Modificaciones y Cambios. El Emisor podrá modificar los términos y condiciones de los Bonos en cualquier momento con el voto favorable de los Tenedores Registrados que representen al menos el 50.1% del valor nominal de los Bonos emitidos y en circulación. En el evento de que el Emisor desee modificar los términos y condiciones de una Serie de Bonos en particular, podrá hacerlo igualmente en cualquier momento con el voto favorable de los Tenedores Registrados de los Bonos de la Serie respectiva que representen al menos el 50.1% del valor nominal emitido y en circulación de dicha Serie. Sin perjuicio de lo indicado antereiormente, los siguientes actos que no requerirán aprobación formal de los Tenedores Registrados: (i) completar los espacios correspondientes en el formato xxx Xxxx; (ii) dejar constancia que el Emisor ha sido sucedido por otra persona jurídica, en caso de fusión por absorción; (iii) permitir la emisión e intercambio entre Bonos Globales y Bonos Individuales; (iv) remediar ambigüedades o corregir, cambiar o suplementar una disposición que contiene un error o es inconsistente con otras disposiciones xxx Xxxx o del Prospecto Informativo, siempre que dicha acción no afecte adversamente los intereses de los Tenedores Registrados en ningún aspecto de importancia; o (v) reformar los términos y condiciones de los Bonos, o de una Serie en particular, que, en la opinión de asesores legales, sea necesario reformar para que los Bonos no pierdan su condición de Instrumento Deuda-Capital. Toda modificación o reforma a los términos y condiciones de cualquiera de las Series de la presente emisión, deberá cumplir con el Acuerdo No. 4-2003 de 11 xx xxxxx de 2003, por el cual la SMV adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados en la SMV. Copia de la documentación que ampare cualquier reforma, corrección o enmienda de los términos y condiciones de los Bonos será suministrada por el Emisor a la SMV, quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados.
Appears in 1 contract
Samples: Prospectus
Modificaciones y Cambios. El Emisor Toda la documentación que ampara esta emisión, podrá modificar los términos y condiciones ser corregida o enmendada por el Emisor, sin el consentimiento de los Bonos en cualquier momento cada Tenedor Registrado xxx Xxxx, con el voto favorable propósito de los Tenedores Registrados que representen al menos el 50.1% del valor nominal de los Bonos emitidos y en circulación. En el evento de que el Emisor desee modificar los términos y condiciones de una Serie de Bonos en particular, podrá hacerlo igualmente en cualquier momento con el voto favorable de los Tenedores Registrados de los Bonos de la Serie respectiva que representen al menos el 50.1% del valor nominal emitido y en circulación de dicha Serie. Sin perjuicio de lo indicado antereiormente, los siguientes actos que no requerirán aprobación formal de los Tenedores Registrados: (i) completar los espacios correspondientes en el formato xxx Xxxx; (ii) dejar constancia que el Emisor ha sido sucedido por otra persona jurídica, en caso de fusión por absorción; (iii) permitir la emisión e intercambio entre Bonos Globales y Bonos Individuales; (iv) remediar ambigüedades o corregir, cambiar para corregir errores evidentes o suplementar una disposición que contiene un error inconsistencias en la documentación. El Emisor deberá suministrar tales correcciones o es inconsistente con otras disposiciones xxx Xxxx o del Prospecto Informativo, siempre que dicha acción enmiendas a la Comisión Nacional de Valores para su autorización previa su divulgación. Esta clase de cambios no afecte podrá en ningún caso afectar adversamente los intereses de los Tenedores Registrados en ningún aspecto de importancia; o (v) reformar los términos y condiciones de los Bonos, . Copia de la documentación que ampare cualquier corrección o enmienda será suministrada a la Comisión Nacional de una Serie Valores quien la mantendrá en particular, que, en sus archivos a la opinión disposición de asesores legales, sea necesario reformar para que los Bonos no pierdan su condición de Instrumento Deuda-Capitalinteresados. Toda modificación o reforma a los términos y condiciones de cualquiera de las Series de la presente emisión, deberá cumplir con el Acuerdo No. 4-2003 de 11 xx xxxxx de 2003, 2003 por el cual la SMV Comisión Nacional de Valores adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados en la SMVComisión Nacional de Valores. Para los efectos de lo establecido en este Capítulo, las modificaciones o cambios aprobados, deberán ser firmados individualmente por la unanimidad de los Tenedores Registrados que aprobaron las mismas, mediante un documento en donde expresen su aceptación a dichos cambios, con copia al Agente de Pago, Registro y Transferencia. El Emisor deberá suministrar tales correcciones o enmiendas a la Comisión Nacional de Valores para su autorización previa su divulgación. Copia de la documentación que ampare cualquier reforma, corrección o enmienda de los términos y condiciones de los Bonos modificación será suministrada por el Emisor a la SMV, Comisión Nacional de Valores quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados. El Emisor podrá introducir modificaciones a los términos y condiciones del presente prospecto informativo, convocando la totalidad de los Tenedores Registrados mediante aviso publicado por dos (2) días consecutivos en dos diarios de circulación nacional; dicha reunión se celebrará dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la última publicación, y se obtendrá la aprobación a las modificaciones propuestas al alcanzar la aprobación de los Tenedores Registrados que representen el 51% del saldo insoluto de capital de los bonos. Si en dicha reunión no se encuentran presentes o representados Tenedores Registrados que representen el 51% del saldo insoluto de capital de los bonos, se hará una segunda convocatoria de reunión en los mismos términos anteriormente establecidos; en esta segunda reunión deberán ser aprobadas por unanimidad de los presentes las modificaciones previamente propuestas. Se podrán proponer modificaciones a los siguientes términos y condiciones del presente prospecto informativo:
a) la disminución de la tasa de interés ó del diferencial de intereses por encima de la tasa Libor y los rangos de tasas mínimas y máximas, para cada serie; b) la extensión del plazo de vencimiento de cada serie; c) las condiciones de redención anticipada previstas en el presente prospecto; d) la modificación a los términos y condiciones del fideicomiso para: i) la sustitución o disminución de las garantías y ii) las obligaciones del fiduciario y/o del Fideicomitente; e) aumentar o disminuir el porcentaje de Tenedores Registrados presentes en la reunión que se requiere para modificar los términos y condiciones de esta emisión o del fideicomiso; y f) cualquier otra condición que en opinión del Emisor sea necesaria modificar, para salvaguardar la inversión inicial de los Tenedores Registrados de los bonos.
Appears in 1 contract
Samples: Fideicomiso Mercantil De Garantía
Modificaciones y Cambios. El Emisor podrá modificar los términos y condiciones de los Bonos en cualquier momento con el voto favorable de los Tenedores Registrados que representen al menos el 50.1% del valor nominal de los Bonos emitidos y en circulación. En el evento de que el Emisor desee modificar los términos y condiciones de una Serie de Bonos en particular, podrá hacerlo igualmente en cualquier momento con el voto favorable de los Tenedores Registrados de los Bonos de la Serie respectiva que representen al menos el 50.1% del valor nominal emitido y en circulación de dicha Serie. Sin perjuicio de lo indicado antereiormente, los siguientes actos que no requerirán aprobación formal de los Tenedores Registrados: (i) completar los espacios correspondientes en el formato xxx Xxxxdel Bono; (ii) dejar constancia que el Emisor ha sido sucedido por otra persona jurídica, en caso de fusión por absorción; (iii) permitir la emisión e 97 intercambio entre Bonos Globales y Bonos Individuales; (iv) remediar ambigüedades o corregir, cambiar o suplementar una disposición que contiene un error o es inconsistente con otras disposiciones xxx Xxxx del Bono o del Prospecto Informativo, siempre que dicha acción no afecte adversamente los intereses de los Tenedores Registrados en ningún aspecto de importancia; o (v) reformar los términos y condiciones de los Bonos, o de una Serie en particular, que, en la opinión de asesores legales, sea necesario reformar para que los Bonos no pierdan su condición de Instrumento Deuda-Capital. Toda modificación o reforma a los términos y condiciones de cualquiera de las Series de la presente emisión, deberá cumplir con el Acuerdo No. 4-2003 de 11 xx xxxxx de abril de 2003, por el cual la SMV adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados en la SMV. Copia de la documentación que ampare cualquier reforma, corrección o enmienda de los términos y condiciones de los Bonos será suministrada por el Emisor a la SMV, quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados.
Appears in 1 contract
Samples: Bond Offering
Modificaciones y Cambios. El Emisor se reserva el derecho de efectuar enmiendas al prospecto y demás documentos que respaldan la oferta pública de los Bonos con el exclusivo propósito de remediar ambigüedades o para corregir errores evidentes o inconsistencias en la documentación. Cuando tales enmiendas no impliquen modificaciones a los términos y condiciones de los Bonos y documentos relacionados con esta oferta, no se requerirá el consentimiento previo o posterior de los tenedores de los Bonos. Tales enmiendas se notificarán a la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores mediante suplementos enviados dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiesen aprobado. Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor podrá modificar los términos y condiciones de cualesquiera de las series de los Bonos de la presente emisión, de conformidad con lo establecido en la Sección XII de este Prospecto Informativo, en cualquier momento momento, y ser dispensado del cumplimiento de sus obligaciones, con el voto favorable de (a) los Tenedores Registrados de los Bonos que representen al no menos el 50.1del 51% del valor nominal saldo insoluto a capital de los Bonos emitidos y en circulación. En el evento circulación de que el Emisor desee modificar los términos y condiciones todas las Series (una “Mayoría de Tenedores”), cuando se trate de una Serie modificación o dispensa que afecte a los Bonos de Bonos en particulartodas las Series, podrá hacerlo igualmente en cualquier momento con el voto favorable de o (b) los Tenedores Registrados de los Bonos de la Serie respectiva que representen al no menos el 50.1del 51% del valor nominal emitido saldo insoluto a capital de los Bonos emitidos y en circulación de dicha una Serie respectiva (una “Mayoría de Tenedores de una Serie. Sin perjuicio ”), cuando se trate de lo indicado antereiormente, una modificación o dispensa que afecte a los siguientes actos que no requerirán aprobación formal de los Tenedores Registrados: (i) completar los espacios correspondientes en el formato xxx Xxxx; (ii) dejar constancia que el Emisor ha sido sucedido por otra persona jurídica, en caso de fusión por absorción; (iii) permitir la emisión e intercambio entre Bonos Globales y Bonos Individuales; (iv) remediar ambigüedades o corregir, cambiar o suplementar una disposición que contiene un error o es inconsistente con otras disposiciones xxx Xxxx o del Prospecto Informativo, siempre que dicha acción no afecte adversamente los intereses de los Tenedores Registrados en ningún aspecto de importancia; o (v) reformar los términos y condiciones de los Bonos, o de una Serie en particular, queexcepto cuando se trate de modificaciones relacionadas con las garantías, en la opinión tasa de asesores legalesinterés y plazo de pago de interés o capital, sea necesario reformar para que paro lo cual se requerirá el consentimiento de (a) los Tenedores Registrados de los Bonos que representen no pierdan su condición menos del 75% del saldo insoluto a capital de Instrumento Deuda-Capital. los Bonos emitidos y en circulación de todas las Series (una “Supermayoría de Tenedores”), cuando se trate de una modificación o dispensa que afecte a los Bonos de todas las Series, o (b) los Tenedores Registrados de los Bonos que representen no menos del 75% del saldo insoluto a capital de los Bonos emitidos y en circulación de una Serie respectiva (una “Supermayoría de Tenedores de una Serie”), cuando se trate de una modificación o dispensa que afecta a los Bonos de una Serie en particular Toda modificación o reforma a los términos y condiciones de cualquiera cualesquiera de las Series series de la presente emisión, deberá cumplir con el Acuerdo No. 4-2003 de 11 xx xxxxx de 2003, 2003 (incluyendo sus posteriores modificaciones) por el cual la SMV Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados en la SMVSuperintendencia xxx Xxxxxxx de Valores. Copia de la documentación que ampare cualquier reforma, corrección o enmienda de los términos y condiciones de los Bonos será suministrada por el Emisor a la SMVSuperintendencia xx Xxxxxxx de Valores, quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados.
Appears in 1 contract
Samples: Bond Issuance Agreement
Modificaciones y Cambios. El Emisor podrá se reserva el derecho de efectuar modificaciones futuras a los términos y condiciones de esta emisión de conformidad con el proceso establecido en este prospecto.. Para poder modificar los términos y condiciones de los Bonos una o más series de Acciones Preferidas y para otorgar cualquier dispensa al Emisor en cualquier momento con el voto favorable cuanto al cumplimiento de sus obligaciones se requerirá: (i) la previa aprobación de parte de los tenedores que representen al menos el cincuenta y uno por ciento (51%) de acciones comunes emitidas y en circulación con derecho a voto del Emisor, adoptada en asamblea de accionistas, y (ii) el consentimiento de aquellos Tenedores Registrados que representen al menos el 50.1% cincuenta y uno por ciento (51%) del valor nominal total de los Bonos emitidos y las Acciones Preferidas en circulación. En el evento de que el Emisor desee modificar los términos y condiciones de una Serie de Bonos en particular, podrá hacerlo igualmente en cualquier ese momento con el voto favorable de los Tenedores Registrados de los Bonos de la Serie respectiva que representen al menos el 50.1% del valor nominal emitido emitidas y en circulación de dicha Serie. Sin perjuicio la serie de lo indicado antereiormenteque se trate, los siguientes actos que no requerirán aprobación formal de los Tenedores Registrados: (i) completar los espacios correspondientes conformidad con el proceso establecido por la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores en el formato xxx Xxxx; (ii) dejar constancia Acuerdo 4-2003 o en los Acuerdos posteriores que lo subroguen. El Emisor también se reserva el Emisor ha sido sucedido por otra persona jurídica, en caso derecho de fusión por absorción; (iii) permitir la emisión e intercambio entre Bonos Globales y Bonos Individuales; (iv) remediar ambigüedades o corregir, cambiar o suplementar una disposición que contiene un error o es inconsistente con otras disposiciones xxx Xxxx o del Prospecto Informativo, siempre que dicha acción no afecte adversamente los intereses de los Tenedores Registrados en ningún aspecto de importancia; o (v) reformar los términos y condiciones de los Bonos, o de una Serie en particular, que, en la opinión de asesores legales, sea necesario reformar para que los Bonos no pierdan su condición de Instrumento Deuda-Capital. Toda modificación o reforma efectuar modificaciones futuras a los términos y condiciones de cualquiera de las Series de la presente emisión, deberá cumplir esta emisión con el propósito de remediar ambigüedades o para corregir errores evidentes o inconsistencias en la documentación conforme al procedimiento establecido por la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores en el Acuerdo No. 4-2003 de 11 xx xxxxx de 2003, por el cual la SMV adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados o en la SMVlos Acuerdos posteriores que lo subroguen. Copia de la documentación que ampare cualquier reforma, corrección o enmienda de los términos y condiciones de los Bonos las Acciones Preferidas será suministrada por el Emisor a la SMVSuperintendencia xxx Xxxxxxx de Valores y la Bolsa de Valores de Panamá, S.A., quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados. Para los fines de someter cualquier propuesta de modificación de los términos y condiciones a los tenedores de Acciones Preferidas así como para cualquier otra acción que requiera el consentimiento de los tenedores de Acciones Preferidas, el Emisor convocará y celebrará una reunión de Tenedores de Acciones Preferidas.
(i). La reunión será convocada por el Emisor. (ii).La reunión podrá ser convocada mediante cualquiera de las siguientes maneras: Tratándose de acciones emitidas de forma desmaterializada, mediante notificación escrita remitida a través de la central de valores; tratándose de acciones emitidas y representadas de forma materializada, mediante notificación escrita remitida al tenedor por correo o entrega personal a través del agente de Pago, o mediante aviso publicado por dos días consecutivos, en un periódico de circulación nacional de Panamá. Dicha convocatoria indicará la fecha, hora y lugar de la reunión, así como la agenda de la misma, y será enviada por lo menos diez (10) Días Hábiles antes de la fecha de la reunión. No obstante lo anterior, los Tenedores podrán renunciar a la notificación previa y su presencia o representación en una reunión constituirá renuncia tácita a la notificación previa.
Appears in 1 contract
Samples: Prospectus
Modificaciones y Cambios. El Emisor se reserva el derecho de efectuar enmiendas al prospecto y demás documentos que respaldan la oferta pública de los Bonos con el exclusivo propósito de remediar ambigüedades o para corregir errores evidentes o inconsistencias en la documentación. Cuando tales enmiendas no impliquen modificaciones a los términos y condiciones de los Bonos y documentos relacionados con esta oferta, no se requerirá el consentimiento previo o posterior de los tenedores de los Bonos. Tales enmiendas se notificarán a la Superintendencia xx Xxxxxxx de Valores mediante suplementos enviados dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiesen aprobado. Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor podrá modificar los términos y condiciones de cualesquiera de las series de los Bonos de la presente emisión, en cualquier momento momento, y ser dispensado del cumplimiento de sus obligaciones identificadas excepto las señaladas en los literales “a, b, f, g, i, j, y m” de las Obligaciones de Hacer y literal “a” de las Obligaciones de No Hacer, de este Prospecto Informativo, es decir, ser autorizado para no cumplir o suspender el cumplimiento de dichas obligaciones derivadas de los Bonos, con el voto favorable de (a) los Tenedores Registrados de los Bonos que representen al no menos el 50.1del 51% del valor nominal saldo insoluto a capital de los Bonos emitidos y en circulación. En el evento circulación de que el Emisor desee modificar los términos y condiciones todas las Series (una “Mayoría de Tenedores”), cuando se trate de una Serie modificación o dispensa que afecte a los Bonos de Bonos en particulartodas las Series, podrá hacerlo igualmente en cualquier momento con el voto favorable de o (b) los Tenedores Registrados de los Bonos de la Serie respectiva que representen al no menos el 50.1del 51% del valor nominal emitido saldo insoluto a capital de los Bonos emitidos y en circulación de dicha una Serie respectiva (una “Mayoría de Tenedores de una Serie. Sin perjuicio ”), cuando se trate de lo indicado antereiormente, una modificación o dispensa que afecte a los siguientes actos que no requerirán aprobación formal de los Tenedores Registrados: (i) completar los espacios correspondientes en el formato xxx Xxxx; (ii) dejar constancia que el Emisor ha sido sucedido por otra persona jurídica, en caso de fusión por absorción; (iii) permitir la emisión e intercambio entre Bonos Globales y Bonos Individuales; (iv) remediar ambigüedades o corregir, cambiar o suplementar una disposición que contiene un error o es inconsistente con otras disposiciones xxx Xxxx o del Prospecto Informativo, siempre que dicha acción no afecte adversamente los intereses de los Tenedores Registrados en ningún aspecto de importancia; o (v) reformar los términos y condiciones de los Bonos, o de una Serie en particular, queexcepto cuando se trate de modificaciones relacionadas con las garantías, en la opinión tasa de asesores legalesinterés, sea necesario reformar para que plazo de pago de interés o capital, paro lo cual se requerirá el consentimiento de (a) los Tenedores Registrados de los Bonos que representen no pierdan su condición menos del 75% del saldo insoluto a capital de Instrumento Deuda-Capitallos Bonos emitidos y en circulación de todas las Series (una “Supermayoría de Tenedores”), cuando se trate de una modificación o dispensa que afecte a los Bonos de todas las Series, o (b) los Tenedores Registrados de los Bonos que representen no menos del 75% del saldo insoluto a capital de los Bonos emitidos y en circulación de una Serie respectiva (una “Supermayoría de Tenedores de una Serie”), cuando se trate de una modificación o dispensa que afecta a los Bonos de una Serie en particular. Toda modificación o reforma a los términos y condiciones de cualquiera cualesquiera de las Series series de la presente emisión, deberá cumplir con el Acuerdo No. 4-2003 de 11 xx xxxxx de 2003, 2003 (incluyendo sus posteriores modificaciones) por el cual la SMV Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados en la SMVSuperintendencia xxx Xxxxxxx de Valores. Copia de la documentación que ampare cualquier reforma, corrección o enmienda de los términos y condiciones de los Bonos será suministrada por el Emisor a la SMVSuperintendencia xx Xxxxxxx de Valores, quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados.
Appears in 1 contract
Samples: Bond Issuance Agreement