Notificaciones al Contratista Cláusulas de Ejemplo

Notificaciones al Contratista. Todas las comunicaciones que se cursen entre el Comitente y la Contratista se realizan mediante Ordenes de Servicios y toda Orden de Servicio no observada dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de extendida se da por aceptada y pasará a formar parte del contrato sin implicar retribución adicional, salvo expresa indicación en contrario.
Notificaciones al Contratista. Todas las comunicaciones y pedidos de aclaración, relativos a la Obra, que realice la Contratista ante la Inspección, deberán efectuarse en el libro de "Notas de pedido". A tal efecto, la Empresa proveerá un libro similar al utilizado para las Órdenes de Servicio, que deberá permanecer en la Oficina de Supervisión de Obras dependiente de la Dirección Provincial de Arquitectura, quien certificará la fecha de presentación de las Notas. El Contratista deberá presentar el Plan de Trabajos definitivo a que se ajustará la obra, de conformidad con lo establecido en el artículo 28º y correlativos de la Ley Nº 6.021 de Obras Públicas. Cuando la Inspección compruebe el incumplimiento del Plan de Trabajos, intimará a la Contratista a su regularización. Esta estará obligada a presentar el nuevo monto posible de certificación mensual y acumulada en el término que fije la Orden de Servicio, so pena de la suspensión de PLIEG-2020-20669755-GDEBA-DCOPMIYSPGP los trabajos, sin interrupción del plazo contractual y aplicando a su vez la multa prevista en el Art. 5.3.b) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Legales Generales.
Notificaciones al Contratista. 2.7.15. Trabajo en la Vía Pública
Notificaciones al Contratista. De acuerdo al numeral 1.6.24. xxx Xxxxxx de Condiciones Generales para Obras Mayores queda complementado de la siguiente manera Todas las comunicaciones que se cursen entre el Comitente y la Contratista se realizan mediante Ordenes de Servicios y toda orden de servicio no observada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de extendida se da por aceptada y entra a formar parte del contrato sin implicar retribución adicional, salvo expresa indicación. El Contratista deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley N° 24.449, y su reglamentación, la Ordenanza N° 32.999 y el Anexo de señales para obra en la vía pública del GCBA, en cuanto a señalamiento y demarcación de la zona de trabajos. Será responsabilidad de quien resulte adjudicatario cumplir con todas las normas que impliquen medidas de mitigación del impacto ambiental previstas para la etapa de construcción de las obras. Asimismo, de acuerdo a lo establecido por el artículo 8 de la ley 123 (texto consolidado por Ley N° 5454) ¨LEY DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL¨, para aquellas actividades, emprendimientos, proyectos y programas de impacto ambiental sin relevante efecto, se deberá cumplir con las etapas a) y b) del Procedimiento Técnico Administrativo de EIA mediante una declaración jurada, y recibirán una constancia de inscripción automática de parte de la Autoridad de Aplicación.

Related to Notificaciones al Contratista

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.