MANDATO. Mediante la presente cláusula EL OPERADOR en su carácter de mandante, faculta a EL INTERMEDIADOR, para que en nombre y representación de AUTOPISTAS DEL CARIBE S.A.S facture los servicios prestados a los clientes y recaude los ingresos brutos derivados del desarrollo del presente contrato.
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Samples: Interoperabilidad Recaudo Electrónico Vehicular (Rev), Interoperabilidad Recaudo Electrónico Vehicular (Rev), Interoperabilidad Recaudo Electrónico Vehicular (Rev)
MANDATO. Mediante la presente cláusula EL OPERADOR en su carácter de mandanteMANDANTE, faculta a EL al INTERMEDIADOR, COPILOTO, para que en nombre y representación de AUTOPISTAS DEL CARIBE S.A.S NORDESTE S.A.S., facture los servicios prestados a los clientes y recaude los ingresos brutos derivados del desarrollo del presente contrato.
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