Common use of MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES Clause in Contracts

MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión: 1. Participación en una organización delictiva (13); 2. Corrupción (14) 3. Fraude (15) 4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas (16) 5. Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (17); 6. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos (18) ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? [ ] Si [ ] No Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..][………..] a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: b) Identificación de la persona condenada []: c) En la medida en que se establezca directamente en la condena: a) Fecha: , punto (s): [ ], razón o razones: [ ] b) [ ] c) Duración del período de exclusión [ ] y puntos de que se trate [ ]; Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: en la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..] (21) En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión (»autocorrección») [ ] Si [ ] No En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas (23) [………..]

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Samples: Suministro E Instalación De Equipos De Calor en Biomasa, Transportation Agreement

MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión: : 1. Participación en una organización delictiva (13); ; 2. Corrupción (14) ) 3. Fraude (15) ) 4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas (16) ) 5. Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (17); ; 6. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos (18) ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? [ ] Si [ ] No Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..][………..] a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: b) Identificación de la persona condenada []: c) En la medida en que se establezca directamente en la condena: a) Fecha: , punto (s): [ ], razón o razones: [ ] b) [ ] c) Duración del período de exclusión [ ] y puntos de que se trate [ ]; Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: en e la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..] (21) En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión (»autocorrección») [ ] Si [ ] No En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas (23) [………..]

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Samples: Contract for Tourism Promotion and Marketing Services

MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión: 1. Participación en una organización delictiva (13); 2. Corrupción (14) 3. Fraude (15) 4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas (16) 5. Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (17); 6. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos (18) ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? [ ] Si [ ] No Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..][………..] a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: a) Fecha: , punto (s): [ ], razón o razones: [ ] b) Identificación de la persona condenada []: c) En la medida en que se establezca directamente en la condena: a) Fecha: , punto (s): [ ], razón o razones: [ ] b) [ ] c) Duración del período de exclusión [ [……….] y puntos de que se trate [ ]; Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: en e la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..] (21) En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión (»autocorrección») [ ] Si [ ] No En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas (23) [………..]] (13)Xxx y como se define en el artículo 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L 300 de 11.11.2008, p. 42) (14)Xxx como se define en el artículo 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 195 de 25.6.1997, p. 1) y en el artículo 2, apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado (DO L 192 de 31.7.2003, p. 54). Este motivo de exclusión abarca también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del operador económico. (15)En el sentido del artículo 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48) (16)Xxx como se definen en la Decisión marco del Consejo, de 13 xx xxxxx de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p. 3). Este motivo de exclusión engloba también la inducción o complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el artículo 4 de la citada Decisión marco. (17)Xxx como se definen en el artículo 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15) (18)Xxx como se definen en el artículo 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx xxxxx de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1) (19)Repítase tantas veces como sea necesario. (20)Repítase tantas veces como sea necesario. (21)Repítase tantas veces como sea necesario. (22)De conformidad con las disposiciones nacionales de aplicación del artículo 57, apartado 6, de la Directiva 2014/24/UE. (23)La explicación deberá demostrar la idoneidad de las medidas adoptadas teniendo en cuenta el carácter de los delitos cometidos (puntual, reiterado, sistemático, etc.)

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Samples: Contrato De Suministros

MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. El artículo 57, apartado 1, 1 del art. 57 de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión: 1. : Participación en una organización delictiva (13); 2delictiva15. Corrupción (14) 3Corrupción16. Fraude (15) 4Fraude17. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas (16) 5terroristas18. Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (17); 6terrorismo19. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos (18) humanos20. Motivos referidos a condenas penales con arreglo a las disposiciones nacionales21 de aplicación de los motivos enunciados en el art. 57, apartado 1. de la Directiva 2014/24/UE Respuesta ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período periodo de exclusión que siga siendo aplicable? [ ] Si [ ] No Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..]] [………..]] [………..][………..] a) 22 En caso afirmativo, indíquese23: Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: b) : Identificación de la persona condenada []: c) : En la medida en que se establezca directamente en la condena: Fecha: a) Fecha: [], punto (spunto(s): [ [], razón o razones: [ ] b) [] [ ] c) Duración del período de exclusión [ […] y puntos de que se trate [ ]; Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: en (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..]] [………..]] [………..] (21) ]24 En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión (»autocorrección») [ ] Si [ ] autocorrección)25? Sí No En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas (23) adoptadas26: [………..]

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Samples: Contract

MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. El artículo art. 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión: 1. exclusión • Participación en una la organización delictiva (13); 2. ) • Corrupción (14) 3. ) • Fraude (15) 4. ) • Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas (16) 5. ) • Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (17); 6. ) • Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos (18) Motivos referidos a condenas penales con arreglo a las disposiciones nacionales de aplicación de los motivos enunciados en el artículo 57, apartado 1, de la Directiva Respuesta ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período periodo de exclusión que siga siendo aplicable? []Si[]No Si la documentación pertinente esté disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ][ ][ ]( 19) En caso afirmativo, indíquese (20): a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: b) Identificación de la persona condenada [ ]: c) En la medida en que se establezca directamente en la condena: a) Fecha: [ ], punto(s): [ ], razón o razones: [ ] Si b) [ ] No c) Duración del periodo de exclusión [ ] y puntos de que se trate [ ] Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..][………..] a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: b) Identificación de la persona condenada []: c) En la medida en que se establezca directamente en la condena: a) Fecha: , punto (s): ):[ ], razón o razones: [ ] b) [ ] c) Duración del período de exclusión [ ] y puntos de que se trate [ ]; Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: en la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..] (21) En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión (»«autocorrección») )? [ ] Si S í [ ] No N o En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas (23) [………..[ ]

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Samples: Contrato De Producción General

MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión: 1. : Participación en una organización delictiva (13); 2. 13 Corrupción (14) 3. 14 Fraude (15) 4. 15 Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas (16) 5. 16 Blanqueo de capitales o financiación del de terrorismo (17); 6. 17 Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos (18) 18 Motivos referidos a condenas penales con arreglo a las disposiciones nacionales de aplicación de los motivos enunciados en el artículo 57, apartado 1, de la Directiva: Respuesta: ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período periodo de exclusión que siga siendo aplicable? [ ] Si ]SI [ ] No ]NO Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [……….................][……….................][………..][………..] a) ...............] 19 En caso afirmativo, indíquese 20 Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: b) Identificación de la persona condenada []: c) En la medida en que se establezca directamente en la condena: a) : Fecha: [ ], punto (spunto(s): [ ], razón o razones: [ ] b] 17/04/2018 12:33:34 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) [ ] c) Duración del período de exclusión [ ] y puntos de que se trate [ ]; Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: en la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..] (21) En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la existencia siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de un motivo pertinente de exclusión verificación (»autocorrección»CSV) [ ] Si [ ] No En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas (23) [………..]d32b186a-aa04-ff43-426038883288

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Samples: Suministro De Energía Eléctrica