Firma de la Contrata. Dentro de los dos (02) días hábiles después de integrada la garantía de adjudicación, el adjudicatario deberá presentarse a firmar la contrata y sus complementos. Si no lo hiciera, el Gobierno podrá anular la adjudicación en cuyo caso el adjudicatario perderá el total depositado. Anulada dicha adjudicación, el GCBA podrá adjudicar la obra al oferente que le siga en orden de mérito.
Firma de la Contrata. Sellado de la contrata:
Firma de la Contrata. Después de integrada la Garantía de Contrato y dentro del plazo que fije SBASE, el Adjudicatario deberá presentarse a firmar la Contrata y sus complementos, acto con el que se perfeccionará la relación contractual. Si no lo hiciera, SBASE podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el Adjudicatario perderá la Garantía constituida a tales efectos, o podrá otorgar un nuevo plazo si lo considerara conveniente. Si SBASE no firmara la Contrata antes de los sesenta (60) días de notificada la adju- dicación, por causas no imputables al Adjudicatario, éste podrá solicitar que la adjudi- cación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la Garantía de Oferta, sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna. Una vez firmado el contrato el Contratista y los Oferentes que no hubieran resultado adjudicatarios, podrán solicitar la devolución de la Garantía de Oferta.
Firma de la Contrata. 2.5.1.1. Requisitos a cumplir para el inicio de la obra:
Firma de la Contrata. PLIEG-2018-30294757- -DGOINFU El artículo 1.5.1 del P.C.G. se complementa con lo siguiente El GCBA fijará día y hora en que se procederá a la firma de la contrata y sus complementos, la que tendrá lugar dentro de los dos (2) días de integrada la garantía de la adjudicación conforme a lo estipulado en el artículo 1.4.4. del P.C.G. Si el adjudicatario no se presentase a la firma de la Contrata, el GCBA podrá dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso el adjudicatario perderá la garantía constituida a tales efectos. Si el GCBA no firmara la Contrata antes de los treinta (30) días de notificada la adjudicación por causas no imputables al adjudicatario, vencido el término éste podrá solicitar que la adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la garantía correspondiente, sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna. Previo a la firma de la contrata deberá presentar actualizado el certificado fiscal para contratar y su publicación, siempre que estuviere vencido el oportunamente presentado, y el correspondiente saldo de capacidad de contratación disponible expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.
Firma de la Contrata. El artículo 1.5.1 del P.C.G. se complementa con lo siguiente El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires fijará día y hora en que se procederá a la firma de la Contrata y sus complementos, la que tendrá lugar dentro de los dos (2) días de integrada la garantía de la adjudicación conforme a lo estipulado en el item 1.4.4. del P.C.G. PLIEG-2016-13905074- -DGOINFU Si el Adjudicatario no se presentase a la firma de la Contrata, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el Adjudicatario perderá la garantía constituida a tales efectos. Si el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no firmara la Contrata antes de los treinta (30) días de notificada la Adjudicación por causas no imputables al Adjudicatario, vencido el término, éste podrá solicitar que la Adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la Garantía correspondiente, sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna. Previo a la adjudicación, deberá presentar actualizado el certificado fiscal para contratar y su publicación y el correspondiente saldo de capacidad de contratación disponible expedido por el RENCOP, siempre que estuviere vencido.
2.5.1.1. Requisitos a cumplir para el inicio de la obra:
Firma de la Contrata. Documentos integrantes del Contrato
Firma de la Contrata. Requisitos a cumplir para el inicio de la obra:
Firma de la Contrata. El artículo 1.5.1 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de los dos (2) días de notificado de la integración de la garantía de la adjudicación, fijará día y hora en que se procederá a la firma de la Contrata y sus complementos. Si el Adjudicatario no se presentase a la firma de la Contrata, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el Adjudicatario perderá la garantía constituida a tales efectos. Si el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no firmara la Contrata antes de los treinta (30) días de notificada la Adjudicación por causas no imputables al Adjudicatario, vencido el término, éste podrá solicitar que la Adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la Garantía de Oferta o de Adjudicación, según corresponda, sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna.
Firma de la Contrata. Dentro de los (2) dos días hábiles de integrada la garantía de adjudicación, el adjudicatario deberá presentarse a firmar la Contrata y sus complementos. Si no lo hiciera, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el adjudicatario perderá la garantía constituida. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte, sin que ello genere a favor de los Oferentes derecho a reclamo o indemnización. El modelo de la Contrata a firmar deberá ajustarse al indicado en el ANEXO