Common use of NATURALEZA DE LAS OBRAS Clause in Contracts

NATURALEZA DE LAS OBRAS. Las obras a definir y/o ejecutar se clasifican en las siguientes categorías: - Obras de puesta a punto - Obras complementarias 53.1. OBRAS DE PUESTA A PUNTO Y OBRAS MÍNIMAS OBLIGATORIAS Dentro de la categoría de las obras de puesta a punto, la Contratante ha definido un conjunto de obras denominadas obras mínimas obligatorias. El plazo de puesta a punto para cada tramo, así como el cronograma de avance de las obras mínimas obligatorias es el que se indica en la tabla C.XI-5. Las obras mínimas obligatorias no necesariamente aseguran el cumplimiento de los requerimientos de este Pliego, sino que tienen dos cometidos: i. asegurar la mejora del nivel de la infraestructura existente en el circuito en relación con distintos aspectos de las rutas como ser, accesos, empalmes, geometría, pavimento, señalización, puentes, drenajes, etc. ii. proteger a la Contratante de propuestas sustentadas en estrategias de mantenimiento de muy corto plazo basadas en continuas intervenciones menores. El Contratista será el único responsable de definir y proponer las obras que entienda necesarias para dar cumplimiento a las exigencias técnicas establecidas en este pliego. Cualquier diseño de las obras mínimas obligatorias será de aceptación en tanto demuestre que resultará en una funcionalidad, vida útil y estándares de servicio iguales o superiores a las esperables de las obras mínimas obligatorias establecidas por la Contratante. Para elaborar sus diseños, los oferentes podrán hacer uso de los procedimientos de construcción y tecnologías que mejor se adapten a su estrategia de mantenimiento a largo plazo. En caso de optar por tecnologías no tradicionales deberán acompañar sus propuestas técnicas con los documentos que avalen la tecnología propuesta. En particular deberán presentar el modelo de deterioro correspondiente al pavimento diseñado con esa tecnología. Este modelo de deterioro deberá contar con el reconocimiento internacional y estar respaldado por organismos mundialmente reconocidos. Las obras de puesta a punto serán el resultado de la integración de las obras mínimas obligatorias y de otras obras sustitutivas y/o adicionales que definirá cada oferente de forma que el conjunto le permita alcanzar y mantener, dentro de los plazos establecidos, los indicadores técnicos de disponibilidad y cumplir con los estándares de mantenimiento que se detallan en el Anexo IX. El diseño de cada una de las obras de puesta a punto deberá estar debidamente justificado mediante los estudios técnicos correspondientes y ser consistente con el plan financiero y los programas de mantenimiento a lo largo de todo el contrato. Los oferentes definirán y diseñarán las obras de puesta a punto que propongan en concordancia con las exigencias planteadas a través de los estándares de mantenimiento, el Nivel de Servicio al Usuario (NSU) y el IRI, de tal manera de satisfacer los coeficientes técnicos de disponibilidad (ctd) cuyos valores mínimos se deberán alcanzar y mantener o superar a lo largo de todo el contrato. Para ello deberán cotizar y realizar todas las obras que estimen necesarias para llevar cada tramo desde el estado en que lo reciban a uno que cumpla con los estándares de mantenimiento, Nivel de Servicio al Usuario e IRI requeridos. A los efectos de considerar los trabajos necesarios para satisfacer los indicadores técnicos de disponibilidad y sus correspondientes costos asociados, los oferentes tomarán en consideración que todos los tramos serán incorporados al contrato sin preparación o tratamiento especial. En el punto siguiente se describen las obras mínimas obligatorias en cada uno de los tramos, su fecha de inicio y su plazo de ejecución. Los oferentes podrán adelantar las obras mínimas obligatorias si lo entienden conveniente.

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NATURALEZA DE LAS OBRAS. Las obras a definir y/o ejecutar se clasifican en las siguientes categorías: - Obras de puesta a punto (primera y segunda etapa) - Obras complementarias 53.1. OBRAS DE PUESTA A PUNTO Y OBRAS MÍNIMAS OBLIGATORIAS Dentro de la categoría de las obras de puesta a punto, la Contratante ha definido un conjunto de obras denominadas obras mínimas obligatorias. La contratante ha establecido una segunda etapa para la ejecución del ensanche de los puentes que se detalla en el Anexo XI Obras Varias. El plazo de puesta a punto para cada tramo, así como el cronograma de avance de las obras mínimas obligatorias es el que se indica en la tabla C.XI-5. Las obras mínimas obligatorias no necesariamente aseguran el cumplimiento de los requerimientos de este Pliego, sino que tienen dos cometidos: i. asegurar la mejora del nivel de la infraestructura existente en el circuito en relación con distintos aspectos de las rutas como ser, accesos, empalmes, geometría, pavimento, señalización, puentes, drenajes, etc. ii. proteger a la Contratante de propuestas sustentadas en estrategias de mantenimiento de muy corto plazo basadas en continuas intervenciones menores. El Contratista será el único responsable de definir y proponer las obras que entienda necesarias para dar cumplimiento a las exigencias técnicas establecidas en este pliego. Cualquier diseño de las obras mínimas obligatorias será de aceptación en tanto demuestre que resultará en una funcionalidad, vida útil y estándares de servicio iguales o superiores a las esperables de las obras mínimas obligatorias establecidas por la Contratante. Para elaborar sus diseños, los oferentes podrán hacer uso de los procedimientos de construcción y tecnologías que mejor se adapten a su estrategia de mantenimiento a largo plazo. En caso de optar por tecnologías no tradicionales deberán acompañar sus propuestas técnicas con los documentos que avalen la tecnología propuesta. En particular deberán presentar el modelo de deterioro correspondiente al pavimento diseñado con esa tecnología. Este modelo de deterioro deberá contar con el reconocimiento internacional y estar respaldado por organismos mundialmente reconocidos. Las obras de puesta a punto serán el resultado de la integración de las obras mínimas obligatorias y de otras obras sustitutivas y/o adicionales que definirá cada oferente de forma que el conjunto le permita alcanzar y mantener, dentro de los plazos establecidos, los indicadores técnicos de disponibilidad y cumplir con los estándares de mantenimiento que se detallan en el Anexo IX. El diseño de cada una de las obras de puesta a punto deberá estar debidamente justificado mediante los estudios técnicos correspondientes y ser consistente con el plan financiero y los programas de mantenimiento a lo largo de todo el contrato. Los oferentes definirán y diseñarán las obras de puesta a punto que propongan en concordancia con las exigencias planteadas a través de los estándares de mantenimiento, el Nivel de Servicio al Usuario (NSU) y el IRI, de tal manera de satisfacer los coeficientes técnicos de disponibilidad (ctd) cuyos valores mínimos se deberán alcanzar y mantener o superar a lo largo de todo el contrato. Para ello deberán cotizar y realizar todas las obras que estimen necesarias para llevar cada tramo desde el estado en que lo reciban a uno que cumpla con los estándares de mantenimiento, Nivel de Servicio al Usuario e IRI requeridos. A los efectos de considerar los trabajos necesarios para satisfacer los indicadores técnicos de disponibilidad y sus correspondientes costos asociados, los oferentes tomarán en consideración que todos los tramos serán incorporados al contrato sin preparación o tratamiento especial. En el la punto siguiente se describen las obras mínimas obligatorias en cada uno de los tramos, su fecha de inicio y su plazo de ejecución. Los oferentes podrán adelantar las obras mínimas obligatorias de la primera etapa y siguientes si lo entienden conveniente.

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NATURALEZA DE LAS OBRAS. Las obras a definir y/o ejecutar se clasifican en las siguientes categorías: - Obras de puesta a punto - Obras complementarias 53.1. complementarias OBRAS DE PUESTA A PUNTO Y OBRAS MÍNIMAS OBLIGATORIAS Dentro de la categoría de las obras de puesta a punto, la Contratante ha definido un conjunto de obras denominadas obras mínimas obligatorias. El plazo de puesta a punto para cada tramo, así como el cronograma de avance de las obras mínimas obligatorias es el que se indica en la tabla C.XI-5. Las obras mínimas obligatorias no necesariamente aseguran el cumplimiento de los requerimientos de este Pliego, sino que tienen dos cometidos: i. : asegurar la mejora del nivel de la infraestructura existente en el circuito en relación con distintos aspectos de las rutas como ser, accesos, empalmes, geometría, pavimento, señalización, puentes, drenajes, etc. ii. proteger a la Contratante de propuestas sustentadas en estrategias de mantenimiento de muy corto plazo basadas en continuas intervenciones menores. El Contratista será el único responsable de definir y proponer las obras que entienda necesarias para dar cumplimiento a las exigencias técnicas establecidas en este pliego. Cualquier diseño de las obras mínimas obligatorias será de aceptación en tanto demuestre que resultará en una funcionalidad, vida útil y estándares de servicio iguales o superiores a las esperables de las obras mínimas obligatorias establecidas por la Contratante. Para elaborar sus diseños, los oferentes podrán hacer uso de los procedimientos de construcción y tecnologías que mejor se adapten a su estrategia de mantenimiento a largo plazo. En caso de optar por tecnologías no tradicionales deberán acompañar sus propuestas técnicas con los documentos que avalen la tecnología propuesta. En particular deberán presentar el modelo de deterioro correspondiente al pavimento diseñado con esa tecnología. Este modelo de deterioro deberá contar con el reconocimiento internacional y estar respaldado por organismos mundialmente reconocidos. Las obras de puesta a punto serán el resultado de la integración de las obras mínimas obligatorias y de otras obras sustitutivas y/o adicionales que definirá cada oferente de forma que el conjunto le permita alcanzar y mantener, dentro de los plazos establecidos, los indicadores técnicos de disponibilidad y cumplir con los estándares de mantenimiento que se detallan en el Anexo IX. El diseño de cada una de las obras de puesta a punto deberá estar debidamente justificado mediante los estudios técnicos correspondientes y ser consistente con el plan financiero y los programas de mantenimiento a lo largo de todo el contrato. Los oferentes definirán y diseñarán las obras de puesta a punto que propongan en concordancia con las exigencias planteadas a través de los estándares de mantenimiento, el Nivel de Servicio al Usuario (NSU) y el IRI, de tal manera de satisfacer los coeficientes técnicos de disponibilidad (ctd) cuyos valores mínimos se deberán alcanzar y mantener o superar a lo largo de todo el contrato. Para ello deberán cotizar y realizar todas las obras que estimen necesarias para llevar cada tramo desde el estado en que lo reciban a uno que cumpla con los estándares de mantenimiento, Nivel de Servicio al Usuario e IRI requeridos. A los efectos de considerar los trabajos necesarios para satisfacer los indicadores técnicos de disponibilidad y sus correspondientes costos asociados, los oferentes tomarán en consideración que todos los tramos serán incorporados al contrato sin preparación o tratamiento especial. En el punto siguiente se describen las obras mínimas obligatorias en cada uno de los tramos, su fecha de inicio y su plazo de ejecución. Los oferentes podrán adelantar las obras mínimas obligatorias si lo entienden conveniente.

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NATURALEZA DE LAS OBRAS. Las obras a definir y/o ejecutar se clasifican en las siguientes categorías: - Obras de puesta a punto - (primera y segunda etapa) Obras complementarias 53.1. complementarias OBRAS DE PUESTA A PUNTO Y OBRAS MÍNIMAS OBLIGATORIAS Dentro de la categoría de las obras de puesta a punto, la Contratante ha definido un conjunto de obras denominadas obras mínimas obligatorias. La contratante ha establecido una segunda etapa para la ejecución del ensanche de los puentes. El plazo de puesta a punto para cada tramo, así como el cronograma de avance de las obras mínimas obligatorias es el que se indica en la tabla C.XI-5. Las obras mínimas obligatorias no necesariamente aseguran el cumplimiento de los requerimientos de este Pliego, sino que tienen dos cometidos: i. : asegurar la mejora del nivel de la infraestructura existente en el circuito en relación con distintos aspectos de las rutas como ser, accesos, empalmes, geometría, pavimento, señalización, puentes, drenajes, etc. ii. proteger a la Contratante de propuestas sustentadas en estrategias de mantenimiento de muy corto plazo basadas en continuas intervenciones menores. El Contratista será el único responsable de definir y proponer las obras que entienda necesarias para dar cumplimiento a las exigencias técnicas establecidas en este pliego. Cualquier diseño de las obras mínimas obligatorias será de aceptación en tanto demuestre que resultará en una funcionalidad, vida útil y estándares de servicio iguales o superiores a las esperables de las obras mínimas obligatorias establecidas por la Contratante. Para elaborar sus diseños, los oferentes podrán hacer uso de los procedimientos de construcción y tecnologías que mejor se adapten a su estrategia de mantenimiento a largo plazo. En caso de optar por tecnologías no tradicionales deberán acompañar sus propuestas técnicas con los documentos que avalen la tecnología propuesta. En particular deberán presentar el modelo de deterioro correspondiente al pavimento diseñado con esa tecnología. Este modelo de deterioro deberá contar con el reconocimiento internacional y estar respaldado por organismos mundialmente reconocidos. Las obras de puesta a punto serán el resultado de la integración de las obras mínimas obligatorias y de otras obras sustitutivas y/o adicionales que definirá cada oferente de forma que el conjunto le permita alcanzar y mantener, dentro de los plazos establecidos, los indicadores técnicos de disponibilidad y cumplir con los estándares de mantenimiento que se detallan en el Anexo IX. El diseño de cada una de las obras de puesta a punto deberá estar debidamente justificado mediante los estudios técnicos correspondientes y ser consistente con el plan financiero y los programas de mantenimiento a lo largo de todo el contrato. Los oferentes definirán y diseñarán las obras de puesta a punto que propongan en concordancia con las exigencias planteadas a través de los estándares de mantenimiento, el Nivel de Servicio al Usuario (NSU) y el IRI, de tal manera de satisfacer los coeficientes técnicos de disponibilidad (ctd) cuyos valores mínimos se deberán alcanzar y mantener o superar a lo largo de todo el contrato. Para ello deberán cotizar y realizar todas las obras que estimen necesarias para llevar cada tramo desde el estado en que lo reciban a uno que cumpla con los estándares de mantenimiento, Nivel de Servicio al Usuario e IRI requeridos. A los efectos de considerar los trabajos necesarios para satisfacer los indicadores técnicos de disponibilidad y sus correspondientes costos asociados, los oferentes tomarán en consideración que todos los tramos serán incorporados al contrato sin preparación o tratamiento especial. En el punto siguiente se describen las obras mínimas obligatorias en cada uno de los tramos, su fecha de inicio y su plazo de ejecución. Los oferentes podrán adelantar las obras mínimas obligatorias de la primera etapa y siguientes si lo entienden conveniente.

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NATURALEZA DE LAS OBRAS. Las obras a definir y/o ejecutar se clasifican en las siguientes categorías: - Bypass de Nueva Xxxxxxx Obras de puesta apunto Obras complementarias Bypass de Nueva Xxxxxxx El bypass de Nueva Xxxxxxx se cotizará y construirá de acuerdo con el proyecto de ingeniería suministrado por la Contratante (Anexo XI) no admitiéndose variantes al mismo. El cuadro de metrajes se suministra al sólo efecto de la comparación de las ofertas siendo de total responsabilidad del oferente realizar los cálculos necesarios para verificarlos. No se aceptarán reclamos ni se realizará pago alguno por eventuales diferencias entre los metrajes suministrados por la Contratante y los que efectivamente deban ejecutarse para cumplir con los diseños y planos del proyecto. Obras mínimas obligatorias y obras de puesta a punto - Obras complementarias 53.1. OBRAS DE PUESTA A PUNTO Y OBRAS MÍNIMAS OBLIGATORIAS Dentro de la categoría de las obras de puesta a punto, la La Contratante ha definido un conjunto de obras denominadas obras mínimas obligatorias. El plazo de puesta a punto para cada tramo, así como el cronograma de avance de las obras mínimas obligatorias es el que se indica en la tabla C.XI-5. Las Estas obras mínimas obligatorias no necesariamente aseguran el cumplimiento de los requerimientos de este Pliego, sino que sólo tienen dos cometidos: i. asegurar la mejora del nivel el cometido de la infraestructura existente en el circuito en relación con distintos aspectos de las rutas como ser, accesos, empalmes, geometría, pavimento, señalización, puentes, drenajes, etc. ii. proteger a la Contratante de propuestas sustentadas en estrategias de mantenimiento de muy corto plazo basadas en continuas intervenciones menores. El Contratista será el único responsable de definir y proponer las obras que entienda necesarias para dar cumplimiento a las exigencias técnicas establecidas en este pliego. Cualquier diseño de alternativo a las obras mínimas obligatorias será de aceptación en tanto demuestre que resultará en una funcionalidad, vida útil y estándares de servicio iguales o superiores a las esperables de las obras mínimas obligatorias establecidas por la Contratante. Para elaborar sus diseños, los oferentes podrán hacer uso de los procedimientos de construcción y tecnologías que mejor se adapten a su estrategia de mantenimiento a largo plazo. En caso de optar por tecnologías no tradicionales deberán acompañar sus propuestas técnicas con los documentos que avalen la tecnología propuesta. En particular deberán presentar el modelo de deterioro correspondiente al pavimento diseñado con esa tecnología. Este modelo de deterioro deberá contar con el reconocimiento internacional y estar respaldado por organismos mundialmente reconocidos. No se considerarán tecnologías en fase de experimentación nacional e internacional, ni siquiera a escala real, ni validadas únicamente con ensayos acelerados de pavimentos. Las obras de puesta a punto serán el resultado de la integración de las obras mínimas obligatorias y de otras obras sustitutivas y/o adicionales que definirá cada oferente de forma que el conjunto le permita alcanzar y mantener, dentro de los plazos establecidos, los indicadores técnicos de disponibilidad y cumplir con los estándares de mantenimiento que se detallan en el Anexo IX. El diseño de cada una de las obras de puesta a punto deberá estar debidamente justificado mediante los estudios técnicos correspondientes y ser consistente con el plan financiero y los programas de mantenimiento a lo largo de todo el contrato. Los oferentes definirán y diseñarán las obras de puesta a punto que propongan en concordancia con las exigencias planteadas a través de los estándares de mantenimiento, el Nivel de Servicio al Usuario (NSU) y el IRI, de tal manera de satisfacer los coeficientes técnicos de disponibilidad (ctd) cuyos valores mínimos se deberán alcanzar y mantener o superar a lo largo de todo el contrato. Para ello deberán cotizar y realizar todas las obras que estimen necesarias para llevar cada tramo desde el estado en que lo reciban a uno que cumpla con los estándares de mantenimiento, Nivel de Servicio al Usuario e IRI requeridos. A los efectos de considerar los trabajos necesarios para satisfacer los indicadores técnicos de disponibilidad y sus correspondientes costos asociados, los oferentes tomarán en consideración que todos los tramos serán incorporados al contrato sin preparación o tratamiento especial. Los oferentes deberán prever el ensanche de la plataforma actual de manera que en ocasión de realizar el primer recapado de tres o más centímetros de espesor y durante todo el transcurso del contrato el ancho de la calzada nunca sea inferior a 7,20 metros y las banquinas nunca tengan un ancho menor a 2,00 metros con una superficie pavimentada mínima de 1,80 metros de ancho. En el punto siguiente las Tablas C.X1-2 y C.XI-3 de las páginas siguientes se describen detallan las obras mínimas obligatorias en cada uno de los tramos, su fecha de inicio tramos y su plazo de ejecución. Los oferentes podrán adelantar las obras mínimas obligatorias si lo entienden conveniente.

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