Norma final Cláusulas de Ejemplo
Norma final. Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el convenio colectivo que, en su caso, sea de aplicación, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en el referido proceso selectivo. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso–administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso–administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015 de 1 de octubre. El Subsecretario ▇▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ El proceso selectivo constará de una fase de concurso y una fase de oposición según se detallan a continuación: FIRMADO por : ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. A fecha: 26/07/2021 10:26 AM SUBSECRETARIO Total folios: 13 (7 de 13) - Código Seguro de Verificación: MFOM02SA730B6F8DA38547B3F406 Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ En esta fase, que tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un máximo de 25 puntos los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1. Experiencia profesional en puestos de trabajo de la misma categoría y, en su caso, especialidad o actividad principal, con funciones y tareas iguales a las asignadas a la plaza a la que se opta: Puntuación máxima: 15 puntos. Forma de puntuación: 1,25 puntos por cada mes completo de experiencia. Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y copia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la ...
Norma final. Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/de la recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. En Madrid, a fecha de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro de Verificación : GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL
1. CATEGORÍA PROFESIONAL: ORDENANZA
2. CATEGORÍA PROFESIONAL: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.
Norma final. Al presente proceso selectivo le serán de aplicación los preceptos del Real Decreto legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Empleado Público que le sean de aplicación, los preceptos que sean de aplicación contenidos en la Ley 30/1984, de 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, de medidas para la reforma de la Función Pública, el convenio colectivo que, en su caso, sea de aplicación; el resto de la legislación aplicable por razón de la materia y lo dispuesto en esta Resolución. La presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma, en caso de disconformidad, será preceptiva la interposición de recurso ordinario de alzada ante el Presidente del Consejo Rector del IAC, conforme a lo previsto en el art. 33 de sus Estatutos (BOE núm. 307 21 de diciembre de 2018) en los términos que disponen los arts.121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación. Fdo. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇/A. PRESIDENTE /A DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ANEXO I.- El proceso selectivo consiste en un concurso con las valoraciones que se detallan a continuación.
Norma final. Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Sra. Subsecretaria de Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. P.D. (Artículo 20 de la Orden CUD/299/2019, de 4 ▇▇ ▇▇▇▇▇, BOE de 16 ▇▇ ▇▇▇▇▇) EL SECRETARIO GENERAL DEL INAEM; 1 Bailarina Primera figura Fuera de convenio Compañía Nacional ▇▇ ▇▇▇▇▇ Madrid Bailarina Primera figura de la Compañía Nacional ▇▇ ▇▇▇▇▇
Norma final. Per tal de notificar als interessats les resolucions i actes administratius que afectin els seus drets i interessos, la
Norma final. Al presente proceso selectivo le serán de aplicación los preceptos del Real Decreto legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Empleado Público que le sean de aplicación, el convenio colectivo que, en su caso, sea de aplicación y el resto de la legislación aplicable por razón de la materia y lo dispuesto en esta Resolución.
Norma final. Entrada en vigor.
Norma final. La presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma, en caso de disconformidad, será preceptiva la interposición de recurso ordinario de alzada ante la Presidencia del Consejo Rector del IAC, conforme a lo previsto en el art. 33 de sus Estatutos (BOE núm. 307 de 21 de diciembre de 2018) en los términos que disponen los arts.121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.
Norma final. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante IEDT, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, significándose , que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Órgano de Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Con fecha 20 de octubre de 2020, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, al punto 2.15 y con fecha 27 de octubre de 2020, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, al punto 2.10 fueron aprobadas y posteriormente rectificadas las Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2018, del siguiente del tenor literal:
Norma final. La presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma, en caso de disconformidad, será preceptiva la interposición de recurso ordinario de alzada ante el Presidente del Consejo Rector del IAC, conforme a lo previsto en el art. 33 de sus Estatutos (BOE 21 de diciembre de 2018) en los términos que disponen los arts.121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación. El proceso selectivo consiste en un concurso con las valoraciones que se detallan a continuación. Se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados deberán estar debidamente acreditados documentalmente para su valoración. En la valoración de los méritos de los aspirantes se tendrá en cuenta su adecuación a las tareas a desempeñar y contenidos en el Anexo II. El tribunal determinará la puntuación mínima para superar el proceso selectivo
1. Expediente académico del título requerido, títulos académicos distintos del requerido para la admisión, Puntuación máxima: 25 puntos. Expediente académico. Puntuación máxima: 15 puntos. Ser estudiante o haber finalizado un máster u otros títulos relacionado con las prácticas a realizar. Puntuación máxima: 10 puntos.
2. Conocimientos de informática, manejo de telescopios, conocimiento de instrumentación cursos o actividades relacionados con las prácticas a realizar (ver anexo II): Conocimientos informáticos generales. Puntuación máxima: 10 puntos. Conocimiento previo del uso de telescopios, preferiblemente de uso profesional: 15 puntos. Conocimiento y uso previo de instrumentación: 15 puntos. Actividades previas con astrónomos: 10 puntos. Actividades de divulgación: 5 puntos.
3. Cursos de especialización, seminarios, congresos (siempre que tengan una duración mínima de 10 horas) o similares relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta: Forma de puntuación: 1 puntos por cada acreditación Forma de acreditación: fotocopia de los títulos o certificados.
4. Conocimientos de idioma inglés: 10 puntos. Puntuación máxima: 10 puntos. Antes de la formalización del contrato, quienes no posean la nacionalidad española y el conocimiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ no se deduzca de su origen o de los méritos alegados y no puedan acreditarlo documentalmente, deberán superar una pru...
