Common use of MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO Clause in Contracts

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos asegurados, los valores y las primas correspondientes a esta póliza se expresarán en Unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficios, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, dentro de los 30 días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contrato.

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MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos asegurados, Todos los valores y las primas correspondientes a esta póliza de este contrato se expresarán en moneda extranjera, en Unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier Fomento u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSeguros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la moneda extranjera, Unidad de Fomento o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las Primas e indemnizaciones, será el vigente al momento de su pago efectivo. La misma regla será aplicable a la devolución de Prima, cuando correspondiere. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante Contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, Compañía dentro de los 30 treinta (30) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá el término anticipado de la terminación anticipada del contratopóliza, conforme lo establecido en el Artículo 26 de estas Condiciones Generales.

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MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl capital asegurado, los valores y el monto de las primas correspondientes a esta póliza y demás valores de este contrato se expresarán en Unidades unidades de Fomentofomento, en moneda extranjera o cualquier u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSeguros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la unidad de fomento, moneda extranjera, o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las primas y beneficios, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, aseguradora dentro de los 30 diez (10) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contratopresente contrato de seguros y se devolverá al contratante mediante un rescate total el Valor Póliza.

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Samples: Seguro De Vida Individual Con Cuenta Unica De Inversion, Seguro De Vida Individual Con Cuenta Unica De Inversion Garantizada, www.euroamerica.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl capital asegurado, los valores el saldo de la Cuenta Básica y de Excedentes, el monto de las primas y demás valores correspondientes a esta póliza póliza, se expresarán en Unidades unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier fomento u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSeguros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la unidad de fomento o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las primas, del capital asegurado u otros valores, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare dejase de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante Contratante no aceptare aceptase la nueva unidad y lo comunicare comunicase así a la compañía de seguros, al Asegurador dentro de los 30 treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación que ésta le hiciere hiciese sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada el término anticipado del contrato.

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Samples: Seguro De Vida Individual Con Cuenta De Inversión, Seguro De Vida Individual Con Cuenta De Inversión Y Con Pago De Anualidades, Seguro De Vida Individual Con Cuenta De Inversión Y Con Pago De Anualidades

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl capital asegurado, los valores y el monto de las primas correspondientes a esta póliza y demás valores de este contrato se expresarán en Unidades unidades de Fomentofomento, en moneda extranjera o cualquier u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSeguros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la unidad de fomento, moneda extranjera, o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las primas y beneficios, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, aseguradora dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contratopresente contrato de seguros y se devolverá al contratante o los propios asegurados, según corresponda, mediante un rescate total el Valor Póliza.

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MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl capital asegurado, los valores y el monto de las primas correspondientes a esta póliza y demás valores de este contrato se expresarán en Unidades unidades de Fomentofomento, en moneda extranjera o cualquier u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSeguros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la unidad de fomento, moneda extranjera, o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las primas y beneficios, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, aseguradora dentro de los 30 diez (10) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contratopresente contrato de seguros.

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Samples: www.svs.cl, www.svs.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl capital asegurado, los valores el saldo de la Cuenta Básica y de Excedentes, el monto de las primas y demás valores correspondientes a esta póliza póliza, se expresarán en Unidades unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier fomento u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficios, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la unidad de fomento o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las primas, del capital asegurado u otros valores, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare dejase de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante Contratante no aceptare aceptase la nueva unidad y lo comunicare comunicase así a la compañía de seguros, al Asegurador dentro de los 30 treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación que ésta le hiciere hiciese sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada el término anticipado del contrato.

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Samples: Seguro De Vida Individual Con Cuenta De Inversión

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos asegurados, los valores El capital asegurado y el monto de las primas correspondientes a esta póliza de este contrato se expresarán en Unidades unidades de Fomentofomento, en moneda extranjera o cualquier u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSeguros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la unidad de fomento, moneda extranjera, o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las primas y beneficios, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, aseguradora dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá produci- rá la terminación anticipada del contratopresente contrato de seguros.

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Samples: www.euroamerica.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl capital asegurado, los el monto de la prima y demás valores y las primas correspondientes a esta póliza de este contrato se expresarán en Unidades de Fomentomoneda extranjera, en moneda extranjera o cualquier unidades de fomento u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado FinancieroSuperintendencia de Valores y Seguros, de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores y como se establezca en las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo haganCondiciones Particulares. El valor de la unidad de fomento o de la unidad reajustable elegidaseñalada en las Condiciones Particulares, que se considerará para el pago xx xxxxxx de prima y beneficios, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza, será el vigente al momento de su pago efectivo. La misma será aplicable a la devolución xx xxxxxx que correspondiere. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, aseguradora dentro de los 30 treinta (30) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contrato.

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Samples: www.santander.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl capital asegurado, los valores y el monto de las primas correspondientes a esta póliza y demás valores de este contrato se expresarán en Unidades unidades de Fomentofomento, en moneda extranjera o cualquier u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSe- guros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la unidad de fomento, moneda extranjera, o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las primas y beneficios, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, aseguradora dentro de los 30 diez (10 días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contratopresente contrato de seguros y se devolverá al contratante mediante un rescate total el Valor Póliza.

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Samples: www.webchilena.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl "Capital Asegurado", los valores el Valor de la Póliza y las primas correspondientes a esta póliza se expresarán en Unidades unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier fomento u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSeguros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la unidad de fomento o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago xx xxxxxx e indemnizaciones, será el vigente al momento del pago efectivo de su pago efectivolas mismas La misma regla será aplicable a la devolución de prima que correspondiere. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, aseguradora dentro de los 30 diez (10) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contratocontrato de seguro, debiendo el contratante en dicho momento solicitar el Rescate Total del Valor de la Póliza conforme a lo señalado en el Artículo 14 de estas Condiciones Generales.

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Samples: cdn.bicevida.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos asegurados, los valores y las primas correspondientes a esta póliza se expresarán en Unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores y como las primas se reajustaran reajustarán en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficios, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de segurosaseguradora, dentro de los 30 treinta (30) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contrato.

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Samples: www.segurosbupa.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos aseguradosEl capital asegurado, los el monto de la prima y demás valores y las primas correspondientes a esta póliza de este contrato se expresarán en Unidades de Fomentomoneda extranjera, en moneda extranjera o cualquier unidades de fomento u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado FinancieroSuperintendencia de Valores y Seguros, de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores y como se establezca en las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo haganCondiciones Particulares. El valor de la unidad de fomento o de la unidad reajustable elegidaseñalada en las Condiciones Particulares, que se considerará para el pago xx xxxxxx de prima y beneficios, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza, será el vigente al momento de su pago efectivo. La misma regla será aplicable a la devolución xx xxxxxx que correspondiere. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, aseguradora dentro de los 30 treinta (30) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contrato.

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Samples: www.svs.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos asegurados, los valores y las primas correspondientes a esta póliza se expresarán en Unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado FinancieroSuperintendencia de Valores y Seguros, de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad opor¬tunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficios, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de segurosaseguradora, dentro de los 30 treinta (30) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contrato.

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Samples: www.segurosbupa.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos asegurados, Todos los valores y las primas correspondientes a esta póliza de este contrato se expresarán en moneda extranjera, en Unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier Fomento u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficios, que se establezca en las Condiciones Particulares de la pólizaPóliza. El valor de la moneda extranjera, Unidad de Fomento o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la Póliza, que se considerará para el pago de las Primas e indemnizaciones, será el vigente al momento de su pago efectivo. La misma regla será aplicable a la devolución de Prima, cuando correspondiere. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante Contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, Compañía dentro de los 30 treinta (30) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá el término anticipado de la terminación anticipada del contratoPóliza, conforme lo establecido en el Artículo 21 de estas Condiciones Generales.

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Samples: www.svs.cl

MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos asegurados, Todos los valores y las primas correspondientes a esta póliza de este contrato se expresarán en moneda extranjera, en Unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier Fomento u otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero, Superintendencia de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores Valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficiosSeguros, que se establezca en las Condiciones Particulares de la póliza. El valor de la moneda extranjera, Unidad de Fomento o de la unidad reajustable señalada en las Condiciones Particulares de la póliza, que se considerará para el pago de las Primas e indemnizaciones, será el vigente al momento de su pago efectivo. La misma regla será aplicable a la devolución de Prima, cuando correspondiere. Si la Unidad de Fomento moneda o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante Contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de seguros, Compañía dentro de los 30 treinta (30) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá el término anticipado de la terminación anticipada del contratopóliza, conforme lo establecido en el Artículo 30 de estas Condiciones Generales.

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MONEDA O UNIDAD DEL CONTRATO. Los montos asegurados, los valores y las primas correspondientes a esta póliza se expresarán en Unidades de Fomento, en moneda extranjera o cualquier otra unidad reajustable que haya sido autorizada por la Comisión para el Mercado FinancieroSuperintendencia de Valores y Seguros, de tal forma que tanto los montos asegurados, los valores y como las primas se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que estas unidades lo hagan. El valor de la unidad reajustable elegida, que se considerará para el pago xx xxxxxx y beneficios, que se establezca esta- blezca en las Condiciones Particulares de la póliza, será el vigente al momento de su pago efectivo. Si la Unidad de Fomento o la unidad reajustable estipulada dejare de existir, se aplicará en su lugar aquella que oficialmente la reemplace, a menos que el contratante no aceptare la nueva unidad y lo comunicare así a la compañía de segurosaseguradora, dentro de los 30 treinta (30) días siguientes a la notificación que ésta le hiciere sobre el cambio de unidad, en cuyo caso se producirá la terminación anticipada del contrato.

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