LEGISLACIÓN. Convenio entre el Xxxxx de España y el Sultanato xx Xxxx para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, hecho «ad referéndum» en Mascate el 30 xx xxxxx de 2014 (BOE de 8 de septiembre de 2015) — Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxx xx España y la República de Uzbekistán para evitar la doble impo- sición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013 (BOE de 10 de septiembre de 2015) — Protocolo entre el Xxxxx de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxxxx xx 0000) — Ley 34/2015, de 21 de septiembre. Reforma parcialmente la Ley General Tributaria (BOE de 22 de septiembre de 2015) — Ley 48/2015, de 29 de octubre. Se aprueban los presupuestos generales del Estado para el ejercicio del año 2016 (BOE de 30 de octubre de 2015) — Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOC Extraordinario 99/2015 de 30 de diciembre de 2015) — Xxx xx Xxxxxxx 13/2015, de 24 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (DOG de 31 de diciembre de 2015) — Ley 6/2015 de La Rioja, de 29 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOR de 31 de diciembre de 2015) — Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016 y a la política social y económica (BOCM de 31 de diciembre de 2015) — Ley Xxxxx xx Xxxxxxx 23/2015, de 28 de diciembre. De modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, para ejecutar la política tributaria del Gobierno xx Xxxxxxx con el fin de mejorar la recaudación de ingresos públicos y reforzar la progresividad del sistema tribu- tario (BON de 30 de diciembre de 2015) — Ley de Valencia 10/2015, de 29 de diciembre. De medidas fiscales, de gestión administrati- va y financiera, y de organización de la Generalitat (DOGV de 31 de diciembre de 2015) Aviso n.º 87/2016, de 6 de janeiro (DR 3, Série II, de 6 de janeiro de 2016) Despacho n.º 352-A/2016, de 8 de janeiro (DR 5, Série II, de 8 de janeiro de 2016)
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LEGISLACIÓN. Convenio entre Ambas partes se someten, además de a lo establecido en el Xxxxx presente Pliego de España y Cláusulas Administrativas, en el Sultanato xx Xxxx para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal Pliego de Prescripciones Técnicas, en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, hecho «ad referéndum» en Mascate el 30 xx xxxxx de 2014 (BOE de 8 de septiembre de 2015) — Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxx xx España y la República de Uzbekistán para evitar la doble impo- sición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013 (BOE de 10 de septiembre de 2015) — Protocolo entre el Xxxxx de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxxxx xx 0000) — Ley 34/2015, de 21 de septiembre. Reforma parcialmente la Ley General Tributaria (BOE de 22 de septiembre de 2015) — Ley 48/2015, de 29 de octubre. Se aprueban los presupuestos generales del Estado para el ejercicio del año 2016 (BOE de 30 de octubre de 2015) — Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOC Extraordinario 99/2015 de 30 de diciembre de 2015) — Xxx xx Xxxxxxx 13/2015, de 24 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (DOG de 31 de diciembre de 2015) — Ley 6/2015 de La Rioja, de 29 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOR de 31 de diciembre de 2015) — Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas vinculadas a la consecución de los objetivos Texto Refundido de la Ley de Presupuestos Generales Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y en cuanto no se encuentre derogado por ésta, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Comunidad Ley de Madrid para 2016 y a la política social y económica (BOCM Contratos de 31 de diciembre de 2015) — Ley Xxxxx xx Xxxxxxx 23/2015las Administraciones Públicas, en el Real Decreto 817/2009, de 28 de diciembre. De modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias8 xx xxxx, para ejecutar por el cual se desarrolla parcialmente la política tributaria del Gobierno xx Xxxxxxx con el fin de mejorar la recaudación de ingresos públicos y reforzar la progresividad del sistema tribu- tario (BON Ley 30/2007, de 30 de diciembre de 2015) — Ley de Valencia 10/2015octubre, de 29 contratos del sector público y, en general, a las demás disposiciones vigentes en materia de diciembrecontratación administrativa que sean de aplicación al presente contrato, así como a los preceptos que regulan las normas tributarias de obligado cumplimiento. De medidas fiscalesCualquier contradicción que, sobre el contenido o interpretación, pudiera plantearse entre las cláusulas xxx Xxxxxx de gestión administrati- va Prescripciones Técnicas y financierael Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y de organización deberá entenderse resuelta a favor de la Generalitat aplicación de este último. Zaragoza, a 23 xx XXXXX de 2015 EL CORONEL GERENTE Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN EL ART. 115.4 DE L RDL 3/2011 DE 14 /11 POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO APRUEBO EL PRESENTE PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Zaragoza, a 25 xx XXXXX de 2015 EL DIRECTOR DEL CUD Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE: PERSONALIDAD JURÍDICA Y REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS. Formulario normalizado de declaración responsable acreditativa de la permanencia sin variación de las circunstancias relativas a la personalidad jurídica y demás circunstancias susceptibles de inscripción y constancia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas: Número de expediente: Denominación del Contrato: Fecha de la Declaración (DOGV aaaa-mm-dd): URL: Órgano de 31 de diciembre de 2015) Aviso n.º 87/2016, de 6 de janeiro (DR 3, Série II, de 6 de janeiro de 2016) Despacho n.º 352-A/2016, de 8 de janeiro (DR 5, Série II, de 8 de janeiro de 2016)contratación: Correo electrónico:
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LEGISLACIÓN. Convenio entre Formulario normalizado del documento europeo único de contratación pública Inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública [Unión Europea] El Reglamento de ejecución consta de una parte expositiva, una parte articulada y dos anexos, con entrada en vigor a los veinte días de su publicación. No obstante, se prevé expresamente que el Xxxxx formulario de España y el Sultanato xx Xxxx para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolocontratación, hecho «ad referéndum» en Mascate el 30 que se aprueba como Anexo, debe ser utilizado a partir del 18 xx xxxxx de 2014 2016. Por lo que se refiere a su contenido, el Anexo I del Reglamento establece instrucciones que desarrollan lo establecido en el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE para la utilización del Documento Europeo Único de Contratación (BOE «DEUC»), y que configuran el régimen jurídico del DEUC que los órganos de 8 contratación deberán aplicar a partir del 18 xx xxxxx de septiembre 2016. El Anexo II del Reglamento establece el formulario normalizado propiamente dicho, cuyo obje- tivo es reducir las cargas administrativas que conlleva la obligación de 2015) — Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxx xx España presentar un número sustancial de certificados u otros documentos relacionados con los criterios de exclusión y de selección. Este es el modelo de declaración responsable que los órganos de contratación que liciten dentro del ámbito de aplicación de la República de Uzbekistán para evitar la doble impo- sición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013 (BOE de 10 de septiembre de 2015) — Protocolo entre el Xxxxx de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxxxx xx 0000) — Ley 34/2015, de 21 de septiembre. Reforma parcialmente la Ley General Tributaria (BOE de 22 de septiembre de 2015) — Ley 48/2015, de 29 de octubre. Se aprueban los presupuestos generales Directiva 2014/24/UE estarán obligados a aceptar como prueba preliminar del Estado para el ejercicio del año 2016 (BOE de 30 de octubre de 2015) — Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOC Extraordinario 99/2015 de 30 de diciembre de 2015) — Xxx xx Xxxxxxx 13/2015, de 24 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (DOG de 31 de diciembre de 2015) — Ley 6/2015 de La Rioja, de 29 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOR de 31 de diciembre de 2015) — Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas vinculadas a la consecución cumplimiento de los requisitos previos de acceso enumerados en el artículo 59.1 Directiva 2014/24/UE: que el operador económico no se encuentra en ninguna de las situaciones en las que deba o pueda ser excluido; que cumple los criterios de selección pertinentes y, cuando proceda, las normas y los criterios objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016 y a la política social y económica (BOCM de 31 de diciembre de 2015) — Ley Xxxxx xx Xxxxxxx 23/2015, de 28 de diciembre. De modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, para ejecutar la política tributaria del Gobierno xx Xxxxxxx que se hayan establecido con el fin de mejorar la recaudación limitar el número de ingresos públicos candidatos cualificados a los que se invite a participar. [España] La Ley, cuya entrada en vigor se prevé a los dos meses desde su publicación, se estructura en tres capítulos que incluyen un total de siete artículos, además de una disposición transitoria y reforzar la progresividad dos finales:
(i) El capítulo I, «Disposiciones generales», precisa el objeto y los ámbitos objetivo y subjetivo de aplicación. * Esta sección ha sido coordinada por Xxxxxx Xxxxx y elaborada en su parte portuguesa por Xxxxx xx Xxxxxxxx, abogados del sistema tribu- tario Área de Derecho Público, Procesal y Arbitraje de Xxxx Xxxxxxxx (BON de 30 de diciembre de 2015Madrid y Lis- boa).
(ii) — Ley de Valencia 10/2015El capítulo II, de 29 de diciembre. De medidas fiscales, de gestión administrati- va y financiera, y de organización «Cláusulas sociales en los contratos del sector público de la Generalitat Comunidad Autónoma de Euskadi», dispone la habilitación general para su establecimiento y regula dos tipos de cláusulas sociales que deben incluirse en los pliegos de contratación: (DOGV a) la primera, referida a las condiciones laborales de 31 las empresas contratistas, y; (b) la segunda, a la subrogación en los contratos de diciembre trabajo por parte del adjudicatario de 2015un contrato que continúe la actividad objeto de un contrato anterior.
(iii) Aviso n.º 87/2016El capítulo III, «Incumplimiento de 6 las cláusulas de janeiro (DR 3carácter social», Série IIintroduce una previ- sión general sobre el establecimiento del régimen de penalidades en caso de incumplimien- to de las obligaciones previstas en las cláusulas sociales. La disposición transitoria excluye la aplicación de la ley a las contrataciones ya adjudicadas o iniciadas en el momento de su entrada en vigor. Finalmente, las dos disposiciones finales establecen el momento de 6 la entrada en vigor de janeiro la ley, así como una habilitación a las entidades que integran el sector público de 2016) Despacho n.º 352-A/2016, la Comu- nidad Autónoma de 8 Euskadi con objeto de janeiro (DR 5, Série II, que adopten los instrumentos jurídicos necesa- xxxx para incorporar a sus procedimientos de 8 de janeiro de 2016)contratación las previsiones mínimas conteni- das en la ley.
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LEGISLACIÓN. Convenio entre el Xxxxx Redução da Coima Aplicada ao Grupo Galp Energia por Práticas Anticoncorrenciais [Portugal] A 3 de España y el Sultanato xx Xxxx para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, hecho «ad referéndum» en Mascate el 30 xx xxxxx de 2014 (BOE de 8 de septiembre fevereiro de 2015, a Autoridade da Concorrência («AdC») — Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxx xx España y la República de Uzbekistán para evitar la doble impo- sición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013 (BOE de 10 de septiembre de 2015) — Protocolo entre el Xxxxx de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxxxx xx 0000) — Ley 34/2015, de 21 de septiembre. Reforma parcialmente la Ley General Tributaria (BOE de 22 de septiembre de 2015) — Ley 48/2015, de 29 de octubre. Se aprueban los presupuestos generales del Estado para el ejercicio del año 2016 (BOE de 30 de octubre de 2015) — Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOC Extraordinario 99/2015 de 30 de diciembre de 2015) — Xxx xx Xxxxxxx 13/2015, de 24 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (DOG de 31 de diciembre de 2015) — Ley 6/2015 de La Rioja, de 29 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOR de 31 de diciembre de 2015) — Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016 y a la política social y económica (BOCM de 31 de diciembre de 2015) — Ley Xxxxx xx Xxxxxxx 23/2015, de 28 de diciembre. De modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, para ejecutar la política tributaria del Gobierno xx Xxxxxxx con el fin de mejorar la recaudación de ingresos públicos y reforzar la progresividad del sistema tribu- tario (BON de 30 de diciembre de 2015) — Ley de Valencia 10/2015, de 29 de diciembre. De medidas fiscales, de gestión administrati- va y financiera, y de organización de la Generalitat (DOGV de 31 de diciembre de 2015) Aviso tinha sancionado as empresas do grupo Galp Energia por alegadas infrações graves das regras da concorrência nos termos do Xxxxxx 0.x da Lei n.º 87/2016, de 6 de janeiro (DR 3, Série II, de 6 de janeiro de 2016) Despacho n.º 352-A/201619/2012, de 8 xx xxxx («Lei da Concorrência»), bem como do Artigo 101.º do Tratado sobre o Funcionamento da União Europeia («TFUE»), ambos relativos a acordos ou práticas concertadas entre empresas restritivas da concorrência, com o pagamento de janeiro coimas no valor total de €9.290.000. O Tribunal da Concorrência, Regulação e Supervisão (DR 5«TCRS»), Série IInão obstante ter mantido a aplicação de sanções a três empresas do grupo Galp Energia, decidida pela AdC em fevereiro de 2015, por alegadas práticas restritivas da concorrência no mercado do gás de petróleo lique- feito («GPL») em garrafa, em Portugal Continental e nas Regiões Autónomas dos Açores e da * Esta sección ha sido coordinada por Xxxxxxx Xxxxxxxxx, y en su elaboración han participado Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx del Grupo de Coordinación de Derecho de la Competencia y de la Unión Europea, Área de Procesal y Derecho Públi- co de Xxxx Xxxxxxxx (Madrid, Bruselas y Lisboa). Madeira, reduziu relevantemente o total das coimas aplicadas à Petróleos de Portugal – Xxxxx- gal, S. A., à Galp Açores – Distribuição e Comercialização de Combustíveis e Lubrificantes, Lda. e à Galp Madeira – Distribuição e Comercialização de Combustíveis e Lubrificantes, Lda. A investigação da AdC tinha revelado que as empresas do grupo Galp Energia teriam proibido os seus distribuidores de GPL em garrafa («botijas de gás») de vender fora de uma área geográ- fica definida no contrato, impedindo-os, assim, de 8 concorrer com outros distribuidores situados em territórios vizinhos ou próximos, conclusão que o TCRS confirmou, não obstante ter consi- derado que a atuação da Galp Energia foi negligente e não dolosa, como pretendia a AdC. Ademais, o TCRS considerou não ter ficado provada a infração ao artigo 101.º do TFUE i.e., que não ficou demonstrada a afetação do comércio intracomunitário que fundamenta a aplicação desta disposição, o que também contribuiu para a redução da coima que foi fixada pelo tribunal em €4.100.000, o que equivale a uma redução de janeiro de 2016)aproximadamente 50%.
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LEGISLACIÓN. Convenio entre Rigen para la presente contratación el Pliego de Bases y Condiciones, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Complementarias, el Pliego General Tipo de la Municipalidad de General Pueyrredon (Cláusulas Legales Generales), la Ley de Obras Públicas Nº 6021, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza General Nº 267 de Procedimiento Administrativo, la Ley Orgánica de las Municipalidades y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este Pliego de Bases y Condiciones.- .neb. ..// 20 X............................................... X............................................... .. .. FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL /// ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES MEMORIA DESCRIPTIVA UBICACION: Av. Colon esq. Salta. A partir de que la Vacunación es parte primordial de la política de Salud Pública del Estado, 19 nuevas vacunas se han incorporado al Calendario Oficial de Inmunizaciones. Analizando las nuevas vacunas, y solo calculando aquellas dosis que no reemplazan a otras vacunas (como la vacuna Quíntuple), estamos aumentando en 385.000 nuevas dosis la carga de trabajo regular de los vacunatorios de los centros de salud. Es necesario recordar que las inmunizaciones se realizan sobre toda la comunidad del Partido de Gral. Pueyrredon, sumando al subsistema público y privado. Al programa regular se suman las Campañas u Operativos que cada año el Ministerio evalúa convenientes por riesgos epidemiológicos particulares y los Operativos en territorio que la Secretaria de Salud desarrolla en forma constante. Podemos afirmar que la Vacunación es la acción de Salud de mayor impacto que realiza el Sistema Municipal de Salud sobre su población. La comunidad tiene acceso a la vacuna en los centros de salud cercanos a sus domicilios, acercándose a algún dispositivo en terreno, pero una gran franja de la población concurre al Vacunatorio céntrico de la ciudad. El Vacunatorio que funciona en el Centro Nº 1 es emblemático y está culturalmente arraigado en las generaciones de abuelos, padres e hijos marplatenses. Posee además una ubicación estratégica por la cercanía de cinco grandes clínicas y maternidades privadas que al dar el alta al recién nacido, lo derivan para su primo vacunación antes del contacto con el público. Tiene una importante accesibilidad en medios de transporte urbano. Cuenta con guardia de Servicio Antirrábico los 365 días del Año. Hace más de 15 años se brinda servicio de vacunación sábados y domingos, facilitando a las personas que trabajan el acceso a la vacuna. Este vacunatorio es el único servicio exclusivo que cuenta la ciudad, para una población de 750.000 habitantes. El nuevo proyecto a realizarse se trata de la Refuncionalizacion , Puesta en Valor y Ampliación de un xxxxxxxx xxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxx xxx Xxxxx correspondiente al CENTRO DE SALUD Nº1, donde la función principal del mismo será la VACUNACION. Se realizará la Intervención sobre un bien patrimonial lo cual implica un proceso de España diseño especial y el Sultanato xx Xxxx de mayor complejidad donde las decisiones proyectuales deben tender a la preservación de los valores patrimoniales del inmueble, no sólo de índole tangible (valores arquitectónicos) sino también de índole intangible (valores simbólicos), así como también la capacidad de explotar sus posibilidades de adaptabilidad y puesta en valor para evitar un nuevo “ciclo de vida”. En este tipo de proyectos las acciones a emprender se alinean en favor de alternativas de intervención que puedan conciliar dichas intenciones a la doble imposición vez que recuperen y prevenir pongan en valor fragmentos materiales de la evasión fiscal memoria colectiva de los ciudadanos conservando sus valores referenciales. Para ello, se cuenta no sólo con las herramientas normativas particulares sino también con los xxxxxx teóricos, metodológicos y conceptuales que la disciplina de la preservación patrimonial exige. Para llevar a cabo las tareas de intervención de obra es preciso contar con profesionales, empresas y/o mano de obra calificada que presente antecedentes en materia de Impuestos restauración de edificios históricos. Se recuperará y refuncionalizará el sector de espera central , con los pisos característicos en damero y la Fachada principal con la carpinterá original sobre calle salta y Avenida Colón. La obra TOTAL constará de una superficie cubierta de 1490 m2 y una superficie semicubierta de aproximadamente 95 m2, dispuestos en dos plantas. la Renta planta Baja dará lugar a una plaza , la cual auspiciará de acceso al nuevo VACUNATORIO CENTRAL y Sector Administrativo de Libreta Sanitaria, sector de Laboratorio y Radiografía con acceso independiente. Una vez ingresado se dispondrá de un programa funcional correspondiente a: VACUNATORIO: Recepción e Informes, sala de espera general, 3 boxes de vacunación, cámara de frío, depósitos generales, Enfermería, recepción de muestras e insumos, sector de carga y descarga, Espera general, la cual se brinda como espacio Multipropósito en ..// 19 X............................................... X............................................... .. .. FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL //.. horarios que las funciones lo permita, aquí se podrá realizar actividades relacionadas con campañas de vacunación, capacitaciones, congresos etc. Oficina, sanitarios públicos (masculino, femeninos), sanitarios de personal, escalera publica y ascensor. En Planta alta, el edificio contará con sala de espera general, 7 boxes provistos de heladera para vacunas diarias, mesadas con pileta, bajo mesadas, estanterías en acero inoxidable, materiales antibacterianos, 2 consultorios antirrábicos, 2 consultorios para Medicina General, 1 consultorio para Enfermería, sector de enfermería relacionado con su Protocolopar de Planta baja, hecho «ad referéndum» conectado a través de un montacargas para provisión de insumos, área administrativa, jefatura y directiva, depósito general, sector de recursos humanos, sanitarios públicos y de personal.- MEMORIA TECNICA La obra consiste en Mascate la reconstrucción del Vacunatorio Central de la ciudad de Xxx xxx Xxxxx en el 30 actual Centro nº 1. El edificio constará de dos plantas con estructura de Hormigon Armado y cubiertas de losas y vidrio reflectivo. Los muros nuevos serán de ladrillo cerámicos huecos terminación revocados fino mientras que los muros de la fachada y el muro interior que rodea al sector de espera general que son originales se restaurarán con los tratamientos debidos indicados en los ítems correspondientes. La carpintera será de aluminio anodizado con doble vidriado hermtico (DVH). La tabiquería interior de paneles de xxxx xx xxxxx xxxx tipo Durlock y de 2014 hormigón armado revestido en ascensor y sectores específicos. Se utilizará un sistema de xxxx xx xxxxxx en los patios y acceso principal ,el cual a través de una plaza de ingreso se accede a dos partes del edificio: sector de vacunas y al sector de Laboratorio y Rayos, comunicados internamente. La vereda será reglamentaria de hormigón impreso y losetas graníticas al igual que la plaza de acceso público, el área de acceso de ambulancia, carga y descarga . Poseerá deposito para residuos patogenicos , sector para grupo electrógeno y termotanque, sistema de calefación Central. Los solados interiores serán de porcelanatos y pisos vinlicos en laboratorio, Rayos , sector de boxes, Consultorios y Enfermería, mientras que en el sector de espera principal se restaurarán y completarán los mosaicos calcáreos originales del edificio. En la planta baja se desarrolla el sector de boxes para vacunar, con la apoyatura correspondiente (BOE Central de 8 Vacunas, Enfermeria, Office, Baños públicos y de septiembre de 2015personal) — Xxxxxxxx xxxxx recepciones, el área xx Xxxxx xx España Laboratorio y Recurso Humano. Ademas constará de un espacio multiproposito en planta alta y acceso desde el interior y exterior del edificio en relacion a la plaza de acceso. El sector de espera en plata baja podra ser utilizado como SUM en los horarios que no este habilitado para vacunación. Una escalera principal, una escalera secundaria y un ascensor componen el nucleo de circulación vertical, que lo unen a la Segunda Planta. La misma está conformada por lo siguiente: Consultorios antirrabicos, boxees de vacunación y el sector administrativo general del edificio,con sus correspondientes esperas, baños públicos y sectorde personal. GENERALIDADES Todos los trabajos que se especifican en el presente Xxxxxx, deben ser ejecutados de acuerdo a las Reglas del Buen Construir y en tal sentido la Inspección de Obra tendrá atribuciones para su aceptación o rechazo. Los trabajos que se indican a continuación comprenden la provisión de mano de obra y materiales, incluyendo todas las tareas y la República provisión de Uzbekistán elementos que aunque no esten mencionados en estas Especificaciones Técnicas, serán necesarios para evitar concluir con los trabajos de acuerdo a su fin.- Todos los materiales, y equipos a emplearse en la doble impo- sición obra, serán de la mejor calidad en su tipo, nuevos y prevenir en perfectas condicionesde conservacion y tendran formas, dimensiones y caractersticas de acuerdo a lo indicado en las presentes y en los croquis adjuntos.- La totalidad de las dimensiones indicadas en los planos, seran verificadas en obra, siendo la evasión fiscal Empresa Contratista responsable de cualquier error u omision.- Previamente a la cotizacion, se realizara una visita de obra obligatoria, debiendo acordar con la Inspeccion de Obra, fecha y horario de la misma.- La Empresa Contratista tendrá además un profesional responsable, en materia Seguridad e Higiene Laboral quien deberá presentar previo a la iniciación de Impuestos sobre las tareas un plan seguro de trabajo. Dicho profesional se constituirá como el responsable de seguridad, e instruirá al personal de la Renta y sobre el Patrimonio y su ProtocoloEmpresa, hecho para desarrollar las tareas, teniendo muy en Madrid el 8 de julio de 2013 (BOE de 10 de septiembre de 2015) — Protocolo entre el Xxxxx de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar cuenta la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxxxx xx 0000) — Ley 34/2015seguridad propia, de 21 terceros y bienes publicos y privados.- La Municipalidad exigirá a la Contratista las medidas de septiembre. Reforma parcialmente seguridad mencionadas por la Ley General Tributaria (BOE de 22 de septiembre de 2015) — Ley 48/2015, de 29 de octubre. Se aprueban los presupuestos generales del Estado para el ejercicio del año 2016 (BOE de 30 de octubre de 2015) — Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOC Extraordinario 99/2015 de 30 de diciembre de 2015) — Xxx xx Xxxxxxx 13/2015Xxxxxxxx Nacional N 24.449, en referencia a los trabajos que puedan afectar el tránsito vehicular y peatonal en la zona de 24 de diciembreinterés. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (DOG de 31 de diciembre de 2015) — Ley 6/2015 de La Rioja, de 29 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOR de 31 de diciembre de 2015) — Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016 y a la política social y económica (BOCM de 31 de diciembre de 2015) — Ley Xxxxx xx Xxxxxxx 23/2015, de 28 de diciembre. De modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, para ejecutar la política tributaria del Gobierno xx Xxxxxxx con el fin de mejorar la recaudación de ingresos públicos y reforzar la progresividad del sistema tribu- tario (BON de 30 de diciembre de 2015) — Ley de Valencia 10/2015, de 29 de diciembre. De medidas fiscales, de gestión administrati- va y financiera, y de organización de la Generalitat (DOGV de 31 de diciembre de 2015) Aviso n.º 87/2016, de 6 de janeiro (DR 3, Série II, de 6 de janeiro de 2016) Despacho n.º 352-A/2016, de 8 de janeiro (DR 5, Série II, de 8 de janeiro de 2016)..// 20 X............................................... X............................................... .. .. FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL
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Samples: Construction Contract
LEGISLACIÓN. Convenio entre el Xxxxx Los oferentes de España y el Sultanato xx Xxxx para evitar esta licitación quedan comprendidos dentro de los preceptos de la doble imposición y prevenir la evasión fiscal legislación específica en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolopresente contratación, hecho «ad referéndum» en Mascate el 30 xx xxxxx de 2014 (BOE de 8 de septiembre de 2015) — Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxx xx España y la República de Uzbekistán para evitar la doble impo- sición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013 (BOE de 10 de septiembre de 2015) — Protocolo entre el Xxxxx de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxxxx xx 0000) — Ley 34/2015, de 21 de septiembre. Reforma parcialmente la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Decreto Provincial Nº 2980/00, Reglamento de Contrataciones de la Municipalidad del Partido de General Tributaria Pueyrredon, Ordenanza General de Procedimiento Nº 267/80, Código Alimentario Argentino (BOE de 22 de septiembre de 2015) — Ley 48/201518284 y Decreto Reglamentario 2126/71), de 29 de octubre. Se aprueban Decreto municipal 1184/93, Ordenanzas Municipales vigentes en alimentos y transportes y los presupuestos principios generales del Estado derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este pliego. A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON:
1. Conocer y aceptar en todos sus términos el pliego de bases y condiciones compuesto de siete (7) fojas, Formulario Nº 1 de una (1) foja, Formulario Nº 2 de una (1) foja, Formulario Nº 3 de una (1) foja, Pedidos de Cotización, ANEXO I de una (1) foja y ANEXO II de una (1) foja, que rige la Licitación Pública Nº 02/08 – SEGUNDO LLAMADO “CONTRATACIÓN DE LA PROVISIÓN DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON DESTINO SECRETARIA DE EDUCACIÓN”, convocada por la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y cuyas cláusulas aceptamos sin condicionamiento alguno. Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de................................................................................... circunstancia que queda acreditada con ................................................................................................................... Firma/s: Aclaración/es de firma/s: Por medio del presente el OFERENTE declara bajo juramento no encontrarme incurso en las siguientes causales de exclusión de la presente licitación: 1 Incapacidad para el ejercicio contratar según la legislación vigente.
2. Ser agente al servicio de la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y en caso de sociedades, estar integradas total o parcialmente por aquellos o cuyos Directores o Gerentes también lo fueren.
3. Los fallidos, interdictos y concursados, salvo que estos últimos presenten la correspondiente autorización judicial.
4. Encontrarse afectado por medida cautelar de cualquier tipo que a juicio del año 2016 Municipio imposibilite o ponga en riesgo la prestación del servicio licitado.
5. Haber sido eliminado del Registro de Proveedores de la Provincia. de Buenos Aires o de esta Comuna.
6. Haber sido objeto de dos (BOE 2) o más rescisiones contractuales unilaterales o sancionatorias por parte de 30 de octubre de 2015organismos nacionales, provinciales o municipales, en los últimos cinco (5) — Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOC Extraordinario 99/2015 de 30 de diciembre de 2015) — Xxx xx Xxxxxxx 13/2015, de 24 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (DOG de 31 de diciembre de 2015) — Ley 6/2015 de La Rioja, de 29 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOR de 31 de diciembre de 2015) — Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas vinculadas años anteriores a la consecución propuesta.
7. Haber sido condenado en litigio sostenido con organismos públicos y/o sociedades del estado por motivos originados en prestaciones similares a la presente, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta.
8. Existir incumplimientos contractuales con la Municipalidad de los objetivos General Pueyrredon. Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de....................................................................................... Circunstancia que queda acreditada con............................................................................................................... Firma/s: Aclaración/es de firma/s Por medio de la Ley de Presupuestos Generales presente y para todas las situaciones emergentes de la Comunidad Licitación Pública Nº 02/08 – SEGUNDO LLAMADO “CONTRATACIÓN DE LA PROVISIÓN DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON DESTINO SECRETARIA DE EDUCACIÓN”, convocada por la Municipalidad de Madrid para 2016 y a la política social y económica (BOCM de 31 de diciembre de 2015) — Ley Xxxxx xx Xxxxxxx 23/2015General Xxxxxxxxxx, de 28 de diciembre. De modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, para ejecutar la política tributaria del Gobierno xx Xxxxxxx con el fin de mejorar la recaudación de ingresos públicos y reforzar la progresividad del sistema tribu- tario (BON de 30 de diciembre de 2015) — Ley de Valencia 10/2015, de 29 de diciembre. De medidas fiscales, de gestión administrati- va y financiera, y de organización .............................................................................Nº.....................................Piso.................. Dpto de la Generalitat ciudad de Xxx xxx Xxxxx. Suscribo (DOGV suscribimos) la presente en calidad de................................................................................................. Circunstancia que queda acreditada con............................................................................................................ Firma/s: Aclaración/es de 31 firma/s:
X. XXXX 2279 PB Cerrito Sur 4802973 ESB Nº 106 12 de diciembre de 2015) Aviso n.º 87/2016, de 6 de janeiro (DR 3, Série II, de 6 de janeiro de 2016) Despacho n.º 352-A/2016, de 8 de janeiro (DR 5, Série II, de 8 de janeiro de 2016)Octubre 10.000 PB Las Américas 4651699 ESB Nº 107 Xxxx 2624 PB Las Xxxxx 4815088 ESB Nº 108 Xxxxxxxxx 000 XX Xxxxx Xxxxxxx 4805573 ESB Nº 109 Pigue 626 PB Libertad 4874502
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Samples: Licitación De Provisión De Lácteos
LEGISLACIÓN. Convenio entre Ambas partes se someten, además de a lo establecido en el Xxxxx presente Pliego de España y Cláusulas Administrativas, en el Sultanato xx Xxxx para evitar Pliego de Prescripciones Técnicas, en la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su ProtocoloLey 9/2017, hecho «ad referéndum» en Mascate el 30 xx xxxxx de 2014 (BOE de 8 de septiembre de 2015) — Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxx xx España y la República de Uzbekistán para evitar la doble impo- sición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013 (BOE de 10 de septiembre de 2015) — Protocolo entre el Xxxxx de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxxxx xx 0000) — Ley 34/2015noviembre, de 21 de septiembre. Reforma parcialmente Contratos del Sector Público, por la Ley General Tributaria (BOE de 22 de septiembre de 2015) — Ley 48/2015que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 29 26 de febrero de 2014, y en cuanto no se encuentre derogado por ésta, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Se aprueban los presupuestos generales del Estado para , por el ejercicio del año 2016 (BOE de 30 de octubre de 2015) — Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOC Extraordinario 99/2015 de 30 de diciembre de 2015) — Xxx xx Xxxxxxx 13/2015, de 24 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (DOG de 31 de diciembre de 2015) — Ley 6/2015 de La Rioja, de 29 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOR de 31 de diciembre de 2015) — Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas vinculadas a la consecución de los objetivos que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Presupuestos Generales Contratos de la Comunidad de Madrid para 2016 y a la política social y económica (BOCM de 31 de diciembre de 2015) — Ley Xxxxx xx Xxxxxxx 23/2015las Administraciones Públicas, en el Real Decreto 817/2009, de 28 de diciembre. De modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias8 xx xxxx, para ejecutar por el cual se desarrolla parcialmente la política tributaria del Gobierno xx Xxxxxxx con el fin de mejorar la recaudación de ingresos públicos y reforzar la progresividad del sistema tribu- tario (BON Ley 30/2007, de 30 de diciembre de 2015) — Ley de Valencia 10/2015octubre, de 29 contratos del sector público y, en general, a las demás disposiciones vigentes en materia de diciembrecontratación administrativa que sean de aplicación al presente contrato, así como a los preceptos que regulan las normas tributarias de obligado cumplimiento. De medidas fiscalesCualquier contradicción que, sobre el contenido o interpretación, pudiera plantearse entre las cláusulas xxx Xxxxxx de gestión administrati- va Prescripciones Técnicas y financierael Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y de organización deberá entenderse resuelta a favor de la Generalitat aplicación de este último. ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE: AUTORIZACIÓN COMPROBACIÓN ROLECE Número de expediente: Denominación del Contrato: Fecha de la Declaración (DOGV aaaa-mm-dd): Órgano de 31 contratación: SEA 15 A.C.G.E.A. Mesa de diciembre Contratación: Mesa de 2015) Aviso n.º 87/2016, Contratación Permanente para el Cuartel General del Ejército del Aire y Mando de 6 Personal. AUTORIZO al órgano de janeiro (DR 3, Série II, contratación a recabar los datos que obren en poder de 6 la administración que fueran necesarios para comprobar la veracidad de janeiro de 2016) Despacho n.º 352-A/2016, de 8 de janeiro (DR 5, Série II, de 8 de janeiro de 2016)las declaraciones realizadas.
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Samples: Supply Contract
LEGISLACIÓN. Convenio entre Ambas partes se someten, además de a lo establecido en el Xxxxx presente Pliego de España y Cláusulas Administrativas, en el Sultanato xx Xxxx para evitar Pliego de Prescripciones Técnicas, en la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su ProtocoloLey 9/2017, hecho «ad referéndum» en Mascate el 30 xx xxxxx de 2014 (BOE de 8 de septiembre de 2015) — Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxx xx España y la República de Uzbekistán para evitar la doble impo- sición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013 (BOE de 10 de septiembre de 2015) — Protocolo entre el Xxxxx de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXX xx 0 xx xxxxxxx xx 0000) — Ley 34/2015noviembre, de 21 de septiembre. Reforma parcialmente Contratos del sector Público, por la Ley General Tributaria (BOE de 22 de septiembre de 2015) — Ley 48/2015que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 29 26 de febrero, y en cuanto no se encuentre derogado por ésta en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Se aprueban los presupuestos generales del Estado para , por el ejercicio del año 2016 (BOE de 30 de octubre de 2015) — Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOC Extraordinario 99/2015 de 30 de diciembre de 2015) — Xxx xx Xxxxxxx 13/2015, de 24 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (DOG de 31 de diciembre de 2015) — Ley 6/2015 de La Rioja, de 29 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas para 2016 (BOR de 31 de diciembre de 2015) — Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre. De medidas fiscales y administrativas vinculadas a la consecución de los objetivos que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Presupuestos Generales Contratos de la Comunidad de Madrid para 2016 y a la política social y económica (BOCM de 31 de diciembre de 2015) — Ley Xxxxx xx Xxxxxxx 23/2015las Administraciones Públicas, en el Real Decreto 817/2009, de 28 de diciembre. De modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias8 xx Xxxx, para ejecutar por el cual se desarrolla parcialmente la política tributaria del Gobierno xx Xxxxxxx con el fin de mejorar la recaudación de ingresos públicos y reforzar la progresividad del sistema tribu- tario (BON Ley 30/2007, de 30 de diciembre de 2015) — Ley de Valencia 10/2015Octubre, de 29 de diciembre. De medidas fiscales, de gestión administrati- va y financieracontratos del sector público, y en general, a las demás disposiciones vigentes en materia de organización contratación administrativa que sean de aplicación al presente contrato, así como a los preceptos que regulan las normas tributarias de obligado cumplimiento. Cualquier contradicción que, sobre el contenido o interpretación, pudiera plantearse entre las cláusulas xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, deberá entenderse resuelta a favor de la Generalitat aplicación de este último. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX Firmado digitalmente por FUENTES XXXXXXX XXXXXXX XXXXX |52136583E Nombre de reconocimiento (DOGV DN): c=ES, o=MINISTERIO DE DEFENSA, ou=PERSONAS, ou=CERTIFICADO ELECTRONICO DE EMPLEADO PUBLICO, serialNumber=IDCES-52136583E, sn=FUENTES XXXXXXX |52136583E, givenName=XXXXXXX XXXXX, cn=FUENTES XXXXXXX XXXXXXX XXXXX |52136583E Fecha: 2018.08.01 10:43:37 +02'00' Número de expediente: 2 0252 18 0074 00 Objeto del Contrato: SERVICIOS PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL CURSO DE IDIOMAS INGLÉS Y FRANCÉS EN LA MODALIDAD VIRTUAL ( LOTE 1 INGLÉS) Razón social (nombre): CIF: Dirección: Correo electrónico: Teléfono: Nombre y Apellidos: NIF: Correo electrónico: Teléfono: Cargo/calidad en la que actúa:
1. AUMENTO DE PLAZAS SOBRE LAS 1050 XX XXXXXX MÍNIMAS (MÁXIMO 210)
2. AMPLIACIÓN DEL NÚMERO DE CLASES TELEFÓNICAS SOBRE LAS 20 MÍNIMAS XX XXXXXX (MAXIMO 4)
3. PORCENTAJE DE CLASES TELEFÓNICAS NO USADAS XX XXXXXX HASTA 31 MAYO QUE PONDRA A DISPOSICIÓN DE LOS ALUMNOS MÁS DEMANDANTES, PARA SER USADAS DESDE JUNIO HASTA LA FINALIZACIÓN DEL CURSO ………………..%
4. OPTAR A LOS DOS LOTES DE ENSEÑANZA (INGLÉS Y FRANCÉS) (SI/NO)……..
5. OFRECIMIENTO RECONOCIMIENTO DE VOZ: Indicar en caso de diciembre de 2015) Aviso n.º 87/2016, de 6 de janeiro disponer (DR 3, Série II, de 6 de janeiro de 2016) Despacho n.º 352-A/2016, de 8 de janeiro SI/NO)……………..
6. EMPLEO HERRAMIENTA AUDICIÓN TEXTO (DR 5, Série II, de 8 de janeiro de 2016SI/NO)……………………………….
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