Common use of MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS Clause in Contracts

MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS. La modificación contractual obedece al cambio en las condiciones estipuladas inicialmente en el clausulado del contrato, bien sea porque el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible lo considere pertinente o a solicitud del contratista. Esta figura es la que comúnmente se conoce como otrosí que consiste en una modificación hecha por las partes de mutuo acuerdo o unilateral. Téngase presente, que algunos de los acuerdos plasmados en el clausulado del contrato obedecen a su esencia y su naturaleza en concordancia con las prescriptivas civiles, comerciales y del estatuto contractual. Por ello, solamente podrá ser objeto de modificación contractual el clausulado que no altere la esencia o naturaleza de lo inicialmente pactado. Para modificar un contrato la dependencia que suscribe el contrato debe seguir las orientaciones que se describen a continuación: La solicitud debe encontrarse suscrita por el supervisor del contrato, debe radicarse en el Grupo de Contratos con una antelación xx xxxx (10) días hábiles, anteriores a la necesidad de la respectiva modificación. El supervisor del contrato deberá suscribir la solicitud para realizar la modificación, conforme las funciones propias que le fueron encargadas. Los documentos que deben aportarse y verificarse como mínimo son:

Appears in 3 contracts

Samples: www.minambiente.gov.co, www.minambiente.gov.co, www.minambiente.gov.co

MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS. La modificación contractual obedece al cambio en las condiciones estipuladas inicialmente en el clausulado del contrato, bien sea porque el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible lo considere pertinente o a solicitud del contratista. Esta figura es la que comúnmente comunmente se conoce como otrosí que consiste en una modificación hecha por las partes de mutuo acuerdo o unilateralbilateral. Téngase presente, que algunos de los acuerdos plasmados en el clausulado del contrato obedecen a su esencia y su naturaleza en concordancia concordadas con las prescriptivas civiles, comerciales y del estatuto contractual. Por ello, solamente podrá ser objeto de modificación contractual el clausulado que no altere de manera la esencia o naturaleza de lo inicialmente pactado. Para modificar un contrato en el que es parte el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o el Fondo Nacional Ambiental, la dependencia que suscribe el contrato debe seguir las orientaciones que se describen a continuación: La Tal solicitud debe encontrarse suscrita por el supervisor del contrato, debe radicarse correspondiendo radicarla en el Grupo de Contratos con una antelación xx xxxx (10xxxx(10) días hábiles, anteriores a la necesidad de la respectiva modificación. El supervisor del contrato deberá suscribir la solicitud para realizar la modificación, conforme las funciones propias que le fueron encargadas. Los documentos que deben aportarse y verificarse como mínimo son:

Appears in 1 contract

Samples: www.minambiente.gov.co