MEDIOS DE PRUEBA. Los negativos originales xx xxxxxx obtenidos por el sistema de microfilmación y las imágenes grabadas por los sistemas de discos ópticos o por cualquier otro medio autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como las impresiones obtenidas de dichos sistemas, debidamente certificadas por el funcionario autorizado del Operador tendrán en juicio el mismo valor probatorio que los libros, registros y documentos microfilmados, grabados en discos ópticos o conservados a través de cualquier otro medio autorizado.
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MEDIOS DE PRUEBA. Los negativos originales xx xxxxxx obtenidos por el sistema de microfilmación y las imágenes grabadas por los sistemas de discos ópticos o por cualquier otro medio autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como las impresiones obtenidas de dichos sistemas, debidamente certificadas por el funcionario autorizado del Operador Socio Liquidador tendrán en juicio el mismo valor probatorio que los libros, registros y documentos microfilmados, grabados en discos ópticos o conservados a través de cualquier otro medio autorizado.
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