Common use of LIMITACIÓN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO Clause in Contracts

LIMITACIÓN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO. Salvo en los supuestos señalados en el apartado siguiente de esta cláusula, una vez perfeccionado el contrato, éste no podrá ser modificado ni directa ni indirectamente, aunque la modificación pretendida no tenga repercusión económica directa sobre el precio del contrato (art. 28.2 y 203.1 LCSP). En ningún caso podrán ser modificadas las mejoras ofertadas por el adjudicatario, si este fue uno de los criterios de adjudicación (art. 145.7 LCSP). Esta prohibición no afecta a los supuestos de prórroga del plazo de ejecución, novación subjetiva del contrato por sucesión o cesión, o revisiones de precios, que podrán articularse en las condiciones establecidas respectivamente en las cláusulas 28, 38 y 40 de este pliego, o en la normativa en que se basan las citadas cláusulas si ésta fuese modificada durante la vigencia de algún contrato suscrito al amparo del presente pliego.

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Samples: Contrato Administrativo De Servicios Del Excmo Ayuntamiento De Valladolid Y Las Entidades De Su Sector Público, Contrato De Acceso a Datos Por Cuenta De Terceros

LIMITACIÓN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO. Salvo en los supuestos señalados en el apartado siguiente de esta cláusula, una vez perfeccionado el contrato, éste no podrá ser modificado ni directa ni indirectamente, aunque la modificación pretendida no tenga repercusión económica directa sobre el precio del contrato (art. 28.2 y 203.1 LCSP). En ningún caso podrán ser modificadas las mejoras ofertadas por el adjudicatario, si este fue uno de los criterios de adjudicación (art. 145.7 LCSP). Esta prohibición no afecta a los supuestos de prórroga del plazo de ejecución, novación subjetiva del contrato por sucesión o cesión, o revisiones de precios, que podrán articularse en las condiciones establecidas respectivamente en las cláusulas 2830.C, 38 45 y 40 47 de este pliego, o en la normativa en que se basan las citadas cláusulas si ésta fuese modificada durante la vigencia de algún contrato suscrito al amparo del presente pliego.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Las Obras De Adecuacion De Local Para Escuela Infantil De O a 3 Años en Rioseco‐ Sobrescobio a Adjudicar Por Procedimiento Abierto Simplificado

LIMITACIÓN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO. Salvo en los supuestos señalados en el apartado siguiente de esta cláusula, una vez perfeccionado el contrato, éste no podrá ser modificado ni directa ni indirectamente, aunque la modificación pretendida no tenga repercusión económica directa sobre el precio del contrato (artcontrato. 28.2 y 203.1 LCSP). En ningún caso Tampoco podrán ser modificadas alteradas las mejoras en su caso ofertadas por el adjudicatario, si este fue uno de los criterios de adjudicación (art. 145.7 LCSP). Esta prohibición no afecta a los supuestos de prórroga del plazo de ejecución, novación subjetiva del contrato por sucesión o cesión, o revisiones de precios, que podrán articularse en las condiciones establecidas respectivamente en las cláusulas 2823.C, 38 34 y 40 36 de este pliego, o en la normativa en que se basan las citadas cláusulas si ésta fuese modificada durante la vigencia de algún contrato suscrito al amparo del presente pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Ayuntamiento De León, en Procedimiento Abierto, Restringido O Negociado

LIMITACIÓN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO. Salvo en los supuestos señalados en el apartado siguiente de esta cláusula, una vez perfeccionado el contrato, éste no podrá ser modificado ni directa ni indirectamente, aunque la modificación pretendida no tenga repercusión económica directa sobre el precio del contrato (art. 28.2 y 203.1 LCSP). En ningún caso podrán ser modificadas las mejoras ofertadas por el adjudicatario, si este fue uno de los criterios de adjudicación (art. 145.7 LCSP). Esta prohibición no afecta a los supuestos de prórroga del plazo de ejecución, novación subjetiva del contrato por sucesión o cesión, o revisiones de precios, que podrán articularse en las condiciones establecidas respectivamente en las cláusulas 2833.C, 38 44 y 40 48 de este pliego, o en la normativa en que se basan las citadas cláusulas si ésta fuese modificada durante la vigencia de algún contrato suscrito al amparo del presente pliego.

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Samples: Contrato De Acceso a Datos Por Cuenta De Terceros

LIMITACIÓN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO. Salvo en los supuestos señalados en el apartado siguiente de esta cláusula, una vez perfeccionado el contrato, éste no podrá ser modificado ni directa ni indirectamente, aunque la modificación pretendida no tenga repercusión económica directa sobre el precio del contrato (artcontrato. 28.2 y 203.1 LCSP). En ningún caso Tampoco podrán ser modificadas alteradas las mejoras en su caso ofertadas por el adjudicatario, si este fue uno de los criterios de adjudicación (art. 145.7 LCSP). Esta prohibición no afecta a los supuestos de prórroga del plazo de ejecución, novación subjetiva del contrato por sucesión o cesión, o revisiones de precios, que podrán articularse en las condiciones establecidas respectivamente en las cláusulas 2823.C, 38 40 y 40 42 de este pliego, o en la normativa en que se basan las citadas cláusulas si ésta fuese modificada durante la vigencia de algún contrato suscrito al amparo del presente pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Suministro De Energía Eléctrica, Combustibles Y Otros Productos