Common use of NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Clause in Contracts

NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. Conforme a lo dispuesto en el apartado segundo de la disposición adicional decimoquinta de la LCSP, la práctica de las comunicaciones y notificaciones derivadas de la tramitación de este procedimiento de contratación se realizará por medios electrónicos, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público y de la Plataforma Duero de Contratación Electrónica. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1, letra f), de la disposición adicional decimosexta de la LCSP, el nivel de seguridad exigido para los medios de comunicación electrónicos utilizados en las diferentes fases de este procedimiento será proporcional a los riesgos asociados a los intercambios de información a realizar, por lo que en las comunicaciones electrónicas debe distinguirse:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Servicios De Transporte Escolar Referenciado en El Encabezamiento Incorporando Vehículos Menos Contaminantes Y Más Sostenibles, Pliego De Prescripciones Técnicas, Pliego De Prescripciones Técnicas