Common use of Normas aplicables a supuestos especiales Clause in Contracts

Normas aplicables a supuestos especiales. 1. Cuando se haya pactado la realización del transporte por dos o más modos determinados y se utilice en la operación sólo uno de ellos o bien otro u otros diferentes a los acordados, se aplicará el régimen de responsabilidad del porteador correspondiente a aquél modo de transporte de entre los contratados que resulte más beneficioso para el perjudicado. 2. Asimismo, cuando se haya contratado un transporte terrestre y se realice por otro u otros modos diferentes, se aplicará el régimen de responsabilidad correspondiente a aquél modo de transporte, el terrestre o el efectivamente utilizado, que resulte más beneficioso para el perjudicado. 3. En los casos en que el contrato no especifique el modo de transporte y éste se ejecute por vía terrestre, se aplicarán las normas correspondientes a dicho modo. Cuando en idéntico supuesto el transporte se realice por diversos modos, siendo uno de ellos terrestre, se aplicarán las normas establecidas en esta ley.

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Samples: Ley Del Contrato De Transporte Terrestre De Mercancías, Ley Del Contrato De Transporte Terrestre De Mercancías

Normas aplicables a supuestos especiales. 1. Cuando se haya pactado la realización del transporte trans- porte por dos o más modos determinados y se utilice en la operación sólo uno de ellos o bien otro u otros diferentes dife- rentes a los acordados, se aplicará el régimen de responsabilidad res- ponsabilidad del porteador correspondiente a aquél modo de transporte de entre los contratados que resulte más beneficioso para el perjudicado. 2. Asimismo, cuando se haya contratado un transporte trans- porte terrestre y se realice por otro u otros modos diferentesdife- rentes, se aplicará el régimen de responsabilidad correspondiente corres- pondiente a aquél modo de transporte, el terrestre o el efectivamente utilizado, que resulte más beneficioso para el perjudicado. 3. En los casos en que el contrato no especifique el modo de transporte y éste se ejecute por vía terrestre, se aplicarán las normas correspondientes a dicho modo. Cuando en idéntico supuesto el transporte se realice por diversos modos, siendo uno de ellos terrestre, se aplicarán aplica- rán las normas establecidas en esta ley.

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Samples: Proyecto De Ley Del Contrato De Transporte Terrestre De Mercancías

Normas aplicables a supuestos especiales. 1. Cuando se haya pactado la realización del transporte por dos o más modos determinados y se utilice en la operación sólo uno de ellos o bien otro u otros diferentes dife- rentes a los acordados, se aplicará el régimen de responsabilidad del porteador correspondiente a aquél co- rrespondiente al modo de transporte de entre los contratados contratado que resulte más beneficioso para el perjudicado. 2. Asimismo, cuando Si se haya hubiera contratado un transporte terrestre y se realice realiza por otro u otros modos diferentes, se aplicará el régimen de responsabilidad correspondiente a aquél del porteador correspon- diente al modo de transporte, el terrestre o el efectivamente utilizado, que resulte más beneficioso para el perjudicadocontratado. 3. En los casos en que el contrato no especifique el modo de transporte y éste se ejecute por vía terrestre, se aplicarán las normas correspondientes a dicho modo. Cuando en idéntico supuesto el transporte se realice por diversos modos, siendo uno de ellos terrestre, se aplicarán las normas establecidas en esta ley.

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Samples: Ley De Contrato De Transporte Terrestre

Normas aplicables a supuestos especiales. 1. Cuando se haya pactado la realización del transporte por dos o más modos determinados y se utilice en la operación sólo uno de ellos o bien otro u otros diferentes a los acordadosacorda- dos, se aplicará el régimen de responsabilidad del porteador correspondiente a aquél modo de transporte de entre los contratados con- tratados que resulte más beneficioso para el perjudicado. 2. Asimismo, cuando se haya contratado un transporte terrestre y se realice por otro u otros modos diferentes, se aplicará el régimen de responsabilidad correspondiente a aquél modo de transporte, el terrestre o el efectivamente utilizado, que resulte más beneficioso para el perjudicado. 3. En los casos en que el contrato no especifique el modo de transporte y éste se ejecute por vía terrestre, se aplicarán las normas correspondientes a dicho modo. Cuando en idéntico supuesto el transporte se realice por diversos modos, siendo uno de ellos terrestre, se aplicarán las normas establecidas en esta ley.

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Samples: Ley Del Contrato De Transporte Terrestre De Mercancías