientes datos: - El número de expediente administrativo. - La denominación del proyecto subvencionado - Ejercicio económico de la concesión de la subvención. - Órgano concedente de la subvención. - Porcentaje de financiación imputable a la subvención o cuantía exacta afectada por la subvención. Cuando entidad beneficiaria no puedan dejar los originales en poder del Ayuntamiento de Madrid, se podrán presentar copias de dichos documentos que serán compulsadas por el órgano gestor. Los originales de dichos documentos deberán permanecer depositados en la entidad beneficiaria durante un período de, al menos, cuatro años. Las facturas habrán de reunir los requisitos que exige el Reglamento que regula las mismasobligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
c) la entidad beneficiaria deberá presentar la documentación acreditativa de los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados. La fecha En el supuesto de emisión que no se hubieran generado rendimientos financieros se aportará declaración responsable al respecto.
d) Cuando los impuestos indirectos no susceptibles de las facturas y documentos acreditativos recuperación o compensación formen parte de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:la justificación, la entidad beneficiaria, deberá presentar declaración responsable que permita determinar qué impuestos de los que aparecen en los justificantes pueden considerarse gastos subvencionables.
e) En su caso, los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber solicitado el beneficiario.
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Samples: Subsidy Agreement
Justificación de la subvención. 1. La realización A los efectos de la actividad subvencionada justificación de la subvención concedida, se justificará por la modalidad estará a lo que se disponga al respecto en las bases de cuenta justificativaejecución del presupuesto municipal.
2. La mancomunidad presentará ante la Dirección General de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin de que se proceda a su inspección y certifica- ción. El interesado aportará la siguiente justificación documental:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas en la concesión de la subvención, se realizará conforme al modelo normalizado de justificación de subvenciones del Ayuntamiento de Burriana, que se facilitará en la Intervención de Fondos. A través de este modelo por el secretario de la entidad beneficiaria, con indicación el visto bueno del presidente de la misma, se certificarán las actividades reali- zadas realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos realizados para el desarrollo de la actividad, así como los ingresos que han permitido su financiación.
3. Deberá presentarse, asimismo, una memoria explicativa y gráfica de la actividad realizada, debiendo contener los siguientes datos: - Nombre de la entidad. - Denominación de la actividad. - Fechas de celebración. - Número de participantes. - Valoración de los resultados más representativos del proyecto y en caso de obtenidos.
4. Los gastos certificados tienen que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida por técnico competente dando cuenta ser iguales o superiores al importe de la finalización del total de las obras y/o la rea- lización de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contratosubvención concedida.
b) Una memoria económica justificativa del coste 5. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de las actividades realizadas fir- mada por el solicitante, que contendrá la relación detallada de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria se acompañará de las facturas o documentos con valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa administrativa. En las facturas -en el concepto- se debe especificar la cantidad a que se refiere, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda.
6. Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
7. El plazo para presentar la documentación justificativa será como máximo hasta el día 30 de noviembre de 2014.
8. El incumplimiento de la documentación acreditativa del pago obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en este convenio y en la Ley General de Subvenciones o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las mismas. La fecha condiciones previstas en el artículo 37 de emisión de las facturas y documentos acreditativos de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:la citada Ley.
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Samples: Subsidy Agreement
Justificación de la subvención. 1Los beneficiarios dispondrán de un plazo máximo de tres meses desde la fecha de aceptación de la ayuda para presentar la justificación correspondiente a la ejecución de los gastos subvencionables, la falta de justificación en dicho plazo, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la misma, procediéndose de oficio al cierre del correspondiente expediente. La realización Disponiendo hasta el último día del mes siguiente al que se cumplen los doce meses desde la publicación de la convocatoria para justificar el mantenimiento de la actividad subvencionada empresarial tal y como se justificará por la modalidad indica en el artículo 23. 2) de cuenta justificativalas presentes bases. La mancomunidad presentará ante la Dirección General De conformidad con el artículo 70 del R.D. 886/2007, RLGS, transcurrido el plazo establecido de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin mantenimiento de la actividad, sin haberse presentado ante el IFEF, éste requerirá al beneficiario para que se en el plazo improrrogable de 15 días proceda a su inspección presentación, con apercibimiento de que la falta de presentación dará lugar a la exigencia del reintegro y certifica- cióndemás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones. El interesado aportará La Justificación de los gastos subvencionables, se realizará mediante la rendición de una cuenta justificativa conforme a lo previsto en el artículo 72 del R.D. 887/2006 RLGS que contendrá, la siguiente justificación documentaldocumentación:
a1) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas impuesta en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades reali- zadas y de los resultados más representativos del proyecto y en caso de que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida por técnico competente dando cuenta de la finalización del total de las obras y/o la rea- lización de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contratoayuda.
b2) Una memoria económica justificativa de los gastos realizados que contendrá: - Una relación clasificada de los gastos realizados, con identificación del coste acreedor, factura o documento, importe, fecha de emisión y fecha de pago. Los gastos justificables serán los que se detallan a continuación, siempre que se hayan realizado dentro del plazo de ejecución establecido y que guarden una relación directa con el desarrollo de la actividad empresarial (el importe total de la ayuda puede justificarse en cualquiera de los conceptos que se indican de forma única o por adicción entre cualesquiera de ellos hasta alcanzar el importe de la ayuda recibida, se computará la parte proporcional en los casos que corresponda si las actividades realizadas fir- mada facturas incluyen conceptos que abarca periodos no subvencionables): - Cuotas mensuales correspondientes a las rentas por arrendamiento del local afecto a la actividad: Se deberá aportar el solicitantecontrato de arrendamiento suscrito por la persona/ entidad beneficiaria, que contendrá los documentos acreditativos del pago de la renta estipulada, las facturas cuando proceda, y los documentos acreditativos de retención e ingreso del IRPF cuando proceda. - Cuotas mensuales correspondientes en su caso, a la hipoteca/préstamo concedidos para la adquisición del local afecto a la actividad (sólo devolución de principal excluidos los intereses): Se deberá aportar el documento de hipoteca/préstamo a nombre de la persona/entidad beneficiaria y los documentos acreditativos de los pagos efectuados. - Suministros directamente relacionados con la actividad: Comunicaciones (Telefonía, conexión a Internet), agua, electricidad, etc: Se deberán aportar las facturas acreditativas a nombre de la persona/entidad beneficiaria y los documentos acreditativos de sus pagos. - Cuotas de seguros obligatorios para el desarrollo de la actividad. Se deberá aportar la póliza a nombre de la persona física o jurídica entidad beneficiaria y los documentos acreditativos de su pago. En todo caso, los pagos de los gastos incluidos en la cuenta justificativa de la subvención cuya cuantía sea superior a 100 euros deberán ser acreditados mediante cheque nominativo acompañado del cargo en cuenta, copia de cheque, cargo en cuenta, o transferencia bancaria. No se admiten la justificación de los mismos mediante recibí de pagos efectuados en metálico.
3) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
4) Declaración responsable del beneficiario de que la actividad subvencionada ha sido ejecutada íntegramente en los gastostérminos solicitados y concedidos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. NúmLa justificación deberá ascender como mínimo a la cantidad de 4.000 euros. 304 Esta memoria Solo se acompañará admitirán aquellos documentos justificativos relativos a los conceptos subvencionables establecidos en el artículo 5 y en la forma establecida en el presente artículo. Se perderá el derecho al cobro de la ayuda si la justificación no alcanza la cifra de 4.000 euros, no contemplándose la posibilidad de pagos por cuantía inferior a la establecida en el artículo 6 de las facturas o documentos con valor probatorio equivalente presentes bases. Los beneficiarios han de tener en cuenta a la hora de cuantificar la justificación que el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de importe del IVA recuperable no es subvencionable. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado, debiendo aportarse en la documentación acreditativa del pago de las mismas. La fecha de emisión de las facturas y justificación los documentos acreditativos de los pagos efectuados correspondientes a los conceptos subvencionables. No se considerarán subvencionables las facturas emitidas fuera del plazo de ejecución indicado en el artículo 26 y aquéllas que no vayan acompañadas del correspondiente documento justificativo de pago. La justificación deberá presentarse única y exclusivamente de forma telemática, a través del Registro Electrónico Común según modelo que estará disponible a través de la página web del IFEF xxxxx://xxx.xxxx.xx en el espacio web destinado al PLAN COMERCIO VIVO. Los originales de los justificantes admitidos como válidos serán diligenciados por el IFEF, en los que se dejará constancia de que han sido utilizadas como justificación de la ayuda percibida. Los beneficiarios, han de justificar el mantenimiento de la actividad empresarial tal y como se indica en el artículo 23. 2) de las presentes bases, debiendo para ello aportar Certificado de Situación Censal y vida laboral/Informe de código cuenta de cotización a la fecha de la justificación, tras su presentación se procederá al abono deberán ajustarse del 25% restante de la subvención. Si no se justificara el cumplimiento de la obligación del mantenimiento de la actividad, comprobándose que ha incumplido total o parcialmente las condiciones de otorgamiento de la ayuda, se comunicará al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:interesado iniciándose el procedimiento de reintegro de la ayuda.
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Samples: Convenio Colectivo
Justificación de la subvención. 1El plazo para justificar la subvención vencerá el día 31 de enero de 2019(inclusive), y se deberá justificar, como mínimo, el importe de los gastos subvencionados que se indican en la Cláusula 2ª del presente convenio. Si el importe de la justificación de los gastos es inferior a los gastos subvencionados, la subvención se reducirá en la parte correspondiente, exigiendo el Ayuntamiento, en su caso, el reintegro de las cantidades indebidas percibidas por la entidad. La realización documentación justificativa a aportar, y que deberá presentarse en el registro de entrada del Centre Jove, preferentemente, o en cualquier otro registro establecido en el artículo 16 de la actividad subvencionada se justificará por la modalidad Ley 39/2015, 1 de cuenta justificativa. La mancomunidad presentará ante la Dirección General octubre, del procedimiento administrativo común de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin de que se proceda a su inspección y certifica- ción. El interesado aportará la las administraciones públicas, quedará desglosada con el siguiente justificación documentaldetalle:
a) Una memoria de actuación 1.- Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades reali- zadas y de los resultados más representativos del proyecto y en caso de que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida por técnico competente dando cuenta de la finalización del total de las obras y/o la rea- lización de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando consistente en todo caso las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contrato.
b) Una memoria económica justificativa del coste declaración detallada de las actividades realizadas fir- mada que han sido financiadas con el convenio y su coste.
2.- Memoria económica justificativa por el solicitanteimporte mínimo de la cantidad convenida, que contendrá la consistente en una relación detallada suscrita y numerada secuencialmente de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria se acompañará gastos realizados y los ingresos obtenidos, ordenada y totalizada por conceptos que irá acompañada de las facturas o los documentos con justificativos, facturas, recibos y el resto de documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en la relación numerada. Las facturas y el resto de documentos probatorios de gastos, deberán estar fechados en el ejercicio 2018. Del mismo modo tendrán que presentarse originales y fotocopias, devolviendo los originales a los interesados a la mayor brevedad posible. Los pagos deberán cumplir lo establecido en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la documentación acreditativa del pago normativa financiera para la intensificación de las mismasactuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, establece la limitación de pagos en efectivo respecto de determinadas operaciones. La fecha de emisión de En las facturas y en la documentación aportada, se dejará constancia que han sido utilizadas como justificantes de la subvención percibida. Los originales de los documentos acreditativos quedarán depositados en la entidad beneficiaria durante un período de abono por lo menos cuatro años. Las facturas deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:reunir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
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Samples: Convenio De Colaboración
Justificación de la subvención. 1. La realización 10.1 Incatis S.L. se compromete a presentar en el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad subvencionada se justificará la documentación relativa a la justificación de la subvención recibida, en base a lo que establece el título III de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. De acuerdo con el calendario de la actividad, el plazo para la presentación de la justificación finaliza el 15 xx xxxxx de 2022.
10.2 Incatis S.L. deberá justificar, en su totalidad, el coste íntegro de la actuación (no sólo el importe de la subvención otorgada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx), de acuerdo con el presupuesto que consta en la solicitud de la subvención presentada por la modalidad entidad.
10.3 La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación, en el registro electrónico del Ayuntamiento, de una cuenta justificativa. justificativa simplificada con aportación de justificantes de gasto.
10.4 La mancomunidad cuenta justificativa se presentará ante la Dirección General de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin de según el modelo normalizado que se proceda a su inspección puede obtener en la sede electrónica municipal y certifica- ción. El interesado aportará contendrá, como mínimo, la siguiente justificación documentaldocumentación:
a) 1. Una memoria de actuación justificativa explicativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas en la concesión finalidad de la subvenciónacción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades reali- zadas realizadas y de los resultados más representativos del proyecto y en caso obtenidos. También se deberán de hacer constar las desviaciones que se ha- yan ejecutado hayan podido producir respecto a la memoria de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvención.
2. Una memoria económica justificativa sobre el coste de las inversiones conforme a un proyectoactividades realizadas, certificación emitida por técnico competente dando cuenta en la que conste:
a) Una relación clasificada de los gastos efectuados, con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la finalización del total de las obras y/factura. Se aceptarán facturas, pero no facturas proforma o la rea- lización de la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre el proyecto inicial; incluso aportando el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contratopresupuestos.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas fir- mada por el solicitante, que contendrá la La relación detallada de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria se acompañará debe ir acompañada de las facturas o documentos con de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de y, la documentación acreditativa del pago consistente en un extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, la documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor.
c) Detalle de la financiación final de los gastos del concepto subvencionado, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones.
d) En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las mismas. La fecha entradas vendidas mediante el informe del sistema de emisión ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad.
e) Los presupuestos que en aplicación del artículo 31.3 de las facturas y documentos acreditativos la Ley 38/2003, de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:17 de noviembre, general de subvenciones, debe haber solicitado la persona o entidad beneficiaria.
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Samples: Convenio Regulador De Subvención
Justificación de la subvención. 1. La entidad beneficiaria estará obligada a justificar ante la Coordinación del Distrito de Centro, en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada se justificará por actividad, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, la modalidad realización de cuenta justificativa. La mancomunidad presentará ante la Dirección General actividad, el cumplimiento de Reequili- brio Territorial la justificación del gasto a fin finalidad que determinaron la concesión de que se proceda a su inspección la subvención y certifica- ción. El interesado aportará la siguiente justificación documental:el grado de consecución de los objetivos fijados, mediante el sistema de evaluación de resultados establecidos en el Anexo al presente Convenio.
a) Contenido de la cuenta justificativa:
1.- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones im- puestas impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades reali- zadas realizadas y de los resultados más representativos del proyecto y obtenidos tras la aplicación de los indicadores establecidos en caso de el Anexo al presente Convenio, que se ha- yan ejecutado las inversiones conforme a un proyecto, certificación emitida será suscrita por técnico competente dando cuenta el presidente de la finalización del total de las obras y/o entidad. En la rea- lización de memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la actividad subvencionada. Este certificado final reflejará lo realmente ejecutado, documentando en todo caso las modificaciones sobre finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y el proyecto inicial; incluso aportando descrito en el correspondien- te proyecto modificado cuando tales modificaciones así lo aconsejen, garantizan- do, en todo caso, la adecuada comprobación por parte Anexo y una evaluación de la Administración. Di- cha certificación deberá, asimismo, reflejar tanto la baja económica, como las mejoras incorporadas al contratolos resultados obtenidos respecto a los previstos.
b) 2.- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas fir- mada que será suscrita por el solicitantepresidente de la entidad, que contendrá contendrá:
a) Una relación clasificada de gastos e inversiones, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. Además, la relación detallada de los gastos. JUEVES 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 304 Esta memoria gastos se acompañará clasificará adicionalmente por las partidas del presupuesto del proyecto subvencionado y se indicarán, en su caso, las desviaciones acaecidas.
b) La totalidad de las facturas o facturas, nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos con de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa administrativa, incorporados en la relación a la que se hace referencia en el apartado a) anterior, y de la documentación acreditativa del pago pago, que se realizará por transferencia bancaria, cheque u efectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35.2 b) de la Ordenanza. Dichos documentos originales deberán estampillarse por el órgano gestor mediante la impresión en los mismos de un sello para facilitar el control de la concurrencia de otras subvenciones otorgadas para la misma finalidad, debiendo reunir la estampilla, como mínimo, los siguientes datos: - El número de expediente administrativo. - La denominación del proyecto subvencionado - Ejercicio económico de la concesión de la subvención. - Órgano concedente de la subvención. - Porcentaje de financiación imputable a la subvención o cuantía exacta afectada por la subvención. Cuando la entidad beneficiaria no pueda dejar los originales en poder del Ayuntamiento de Madrid, se podrán presentar copias de dichos documentos que serán compulsadas por el órgano gestor. Los originales de dichos documentos deberán permanecer depositados en la entidad beneficiaria durante un período de, al menos, cuatro años. Las facturas habrán de reunir los requisitos que exige el Reglamento que regula las mismasobligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
c) La entidad beneficiaria deberá presentar la documentación acreditativa de los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados. La fecha En el supuesto de emisión que no se hubieran generado rendimientos financieros se aportará declaración responsable al respecto.
d) Cuando los impuestos indirectos no susceptibles de las facturas y documentos acreditativos recuperación o compensación formen parte de abono deberán ajustarse al período sub- vencionable. Dicho certificado incluirá para cada gasto justificado:la justificación, la entidad beneficiaria, deberá presentar declaración responsable que permita determinar qué impuestos de los que aparecen en los justificantes pueden considerarse gastos subvencionables.
e) En su caso, los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber solicitado el beneficiario.
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Samples: Convenio