Common use of NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL Clause in Contracts

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. Para iniciar o ejecutar cualquiera de las operaciones disponibles en esta fecha en los cajeros automáticos o cualquier otra operación que en el futuro se implante en ellos y lo haga necesario, o restante operativa iniciada o ejecutada en virtud de la tarjeta correspondiente, la ENTIDAD comunicará al TITULAR y a los BENEFICIARIOS un Número de Identificación Personal para cada una de las Tarjetas que ambas partes (la ENTIDAD y el TITULAR o el BENEFICIARIO) se obligan a mantener en secreto. El citado Número de Identificación Personal será susceptible de ser modificado a voluntad del TITULAR o de los BENEFICIARIOS, siguiendo al efecto el sistema técnico que en cada momento la ENTIDAD tenga establecido.

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Samples: Contrato Tarjeta De Crédito Para No Consumidores, Contrato Tarjeta De Débito Para Consumidores, Contrato Tarjeta De Crédito Para Consumidores