OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.
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Samples: Contrato De Afiliación De Establecimientos, Contrato De Afiliación De Establecimientos, Contrato De Afiliación De Establecimientos
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del presente contrato es la regulación del servicio de manera libre depósito, custodia y voluntaria administración de valores, ya sean representados por títulos físicos o por anotaciones en cuenta (en adelante, el “Contrato”), que el Titular/es (en adelante, el “Titular”) posea legítimamente en el momento de suscribir el presente contrato o que adquiera con posterioridad a través de afiliación CaixaBank o de cualquier otra entidad habilitada para ello, y sean incorporados a la cuenta de valores que se consigna en las condiciones particulares de este contrato como “Cuenta de valores”.
1.2. Los valores quedarán registrados y anotados en cuentas abiertas en CaixaBank por cuenta y a nombre del Titular. Los mismos y de conformidad con los emisores la legislación vigente en cada momento, quedarán registrados en el tipo de cuenta que el Titular haya optado de conformidad con lo establecido en la cláusula 3 del presente Contrato.
1.3. En el caso de valores e instrumentos financieros extranjeros el Titular reconoce la facultad de CaixaBank de utilizar para la administración y/o administradores custodia de tarjetas los mismos una cuenta global (“cuenta ómnibus”) cuando la utilización de créditoéstas viniera exigida por la operativa habitual de negociación por cuenta ajena en el correspondiente mercado extranjero. De este modo el Titular autoriza, débito la custodia de sus valores extranjeros mediante la utilización de las citadas cuentas globales que CaixaBank mantiene abiertas en las entidades de crédito y/o pago asociados intermediarios financieros facultados que se indican en el Anexo I a DATAFASTeste contrato junto a su calidad crediticia, esto esdeclarando haber sido informado de los riesgos que asume como consecuencia de esta operativa. Asimismo, Banco Diners Club del Ecuador S.A.y sin perjuicio de lo anterior, Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial CaixaBank dispondrá de Manabíregistros internos que permitan reconocer, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”todo momento, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología un desglose que detalle los valores del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales Titular que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, hallen depositados por su cuenta en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscuentas globales.
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Samples: Contrato De Depositaria Y Administración De Valores, Custody and Administration Agreement, Custody and Administration Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir Por medio del presente Contrato, el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de créditoProfesional Inmobiliario se obliga a realizar, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débitoactividades, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de que en lo sucesivo serán denominadas como los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios“Servicios”. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST Profesional Inmobiliario con base en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para su experiencia realizará la prestación de los Servicios atendiendo las necesidades y características concretas del Consumidor y de la CASA HABITACIÓN, con el fin de localizar un comprador de la misma. La prestación de los servicios (consistirá en lo siguiente:
II.1. Asesoría.- Con anterioridad a la fecha de firma del presente Contrato el Profesional Inmobiliario ha analizado la CASA HABITACIÓN a fin de determinar su precio aproximado en el mercado y la forma más adecuada para enajenarlo tomando en consideración sus características físicas, urbanas y fiscales en los términos de la legislación vigente aplicable. Igualmente el Profesional Inmobiliario ha orientado al Consumidor en relación con el trámite y los instrumentos jurídicos necesarios para el manejo de la operación de compraventa de la CASA HABITACIÓN, la integración de la documentación indispensable de conformidad con la Cláusula SEXTA siguiente para la escrituración de dicha compraventa ante Notario Público.
II.2. Publicidad e Intercambio.- El Profesional Inmobiliario promoverá a nombre del Consumidor la CASA HABITACIÓN utilizando los medios de difusión e intercambio que considere apropiados conforme a su naturaleza y proporcionará toda la información sobre la misma a los posibles compradores que la soliciten. Asimismo deberá mostrar la CASA HABITACIÓN a los posibles compradores, cuantas veces sea necesario, para lo cual deberá notificar al Consumidor. El Profesional Inmobiliario deberá manifestar al Consumidor si desea o no que este último se encuentre presente o no en las muestras de la CASA HABITACIÓN que realice.
II.3. Intermediación.- El Profesional Inmobiliario realizará labores de intermediación con los posibles compradores a nombre del Consumidor a fin de lograr la operación de compraventa, de conformidad con los términos de este contrato, logrando el mejor precio y condiciones de venta.
II.4. Oferta.- El Profesional Inmobiliario se obliga a entregar al Consumidor de manera oportuna a su recepción, todas y cada una de las ofertas que reciba de posibles compradores de la CASA HABITACIÓN con el fin de que el Consumidor estudie y determine la aceptación o negación de las mismas. El Consumidor deberá notificar por escrito y dentro de los - - días siguientes a la recepción de cada oferta, la aceptación de cualquiera de sus modalidades)las ofertas, con el fin de que el Profesional Inmobiliario realice los actos necesarios para proceder a la formalización de la compraventa de la CASA HABITACIÓN. En caso de que el Consumidor no notifique al Profesional Inmobiliario la aceptación dentro del plazo establecido, dicho silencio será considerado como negación o no aceptación de la oferta correspondiente, por lo que el Profesional Inmobiliario continuará ofreciendo la CASA HABITACIÓN.
II.5. Información.- A partir de la vigencia del presente Contrato, el Profesional Inmobiliario se obliga a informar por escrito al Consumidor, cada vez que éste último asimismo lo solicite por escrito de conformidad con la Cláusula DÉCIMA CUARTA, acerca de la prestación de los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosServicios y las ofertas recibidas por la CASA HABITACIÓN.
II.6. Instrucciones adicionales del Consumidor.-
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Intermediación, Contrato De Prestación De Servicios De Intermediación, Contrato De Prestación De Servicios De Intermediación
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir Por medio del presente Contrato, el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de créditoProfesional Inmobiliario se obliga a realizar, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débitoactividades, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de que en lo sucesivo serán denominadas como los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios“Servicios”. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST Profesional Inmobiliario con base en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para su experiencia realizará la prestación de los Servicios atendiendo las necesidades y características concretas del Consumidor y de la CASA HABITACIÓN, con el fin de localizar un comprador de la misma. La prestación de los servicios (consistirá en lo siguiente:
II.1. Asesoría.- Con anterioridad a la fecha de firma del presente Contrato el Profesional Inmobiliario ha analizado la CASA HABITACIÓN a fin de determinar su precio aproximado en el mercado y la forma más adecuada para enajenarlo tomando en consideración sus características físicas, urbanas y fiscales en los términos de la legislación vigente aplicable. Igualmente el Profesional Inmobiliario ha orientado al Consumidor en relación con el trámite y los instrumentos jurídicos necesarios para el manejo de la operación de compraventa de la CASA HABITACIÓN, la integración de la documentación indispensable de conformidad con la Cláusula SEXTA siguiente para la escrituración de dicha compraventa ante Notario Público.
II.2. Publicidad e Intercambio.- El Profesional Inmobiliario promoverá a nombre del Consumidor la CASA HABITACIÓN utilizando los medios de difusión e intercambio que considere apropiados conforme a su naturaleza y proporcionará toda la información sobre la misma a los posibles compradores que la soliciten. Asimismo deberá mostrar la CASA HABITACIÓN a los posibles compradores, cuantas veces sea necesario, para lo cual deberá notificar al Consumidor. El Profesional Inmobiliario deberá manifestar al Consumidor si desea o no que este último se encuentre presente o no en las muestras de la CASA HABITACIÓN que realice.
II.3. Intermediación.- El Profesional Inmobiliario realizará labores de intermediación con los posibles compradores a nombre del Consumidor a fin de lograr la operación de compraventa, de conformidad con los términos de este contrato, logrando el mejor precio y condiciones de venta.
II.4. Oferta.- El Profesional Inmobiliario se obliga a entregar al Consumidor de manera oportuna a su recepción, todas y cada una de las ofertas que reciba de posibles compradores de la CASA HABITACIÓN con el fin de que el Consumidor estudie y determine la aceptación o negación de las mismas. El Consumidor deberá notificar por escrito y dentro de los - - días siguientes a la recepción de cada oferta, la aceptación de cualquiera de sus modalidades)las ofertas, con el fin de que el Profesional Inmobiliario realice los actos necesarios para proceder a la formalización de la compraventa de la CASA HABITACIÓN. En caso de que el Consumidor no notifique al Profesional Inmobiliario la aceptación dentro del plazo establecido, dicho silencio será considerado como negación o no aceptación de Cadena original del documento
II.5. Información.- A partir de la vigencia del presente Contrato, el Profesional Inmobiliario se obliga a informar por escrito al Consumidor, cada vez que éste último asimismo lo solicite por escrito de conformidad con la Cláusula DÉCIMA CUARTA, acerca de la prestación de los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosServicios y las ofertas recibidas por la CASA HABITACIÓN.
II.6. Instrucciones adicionales del Consumidor.-
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Intermediación, Contrato De Prestación De Servicios De Intermediación
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del presente contrato-tipo es la regulación del servicio de manera libre depósito, custodia y voluntaria administración de valores, ya sean representados por títulos físicos o por anotaciones en cuenta, que el Titular posea legítimamente en el momento de suscribir el presente contrato o que adquiera con posterioridad a través de afiliación con los emisores CaixaBank, y sean incorporados a la cuenta de valores que se consigna en las condiciones particulares de este contrato como “Cuenta de valores”.
1.2. Los valores nacionales quedarán registrados y anotados en cuentas individualizadas por cuenta y a nombre del Titular.
1.3. En el caso de valores e instrumentos financieros extranjeros el Titular reconoce la facultad de CaixaBank de subcontratar la administración y/o administradores custodia de tarjetas los mismos en una cuenta global (“cuenta ómnibus”) cuando la utilización de créditoéstas viniera exigida por la operativa habitual de negociación por cuenta ajena en el correspondiente mercado extranjero. De este modo el Titular autoriza, débito la custodia de sus valores extranjeros mediante la utilización de las citadas cuentas globales que CaixaBank mantiene abiertas en las entidades de crédito y/o pago asociados intermediarios financieros facultados que se indican en el Anexo I a DATAFASTeste contrato junto a su calidad crediticia, esto esdeclarando haber sido informado de los riesgos que asume como consecuencia de esta operativa. Asimismo, Banco Diners Club del Ecuador S.A.y sin perjuicio de lo anterior, Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial CaixaBank dispondrá de Manabíregistros internos que permitan reconocer, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”todo momento, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología un desglose que detalle los valores del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales Titular que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, hallen depositados por su cuenta en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscuentas globales.
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Samples: Contrato De Depositaria Y Administración De Valores, Contrato De Depositaria Y Administración De Valores
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el objeto del presente contrato (el “Contrato”) es el suministro de afiliación con energía eléc- trica por parte de COMPAÑÍA LUMISA ENERGÍAS, SL (“LUMISA”) a la instalación de la que es titular Vd. (“el Cliente”) en el/los emisores ypuntos de conexión o entrega (“Punto/o administradores s de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, Suministro”) indicado/s en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivoCondiciones Particulares.
1.2. A tal efecto, el ESTABLECIMIENTO se compromete Cliente, mediante la firma del presente Contrato, acepta de forma expresa y como única modalidad, la contratación adjunta de la adquisición de la energía y el acceso a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), las redes a través de LUMISA, posibilitando de esta forma que éste pueda ofrecerle un precio global comprensivo de ambos conceptos y, para la cual, por medio del presente Contrato LUMISA resulta expresamente autorizado y facultado por el Cliente, para que, adquiera a todos los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea efectos su posición jurí- dica en el Contrato de Acceso a título la Red de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” Distribución que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión suscriba con la plataforma electrónica Empresa Distribuidora donde radica la instalación del Cliente. El Cliente se obliga a autorizar la contratación conjunta antes citada a través de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde LUMISA en tanto permanezca vigente el presente Contrato de Suministro.
1.3. Este Contrato de Suministro es personal y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización el Cliente deberá ser el efectivo usuario de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS energía eléctrica suministrada, no pudiendo utilizarla en lugar distinto para instalar los P.O.S. (fijos el que fue contratada, ni cederla, enajenarla o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema ponerla a disposición de las TARJETASterceros. No obstante, siempre y cuando esté al corriente del pago del precio, el Cliente podrá traspasar su contrato a otro consumidor que vaya a hacer uso del mismo en idénticas condiciones, previa presentación por escrito de la solicitud de cambio de titularidad con las firmas conjuntas del Cliente y del nuevo titular, y acep- tación de LUMISA, quien gestionará ante la Empresa Distribuidora la regularización del Contrato de Acceso cuya efectividad quedará condicionada al citado traspaso. La calidad del servicio será la definida reglamentariamente en el caso Real Decreto 1955/2000, de las tarjetas 1 de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones diciembre y normas concordantes. La responsabilidad sobre la disponibilidad y calidad del suministro es de cobro la Empresa Distribuidora de los valores pagados por los tarjetahabientes la zona de acuerdo con lo establecido en la adquisición normativa vigente.
1.4. Las partes acuerdan otorgar plena validez jurídica al consentimiento expresado por el Cliente a través de los bienes medios telefónicos o serviciostelemáticos. Por ende, este Contratos se celebra electrónicamente, mediante la página web titularidad de LUMISA, y se entiende perfeccionado con la aceptación por parte del Cliente expresada a través del formulario de alta o cambio. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios Cliente deberá aceptar por medio de DATAFAST correo electrónico la celebración del Contrato en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelantelas Condiciones Generales por medio de Logalty Servicios xx Xxxxxxx de Confianza, S.L., servicio adscrito a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosLUMISA.
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Samples: Electricity Supply Contract, Electricity Supply Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto de manera libre y voluntaria suscribir este Contrato que el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO CONTRATISTA se compromete a utilizar realizar a favor del ITC, consiste en el “Suministro, instalación y puesta en marcha de un proceso de acabado superficial en tres pasos (desbaste, pulido y abrillantado) para implantes quirúrgicos de titanio de clase IIB y III”, mediante procedimiento abierto simplificado, expte.: 0976/2021 Bis. El Expediente núm. 0976/2021 Bis Pág. 2 de 13 objeto del contrato incluye las pruebas de funcionamiento del suministro y la tecnología formación del personal. El alcance del objeto del contrato se efectuará conforme a lo dispuesto en el presente contrato, los Pliegos para la Contratación, con especial atención a las especificaciones técnicas del PPT y la Oferta del CONTRATISTA que consta debidamente firmada en el expediente de la contratación. En dichos documentos figura un desglose más pormenorizado del objeto del presente contrato, sus características técnicas, funcionalidades y mejoras asociadas al objeto del contrato. La entrega del suministro objeto de la contratación, totalmente instalado, comprobado y en funcionamiento, con todos sus componentes y accesorios, se realizará en las siguientes instalaciones del ITC, ubicadas en: Nave Taller del Departamento de Ingeniería Biomédica. Playa xx Xxxx Izquierdo, s/n 35119, Santa Xxxxx de Tirajana-Gran Canaria Será imprescindible la asistencia del contratista en el momento de la entrega definitiva del equipamiento, una vez instalado y realizadas la pruebas de funcionamiento y aceptación, para explicar y formar en los detalles pertinentes al funcionamiento y mantenimiento y hacer entrega de los preceptivos manuales que establezcan la ley y los pliegos para dicho equipamiento. Debido a las consecuencias que para el correcto cumplimiento del objeto contratado tiene lo indicado a continuación, el contratista deberá guarda especial atención al cumplimiento de lo recogido en la cláusula 2.2. del PPT en donde reza el siguiente literal: “Sistema Respecto a los tiempos descritos anteriormente, cada licitador deberá aportar en la memoria técnica detalle de Terminales cumplimiento de Puntos todas las especificaciones técnicas establecidas en esta cláusula y en concreto, respecto a los valores de Venta” tiempo y rugosidad alcanzados con la máquina para muestras de titanio grado 4 en los tres pasos (P.O.S.desbaste, pulido, abrillantado), además, se comprobará en la puesta en marcha y funcionamiento de la máquina y si esta no cumple con lo ofertado en el Anexo II de prescripciones técnicas mínimas y en la memoria técnica, la máquina ofertada será devuelta y se procederá a través resolver el contrato”, Una vez entregado el suministro de equipamientos a satisfacción del ITC y después de realizar su instalación, puesta en marcha con resultados satisfactorios, se procederá a la firma del Acta de recepción definitiva comenzando en ese momento el plazo de garantía. El CONTRATISTA cumplirá lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en las disposiciones que sean de aplicación de las Ordenanzas Municipales y demás legislación aplicable. Expediente núm. 0976/2021 Bis Pág. 3 de 13 En caso de contradicción entre los documentos integrantes del presente contrato prevalecerá el contenido de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados documentos que por DATAFAST ya sea orden decreciente de importancia se enumeran a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.continuación:
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Samples: Supply Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Es objeto de manera libre este Pliego fijar los criterios y voluntaria suscribir valoración económica de las condiciones para contratar con una empresa especializada los Servicios de Mantenimiento de los aparatos elevadores del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, relacionados en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. El Servicio de Mantenimiento de aquellos aparatos elevadores que sean o pasen a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, y que se encuentren dentro del periodo de garantía del fabricante en el momento de la adjudicación de la presente licitación, NO serán objeto del contrato en cuestión, ya que dichos aparatos tendrán un Contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx Mantenimiento individualizado y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización empresa mantenedora oficial de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETASmarca fabricante. No obstante, cuando el mencionado periodo de garantía finalice, el adjudicatario estará obligado a asumir el Servicio de Mantenimiento del aparato elevador en cuestión, en las mismas condiciones económicas y técnicas que para el caso resto de las tarjetas aparatos elevadores propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, y que son el objeto del presente Pliego de débitoPrescripciones Técnicas. Igualmente cuando, las ENTIDADES realizarán directamente ante por cualquier circunstancia, el ESTABLECIMIENTO las gestiones Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx necesite dar de cobro baja una instalación en concreto, dicha baja se realizará de los valores pagados forma inmediata, tras la correspondiente notificación por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelanteescrito, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST y sin penalización alguna para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosdicho Ayuntamiento.
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Samples: Service Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Constituye el objeto del presente pliego la prestación del servicio integral de manera libre limpieza en las instalaciones municipales del Ayuntamiento xx Xxxxxx, descritas en el ANEXO I así como los que durante la vigencia del contrato pudieran entrar en funcionamiento, y voluntaria suscribir que no fuera posible atender con personal propio del Ayuntamiento, incorporando medidas de inserción, conciliación y estabilidad en el presente contrato empleo. Este servicio incluye las siguientes prestaciones:
a) Limpieza de afiliación con los emisores muebles y enseres situados en las instalaciones
b) Limpieza de los cristales, las terrazas, azoteas, rótulos y placas exteriores de los inmuebles.
c) Recogida de basuras y demás residuos que se produzcan, depositándolos en los lugares y contenedores destinados a ellos para su traslado por la empresa adjudicataria hasta los contenedores del servicio municipal de limpieza, en los horarios establecidos para ello
d) Instalación de contenedores higiénico-sanitarios en todos los aseos femeninos o mixtos de cada centro.
e) Desinfección, desratización y desinsectación de los locales incluidos en la ejecución del contrato.
f) La realización de trabajos de limpieza de carácter no habitual o extraordinario.
g) La sustitución de limpiadoras y ordenanzas de este Ayuntamiento en los casos xx xxxxxxx, ausencia y/o administradores enfermedad.
h) Limpieza de tarjetas colchones, lavado y planchado de créditosábanas, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx mantas y demás ropa de uso en las Escuelas de Educación Infantil C,X. Xxxxxxx Xxxx y Banco Comercial C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
i) Deberá proporcionar los productos de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” limpieza y aseo necesarios que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados puedan solicitarse por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosmunicipales.
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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene “EL CONTRATISTA” se compromete a prestar el Servicio de manera libre Producción de Videos Educativos, de acuerdo a los términos de referencia a las Bases Administrativas y voluntaria suscribir el a su propuesta técnica que forma parte integrante del presente contrato contrato. Una vez aprobados oficialmente por “EL MINISTERIO”, los guiones no podrán ser alterados por “EL CONTRATISTA”, debiéndose observar, mantener y respetar su contenido literal y particularmente sus contenidos didácticos, pedagógicos y conceptuales. Toda modificación que se haga al guión oficialmente aprobado, queda sujeta a la conformidad de afiliación los representantes debidamente autorizados de “EL CONTRATISTA”. Cada video tiene que haber sido formalmente aprobado por “EL MINISTERIO”. “EL CONTRATISTA” se compromete a cumplir con los emisores siguientes requerimientos pedagógicos en la realización del servicio objeto del presente contrato: Las propuestas de guionización, producción y realización se diseñarán en función de los contenidos pedagógicos proporcionados por la Unidad de Educación a Distancia del Proyecto Huascarán y se sujetarán en todo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas y a los presupuestos referenciales de las Bases del Concurso. La locución se realizará en castellano, procurando su adecuación al uso estándar en el Perú; aunque se puede ocasionalmente incluir expresiones regionales, siempre y cuando no atenten contra la dignidad de las personas ni de las instituciones públicas o particulares. Se usará un enfoque intercultural, presentando puntos de vista de culturas costeñas, andinas y amazónicas, relacionándolos con el conocimiento científico. Se debe revalorizar las experiencias locales y el conocimiento práctico de las poblaciones de áreas rurales. A través de ellas se debe presentar o ilustrar la variedad cultural y humana del país. Se deberá incorporar, como “ejes temáticos transversales”, contenidos de valores éticos y de derechos humanos propugnados por el Ministerio de Educación en el sistema educativo nacional. En ningún caso se aceptará la presentación de contenidos que contravengan o se contrapongan de alguna forma a dichos valores éticos y/o administradores atenten contra los derechos humanos y/o contra cualquier precepto constitucional y/o legal vigentes. Se prescindirá del uso de tarjetas estereotipos referidos al género, clase social, orientación política, origen étnico o nacional, religión, y apariencia física; en particular, los de créditocarácter negativo o denigrante. En el aspecto de género, débito o pago asociados las imágenes deben mostrar la participación de hombres y mujeres por igual. Del mismo modo se deberá proceder en cuanto a DATAFASTlas características socioculturales de los personajes y protagonistas de los videos. Los códigos verbales pondrán especial cuidado en evitar un tratamiento discriminatorio en términos de género. En general, esto esla presentación verbal de los ejemplos e ilustraciones deberá incorporar en lo posible un tratamiento proporcionado y equilibrado en cuanto al género. Del mismo modo, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx se debe recurrir al uso alternado y Banco Comercial proporcional de Manabívoces masculinas y femeninas. Se tendrá en cuenta la idiosincrasia de la audiencia a la cual se dirige la producción audiovisual, en adelante mencionados como términos de la dosificación de contenidos en función al tiempo del video y las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”características de percepción visual y gráfico-textual de los alumnos del ámbito rural, de modo que se adecue a sus ritmos específicos de captación y decodificación del medio audiovisual. Se recurrirá a la redundancia educativa, en términos de la reiteración de los contenidos pedagógicos del tema central, a lo largo del video y de diversos modos. Se observará ritmos pedagógicos que permitan la transmisión y comprensión de mensajes educativos nuevos, para lograr la reflexión, comparación, análisis, conclusiones, etc. Se usará imágenes claras, estables, nítidas, discernibles e inteligibles. En general, los fondos visuales, musicales y otras manifestaciones culturales que se empleen en todos los videos deben estar en concordancia con los propósitos pedagógicos de la secuencia y con los contenidos específicos de cada sesión. Los códigos visuales a usarse deberán contribuir a la concentración en los contenidos centrales de los mensajes pedagógicos, evitando recargar las imágenes con efectos que puedan distraer la atención de la audiencia en aspectos secundarios o no relevantes al propósito pedagógico tratado en cada caso. Los códigos verbales usados deberán poder realizar sus ventas ser entendidos por las poblaciones xx xxxxx, sierra y selva del Perú, recomendándose aplicar, en la reiteración, los códigos de las tres regiones de manera alternada. El uso ocasional de expresiones regionales y/o vernáculas siempre debe estar acompañado con las siguientes tarjetas correspondientes equivalencias de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, significado en adelante el castellano estándar del país. Los sonidos de ambiente serán los de cada lugar y corresponderán a las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales imágenes que se afilien van presentando. Toda duda que se tenga al sistema respecto de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para puntos arriba mencionados deberá ser consultada con los representantes de “EL MINISTERIO”, indicados en la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosCláusula Décimo Cuarta.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Es objeto del presente documento el Contrato de manera libre Locación de Servicios en la modalidad de Servicios No Personales, a fin que EL PROFESIONAL:
a) Realice trabajos profesionales como Residente de Obra del Proyecto “Mantenimiento periódico de la carretera, Puente San Xxxx-Nuevo San Xxxx-Huamanmayo”, Distrito de San Xxxxxxxxxxxx, Provincia de Canta, de acuerdo a los aspectos técnicos consignados en el correspondiente Expediente Técnico.
b) Efectúe los trabajos de su competencia, de acuerdo a la normatividad que rige la ejecución de la Obra “Mantenimiento periódico de la carretera, Puente San Xxxx-Nuevo San Xxxx-Huamanmayo”, llevando los registros y voluntaria suscribir el presente contrato controles que corresponda, informando a la Alcaldía para los fines que corresponda.
c) Supervisar los trabajos del Maestro de afiliación con Obra y personal Operario, emitiendo los emisores Informes Técnicos correspondientes, respecto a los avances y valorizaciones de la obra, así como a la culminación total del Proyecto.
d) Efectuar las verificaciones sobre los avances y valorizaciones ejecutadas, dando la conformidad para los pagos que correspondan.
e) Procesar la entrega de la Obra y elaborar la Liquidación final del Proyecto
f) Asumir responsabilidad profesional posterior, en los casos que se produzcan acciones de control por los Organismos Superiores y Autoridad competente.
g) Otras afines que le sean de su competencia y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, le encargue el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosSupervisor.
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Samples: Professional Services
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene presente Contrato regula el servicio de manera libre gestión discrecional e individualizada, por parte de Rentamarkets, de los activos depositados en la cuenta de valores y voluntaria suscribir de efectivo identificada como “Cuenta de Gestión” con un código de cuenta, conforme indicado en el Anexo I. La cuenta debe quedar afecta exclusivamente al presente contrato Contrato (en adelante, la (“Cartera Gestionada”) de afiliación acuerdo con las condiciones del Anexo I.
1.2. La gestión recaerá exclusivamente y no podrá superar, en ningún momento, salvo en los emisores y/supuestos y límites que establezca la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Va xxxxx, el patrimonio aportado inicialmente o administradores en sucesivas ocasiones por el Cliente así como los rendimientos generados por dicho patrimonio (en adelante, el “Patrimonio Gestionado”).
1.3. El Patrimonio Gestionado comprenderá, en cada momento, el valor actual de tarjetas los activos que compongan la cartera del Cliente según consten en la Cuenta de créditoGestión abierta en Rentamarkets y afecta exclusivamente al presente Contrato (en adelante, débito o pago la “Cuenta de Gestión”).
1.4. Rentamarkets podrá delegar la gestión de la cartera en la gestora del Grupo Rentamarkets: Rentamarkets Investment Managers SGIIC, S.A.U. Dicha delegación no su pone merma en la responsabilidad única y global xx Xxxxx Markets SV, S.A. por el servicio prestado. La delegación en Rentamarkets Investment Managers SGIIC, S.A.U. se limita a las tareas de gestión (decisión de inversiones e instrucción para su ejecución), correspondiendo a Renta Markets SV, S.A. las funciones para la comercialización de servicios y el alta del cliente, la evaluación de idoneidad del Cliente, mantener la atención al Cliente y las comunicaciones oportunas y remitir la información correspondiente sobre el servicio prestado así como velar por la correcta ejecución del servicio.
1.5. El servicio de gestión de carteras objeto del presente Contrato comenzará a prestarse el primer día hábil siguiente al que se realicen las aportaciones iniciales de conformidad con lo previsto en la cláusula 5 siguiente.
1.6. En la “Información Precontractual” que el Cliente reconoce haber recibido de Rentamarkets, se recoge toda la información sobre los riesgos asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial los productos en los que Rentamarkets podrá decidir realizar inversiones de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO Cartera Gestionada
1.7. Rentamarkets se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), remitir al Cliente a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea medios que permitan el archivo en soporte duradero, bajo las condiciones establecidas bajo la Cláusula 12 del presente Contrato, información sobre la Cartera Gestionada. A su vez, el Cliente se compromete a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado facilitar a Rentamarkets la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir información y los datos transaccionales generados desde que sean necesarios para la ejecución de los servicios descritos objeto de este Contrato.
1.8. En caso de estar el Cliente sometido a alguna norma sectorial específica, española o extranjera, o a alguna regulación interna de obligado cumplimiento, el Cliente manifiesta que la firma y hacia estos equiposla ejecución del presente contrato no implica ningún incumplimiento de estas, quedando Rentamarkets exonerada de cualquier responsabilidad al respecto. Se deja constanciaAsimismo, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema cualquier cambio futuro de las TARJETAScircunstancias del cliente a este respecto deberá ser comunicado por el Cliente a Rentamarkets, quedando esta última exonerada de cualquier responsabilidad al respecto si el Cliente incumpliera esta obligación. No obstante, en el En caso de existir alguna obligación de información a cualquier autoridad española o extranjera en relación con las tarjetas operaciones que Rentamarkets realice sobre la Cartera Gestionada, el Cliente se compromete a cumplir dichas obligaciones de débitoforma exclusiva, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones quedando expresamente excluida Rentamarkets de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicioscualquier obligación al respecto.
1.9. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST Cliente se obliga en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelanteeste acto, y durante la vigencia del presente Contrato, a cualquiera de los equipos proporcionados facilitar a Rentamarkets cualquier información relevante que deba ser tenida en cuenta por DATAFAST Rentamarkets para la prestación del servicio objeto del presente Contrato, quedando Rentamarkets eximida de toda responsabilidad en caso de no recibir puntualmente dicha información.
1.10. Rentamarkets gestionará la Cartera Gestionada del Cliente adoptando las medidas oportunas y razonables para perseguir el mejor binomio rentabilidad/riesgo posible de acuerdo con el resultado de la evaluación de idoneidad realizada si bien queda exonerada de la responsabilidad derivada del resultado económico derivado de la gestión realizada en virtud del presente Contrato y, en particular, de las posibles pérdidas derivadas del riesgo inherente a la inversión en los servicios (en cualquiera Mercados de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosValores.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir Por el presente contrato Contrato “AGROBANCO” da en venta real y enajenación perpetua y definitiva a favor de afiliación con los emisores y/“EL COMPRADOR” el BIEN descrito en la cláusula segunda que antecede, que se realiza ad-corpus, comprendiendo todo cuanto de hecho o administradores de tarjetas de créditopor derecho le corresponda o pudiera corresponderle, débito o pago asociados sin reserva ni limitación alguna. Por su parte, EL COMPRADOR se obliga a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club pagar a AGROBANCO el monto total del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabíprecio pactado en la cláusula siguiente, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”la forma y oportunidad convenida. EL PRECIO Y FORMA QUINTO.- El precio de venta asciende al monto de US$ .00 ( 00/100 Dólares Americanos), para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o acuerdo a lo establecido en la cláusula tercera del presente contrato. El pago o demás productos similares autorizados del precio total de EL BIEN mueble se realizará (mediante depósito bancario por la leyel monto de US$ ………………………………… 00/100 Dólares Americanos, en adelante las “TARJETAS”, emitidas la Cuenta Corriente en Ecuador moneda extranjera N° ……………………….. del Banco de Crédito del Perú o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología Cheque de Gerencia N° …………del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.banco ), a través la firma de la presente minuta, sin más constancia que las firmas de las partes al pie de este documento. Con la sola entrega de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados cheques a su favor surtirá efectos cancelatorios, constituyendo este un pacto en contrario al artículo 1233° del Código Civil. Asimismo, AGROBANCO declara que tendrá por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales cancelado íntegramente el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización precio del BIEN materia de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) presente compraventa, por lo que tendrá cancelado íntegramente el precio en los locales comerciales el momento mismo de la firma de la presente minuta. EQUIVALENCIA DE LAS PRESTACIONES SEXTO.- AMBAS PARTES declaran que entre el BIEN mueble que se afilien al sistema transfiere y el precio convenido existe la más justa y perfecta equivalencia y que por cualquier diferencia que pudiera haber de las TARJETASmás o menos y que ahora no perciben, se hacen de ella mutua gracia y recíproca donación. No obstantePor consiguiente, ambas partes contratantes renuncian a toda acción o excepción que tienda a invalidar los efectos de este contrato, ya que se entiende que la transferencia de propiedad del BIEN se realiza ad –corpus es decir dónde está y como está, de acuerdo a lo señalado en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosArtículo 1577° del Código Civil.
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Samples: Subasta Pública
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Es objeto del presente pliego la contratación, mediante procedimiento abierto de:
A. Suministro, configuración y puesta en marcha de manera libre una solución tecnológica multi-portal o multi-site, basada en plataformas de gestión de contenidos y voluntaria suscribir portal de servicios, para soportar de forma centralizada, escalable, eficiente y segura las Web de los municipios y demás entidades locales, dentro del marco de implantación de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial xx Xxxxxxx, implementando el sistema de información municipal (Web municipal) resultante, al menos, para quince de ellas. Del resto se encargaría el personal técnico de la Diputación una vez recibida la formación adecuada.
B. Soporte y Mantenimiento de los sistemas y aplicaciones resultantes de la ejecución del presente contrato (gestor de afiliación con contenidos y configuraciones particulares para los emisores y/o administradores distintos municipios de tarjetas la provincia xx Xxxxxxx objeto del contrato).
C. Formación al personal designado por la Diputación en el manejo y configuración del sistema, así como el personal de crédito, débito o pago asociados los ayuntamientos que vaya a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial dedicarse a su explotación. Con ello se pretende poner en marcha una plataforma de Manabí, publicación de contenidos en adelante mencionados como Internet que permita: • Crear una plataforma integrada que logre mantener los portales de las Entidades Locales que se adhieran al proyecto “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADESe-Xxxxxxx Provincia Digital”, tanto de información para poder realizar sus ventas ciudadanos como la promoción del municipio para potenciales visitantes. La plataforma deberá ser capaz de soportar al menos los portales Web de 300 entidades. • Delegar en las propios Entidades Locales el trabajo de administración de la información y la gestión básica de su sitio Web. • Disponer de un sistema con las siguientes tarjetas un alto nivel de créditoescalabilidad y preparado para la integración con otros sistemas informáticos de la Administración. Todo ello con sujeción a este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, débito o pago o demás productos similares autorizados así como al de condiciones técnicas, redactado por el Sr. Jefe de la leySección de Informática, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivoD. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, el ESTABLECIMIENTO Técnico informático de la Unidad de Asesoramiento a Municipios, D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, documento que se compromete a utilizar considera parte integrante del presente Xxxxxx y se incorpora como Anexo I del mismo. La codificación correspondiente de la tecnología del “Sistema nomenclatura de Terminales Vocabulario Común de Puntos de Venta” Contratos Públicos (P.O.S.CPV), a través aprobado por el Reglamento 213/2008/CE, de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título 28 de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro noviembre de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo 2007 : Servicios de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica suministro de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.software: 72268000-1
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OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El ESTABLECIMIENTO conviene presente Xxxxxx tiene por objeto la contratación de manera libre diversas pólizas de seguros que garanticen las consecuencias económicas derivadas de diversos riesgos permanentes del Ayuntamiento xx Xxxxx, como tomador del seguro, y voluntaria suscribir que quedan concretados en los Lotes siguientes: En los términos y condiciones consignados en la póliza, la aseguradora garantizará el presente contrato pago de afiliación con los emisores y/las indemnizaciones que, según la normativa legal vigente en cada momento, pudiera corresponder directa, mancomunada, solidaria y subsidiariamente, al Ayuntamiento xx Xxxxx, por daños personales, materiales y perjuicios consecutivos, ocasionados involuntariamente a terceros por acción y omisión, como persona jurídica de Derecho Público, derivada del ejercicio de sus competencias en la administración del municipio, de sus instalaciones, propiedades municipales, etc. Queda igualmente garantizada la responsabilidad patrimonial exigible a la Administración, es decir, la atribuida por el ordenamiento jurídico por aquellos daños producidos al particular como consecuencia del funcionamiento normal o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través anormal de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de ventaservicios públicos prestados, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro exclusión de los valores pagados por supuestos de fuerza mayor. Asimismo, se garantizarán los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST gastos y honorarios para la prestación de la defensa y las fianzas judiciales a que pudieran dar lugar, así como aquellas otras previstas en este pliego. para cubrir las posibles contingencias por daños en edificios de titularidad municipal adscritos a servicios públicos (seguro combinado para actividades profesionales y empresas de servicios), de acuerdo con las condiciones y características que figuran en el Pliego económico-administrativo y el presente Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT), pliegos que obviamente formaran parte del contrato. Ayuntamiento xx Xxxxx, de una póliza que cubra los servicios riesgos derivados del uso y circulación de los vehículos a motor, turismos, vehículos industriales, remolques y/o cualquier otro vehiculo propiedad del Ayuntamiento xx Xxxxx según se relacionan en el Anexo II, todo ello conforme a las condiciones que se especifican tanto en el presente pliego de prescripciones técnicas, así como también las correspondientes xxx Xxxxxx de condiciones económico-administrativas particulares. Mediante el cobro por el Asegurador de la correspondiente prima, en la forma y por el procedimiento establecido en este Pliego y dentro de los límites pactados tanto en el Pliego de Prescripciones Técnicas como en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de los que traerá su causa las pólizas que se suscriban, la Compañía indemnizará la cuantía pactada en cada caso a los beneficiarios designados o al propio Asegurado.
1.2.- Como el tipo de riesgos a cubrir, en cada Lote, es totalmente diferenciado, por lo que incluso algunas o determinadas Compañías Aseguradoras no pueden cubrir todos y cada uno de los riesgos (4 Lotes) que se contemplan, el contrato que nos ocupa admite fraccionamiento en cualquiera los términos previstos en el artículo 86.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, puesto el presente contrato admite una realización independiente de cada una de sus modalidades)cuatro partes o Lotes, al considerarse que constituyen una unidad funcional específica según la propia naturaleza del objeto contractual, y además, resultan susceptibles de utilización o aprovechamiento separado. No obstante lo anterior, las normas procedimentales y de publicidad que deban aplicarse en la correspondiente adjudicación de cada lote o prestación diferenciada se determinarán en función del valor acumulado del conjunto. Consecuentemente con esta circunstancia, los denominará indistintamenteposibles licitadores, como P.O.S. a la hora de llevar a cabo sus proposiciones podrán efectuar propuesta concreta para uno, varios o dispositivoslos cuatro Lotes señalados con anterioridad, por lo que, evidentemente, pueden resultar adjudicatarios diversas personas jurídicas.
A) PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REFERENTES AL LOTE I.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL/PATRIMONIAL.
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Samples: Insurance Contract
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir contrato que con base en el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados Xxxxxx se realice tendrá por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para objeto la prestación de los servicios de actividades culturales, deportivas y de ocupación del tiempo libre en el municipio de Gordexola (en cualquiera CPV 923121002 servicios de sus modalidadesesparcimiento, culturales y deportivos), que se concreta en la prestación de cursos tanto deportivos como culturales y de ocio de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente. La prestación de las actividades culturales, deportivas y de ocupación del tiempo libre –cursos - supone la organización íntegra de los denominará indistintamentemismos; abarcando, en consecuencia, las siguientes prestaciones: - Dar publicidad, a su xxxxx, de los cursos ofertados. - Organización de los grupos y horarios en función de las solicitudes y de conformidad con las pautas que se marquen desde el Área de Cultura del Ayuntamiento. - Poner en marcha de los cursos. - Gestionar las matriculaciones de los/as alumnos/as: altas, bajas, cambios de grupo... A tal efecto, remitirán de manera inmediata la relación de altas y bajas en los cursos al Ayuntamiento y una relación mensual de los/as matriculados/as en cada curso y de los/as asistentes a los mismos. Los gastos derivados de dicha gestión son x xxxxx de la empresa adjudicataria, incluidos los gastos de personal y de material. - Gestionar el cobro en las cuentas de titularidad municipal de las cuotas/tasas municipales giradas a los/as alumnos/as. A tal efecto, remitirán de manera inmediata al Ayuntamiento la relación de altas y los justificantes de los ingresos por parte de los/as matriculados/as de las tasas municipales así como una relación mensual de los abonos por parte de los/as usuarios/as de las tasas correspondientes. En este sentido, los precios que deben abonar los/as usuarios/as de los cursos se determinarán por parte del Ayuntamiento y se ingresarán en la cuenta de titularidad municipal que se habilite al efecto, no pudiendo la empresa adjudicataria superarlos bajo ningún concepto ni cobrar a los/as usuarios/as cantidad alguna al margen de las cuotas municipales. Los gastos derivados de dicha gestión de cobro son x xxxxx de la empresa adjudicataria, incluidos los gastos de personal y de material. - Controlar que las personas asistentes a los cursos se han matriculado en los mismos y se encuentran al corriente en el abono de las cuotas. - Realizar los cursos, siendo x xxxxx del adjudicatario la totalidad de los costes que se deriven de los mismos, con garantía de calidad y seguridad. - Dotar a los cursos, x xxxxx de la empresa adjudicataria, de las infraestructuras y material necesario para el desarrollo de las actividades. - Responder a las quejas y sugerencias presentadas por los/as usuarios/as, debiendo -con carácter previo a dar respuesta- efectuar la oportuna puesta en común con el responsable del contrato o Concejal de Área de Cultura. - Prever y resolver las diferentes problemáticas que en el desarrollo de las actividades puedan producirse. - Llevar a cabo medidas tendentes a la fidelización de los usuarios/as y al fomento de la participación de la ciudadanía en los cursos. - En caso de que se solicite por parte del Ayuntamiento, realizar a su xxxxx (x xxxxx del adjudicatario/a), por cada curso, una exposición o actuación en función de la naturaleza del mismo, siendo responsable de la propaganda de dichas actividades. Con tal objeto, la empresa adjudicataria deberá coordinarse con el Ayuntamiento. - Realizar una encuesta al finalizar cada periodo de impartición de los cursos (octubre a junio, ambos incluidos) así como encuestas puntuales a solicitud del Ayuntamiento. Dichas encuestas tendrán por objeto conocer el grado de satisfacción de los/as usuarios/as así como las propuestas planteadas por los/as mismos/as. - Elaborar de una memoria final que recoja las incidencias en la prestación del servicio, su evaluación y propuestas de actuación. Dicha memoria deberá entregarse en el mes de julio. Por lo que se refiere a la disciplina o materia que abarcan los cursos, con base en la experiencia y demanda de los últimos ejercicios, los cursos que se pretenden ofertar a los usuarios/as y, por ende, llevar a cabo son los siguientes: - Zumba. - Pilates. - Bailes caribeños. - Yoga. - Pintura. - Bolillos. - Costura. Ahora bien, dado que la demanda de los/as usuarios/as de los cursos es variable a lo largo del tiempo y a la vista de la duración del presente contrato (que abarca más de un ejercicio), dicho listado de cursos no es un listado cerrado, sino que algunos de los cursos en el mismo citados pueden ser sustituidos por otros cursos de similares características, tanto en lo referente a los cursos culturales y de ocio como en lo relativo a los deportivos (por ejemplo aerobic u otras disciplinas deportivas). La sustitución de unos cursos por otros de similares características no supondrá modificación en el precio del contrato ni podrá ser exigida al Ayuntamiento indemnización alguna por parte del adjudicatario/a por tal causa. Ahora bien, ha de tenerse en cuenta que el contrato contempla unas horas máximas de prestación de cursos, por lo que los cambios que se operen en la modalidad de la disciplina de los cursos no podrán en ningún caso suponer un incremento del número máximo de horas de prestación de cursos previsto en el Pliego (16 horas semanales todas las semanas del mes de octubre a junio). Sin perjuicio de lo previsto en el presente Xxxxxx en cuanto a la duración del contrato, en relación con el periodo de impartición de los cursos, el mismo abarca los meses de octubre a junio, ambos incluidos. No obstante, ha de tenerse en cuenta lo que establece el presente Xxxxxx en relación con la supresión de los cursos durante ese periodo con base en la inexistencia del mínimo de alumnos/as establecido. Desde la fecha de firma del contrato o desde el 1 xx xxxxxx hasta el 30 de septiembre (ambos incluidos) se llevarán a cabo las actuaciones preparatorias (publicidad, organización y gestión de matriculaciones…). Desde la finalización de la impartición de los cursos (30 xx xxxxx) hasta el 31 de julio inclusive se llevarán a cabo las actuaciones relacionadas con la finalización de la impartición (análisis de encuestas, emisión de informes, propuestas…). En todo caso, en los periodos aludidos en los dos párrafos precedentes (1 de julio a 30 de septiembre inclusive) podrán ejecutarse asimismo las mejoras sin coste para la Administración propuestas por el/la adjudicatario/a en su oferta. El número de horas de los cursos dependerá del número de alumnos/as, del número de grupos que se formen así como de las posibilidades que las infraestructuras disponibles ofrecen, con el siguiente límite máximo en cuanto al número de horas: 16 horas semanales todas las semanas del mes desde el 1 de octubre hasta el 30 xx xxxxx, ambos incluidos. Partiendo del listado de cursos anteriormente relacionado y teniendo en cuenta la experiencia del curso 2015-2016, el reparto inicial de las 16 horas semanales se hace conforme al siguiente detalle: - Curso xx xxxxx: 2 horas semanales. - Curso de pilates: 4 horas semanales. - Curso xx xxxxxx caribeños: 1 hora semanal. - Curso de yoga: 1 hora y media semanal. - Curso de pintura: 2 horas y media semanales. - Curso de bolillos: 3 horas semanales. - Curso de costura: 2 horas semanales. Este reparto de las horas es orientativo, pudiendo ser modificado con base en la demanda existente siempre y cuando medie la previa aprobación municipal. En ningún caso la alteración del reparto supondrá un incremento del número de horas semanales máximo, ni coste para el Ayuntamiento ni el/la adjudicatario/a podrá reclamar cantidad alguna por tal variación. El horario de los cursos se determinará en función del número de grupos existentes y del número de horas que finalmente se realicen semanalmente por cada curso. La fijación del mismo se determinará con base en las solicitudes que se cursen y conforme a las pautas que marque el Ayuntamiento. La preparación de las clases irá al margen de los horarios establecidos. A efectos orientativos se indica que en 2015/2016 se estableció la siguiente periodicidad para los cursos: - Curso xx xxxxx: 2 horas semanales, concretamente los lunes y miércoles de 18:15 horas a 19:15 horas. - Cursos de pilates: 4 horas semanales, concretamente los martes y jueves de 10:00 horas a 11:00 horas y de 19:00 horas a 20:00 horas. - Curso xx xxxxxx caribeños: 1 hora semanal, concretamente los viernes de 19:00 horas a 20:00 horas. - Cursos de pintura: 2 horas y media semanales, concretamente los martes de 18:00 horas a 20:30 horas. - Curso de bolillos: 3 horas semanales, concretamente los jueves de 16:45 horas a 19:45 horas. - Cursos de costura: 2 horas semanales, concretamente los martes de 18:00 horas a 20:00 horas. La periodicidad, como P.O.S. se ha indicado anteriormente, será determinada por el Ayuntamiento con base en la demanda existente. En ningún caso, la alteración de la periodicidad supondrá un incremento del número de horas semanales máximo, ni coste para el Ayuntamiento ni el/la adjudicatario/a podrá reclamar cantidad alguna por tal variación. La prestación de cada uno de los cursos está supeditada a la existencia de un mínimo de alumnos/as en cada curso concreto. De esta manera, para el establecimiento de cada uno de los cursos deportivos (zumba, pilates, bailes caribeños y yoga, u otras disciplinas deportivas que se presten) será necesaria la matriculación en cada uno de ellos de un mínimo xx xxxx (10) alumnos/as y se mantendrá en funcionamiento siempre y cuando se mantengan siete (7) alumnos/as en el mismo. Del mismo modo, para el establecimiento de cada uno de los cursos de cultura y ocio (pintura, costura y bolillos, u otras disciplinas que se presten) será necesaria la matriculación cada uno de los cursos de un mínimo de seis (6) alumnos/as y se mantendrá en funcionamiento siempre y cuando se mantengan cuatro (4) alumnos/as. La inexistencia del mínimo de alumnos/as detallados en los párrafos anteriores para cada uno de los cursos conlleva el no establecimiento del curso o dispositivossu supresión, sin exigencia por parte del adjudicatario/a de indemnización alguna al Ayuntamiento por dicha falta de puesta en funcionamiento o supresión. Lo expuesto en relación con el periodo de impartición de los cursos debe interpretarse en consonancia con las exigencias de un número mínimo de alumnos/as por cada curso aludidas en la presente Cláusula. De este modo, en caso de que no se cumpliesen los mínimos de alumnos/as para el establecimiento o el mantenimiento del curso, se procederá a su no establecimiento o a su supresión aun cuando no haya finalizado el periodo de impartición anteriormente detallado (octubre a junio ambos incluidos), sin que el adjudicatario pueda exigir indemnización alguna por ningún concepto. Por tanto, teniendo en cuenta dichos mínimos exigibles en cuanto al número de alumnos/as y los máximos en cuanto al número de horas, el trabajo que ha de realizar así como el número de horas de los cursos cuya prestación es objeto del contrato no se determinan de antemano, quedando subordinada su cuantificación definitiva a las necesidades que la Administración manifieste al contratista durante el plazo de duración del referido contrato con base en la demanda existente (número alumnos/as existente). El número de horas y días se podrá reducir en función de los grupos que existan, sin que el/la adjudicatario/a pueda exigir indemnización alguna. En cuanto a los grupos, con base en la demanda existente y teniendo en cuenta el número de matriculaciones y de alumnos/as para cada curso, se organizarán los grupos para cada curso. A tal efecto, una vez que se conozca el número de alumnos/as para cada curso, el/la adjudicatario/a formulará la correspondiente propuesta en cuanto al número de grupos y la distribución del alumnado en los mismos, con base en las solicitudes efectuadas por los/as usuarios/as y con base en los criterios que se marquen desde el Área de Cultura del Ayuntamiento. En este sentido, el Ayuntamiento supervisará los grupos existentes, no pudiendo formarse nuevos grupos sin contar con el visto bueno del Ayuntamiento. Se tendrá en cuenta el requisito de número mínimo de matriculados/as y de alumnos/as para el establecimiento de los cursos y para su continuidad a la hora de determinar los grupos existentes. En consecuencia, se podrán suprimir grupos –y por consiguiente cursos u horas de realización de cursos- por no cumplir el requisito mínimo de alumnado, sin que se indemnice por dicha supresión al adjudicatario/a. A efectos orientativos se indica que en el ejercicio 2015-2016 había los siguientes grupos: - Curso xx xxxxx: 1 grupo. - Curso de pilates: 2 grupos. - Curso xx xxxxxx caribeños: 1 grupo. - Curso de yoga: 1 grupo. - Curso de pintura: 2 grupos. - Curso de bolillos: 1 grupo. - Curso de costura: 1 grupo. Los cursos se impartirán en los locales de propiedad municipal que a tal efecto se habiliten. En el caso de realizar una actividad en un local en el que no exista personal de accesos, el monitorado deberá encargarse de abrir y cerrar el local. Concretamente en el curso 2015/2016 los cursos se impartieron en los siguientes locales: - Deportivos: A. polivalente. - Culturales y de ocio : Kultur etxea. En cuanto al equipamiento necesario para la impartición de los cursos, el Ayuntamiento pone a disposición del adjudicatario/a el material existente en las condiciones en las que se encuentra. Si es necesario nuevo material para la prestación del servicio, la adquisición del mismo será a cuenta del adjudicatario/a, sin que pueda presentar reclamación ni solicitar indemnización alguna al Ayuntamiento en relación con el mismo. El/La adjudicatario/a deberá garantizar el buen estado de las instalaciones así como del equipamiento que se emplee para impartir los cursos. Por lo que se refiere al sistema de controles, deberán mantener una relación constante con el coordinador municipal, manteniendo al menos una reunión trimestral con cada monitor/a y todas aquéllas que sean necesarias a lo largo del año. Xxxxxxx llevar un control diario de asistencia, elaborando una ficha para el caso y haciendo entrega de la misma al finalizar el mes. En la totalidad de las prestaciones y servicios el/la adjudicatario/a deberá proporcionar la información bilingüe (euskera y castellano). En este sentido, el/la adjudicatario/a deberá garantizar que las relaciones con los/as usuarios/as y la atención al público se proporcione de manera bilingüe (euskera y castellano) en todos los servicios. Igualmente, toda la documentación (por ejemplo la Memoria, cartas informativas, avisos...) y cartelería que se lleve a cabo por el/la adjudicatario/a con motivo del presente contrato se proporcionará por el/la adjudicatario/a de manera bilingüe (euskera y castellano). El/la adjudicatario/a deberá emplear los medios personales/equipo humano necesario/s para la correcta prestación del servicio; garantizando que se cumplen, para cada actividad, los mínimos en cuanto a número de personas/equipo humano que vengan exigidos por la normativa. Asimismo, deberá garantizar que el personal esté en posesión de los títulos que vengan exigidos por la normativa vigente, así como que el equipo humano con que cuenta disponga de los conocimientos lingüísticos precisos en orden a impartir las actividades y relacionarse con los/as usuarios/s y el público en general de manera bilingüe. Las prestaciones se ajustarán a las condiciones que figuran en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas Particulares, que forman parte del contrato, no admitiéndose variantes.
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Samples: Contract for Cultural, Sports, and Leisure Activities Services
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene presente Pliego de manera libre Cláusulas Administrativas Particulares comprende las condiciones económico-administrativas y voluntaria suscribir técnicas que servirán de base para la licitación mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, y consiguiente ejecución del contrato de gestión del servicio de limpieza viaria de la ciudad de Calahorra, mediante concesión, durante diez años, que podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo expreso de ambas partes por periodos anuales, hasta un máximo de cinco años más, de acuerdo con las condiciones señaladas en el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx Pliego y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, que ofrezca el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTadjudicatario.
1. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión Relaciones con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización población municipal en el ámbito de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema limpieza urbana.
2. Limpieza de las TARJETASvías públicas. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación Cada uno de los servicios (descritos en cualquiera este Pliego y en el de sus modalidades)Prescripciones Técnicas, se realizará en los denominará indistintamentetérminos que se indican en los artículos sucesivos, definiéndose asimismo el ámbito territorial y funcional.
1.2. El nivel de limpieza deberá ser óptimo, eliminando todos los productos y residuos de aceras, calzadas, plazas, etc. o de cualquier espacio de uso público. El concesionario deberá realizar los trabajos pertinentes para mantener ese nivel de limpieza en estado óptimo.
1.3. Con carácter general, se prestará el servicio de limpieza todos los días del año, incluyendo los domingos y festivos, prestando especial atención en las zonas que por sus características, actividades o conflictividad lo precisen, según los criterios establecidos en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas.
1.4. A efectos de estudio comparativo y como P.O.S. dato orientativo para el seguimiento y control de los trabajos efectuados, dado que el objetivo del presente contrato es mantener limpia la ciudad, las empresas licitadoras elaborarán sus planes de limpieza definiendo para los servicios que más adelante se describen los sectores que se consideren necesarios, indicando en cada uno de ellos: 2e.- NATURALEZA DEL CONTRATO, JURISDICCIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
2.1. Es principio básico de la gestión lograr para la ciudad y los ciudadanos las adecuadas condiciones de salubridad y medioambientales y de evitar incomodidades por suciedad, malos olores, etc.
1. La normativa vigente estatal y autonómica y la Ordenanza Reguladora de la Limpieza de la vía pública y la gestión municipal de los residuos urbanos (B.O.R. nº 86 de 16 de julio de 2002)
2. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
3. El Pliego de Prescripciones Técnicas.
4. Las decisiones que en ejecución o dispositivosconcreción de las anteriores adopte la Administración Municipal. La gestión del servicio de limpieza viaria no significa en modo alguno la cesión por parte del Ayuntamiento de la titularidad del servicio. El servicio objeto de este contrato se prestará por gestión indirecta, bajo la modalidad de concesión de servicio público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 277.a) del R. D. L. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (T.R.L.C.S.P.).
2.2. El contrato que se regula por las presentes cláusulas, tiene naturaleza administrativa, y como tal, las cuestiones que se planteen se dilucidarán en esta vía, una vez agotada quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
2.3. Los litigios derivados del contrato se entenderán siempre sometidos a los Tribunales competentes, con jurisdicción en la ciudad de Calahorra (La Rioja).
2.4. El contratista o contratistas se someten, además de lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, a los preceptos del T.R.L.C.S.P., en cuanto a preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato administrativo de gestión de servicio público; a la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local 7/85, de 2 xx xxxxx; al Texto Refundido de las Normas vigentes en Régimen Local R.D.L. 781/86, de 18 xx xxxxx en sus preceptos que puedan considerarse básicos, según su Disposición Final 79, en lo no regulado por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; por el resto de los preceptos del T.R.R.L., en defecto de la legislación autonómica sobre la materia y en lo no regulado por el T.R.L.C.S.P.; a la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; por los preceptos no básicos del T.R.L.C.S.P.; por el R.D. 817/2009 de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la L.C.S.P.; por el R.D. 1098/2001 de 12 de octubre, del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga al T.R.L.C.S.P.; al Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y, en su defecto, las normas de derecho privado, así como los preceptos que regulan las normas tributarias de obligado cumplimiento.
2.5. Los actos de la Administración municipal relativos a la concesión (preparación, otorgamiento, cumplimiento, interpretación, extinción, etc.) tienen carácter administrativo, sometidos a la competencia de la jurisdicción del orden contencioso-administrativo.
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Samples: Contrato De Gestión Del Servicio De Limpieza Viaria
OBJETO DEL CONTRATO. 4.01.- El ESTABLECIMIENTO conviene CONTRATISTA se obliga para con la Subsecretaría de manera libre la Demarcación Hidrográfica del Guayas a ejecutar, terminar y voluntaria suscribir entregar a entera satisfacción de la ENTIDAD CONTRATANTE la Construcción de tres (3) Proyectos de Agua Potable en las comunidades xx Xxxxxx, San Xxxxxxxxx, Xxxxx del Cantón Valencia; Los Xxxx; DH Guayas”. Se compromete al efecto, a realizar dicha obra, con sujeción a su oferta, planos, especificaciones técnicas generales y particulares de la obra, anexos, instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, respetando la normativa legal aplicable. El CONTRATISTA se obliga a todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la obra, de conformidad con la oferta adjudicada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales. En la ejecución de la obra se utilizarán materiales de primera calidad; será realizada por el presente contrato de afiliación CONTRATISTA utilizando las más avanzadas técnicas, con los emisores y/o administradores métodos más eficientes y eficaces, con utilización de tarjetas mano de créditoobra altamente especializada y calificada; tanto el CONTRATISTA como sus trabajadores y subcontratistas, débito o pago asociados a DATAFASTde haberlos, esto esemplearán diligencia y cuidado en los trabajos, Banco Diners Club de tal modo que responden hasta por culpa leve.
4.02.- Corresponde al CONTRATISTA proporcionar la dirección técnica, proveer la mano de obra calificada, equipos, maquinaria requerida, y los materiales necesarios para ejecutar debidamente la obra de acuerdo al cronograma de ejecución de los trabajos y dentro del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.)plazo convenido, a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización entera satisfacción de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas.
4.03.- Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar conforme a las especificaciones técnicas, todos los P.O.S. (fijos o móviles) rubros detallados en los locales comerciales la Tabla de Cantidades y Precios que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, consta en el caso formulario 2 de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivossu oferta y que constituye parte integrante del contrato.
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Samples: Public Works Contract
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir 1. Tiene por objeto el presente pliego de condiciones establecer las normas que regirán la contratación del servicio municipal de mantenimiento de edificios en todo lo concerniente a centros con destino a Educación Infantil, Primaria y similares cuyo mantenimiento corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Badajoz.
2. A tal efecto se relaciona en el anexo II la lista actual de centros que se encuentran incluidos en el apartado anteriormente citado. Quedan incluidos los centros y ampliaciones de los existentes que se pongan en marcha antes del inicio del contrato. Las nuevas incorporaciones que pudieran producirse serán comunicadas por escrito a la empresa concesionaria según se vayan produciendo, y su incidencia económica se realizará por procedimiento negociado (en base al contrato principal).
3. El ámbito funcional del contrato comprende el mantenimiento de afiliación con todos los emisores y/o administradores elementos e instalaciones de tarjetas los edificios en cuestión, entendiendo por tales los que en su día entraron a formar parte del proyecto de créditoobras que se redactó para su construcción, débito o pago asociados a DATAFASTlos que se incorporaron posteriormente; quedando excluidos los elementos de decoración, esto esmuebles y auxiliares. Queda incluido el mantenimiento de los comedores escolares como parte del edificio y xxxxx xx xxxxxxx ( alumbrado, Banco Diners Club instalaciones eléctricas, saneamiento, abastecimiento, paramentos, etc. Quedan excluidos los desperfectos ocasionados por catástrofes naturales. Queda excluido el mantenimiento de las instalaciones de telefonía. Quedan excluidos las viviendas de los porteros. Quedan excluidos los equipos de uso propio del Ecuador S.A.comedor (como calienta platos, Banco Guayaquil S.A.cocinas, Banco xxx Xxxxxxxx S.A.neveras, Banco Pichincha C.A.depósitos de combustible para uso exclusivo de cocina, Banco General Rumiñahuicongeladores, Banco xx Xxxx etc.). Quedan excluidos también del contrato, los trabajos derivados de una superada vida útil de materiales e instalaciones que supongan la realización de una obra nueva y Banco Comercial de Manabísiempre bajo la decisión del Técnico Municipal, en adelante mencionados así como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas ampliaciones de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, tipo de instalación. Constituye el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología objeto del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata contrato los servicios anteriormente reseñados con arreglo al Pliego de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera Prescripciones Técnicas redactadas por La Sra. Jefa de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación Servicio de los servicios Colegios Públicos (en cualquiera de sus modalidadesAnexo I), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.. Código CPV-2008: 50700000
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Samples: Service Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Es objeto del presente Contrato de manera libre Servicios, la organización de los Festejos Taurinos a realizar entre los días 29 de julio y voluntaria suscribir el presente contrato 3 xx xxxxxx de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí2.008, en adelante mencionados como Santa Xxxxx xx Xxxxxx. Este contrato tiene carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego y la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante)., por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas y demás normativa vigente. El contrato se adjudicará por el procedimiento negociado, previsto y regulado por los artículos 153, 154 y 158 LCSP. La contratación comprenderá la organización completa de los actos que a continuación se indican y que tendrán el carácter de mínimos: Alquiler de una plaza de toros portátil a ubicar en terreno que a tal fin facilitará el Ayuntamiento para la realización de los actos taurinos que deberá contar con un aforo que cubra las necesidades que demanda el nivel de población del municipio. Esa plaza portátil se instalará a riesgo y xxxxxxx del organizador que será exclusivamente responsable de su correcta instalación y funcionamiento, para lo que habrá de obtener cuantas autorizaciones y permisos exige la legislación vigente al momento de su utilización en este municipio y en especial el Decreto 115/2002, de 24 de octubre de la Junta xx Xxxxxxxx y León por el que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de las Plazas de Toros portátiles en Castilla y León. Adquisición xx xxxx vaquillas para su suelta en la plaza portátil, para el disfrute de los vecinos: durante dos días cuatro vaquillas por día y dos el día 3 agosto de 2.008 coincidiendo con el “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las toro del aguardiente”. Adquisición de un novillo para su suelta el día de “ENTIDADEStoro del aguardiente”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través disfrute de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados vecinos que lo consideren. Se celebrará el día 3 xx xxxxxx de 2.008. Contrato de los seguros correspondientes por DATAFAST ya sea Ley, para todos los actos a título celebrar en la plaza. Cumplir todos los requisitos que la Ley estipula para los diferentes tipos de ventaactos (ambulancia, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía UVI móvil, desde los cuales Veterinarios, Médicos, Maestro xx Xxxxx, permisos, etc.) a cargo de la entidad contratada. En especial el ESTABLECIMIENTOcontratista organizador deberá obtener de la Delegación Territorial de la Junta xx Xxxxxxxx y León en Salamanca, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización prevista en el artículo 24 del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares para Castilla y León, aprobado mediante Decreto 14/1999 de ocho de febrero. Transporte de todo el ganado desde el campo a la plaza y de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS plaza al matadero de Santa Xxxxx xx Xxxxxx, transportando sólo el ganado necesario para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema ese día. Suscripción de las TARJETAS. No obstanteun seguro a cargo del adjudicatario, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro suspensión de los valores pagados actos por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosinclemencias del tiempo.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Mediante el contrato Caja de manera libre Arquitectos pone a disposición del Usua- rio el servicio de banca en línea ARQUIA RED (en adelante ARQUIA RED), por medio del cual y voluntaria suscribir a través de cualquier medio telemático, bien sea Internet, teléfono o cualquier otro sistema o canal de comunicación basado en tecnologías presentes o futuras que se halle disponible, po- drá el Usuario obtener información así como efectuar las operaciones o solicitar los servicios bancarios que en cada momento le ofrezcan tanto la Caja de Arquitectos como el resto de las entidades del Grupo Caja de Arquitectos a través de ARQUIA RED, sirviendo el presente documento como solicitud de alta en el mencionado servicio. Las relaciones entre el Usuario y Caja de Arquitectos se regirán por el presente contrato y por las condiciones que resulten de afiliación aplicación en cada una de las operaciones que se realicen mediante este servicio, que el Usuario manifiesta conocer y las acepta desde el momento de su contratación. Caja de Arquitectos informará periódicamente al Usuario acerca de las prestaciones que integran ARQUIA RED, pudiendo introdu- cir las modificaciones o nuevas incorporaciones que crea convenientes. El Usuario es conocedor de la posibilidad de que se produzcan tales modificaciones o nuevas incorporaciones de prestaciones y acepta sus consecuencias. Asimismo el Usuario admite conocer, con antelación a la xxxxxxxx de cualquier obligación por su parte derivada del presente contrato, la información previa que sobre el mismo, y en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 7 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre co- mercialización a distancia de servicios financieros destinados a los emisores y/o administradores con- sumidores, ha suministrado Caja de tarjetas Arquitectos desde su página web. Mod-9-11G-110415 Caja de créditoArquitectos S. Coop. de Crédito - NIF F 08 809808 - Reg. Esp. Banco de España. nº 3183 - Reg. Mercantil de Barcelona Tomo 20161, débito o pago asociados Folio 1, Hoja nº B-2363 - X Xxxx, 0 00000 Xxxxxxxxx Durante la vigencia del contrato, Caja de Arquitectos podrá insertar en la página web de ARQUIA RED información de interés del Usuario relativa a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club los distintos productos ofertados por las distintas entidades que integran el Grupo Caja de Arquitectos. Mediante la firma del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx contrato ARQUIA RED y Banco Comercial la aceptación de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivoestas CONDICIONES GENERALES, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar Usuario acepta la tecnología del “Sistema inserción de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” dicha información sin que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, pueda renunciar en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en futuro a la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosmisma.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre objeto del presente Contrato es la Operación, ampliación, rehabilitación y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización mantenimiento de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstanteinfraestructura y gestión comercial, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (públicos de acueducto y alcantarillado de la ciudad de San Xxxx xx Xxxxxx, de conformidad con las estipulaciones xxx Xxxxxx de Condiciones de la Convocatoria número 01 – 2005 de noviembre 18 de 2005 a cambio de la contraprestación que se define en cualquiera este Contrato. El Operador asumirá la responsabilidad de efectuar todas las actividades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones descritas en el Pliego de Condiciones, en este Contrato, en el Anexo Técnico y en el Anexo Tarifario, bajo la vigilancia de la E.I.S. y las autoridades competentes, en los términos de la ley, el mismo Pliego de Condiciones y sus modalidades)Adendas y las cláusulas del presente Contrato. La descripción detallada del alcance de las obligaciones del Operador está contenida en la cláusula 13 de este Contrato y las que resulten xxx Xxxxxx de Condiciones, el Anexo Técnico y el Anexo Tarifario, los cuales se anexan a este Contrato para que formen parte integrante de él. Es entendido, en todo caso, que la propiedad de la infraestructura de los denominará indistintamenteservicios públicos de acueducto y alcantarillado de la ciudad de San Xxxx xx Xxxxxx es de la E.I.S., como P.O.S. también lo serán los inmuebles y obras que en desarrollo del Contrato adquiera o dispositivos.construya el Operador. PARÁGRAFO PRIMERO: El Operador continuará con la prestación del servicio de venta de agua en bloque al municipio de Xxxxx xxx Xxxxxxx de conformidad con el acuerdo suscrito entre dicho municipio y la EIS. PARÁGRAFO SEGUNDO: El Operador, previo acuerdo con la EIS, podrá prestar el servicio de agua potable al Área Metropolitana xx Xxxxxx o a otros municipios vecinos del Norte xx Xxxxxxxxx o de las Zonas xx Xxxxxxxx. A tal fin, la EIS podrá realizar los acuerdos administrativos con los municipios interesados y con el Operador para incorporar la prestación de este servicio dentro del alcance del Contrato de Operación. Para el efecto se deberá suscribir un acuerdo entre el Operador y la EIS, el cual se entenderá como un anexo independiente al Contrato de Operación y en el cual se estipularán, entre otras, las siguientes disposiciones: (i) Inversiones adicionales, si ello hubiere lugar, que deberá hacer el Operador para garantizar el servicio tanto a los suscriptores del municipio de San Xxxx xx Xxxxxx como a los nuevos compradores del agua; (ii) el valor o precio de venta por metro cúbico de agua potabilizada; (iii) el valor que debe pagar el Operador a la EIS, como contraprestación por el uso de la infraestructura (iv) el plazo dentro del cual se hará la prestación adicional de este servicio; en todo caso, éste no podrá ser, en ningún caso, superior al del plazo vigente del Contrato de Operación; y las demás estipulaciones necesarias para regular el nuevo alcance de las obligaciones del Operador
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Samples: Contrato De Operación
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato que en base al presente pliego se formalice entre Servicios de manera libre Txingudi- Txingudiko Zerbitzuak, S.A. (en adelante Servicios de Txingudi) y voluntaria suscribir el presente contrato Adjudicatario tendrá por objeto la prestación del servicio de afiliación con recogida y transporte de residuos urbanos (RU) y asimilables y del servicio de limpieza viaria. Se incluirán también el mantenimiento de las máquinas , vehículos y elementos de transporte precisos para tal cometido. El ámbito de actuación será el territorio de la Mancomunidad de Servicios de Txingudi, compuesta por los emisores municipios de Irun y Hondarribia. Los trabajos de limpieza viaria, recogida y transporte de residuos comprenderán:
a) La recogida y transporte de los residuos urbanos y asimilables generados en los términos municipales de Irun y Hondarribia, incluidos los polígonos industriales de éstos municipios y los garbigunes, hasta los correspondientes centros de clasificación, tratamiento y/o administradores eliminación.
b) La limpieza viaria xxx xxxxx urbano perteneciente al municipio de tarjetas Irun.
c) La limpieza viaria xxx xxxxx urbano perteneciente al municipio de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través Hondarribia. La realización de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea citados trabajos se llevará a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, cabo en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) las condiciones establecidas en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstanteeste pliego, en el caso Pliego de Prescripciones Técnicas y en los planos de ámbito exacto de los trabajos que lo acompañan, los cuales tendrán carácter contractual y se adjuntan como ANEXO I. La realización de las tarjetas INVERSIONES en medios materiales (vehículos, maquinaria, equipos de débitolimpieza, las ENTIDADES realizarán directamente ante materiales, instalaciones, servicios comunes, etc.) necesarios para el ESTABLECIMIENTO las gestiones establecimiento y la explotación de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes estos trabajos o servicios, correrán por cuenta y cargo de Servicios de Txingudi, tal y como se detallará más adelante. El ESTABLECIMIENTO contrata Los servicios análogos a los servicios de DATAFAST incluidos en la(s) siguiente(s) modalidad(es): el presente pliego podrán ser adicionados a la contrata, con carácter excepcional o continuado. En adelanteambos casos, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST el Adjudicatario, presentará estudio técnico-económico basado en las mismas condiciones que la oferta inicial, para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivossu aprobación previa.
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Samples: Contract for Waste Collection and Transport Services
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El ESTABLECIMIENTO conviene objeto de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para es la prestación de los servicios (de limpieza de los edificios, dependencias, instalaciones municipales, centros escolares, muebles y espacios de todo tipo, descritos en cualquiera este pliego, así como otros edificios, dependencias y centros municipales que pudieran incorporarse durante la duración del contrato. Los servicios se prestarán de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego de prescripciones técnicas, en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en la oferta formulada por el que resulte adjudicatario que en ningún caso podrá suponer reducción de las obligaciones señaladas en el presente pliego y sus anexos. Los tres documentos citados tienen carácter contractual.
1.2.- La denominación y dirección de los centros, a efectos de la prestación del presente contrato, lo son en su integridad, es decir, incluyendo la absoluta totalidad de sus modalidades)dependencias, siendo los centros objeto del servicio los enumerados en el Anexo X xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas. Según lo establecido en el artículo 10 y el anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el servicio objeto del presente contrato se encuentra incluido en la categoría 14 “Servicios de Limpieza de Edificios y servicios de Administración de bienes raíces”,
1.3.- La relación de personal que actualmente presta servicios al actual adjudicatario es la que figura en la Anexo II xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
1.4.- Las obligaciones que dimanan de este contrato deberán realizarse por la empresa adjudicataria a su cargo, sin recibir otra contraprestación que el precio que resulte en la adjudicación correspondiente.
1.5.- El contratista deberá prestar el servicio de limpieza en los denominará indistintamenteedificios, dependencias e instalaciones municipales y centros escolares enumerados en el Pliego de Condiciones Técnicas, en todas las dependencias existentes en el momento del contrato.
1.6.- Las operaciones de limpieza deberán estudiarse y proponerse por los licitadores en sus ofertas tomándose como P.O.S. o dispositivosbase mínima de servicio y frecuencia a prestar los señalados en el Pliego de Prescripciones técnicas. Se admitirán mejoras de acuerdo con lo establecido en este pliego.
1.7.- Con el contrato se pretende atender las necesidades de limpieza de los edificios municipales, ya que no pueden ser satisfechas por los efectivos de la plantilla municipal ni se considera conveniente ampliar dicha plantilla, considerando adecuado atender dicha necesidad mediante un contrato administrativo de prestación de servicios.
1.8.- Al contrato le corresponde, según la CPV el código CPV: 90911200-8 Servicios de limpieza de edificios 90919000-2. Servicio de limpieza de oficinas, escuelas y equipos de oficina.
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Samples: Cleaning Services Contract
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del contrato lo constituye la catalogación del archivo histórico de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de créditoORQUESTA DE EUSKADI, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil así como la digitalización y catalogación de los impactos relacionados con ORQUESTA DE EUSKADI, S.A. en prensa escrita e Internet a lo largo de los años en que se preste el servicio objeto del contrato. A dichos efectos, cabe diferenciar dos fondos de archivos documentales cuya digitalización y catalogación se llevará a cabo en los periodos a continuación indicados: - FONDO 1. Contiene documentos publicados entre los años 1992 y 2005. Se trata de documentos ya digitalizados, de forma que la labor de la empresa contratista se centrará, únicamente, en la catalogación de los documentos, es decir, en grabar su registro documental y asociar los mismos al fichero digital. Se estima que dicho fondo contiene, aproximadamente, 10.000 imágenes, previendo la generación de 13.000 registros documentales. Este trabajo se ejecutará en los dos primeros años del contrato. - FONDO 2. Contiene documentos nuevos, impactos relacionados con ORQUESTA DE EUSKADI, S.A. en prensa escrita e Internet a partir de la temporada 2010-2011 y a lo largo de los años de duración del contrato. Se trata de documentos en soporte papel e Internet, que deberán ser digitalizados, en su caso, y catalogados en lotes quincenales, generando los correspondientes registros documentales. Se estima que el número de páginas a digitalizar por cada temporada asciende a 750, previendo la generación de 1.000 registros documentales. Este trabajo se ejecutará a lo largo de los años de duración del contrato (posibles prórrogas incluidas). La recopilación de los impactos objeto del FONDO 2 correrá por cuenta de ORQUESTA DE EUSKADI, S.A. y se pondrán a disposición de la empresa contratista en la sede de ORQUESTA DE EUSKADI, S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A.con una periodicidad máxima de quince días desde su publicación. Los documentos se digitalizarán en escaner planetario en formato PDF, Banco Pichincha C.A.con resolución de 300 dpp y en blanco y negro o color, Banco General Rumiñahuisegún el documento original, Banco xx Xxxx seleccionando la parte del documento relacionada con ORQUESTA DE EUSKADI, S.A. y Banco Comercial con la imagen recta y orientada según la dirección del texto. La catalogación de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas los documentos digitalizados exigirá la documentación y verificación de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO los datos y se compromete llevará a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), cabo a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea una aplicación web propiedad de ORQUESTA DE EUSKADI, S.A., a título la que la empresa contratista tendrá acceso vía Internet. Esta aplicación dispone de venta11 campos desplegables, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTcon sus correspondientes ficheros auxiliares, 2 campos de fecha y 1 campo de texto libre. Dentro La empresa contratista deberá almacenar en el servidor de esa tecnologíaORQUESTA DE EUSKADI, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTOS.A., en conexión con un plazo máximo de quince días desde que los documentos a escanear sean recogidos por la plataforma electrónica empresa contratista en la sede de DATAFASTORQUESTA DE EUSKADI, puede transmitir S.A., los datos transaccionales generados desde documentos digitalizados y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización catalogados para su visualización a través de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) aplicación web referida anteriormente. Asimismo, la empresa contratista deberá entregar a ORQUESTA DE EUSKADI, S.A. una copia en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro CD/DVD de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosdocumentos digitalizados y catalogados.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir contrato que con base en el presente contrato Xxxxxx se realice tendrá por objeto la prestación del servicio de afiliación asesoramiento técnico y urbanístico por Xxxxxxxxxx/a/s o por Arquitecto/a/s Técnico/a/s (Aparejador/a/es/as), que intervenga/n en la elaboración de cuantos informes de carácter técnico y urbanístico sean solicitados por este Ayuntamiento y estén relacionados con asuntos y servicios de competencia municipal. Dicho objeto corresponde al código 71200000 de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea. El servicio comprende, entre otras, las siguientes prestaciones: - Emitir informe de todos los expedientes relativos a licencias urbanísticas, con valoración inicial y final de los proyectos y de las obras a realizar. - Controlar y realizar el seguimiento de todas las obras que se realicen en el municipio, informando puntualmente y con detalle de las infracciones urbanísticas que pudieran cometerse. - Controlar y realizar el seguimiento a la terminación de las obras realizadas, expidiendo la oportuna certificación acreditativa del valor real de la obra ejecutada o comprobando dicha valoración en la certificación final de la obra expedida por el técnico director; todo ello a efectos de la liquidación definitiva de los derechos que corresponda devengar en la licencia concedida. - Emitir los correspondientes informes para la concesión de licencias de primera ocupación. - Emitir los informes necesarios en la tramitación de expedientes de actividades, controlar y realizar el seguimiento de los mismos y emitir los correspondientes informes para la apertura de los establecimientos. - Controlar y realizar el seguimiento de las actividades implantadas en el municipio, informando puntualmente y con detalle de las infracciones que pudieran cometerse. - Controlar y realizar el seguimiento necesario en orden a mantener las edificaciones, urbanizaciones, terrenos o instalaciones en condiciones de seguridad, salubridad y ornato públicos. - Informar en expedientes sobre declaración de ruina. - Informar en expedientes relativos a órdenes de ejecución y ejecuciones subsidiarias. - Informar en expedientes de restauración de la legalidad urbanística y en materia de actividades. - Emitir informes técnicos y urbanísticos en expedientes sancionadores. - Levantar Acta de alineaciones y rasantes. - Informar los anteproyectos y proyectos de obras municipales. - Emitir informes técnicos solicitados por la Mesa de Contratación. - Emitir informes técnicos relativos a certificaciones de obras municipales cuando no le haya sido asignada la dirección de obra. - Asistir a la comprobación del replanteo y a la recepción de las obras municipales cuando no le haya sido asignada la dirección de obra. - Controlar, realizar el seguimiento e informar en relación con la ejecución de las obras municipales cuando no le haya sido asignada la dirección de obra. - Controlar, realizar el seguimiento e informar sobre el cumplimiento de la normativa sobre seguridad e higiene en el trabajo en las obras municipales cuando no le haya sido asignada la dirección de obra. - Emitir los informes técnicos que sean precisos en la tramitación de los expedientes de contratación, incluidos los relativos a la modificación y resolución de los contratos. - Emitir informes en relación con la procedencia de la devolución de las garantías depositadas. - Emitir informes en relación con expedientes de expropiación que se tramiten en el Ayuntamiento. - Elaborar Memorias Valoradas. - Elaborar presupuestos. - Elaborar la documentación técnica necesaria para la solicitud/tramitación/justificación de subvenciones/transferencias por parte del Ayuntamiento. - Realizar a solicitud del Ayuntamiento la inspección técnica de edificios municipales. - Efectuar informes de valoración de bienes solicitados por el Ayuntamiento. - Emitir informes en relación con los emisores distintos instrumentos de planeamiento urbanístico y con los instrumentos de gestión urbanística, así como en relación con los Convenios Urbanísticos. - Emitir los informes técnicos sectoriales que le sean solicitados. - Emitir informes técnicos o urbanísticos exigidos por la legislación sectorial o solicitados por otras Administraciones u organismos públicos o judiciales. - Atender a consultas sobre normas subsidiarias, planeamiento, actividades, licencias, etc. - Resolución de consultas telefónicas efectuadas por la Alcaldía, autoridades o personal del Ayuntamiento. - Cualquier otra actuación sobre temas de carácter urbanístico o simplemente técnico en áreas de competencia municipal. Los trabajos a que se hace referencia en los párrafos precedentes serán realizados en el plazo más breve posible desde que sean requeridos, debiendo respetarse los plazos que se indican a continuación. En el caso de que se trate de informes o documentos similares (dictámenes, levantamiento de Actas, consultas…), su emisión se realizará en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a la recepción de la solicitud de emisión. Excepcionalmente, cuando concurran causas técnicas objetivas que imposibiliten la ejecución del informe o documento en el precitado plazo, la Administración podrá ampliar dicho plazo en cinco días hábiles. La emisión de informes o documentos similares en el precitado plazo (xx xxxx días o plazo prorrogado) es una obligación esencial del contrato y, por ello, es causa de resolución del contrato el retraso generalizado (considerándose a estos efectos generalizado el retraso en la emisión de tres o más informes o documentos similares) en la emisión de informes o documentos similares. No obstante lo dispuesto en los párrafos precedentes en cuanto al plazo, cuando la urgencia del asunto o los plazos a tal efecto establecidos precisen de una mayor brevedad en el plazo de emisión de informes o de documentos similares, los mismos serán ejecutados en el plazo establecido por la normativa de aplicación, en su caso, o en el plazo requerido por la Administración. Será, asimismo, causa de resolución del contrato el retraso en la emisión del informe o ejecución del trabajo en estos supuestos de urgencia. Por lo que se refiere a la emisión de Memorias Valoradas y/o administradores presupuestos que no sean precisos para la solicitud/tramitación/justificación de tarjetas subvenciones/transferencias, su emisión se realizará en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a la recepción de créditola solicitud de emisión. Excepcionalmente, débito cuando concurran causas técnicas objetivas que imposibiliten la ejecución de los trabajos, la Administración podrá ampliar dicho plazo en cinco días hábiles. La emisión de Memorias Valoradas y/o pago asociados presupuestos que no sean precisos para la solicitud/tramitación/justificación de subvenciones/transferencias en el precitado plazo (xx xxxx días o plazo prorrogado) es una obligación esencial del contrato y, por ello, es causa de resolución del contrato el retraso generalizado (considerándose, a DATAFASTestos efectos, esto esgeneralizado el retraso en la emisión de tres o más Memorias Valoradas y/o presupuestos que no sean precisos para la solicitud/tramitación/justificación de subvenciones/transferencias) en la emisión de los mismos. Por lo que se refiere a la emisión de Memorias Valoradas, Banco Diners Club del Ecuador S.A.presupuestos y/o documentación técnica precisa para la solicitud/tramitación/justificación de subvenciones/transferencias, Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco su emisión se realizará en el plazo xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” xxxx días naturales o simplemente las “ENTIDADES”, plazo más breve (determinado por el plazo otorgado para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.oportuna tramitación), a través contar desde el siguiente a la recepción de la solicitud de emisión. La emisión de Memorias Valoradas, presupuestos y/o documentación técnica precisa para la solicitud/tramitación/justificación de subvenciones/transferencias en el precitado plazo es una obligación esencial del contrato y, por ello, es causa de resolución del contrato el retraso en la emisión. Por lo que se refiere al seguimiento y/o control, por su propia naturaleza, ha de ser una prestación continuada y constante durante todo el plazo de duración del contrato. Ahora bien, de derivarse a raíz de tal seguimiento y control la necesidad de emitir informe o documento similar, Memoria, presupuesto u otra documentación técnica, se estará a los plazos a los que se ha hecho referencia anteriormente, los cuales se computarán a estos efectos desde el siguiente a la realización del seguimiento y/o control en el que se ha detectado la necesidad de su emisión. Además de las prestaciones anteriormente relacionadas, también están comprendidas dentro del servicio objeto de contratación las siguientes: - Asistir a la Mesa de Contratación cuando sea solicitado. - Acompañar y asesorar a la Alcaldía y a las autoridades y funcionarios/as municipales en sus visitas a los diversos organismos públicos. - Informar presencialmente (en las oficinas del Ayuntamiento) al público, estableciéndose a tal efecto la siguiente periodicidad mínima: una vez, durante al menos seis horas, cada dos semanas durante todo el año. Esta información presencial al público se realizará durante el horario de apertura de las oficinas municipales al público. - Acudir al Ayuntamiento fuera del horario de asistencia presencial para atención al público cuando así sea solicitado por la Alcaldía de forma excepcional. El/La adjudicatario/a desarrollará/prestará los servicios comprendidos en el contrato, con carácter general, en el/los local/es del/ de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien disponga al sistema de las TARJETASefecto. No obstante, ha de tenerse en cuenta que, para la efectiva prestación del servicio, será preciso efectuar desplazamientos en orden a realizar las visitas y comprobaciones oportunas, encontrándose el coste de tales desplazamientos incluido dentro del precio del contrato. Igualmente ha de tenerse en cuenta lo establecido en el caso de las tarjetas de débitopárrafo precedente en cuanto a la asistencia presencial, las ENTIDADES realizarán directamente ante encontrándose el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro coste de los valores pagados por los tarjetahabientes en desplazamientos que traigan causa de la adquisición misma incluidos dentro del precio del contrato. El/La adjudicatario/a deberá de disponer de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelantemedios materiales precisos para prestar el servicio, a cualquiera incluyéndose, entre otros, dentro de los citados medios tanto los equipos proporcionados por DATAFAST informáticos y de impresión precisos como los programas informáticos necesarios. La adquisición del material y equipamiento necesario para la prestación del servicio será a cuenta del adjudicatario/a, sin que pueda presentar reclamación ni solicitar indemnización alguna al Ayuntamiento en relación con el mismo. La Administración municipal para la ejecución del contrato pondrá a disposición del adjudicatario/a la información/documentación disponible en los expedientes municipales que sea precisa para el correcto desarrollo de sus actuaciones. El/la adjudicatario/a deberá emplear los medios personales/equipo humano necesario/s para la correcta prestación del servicio. En este sentido, deberá garantizar que el personal que lleve a cabo las prestaciones esté en posesión de los títulos que vengan exigidos por la normativa vigente para actuar como Arquitecto/a o Arquitecto/a Técnico/a. Igualmente el/la adjudicatario/a garantizará que el equipo humano con que cuenta disponga de los conocimientos lingüísticos precisos en orden a prestar los servicios y relacionarse con los/as usuarios/as y el público en general de manera bilingüe (euskera y castellano). En la totalidad de las prestaciones y servicios el/la adjudicatario/a deberá garantizar que se pueda proporcionar la información bilingüe (euskera y castellano) y que se cumpla el marco establecido por el Plan de Euskera aprobado por el Ayuntamiento de Gordexola. El/la adjudicatario/a deberá garantizar que las relaciones con los/as usuarios/as y la atención al público se pueda proporcionar de manera bilingüe (euskera y castellano) en cualquiera todos los servicios y que se cumpla el marco establecido por el Plan de sus modalidades)Euskera aprobado por el Ayuntamiento de Gordexola. El adjudicatario/a deberán mantener una relación constante con el coordinador municipal, manteniendo al menos una reunión trimestral y todas aquéllas que sean necesarias a lo largo del año. Las prestaciones se los denominará indistintamenteajustarán a las condiciones que figuran en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas Particulares, como P.O.S. o dispositivosque forman parte del contrato; no admitiéndose variantes.
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Samples: Contract for Technical and Urban Planning Advisory Services
OBJETO DEL CONTRATO. Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del presente contrato es la ejecución de manera libre las obras para la construcción de un edificio destinado a centro de asistencia terapéutica y voluntaria suscribir rehabilitación para discapacitados y área de deportiva en la calle Xxxxx Xxxxxxx de La Xxxxxxx xx Xxxxx y resto de urbanización de la parcela, de acuerdo a la definido en el presente pliego y documentación complementaria, constituida principalmente por el proyecto de ejecución aprobado por el Ayuntamiento que se facilita dentro del procedimiento. Formarán parte del objeto del contrato y serán obligación del adjudicatario cuantos trabajos sean necesarios para la ejecución completa de las obras, que se realizaran con sujeción a los proyectos técnicos o documentación técnica facilitados por el Ayuntamiento xx Xxxxx o la Dirección Facultativa de las obras, incluyendo la obtención de cuantas autorizaciones y permisos sean necesarios para ello, así como el abono de las tasas correspondientes. Se incluirán todos los gastos que ocasionen las acometidas del edificio, tanto en las obras como el los cánones, tasas o permisos, corriendo estos gastos por cuenta de la empresa adjudicataria del contrato de afiliación obras. Así mismo a la finalización de las obras el adjudicatario estará obligado a presentar ante el Ayuntamiento la documentación correspondiente a las obras ejecutadas, con todos los emisores y/o administradores de tarjetas de créditoboletines, débito o pago asociados certificados, manuales, contratos, documentos y datos similares en alcance a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club los exigidos en el libro del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabíedificio, en adelante mencionados su caso, en la forma dispuesta en el presente pliego. Siendo requisito imprescindible para la recepción de las obras. Se incluirá como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”obligación del contratista la ejecución y montaje a su coste del cartel de acuerdo a lo dispuesto en el Resolución de 20 de enero de 2010, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de créditola Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien publica el modelo y las condiciones técnicas del cartel anunciador que debe instalarse en las obras financiadas con cargo al sistema Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de las TARJETAS. No obstante, en el caso 26 de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosoctubre.
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Samples: Construction Contract
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Es objeto del presente Contrato de manera libre Servicios, la organización de los Festejos Taurinos a realizar los días 26,27 Y 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx. Este contrato tiene carácter administrativo y voluntaria suscribir se regirá por lo establecido en este Pliego y en el presente contrato Real Decreto Legislativo 3/2011, de afiliación con los emisores y/o administradores 14 de tarjetas noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club la Ley Contratos del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de ManabíSector Público (TRLCSP, en adelante mencionados adelante)., así como aquellos preceptos vigentes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas y demás normativa vigente. El contrato se adjudicará por el procedimiento negociado, previsto y regulado por los artículos 167, 170 y 174 TRLCSP. La contratación comprenderá la organización completa de los actos que a continuación se indican y que tendrán el carácter de mínimos: Alquiler de una plaza de toros portátil a ubicar en terreno que a tal fin facilitará el Ayuntamiento para la realización de los actos taurinos que deberá contar con un aforo que cubra las necesidades que demanda el nivel de población del municipio. Esa plaza portátil se instalará a riesgo y xxxxxxx del organizador que será exclusivamente responsable de su correcta instalación y funcionamiento, para lo que habrá de obtener cuantas autorizaciones y permisos exige la legislación vigente al momento de su utilización en este municipio y en especial el Decreto 115/2002, de 24 de octubre de la Junta xx Xxxxxxxx y León por el que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de las Plazas de Toros portátiles en Castilla y León modificado por Decreto 33/2005, de 28 xx xxxxx. Adquisición de CATORCE vaquillas para su suelta en la plaza portátil, para el disfrute de los vecinos en las fechas que se citan: * 4 vacas.- Día 26 de julio. * 4 vacas.- Día 27 de julio * 4 vacas.- Día 28 de julio * 2 vacas coincidiendo con el “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAStoro del aguardiente” o simplemente las Día 27 julio Adquisición de un novillo para su suelta el día de “ENTIDADEStoro del aguardiente”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través disfrute de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados vecinos que lo consideren. Se celebrará el día 27 de julio de 2.013. Contrato de los seguros correspondientes por DATAFAST ya sea Ley, para todos los actos a título celebrar en la plaza. Cumplir todos los requisitos que la Ley estipula para los diferentes tipos de ventaactos (ambulancia, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía UVI móvil, desde los cuales Veterinarios, Médicos, Maestro xx Xxxxx, permisos, etc.) a cargo de la entidad contratada. En especial el ESTABLECIMIENTOcontratista organizador deberá obtener de la Delegación Territorial de la Junta xx Xxxxxxxx y León en Salamanca, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización prevista en el artículo 24 del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares para Castilla y León, aprobado mediante Decreto 14/1999 de ocho de febrero. Transporte de todo el ganado desde el campo a la plaza y de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS plaza al matadero de Santa Xxxxx xx Xxxxxx, transportando sólo el ganado necesario para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema ese día. Suscripción de las TARJETAS. No obstanteun seguro a cargo del adjudicatario, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro suspensión de los valores pagados actos por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosinclemencias del tiempo.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene 1.1. BIOGEN acepta patrocinar a la ENTIDAD PATROCINADA con su participación en el proyecto o actividad, cuyo contenido se detalla a continuación, y cuyo programa se incorpora como ANEXO I al presente Contrato: Descripción detallada del Servicio Descripción detallada Título de manera libre la Actividad JORNADA FORMATIVA A PACIENTES CON ESCLEROSIS MÚLTIPLE Aula Magna. Hospital Universitario Xxxxxx Xxxxxxxx. Sevilla Tipo de Patrocinio □ Miembro Corporativo (ej.: hay sociedades científicas que mediante aportaciones anuales de los laboratorios estos se hacen miembros corporativos pasando a tener ciertos derechos) X Eventos y voluntaria suscribir el presente contrato Congresos □ Áreas de afiliación con los emisores y/o administradores Exposición en General Fecha de tarjetas inicio y Fecha de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco finalización (Duración Prevista) 21 xx Xxxx de 2019 Importe solicitado 4.000,00 € Contraprestación a recibir por parte de BIOGEN a cambio del patrocinio - Logo en programa físico y Banco Comercial programa web - Espacio para colocación Xxxxx durante la Jornada
1.2. Por razón de Manabíeste Patrocinio, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO BIOGEN se compromete a utilizar satisfacer a la tecnología del “Sistema ENTIDAD PATROCINADA la remuneración neta que se establece en Cláusula 2 contra presentación por parte de Terminales la ENTIDAD PATROCINADA de Puntos de Venta” (P.O.S.)la correspondiente factura, a través la que se añadirá el I.V.A. correspondiente.
1.3. La ENTIDAD PATROCINADA como contraprestación por la remuneración percibida por parte de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título BIOGEN realizará las contraprestaciones establecidas en la Cláusula 1.1, además de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado las publicitarias contenidas en la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTOCláusula 3 del presente Contrato, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) términos en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes indique en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados propuesta aceptada por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), BIOGEN y que se los denominará indistintamente, incorpora al presente Contrato como P.O.S. o dispositivos.Anexo I.
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Samples: Sponsorship Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Constituye el objeto del contrato la adjudicación de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST apertura en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelantehorario extraescolar, a cualquiera de los equipos proporcionados Colegios Públicos xx Xxxxxxxxxx. Servicios que contemplan la apertura antes y después del horario escolar, y los días laborables no lectivos, marcados estos últimos por DATAFAST para el calendario oficial de la prestación Comunidad de Madrid, así como aquellos otros que el Ayuntamiento considere oportuno. Estos servicios van dirigidos al alumnado que los necesite por razones de desfase entre el horario laboral de sus familias y el horario escolar. Conciliación laboral y familiar. Los lotes serán los siguientes: LOTE Nº 1: a) Apertura de los servicios centros máximo dos horas antes del inicio de la jornada escolar, Programa Los Primeros en el Cole; y b) Apertura de los centros máximo dos horas después de la finalización de la jornada escolar, excepto junio y septiembre que será máximo tres horas según modalidad contratada, Programa Xxx Xxxxxx xxx Xxxx. LOTE Nº 2: Apertura de los centros en los días laborales no lectivos, marcados por el calendario escolar oficial de la Comunidad de Madrid, así como aquellos otros que el Ayuntamiento considere oportunos, Programa Días Laborables No Lectivos. Los licitadores se podrán presentar a uno o a todos los lotes. Codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (en cualquiera CNAE) 8560 - Actividades auxiliares a la educación. Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de sus modalidadesContratos (CPV), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos80410000-1 “Servicios escolares diversos”.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El ESTABLECIMIENTO conviene objeto de manera libre este contrato será la prestación del servicio de Asistencia y voluntaria suscribir el presente contrato Asesoramiento jurídico al Consorcio Casa África; servicio que comprenderá las siguientes actividades: SERVICIOS A PRESTAR: - La emisión de afiliación con los emisores y/informes jurídicos, ya sean verbales o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”escritos, para poder realizar atender y dar respuesta a cuantas cuestiones puedan suscitarse con ocasión del funcionamiento ordinario del Consorcio y el desarrollo de sus ventas con programas y actividades. - El asesoramiento en cuestiones pre-contenciosas, incluyendo en su caso la redacción de requerimientos o respuestas a requerimientos. - La revisión y supervisión, desde el punto de vista jurídico, de contratos, convenios, acuerdos de colaboración u otros documentos en que se estime necesario o conveniente el asesoramiento jurídico. - La asistencia personal a cuantas reuniones sean convocados los letrados del Despacho, incluida en su caso la asistencia a las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través reuniones de los equipos P.O.S. fijos órganos rectores del Consorcio. - El asesoramiento para la redacción de las actas y minutas de las reuniones de los órganos rectores y de gobierno del Consorcio. - La atención personalizada, por teléfono o móviles entregados por DATAFAST ya sea correo electrónico, para resolver las dudas de carácter urgente que puedan plantearse,…etc. - Presencia en las oficinas del cliente si fuese necesario. - Respuesta en un tiempo máximo de tres días laborables a título consultas no complejas o revisión/elaboración de ventadocumentos legales igualmente no complejos. - El asesoramiento en aspectos relativos a la interpretación y aplicación de los Estatutos del Consorcio Casa África, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTasí como la redacción a instancias del Consorcio, de textos que incluyan nuevas modificaciones de los Estatutos, para la consideración del Consejo Rector. Dentro - Formación (in company) en las instalaciones del cliente de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados 10 horas al año. Siempre a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipospetición del cliente. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta establecerá un programa de formación específico solicitado y acordado con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscliente.
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Samples: Contract for Legal Assistance and Advisory Services
OBJETO DEL CONTRATO. Es objeto del presente Pliego de Condiciones, la contratación del servicio de promoción y atención al donante en los puntos de colecta organizados por la Fundació Banc de Sang i Teixits de les Xxxxx Balears. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el objeto del presente contrato abarca las siguientes actuaciones:
1.- Desarrollar la funciones de afiliación con información a los emisores VIANDANTES que transiten por las cercanías del punto de extracción. Atención al potencial donante en general recogiendo sus demandas, inquietudes y facilitando la oportuna información requerida en cada caso. El horario será el que se indique en cada caso por el Jefe de planificación y promoción, no existiendo diferencia entre los días de la semana (incluidos los fines de semana). Se entenderá que los precios ofertados se repercuten pluses y extras de aplicación por la realización del servicio en días festivos y/o administradores horario nocturno. Las horas a realizar serán como máximo 1.300 horas. El personal que desarrolle las labores de tarjetas información deberá estar cualificado para tal fin. Es competencia del adjudicatario, la formación de créditosu personal.
2.- Proporcionar a las azafatas la indumentaria adecuada para prestar el servicio. El adjudicatario deberá proporcionar a las azafatas la indumentaria adecuada para prestar el servicio. Las empresas deberán presentar en sus ofertas la relación de prendas que conformaran el uniforme, débito o pago asociados color y características de los mismos, pudiendo aportar folletos donde aparezcan fotografías que lo documenten. Se podrá aportar como mejora el que lleve la imagen corporativa, colores y decoración acorde con las campañas de promoción de la Fundació.
3.- Estar a DATAFASTlo que disponga el Jefe de planificación y promoción en lo que se refiere a horarios, esto esacciones de promoción, Banco Diners Club del Ecuador S.A.etc…
4.- Se requiere a la empresa adjudicataria que ejecute todos estos trabajos en cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de ordenación laboral, Banco Guayaquil S.A.seguridad e higiene en el trabajo, Banco xxx Xxxxxxxx S.A.así como cualquier otra disposición legal que le sea de aplicación. Así mismo, Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial contará con más de Manabítres años de experiencia en trabajos de similares características. Todas las actuaciones reflejadas en los puntos anteriores se podrán ver modificadas, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”lo que respecta a su concreción y contenido en cada momento, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por siguiendo los criterios y directrices marcados desde la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosFundació.
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Samples: Contract for Service Provision
OBJETO DEL CONTRATO. (arts. 22, 86 y 116 TRLCSP, 67 RG)
1. Inspecciones necesarias para que se cumpla lo dispuesto en el artículo. 182 de la Ley del Suelo de 1976 y artículo 246 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992, respecto a mantener las edificaciones, urbanizaciones, terrenos o instalaciones en condiciones de seguridad, salubridad y ornato públicos.
2. Emitir informes técnicos relativos a certificaciones de obras municipales cuando no le haya sido asignada la dirección de obra.
3. Informe de todos los expedientes relativos a licencias urbanísticas con valoración inicial y final de los proyectos y de las obras a realizar
4. Seguimiento y control de todas las obras particulares que se realicen en el Municipio, informando puntualmente y con detalle de las infracciones urbanísticas que pudieran cometerse.
5. Dicho seguimiento y control se realizará a la terminación de la obra, expidiendo la oportuna certificación acreditativa del valor real de la obra ejecutada o comprobando dicha valoración en la certificación final de la obra expedida por el técnico directo; todo ello a efectos de la liquidación definitiva de los derechos que corresponda devengar en la licencia concedida.
6. El ESTABLECIMIENTO conviene cumplimiento de manera libre lo dispuesto en este apartado, es indispensable para la concesión de la preceptiva licencia de primera ocupación.
7. Redactar y voluntaria suscribir el presente contrato revisar proyectos de afiliación obras.
8. Colaborar en la planificación, dirección y coordinación de trabajos realizados con trabajadores subvencionados.
9. Atender a consultas sobre normativa urbanística, etc
10. Visitar e inspeccionar las obras que se realicen en la demarcación municipal, al objeto de comprobar si se ajustan a los emisores y/o administradores términos y condiciones de tarjetas las licencias que fueron concedidas.
11. Asumir las funciones de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabídirección técnica municipal que se le encomienden, en adelante mencionados como sus aspectos de técnica urbanística y arquitectónica, aplicados a la organización de los propios servicios y oficinas municipales.
12. Acompañar y asesorar a la Alcaldía y a las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” autoridades y funcionarios municipales en sus visitas a los diversos organismos públicos.
13. Informar al Ayuntamiento, con presencia física en las oficinas municipales, bien para asistencia a los órganos municipales o para informar al vecindario.
14. Informes sobre expedientes de actividad, en caso de sujeción o no a la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Xxxxx y normativa de desarrollo.
15. Informar en expedientes sobre declaración de ruina.
16. Emisión de cédulas urbanísticas relativas a todas las fincas comprendidas en este término municipal en las condiciones a que se refiere el artículo 168.3 del Reglamento de Planeamiento.
17. Levantamiento de Acta de alineaciones y rasantes.
18. Cualquier otra actuación sobre temas de carácter urbanístico o simplemente las “ENTIDADES”técnico en áreas de competencia municipal. Informar y dictaminar sobre aquellos asuntos relacionados con sus funciones técnica, para poder realizar sus ventas con especialmente sobre licencias y todo tipo de expedientes urbanísticos definidos por la vigente Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación urbana La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a las siguientes tarjetas prescripciones técnicas: Los trabajos a que se hace referencia en el artículo anterior serán realizados en el plazo más breve posible desde que sea requerido, haciéndose constar que tratándose de créditoinformes o documentos similares, débito o pago o demás productos similares autorizados su emisión se realizará en el plazo xxxxxx xx XXXX días naturales, como regla general, salvo justificación por escrito de imposibilidad material de emitirlo, siendo en caso de retraso generalizado en la leyemisión de informes, causa de resolución de los contratos. La Administración municipal facilitará para la ejecución de la asistencia técnica toda la documentación disponible que pudiera ser de interés para el correcto desarrollo de sus actuaciones. El adjudicatario con el fin de prestar los servicios, deberá permanecer en adelante las “TARJETAS”el Ayuntamiento, emitidas al menos tres días por semana, durante la apertura al público del servicio técnico. Si alguno de esto cayese en Ecuador o en cualquier otro país: festivo la prestación del servicio se trasladará al día siguiente. Con este objetivocarácter excepcional y por razones del servicio, el ESTABLECIMIENTO Ayuntamiento se compromete a utilizar reserva la tecnología del “Sistema facultad de Terminales alterar el calendario anterior. Asimismo, el citado calendario podrá ser alterado de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de común acuerdo entre las partes. Entre los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización trabajadores de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST adjudicataria para la prestación ejecución del Servicio y el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, no existirá relación laboral, administrativa, ni mercantil de los servicios (en cualquiera ningún tipo, quedando la Entidad Local exonerada de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la relación entre la empresa adjudicataria y el citado personal.
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OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto el especificado en el Apartado 3.1 del Cuadro de manera libre Características que encabeza y voluntaria suscribir forma parte de aquél, codificado conforme a la nomenclatura CPV y que se recoge en el Apartado 3.2 del Cuadro de Características, siendo de aplicación lo regulado en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP). En caso de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, se especificará en el Apartado 3.3 del Cuadro de Características. En el supuesto de que el objeto contractual se desglose en lotes, se indicará en el Apartado 3.4 del Cuadro de Características con la identificación y la codificación conforme a la nomenclatura CPV que corresponda a cada uno de ellos. Cuando un Lote venga desglosado a su vez en diferentes referencias o subproductos, se entenderá que el objeto de cada uno de los Lotes constituye una unidad funcional, de modo que al licitar a los mismos se licita a la totalidad de los elementos que lo pudieran configurar. 1.2. La ejecución del contrato se realizará conforme a las condiciones que figuran en el presente contrato Pliego de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstanteCláusulas Administrativas Particulares, en el caso Cuadro de las tarjetas Características, así como cualquier documento anexo o apéndices, todos los cuales tendrán carácter contractual. Por su parte, en el Apartado 3.6 del Cuadro de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades)Características, se concretará el número máximo de adjudicatarios en el Acuerdo Marco, en los denominará indistintamentetérminos contemplados en el artículo 196 TRLCSP. 1.3. Las necesidades administrativas a satisfacer con la tramitación del presente expediente, como P.O.S. se especifican en el Apartado 4 de dicho Cuadro de Características. D oc um en to fi rm ad o dispositivos.el ec tr ón ic am en te p or Z A M O R A R O S E N
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Samples: Suministros Mediante Acuerdo Marco
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la prestación del servicio de manera Udalekuak 2015, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente que tendrá carácter contractual. El Programa Colonias Abiertas xx Xxxxxx tiene como objetivo ofrecer a las niñas y niños de los municipios que componen la Mancomunidad de Municipios de las Encartaciones (Artzentales, Karrantza-Harana, Xxxxxxxx, Gordexola, Güeñes, Lanestosa, Sopuerta, Turtzioz y Xxxxx) una alternativa lúdica para sus vacaciones xx xxxxxx dentro de la comarca y en la que el euskera sea el idioma que utilicen para relacionarse entre sí en todas las actividades que realicen. Es decir, impulsar el uso del euskera entre la población infantil dentro del ámbito de ocio y el tiempo libre estival con el fin de que el euskera se vaya introduciendo en todos los ámbitos no formales del día a día. Además de potenciar los hábitos de convivencia y voluntaria suscribir participación entre niños y niñas. Las características que enmarcan este Programa son las siguientes: EDAD: De 6 a 12 años, es decir los nacidos/as entre el presente contrato 2003 y el 2008 .Se valorará muy positivamente la diferenciación de afiliación con las actividades a realizar en función de la edad de participantes, estimándose adecuada la división en dos grupos, uno de 6 a 8 años y otro de 9 a 12 años. Nº DE PARTICIPANTES: 350 niños y niñas. FECHAS: Del 1 al 15 de julio (ambos incluidos), de lunes a viernes, HORARIO: 10:00 a 14:00 h. ORGANIZACION: Las actividades se realizarán en 4 núcleos: Xxxxxx, Xxxxx, Sopuerta y Karrantza-Harana. A algunos de los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados niños y niñas se les trasladará a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, estos núcleos en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador autobús o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema medio de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales transporte que se afilien al sistema considere apropiado, dependiendo del número de niños/as y las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscircunstancias que concurran.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el Es objeto del presente contrato la prestación del servicio de afiliación con los emisores y/o administradores asesoría jurídica y defensa en juicio del Excmo. Ayuntamiento de tarjetas de créditoCiudad Real, débito o pago asociados a DATAFASTsus organismos autónomos y demás entidades y organismos dependientes del Ayuntamiento, esto esno incluyéndose la empresa municipal EMUSVI, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstanteS.L., en el caso ámbito de las tarjetas jurisdicciones Civil, Penal, Laboral y Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados y Tribunales de débitoCiudad Real, Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx la Mancha, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo. Tiene carácter contractual el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, calificándose como CONTRATO ADMINISTRATIVO de servicios de conformidad con el artículo 10 LCSP, categoría 21 del Anexo II. Los servicios consistirán en:
a) Emisión de informes jurídicos en las ENTIDADES realizarán directamente reclamaciones que se presenten ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones Ayuntamiento como previas al ejercicio de cobro acciones civiles o laborales.
b) Representación, salvo que la Ley exija que la misma se lleve a cabo mediante Procurador, y defensa del Ayuntamiento en cuantos asuntos le encomiende el mismo y cuyo conocimiento corresponda a toda clase de jurisdicciones, ante los Juzgados y Tribunales de Ciudad Real, Albacete y Tribunal Supremo.
c) Emisión de informes relativos a piezas separadas de suspensión.
d) Interposición de recursos en vía administrativa contra actos de otras Administraciones Públicas.
e) Emisión de informes jurídicos a petición de los valores pagados por los tarjetahabientes órganos de gobierno municipales. Las necesidades a satisfacer mediante la presente contratación consisten en la adquisición poder contar con adecuada representación y defensa en juicio de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios intereses municipales, así como en complementar las tareas propias de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera asesoramiento jurídico de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoseste Ayuntamiento.
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Samples: Contract for Legal Services
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de créditopliego tiene por objeto contratar, débito o pago asociados a DATAFASTmediante procedimiento abierto, esto esla concesión administrativa, Banco Diners Club para la gestión indirecta del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las servicio público municipal que comporta la gestión integral del edificio municipal denominado “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADESCentro para mayores Columbretes”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas sito en la Plaza Columbretes s/n de créditoesta ciudad, débito o pago o demás productos similares autorizados por conforme al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones técnicas que rigen esta contratación.
1.2.- Dicha “gestión integral” consiste en que esta Corporación Municipal pone a disposición de la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivoentidad adjudicataria de la licitación, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar citado edificio municipal, totalmente equipado y amueblado, al objeto de que la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.)misma, a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de ventasus propios medios personales, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnologíaorganice y gestione su funcionamiento diario, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de servicios de carácter lúdico- culturales, orientados a la educación del ocio y tiempo libre, así como al desarrollo de actividades de promoción social y convivencia de la gente mayor. La prestación del servicio comprende la dirección y administración del centro y en especial de los servicios encuadrados en el área de promoción de la gente mayor (servicios de podología, fisioterapia, peluquería y estética, cafetería-comedor y animación sociocultural) en cualquiera los términos establecidos en el pliego de sus modalidades)prescripciones técnicas que regula la presente contratación, además de la prestación complementaria de mantenimiento y conservación del inmueble y bienes, conserjería, vigilancia y limpieza de todo el inmueble incluida la de las dependencias que se los denominará indistintamentereserva el Ayuntamiento para la cesión de su utilización a asociaciones y para la ejecución de las actividades incluidas en el proyecto “Aulas de la Tercera Edad del Ayuntamiento de Castellón de la Plana”, asumiendo en consecuencia el concesionario como P.O.S. prestación complementaria en relación con dichas dependencias únicamente la limpieza y vigilancia de las mismas. El citado inmueble contará con un área de promoción de la gente mayor, con dependencias cedidas a Asociaciones de Gente Mayor y con otras en las que se ejecutará el Proyecto “Aulas de la Tercera Edad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx”, cuya contratación no es objeto del presente pliego.
1.3.- Los usuarios/as del citado centro podrán ser de dos tipos:
a) Personas de 55 años de edad o dispositivosmás, que ostenten la condición de alumno/a de las Aulas de la Tercera Edad en el curso correspondiente.
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Samples: Concesión Administrativa
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Será objeto de manera libre y voluntaria suscribir este Pliego determinar las condiciones que han de regir el presente contrato arrendamiento de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club la explotación del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las bien patrimonial denominado “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADESCampamento Xxxxx La Torre”, para poder realizar sus ventas ubicado en la finca rústica correspondiente a la Parcela 11 del Polígono 4, y cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento de Mombeltrán. El bien consiste en un terreno rústico, ocupado parcialmente por: un Edificio de Servicios Generales, cuatro módulos de aseos con lavaderos exteriores, y un umbráculo destinado a comedor. La finca tiene una superficie total de 87.087 m2, según datos catastrales, de los cuales se encuentran ocupados por las siguientes tarjetas distintas construcciones 225 m2. El inmueble objeto del presente Pliego, está calificado como bien Patrimonial en el vigente Inventario de créditoeste Ayuntamiento, débito o pago o demás productos similares autorizados (aprobado por el Pleno con fecha 9 de diciembre de 1996), y codificado con el número de orden: 100040 y con el número de codificación contable 200. La finalidad última que ha de cumplir el adjudicatario del contrato es ofertar actividades de Ocio y Tiempo Libre al servicio de la leypromoción, en adelante las “TARJETAS”conocimiento y divulgación del Municipio de Mombeltrán, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con así como contribuir a dinamizar y desarrollar el sector turístico de este objetivomunicipio. En este sentido, el ESTABLECIMIENTO se compromete adjudicatario destinará el inmueble objeto del arrendamiento exclusivamente a utilizar la tecnología del “Sistema explotación de Terminales un negocio de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado Ocio y Tiempo Libre en la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móvilesde Campamento, esto esde acuerdo con lo señalado en el artículo 41 de la Ley 11/2002, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptadosde 10 de julio, instalados o emparejados de Juventud xx Xxxxxxxx y León, no pudiendo destinarlo a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equiposotra actividad distinta. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes considerarán incluidas en la adquisición actividad general de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para campamento la prestación de los servicios (en cualquiera complementarios o simultáneos a la de sus modalidades)alojamiento de carácter cultural, se los denominará indistintamenteformativo o lúdico. El incumplimiento de esta cláusula implicará la resolución del contrato, como P.O.S. o dispositivossin derecho a indemnización alguna.
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Samples: Lease Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato tiene por objeto la dinamización y el fortalecimiento de manera libre la Red Insular de Huertos Escolares Ecológicos (en adelante, RIHEE) durante el curso escolar 2017/2018.
1.2. La ejecución de este contrato se dirigirá a la consecución de los objetivos plasmados en el texto de la Guía de la Red Insular de Huertos Escolares Ecológicos (Proyecto de Programa Cuatrienal de Huertos Escolares Ecológicos), correspondiendo a la entidad adjudicataria diseñar, ejecutar y voluntaria suscribir evaluar todas aquellas acciones e intervenciones que conlleven a la consecución de tales objetivos, bajo las directrices y supervisión del órgano de contratación. Por ello, el presente fin del contrato se centra en la dinamización y el fortalecimiento de afiliación la RIHEE, siempre en coordinación con los emisores y/o administradores la Consejería de tarjetas Educación del Gobierno de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”Canarias, para utilizar el huerto escolar como recurso didáctico trabajando las capacidades y contenidos del programa educativo de cada centro (observar, conocer, plantar, cuidar y recolectar las hortalizas base de nuestra alimentación, conocer los beneficios de la agricultura ecológica y aplicarlos a nuestro huerto escolar, educar en hábitos alimenticios sostenibles y saludables). El fin último es “convertir el huerto en un aula más del centro educativo", impartiendo los contenidos y competencias en el huerto. Para ello se solicitará a todos los centros educativos participantes, CEIP e IES de Tenerife, que incluyan en su P.G.A., referencia explícita al proyecto xxx xxxxxx escolar como recurso didáctico para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas participar en la RIHEE en el año escolar 2017/2018. Además, se pretende consolidar y arraigar el vínculo entre los actores de créditola Red, débito o pago o demás productos similares autorizados por mediante la leyrealización de un conjunto de acciones coherentes y lógicas, y en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivoel campo de la información, el ESTABLECIMIENTO se compromete asesoramiento, la formación y la coordinación que beneficien a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.)todas las personas, a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de ventagrupos, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde colectivos y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscentros educativos participantes.
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Samples: Dinamización De La Red Insular De Huertos Escolares Ecológicos
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Constituye el objeto del contrato la realización de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas prestaciones Básicas del SAD, a usuarios de créditoesta localidad. Las prestaciones a contratar son las siguientes: De atención personal -Apoyo en el aseo y cuidado personal con el objeto de mantener la higiene corporal (cambio de ropa, débito aseo diario, baño o pago ducha, lavar el pelo,. ) -Atención especial al mantenimiento de la higiene personal para encamados e incontinentes a fin de evitar úlceras. -Ayuda o demás productos similares autorizados apoyo a la movilización en la vivienda, levantar y acostar de la cama, traslados cama-sillón, etc. -Ayuda para la ingesta de alimentos, cuando el usuario no sea autónomo. -Control Sanitario (control de dietas y supervisión si procede de la medicación prescrita por personal facultativo, curas sencillas por indicación expresa del personal sanitario,, etc.) -Otras atenciones de carácter personal no recogidas en los puntos anteriores, que puedan facilitar una relación con el entorno. - Limpieza de la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro paísvivienda: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete adecuará a utilizar la tecnología del “Sistema una actividad de Terminales limpieza cotidiana y de Puntos mantenimiento de Venta” azulejos (P.O.S.cocinas y baños), ventanas, cortinas, alfombras, etc., cuando así lo determine el técnico municipal. El material y productos de limpieza serán aportados por el usuario del servicio. - Lavado de ropa en el propio domicilio, siempre que este disponga de lavadora. En caso contrario se preparará la misma para su posterior recogida por el servicio de lavandería. - Planchado de ropa, ordenarla y cosido de pequeñas prendas. - Realización de compra. - Cocinado de alimentos -Apoyo a través la vida social (informar de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea teléfonos y direcciones de interés, lectura de cartas, etc.) -Gestiones (cumplimentar impresos, hojas de control de auxiliares, pequeñas gestiones derivadas de la vida diaria, etc.) -Apoyo psico-social (mantener conversaciones, inducir a título adquirir hábitos, etc.) Las prestaciones y tareas contenidas en esta cláusula es meramente indicativa, estando dentro del poder de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constanciadirección del servicio, que DATAFAST cuenta con en todo caso corresponde al Ayuntamiento, la autorización introducción de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes variaciones en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosmisma.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del contrato es el arrendamiento del inmueble, propiedad de manera libre este Ayuntamiento y voluntaria suscribir calificado como bien patrimonial, ubicado en el presente contrato Parque de afiliación la Villa, c/ Cortijos sin número, de Xxxxxxxx xxx Xxxxxx (Madrid), consistente en la explotación de la actividad de quiosco-bar así como el espacio anejo al mismo para la instalación de una terraza con veladores. El arrendamiento se efectuará con los emisores equipos, instalaciones, mobiliario y cuantos enseres se contienen en el Inventario contenido en el Anexo nº 1 que se acompaña al presente Pliego. La actividad se desarrollará exclusivamente dentro del quiosco-bar y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la leysu caso, en adelante las “TARJETAS”la terraza sobre espacio público que, emitidas previa solicitud del adjudicatario, autorice el Ayuntamiento, de acuerdo con la normativa municipal. La actividad a desarrollar por el concesionario será la propia de un quiosco-bar, por lo que únicamente podrá vender los artículos propios de dicha actividad. El quiosco-bar deberá permanecer abierto y en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.)funcionamiento todos los días, a través excepción de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados un día a la semana, por DATAFAST ya sea a título descanso semanal, y un periodo máximo de ventaun mes por cada año natural, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTvacaciones, previa comunicación por escrito al Ayuntamiento. Dentro El horario de esa tecnología, DATAFAST ha implementado funcionamiento deberá respetar lo dispuesto en la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, normativa vigente en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equiposcada momento. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en En el caso de instalación de terraza al aire libre, el horario de funcionamiento de la misma será entre las tarjetas 8:00 horas y las 00:00 horas, no pudiendo estar en funcionamiento aparatos reproductores de débitomúsica, películas o similares a partir de las ENTIDADES realizarán directamente ante 22:00 horas. En todo caso el ESTABLECIMIENTO las gestiones nivel de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes ruido deberá respetar lo establecido en la adquisición normativa de los bienes o serviciosaplicación. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios contrato definido tiene la calificación de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelantecontrato privado, a cualquiera tal y como establece el artículo 4 del Texto Refundido de los equipos proporcionados la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por DATAFAST para la prestación Real Decreto Legislativo 3/2011, de los servicios (en cualquiera 14 de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosnoviembre.
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Samples: Lease Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir contrato que regula el presente contrato pliego de afiliación prescripciones técnicas tiene por objeto la realización del INVENTARIO INFORMATIZADO CON SOPORTE CARTOGRÁFICO DIGITAL DEL ARBOLADO URBANO DE DIVERSAS ZONAS EN EL MUNICIPIO XX XXXXX.- Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I La Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento xx Xxxxx ha visto la necesidad de realizar un inventario informatizado del arbolado urbano existente en el municipio xx Xxxxx para disponer de un diagnóstico preciso del patrimonio vegetal de nuestra localidad con objeto de conocer el estado real de los emisores y/árboles que ornamentan el municipio. El inventario servirá además como herramienta que permitirá en el futuro adoptar medidas preventivas en el mantenimiento del arbolado sobre determinados árboles que muestren algún tipo de daño y minimizar así al máximo posible cualquier riesgo vinculado a la caída o administradores fractura de tarjetas ramas o troncos. Asimismo, esta iniciativa viene a sumarse y a dar continuidad a la adquisición en 2007 por parte del Ayuntamiento xx Xxxxx de créditola herramienta de gestión informatizada Arbomap que necesariamente servirá de base al trabajo de campo e informático necesarios para la elaboración del inventario. Debido a la especificidad en la formación requerida para abordar la materia en cuestión objeto del proyecto, débito o pago asociados (requerimientos técnicos en el ámbito de aplicaciones informáticas ad hoc, conocimientos en el ámbito forestal, etc ) y a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club la dimensión del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial trabajo a abordar que obliga a su implementación por parte de Manabí, un equipo amplio de trabajo (se estima en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas aproximadamente 12.300.- árboles los que se incluirían en la base de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.datos correspondiente), la Concejalía de Medio Ambiente precisa los servicios externos de asistencia técnica y consultoría en dicha materia. De hecho, ya en ocasiones anteriores ha sido preciso recurrir a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTla asistencia técnica externa. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en Tal es el caso de las tarjetas la elaboración del Inventario Informatizado del arbolado existente en el Parque Xxxx Xxxxxx X (con un número aproximado de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones posiciones arboladas de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades6.000 ejemplares), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto el suministro periódico y habitual de manera libre material de construcción al Ayuntamiento xx Xxxxxxx y voluntaria suscribir cuya cantidad total no se determina de antemano, quedando por tanto subordinadas las entregas por el contratista a la Administración, a las cantidades que éste le pida en cada ocasión, durante el plazo de duración del referido contrato. Los artículos que resulten incluidos dentro del presente contrato han de ser de primera calidad cuestión que los licitadores deberán tener en cuenta a la hora de presentar sus ofertas. Dado el elevado número de artículos que pueden incluirse en el presente contrato contrato, únicamente se solicita precio para los que se componen el listado que aparece en el modelo de afiliación con los emisores y/o administradores proposición económica. En este listado aunque en algunos de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las sus elementos se indica “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADASmarca” o simplemente las “ENTIDADESreferencia” se podrá presentar producto similar en sus características, ya que la cita de éstas únicamente responde a criterios orientativos del tipo de artículo a contratar. Será obligatorio presentar precios a todos los productos que figuran en el Anexo I “Modelo Proposición Económica”. En caso contrario la oferta será rechazada. Para el resto de artículos de material de construcción que el Ayuntamiento durante el tiempo de vigencia de este contrato, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas pueda necesitar y que adquirirá al adjudicatario del presente contrato, se aportarán catálogos y listas de créditoprecios completas tal y como se indica más adelante. No se admitirán variantes, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO lo que se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados presentará una única oferta por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTproducto. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización Codificación de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien nomenclatura CPA-2008 correspondiente al sistema objeto del contrato: 23 “Otros productos minerales”. Codificación de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.nomenclatura CPV correspondiente al objeto del contrato: 44100000-1
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OBJETO DEL CONTRATO. 2.1. METRO DE MADRID vende en este acto al ADQUIRENTE que compra y adquiere el Recinto “Granada - Cavanilles”, descrito en los expositivos I y II de este Contrato, libre de cargas y al corriente de pago de los impuestos que gravan su propiedad.
2.2. No son objeto de la enajenación a la que se refiere el precedente apartado 2.1., las zonas y edificaciones clasificadas por el planeamiento como Servicios Infraestructurales que se reflejan en las fichas urbanísticas del “APE 03.10 Metro”.
2.3. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación compraventa xxx Xxxxxxx “Granada - Cavanilles” queda perfeccionado con la firma del presente documento, por el que METRO DE MADRID transmite al ADQUIRENTE la propiedad -con todas las facultades inherentes a la misma- xxx Xxxxxxx al que se refieren los emisores y/o administradores apartados precedentes, Recinto que, con la misma fecha, pone a su disposición con la única salvedad que se expresa en el apartado siguiente y en la estipulación sexta del presente Contrato.
2.4. Aun cuando la transmisión de tarjetas la propiedad y la puesta a disposición del ADQUIRENTE xxx Xxxxxxx “Granada - Cavanilles” se efectúa con la firma del presente Contrato, ambas Partes convienen, expresamente, que METRO DE MADRID mantenga la posesión pacífica y gratuita de créditola parte de dicho Recinto que ocupa su Sede Social, débito o pago asociados a DATAFASTfin de que pueda continuar utilizándolo para su actividad empresarial.
2.5. La finalización de la posesión pacífica y gratuita por parte de METRO DE MADRID de la zona del Recinto “Granada - Cavanilles” que ocupa su sede social tendrá lugar en el plazo de tres meses a contar desde que se haya suscrito el Acta de Recepción de las Obras de la futura sede social de METRO DE MADRID que ha de construir el ADQUIRENTE en el recinto de Canillejas, esto es, Banco Diners Club momento en el que METRO DE MADRID pondrá a disposición del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco ADQUIRENTE la parte xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de ManabíXxxxxxx “Granada - Cavanilles” que haya venido ocupando, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”condiciones que se establecen en la estipulación sexta de este Contrato.
2.6. En la fecha de firma de este Contrato el ADQUIRENTE abonará a METRO DE MADRID la parte del precio de venta pactado en la estipulación tercera de este Contrato.
2.7. Coincidiendo con la fecha de firma del Contrato el ADQUIRENTE abonará, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de créditotambién, débito o pago o demás productos similares autorizados la totalidad del IVA que se devengue por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete compraventa objeto del Contrato y los gastos correspondientes a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través inserción de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea anuncios en Diarios Oficiales que se hayan llevado a título cabo, de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión conformidad con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) lo establecido al respecto en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETASapartados 5.1 y 5.2. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosdel Contrato.
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Samples: Contract of Sale
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato que se propone es el definido en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de manera libre y voluntaria suscribir 14 de noviembre, por el presente que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, como un contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, servicios necesarios para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización funcionamiento de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstanteAdministración, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados y por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para tanto su objeto será la prestación de los servicios (complementarios al Ayuntamiento de La Oliva en cualquiera materia de sus modalidades)gestión, se los denominará indistintamenteliquidación, inspección y recaudación tributaria y otros ingresos municipales, como P.O.S. o dispositivosen expedientes sancionadores en materia de tráfico, en los términos establecidos en las cláusulas de este pliego. El contrato tendrá por objeto tan sólo las actuaciones de apoyo de carácter instrumental, material, técnicas y de preparación que no implican ejercicio de autoridad, ni dictado de actos administrativos, reservándose dichas funciones expresamente a los Órganos y funcionarios municipales correspondientes. En concreto son objeto del presente contrato con el Ayuntamiento de La Oliva:
a) El apoyo instrumental, material e informático en la gestión, liquidación, inspección y recaudación tributaria de todos los Tributos, Precios Públicos y demás ingresos de derecho público incluidos en los Capítulo I, II y III del presupuesto municipal, con exclusión expresa del Bloque Canario de Financiación Municipal, las Tasas por Derecho a Examen, la Tasa por la Prestación de Servicios en la Guardería Infantil, las Tasas Actividades Deportivas, las Tasas de Actividades Culturales, la Tasa por Expedición de Documentos, la Compensación Telefónica de España, las Tasas Centros Turísticos, Rieles y Postes, Cementerios. En cuanto a los siguientes conceptos, sólo el periodo ejecutivo: la Tasa de Alcantarillado y Depuración de Aguas, Aprovechamiento de Playas, Canon de Suelo Rústico, Lonjas y mercados, así como todos aquellos ingresos que dificulten su cobro y se encuentren en vía ejecutiva.
b) El apoyo instrumental, material e informático en la tramitación de los expedientes sancionadores en materia de tráfico.
c) El apoyo instrumental, material e informático de la recaudación de las sanciones en materia de tráfico.
d) El apoyo instrumental, material e informático en la gestión censal del I.A.E., en los términos que establece la legislación vigente respecto a las normas para la gestión del mismo y regulación de la delegación de dichas competencias, si se lo encomendara el Ayuntamiento durante la vigencia de este contrato.
e) El apoyo instrumental, material e informático en la elaboración y modificación de ordenanzas fiscales.
f) Información al ciudadano y atención a los contribuyentes.
g) La gestión, inspección y mantenimiento catastral. El apoyo instrumental, material e informático comprende, entre otras actuaciones, la elaboración de borradores, tanto de cuantas diligencias e informes sean necesarios para la tramitación de los expedientes, como de las propuestas de resolución preceptivas para la producción de los actos administrativos. El contratista deberá completar con su colaboración los trabajos del equipo de funcionarios adscritos por el Ayuntamiento a la Gestión Tributaria.
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Samples: Contract for Complementary Services in Tax Management and Collection
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Es objeto del presente Pliego de manera libre y voluntaria suscribir el presente Prescripciones Técnicas particulares del contrato de afiliación suministro de material de oficina no inventariable para el Ayuntamiento xx Xxxxxx., según relación que se adjunta en los Anexos I y II a este Pliego. Los artículos ofertados por los licitadores deberán ser conformes con los emisores y/dichos Anexos, o administradores bien podrán ofertar otros de tarjetas similares calidades, lo cual se apreciará a juicio de créditoesta Administración, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabíno admitiéndose, en adelante mencionados como su caso, las ofertas que se considere no reúnen los requisitos exigidos. La codificación correspondiente de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV 2008) de la Comisión Europea dado el objeto del contrato, es 30192000-1 “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADASArtículos de oficina” o simplemente las y 30197643-5 “ENTIDADESPapel para fotocopiadora”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, . Del material relacionado en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con los Anexos a este objetivoPliego, el ESTABLECIMIENTO adjudicatario estará obligado a suministrar aquél que le sea solicitado por el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, y cuantas veces resulte necesario. El adjudicatario se compromete a utilizar entregar los bienes objeto de suministro de forma sucesiva, por el precio unitario que resulte de la tecnología del “Sistema adjudicación, con carácter general en el plazo máximo de Terminales DOS DÍAS, y con carácter de Puntos urgencia en el plazo máximo de Venta” (P.O.S.)24 HORAS, a través contar desde la petición municipal; quedando subordinado a la necesidad de la Administración. En los Anexos se establece a título orientativo la previsión de consumos para el período del contrato, basado en el consumo realizado en el pasado año. El lugar de entrega será en las dependencias municipales que se indiquen al contratista por el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial de este Ayuntamiento. El adjudicatario estará obligado a suministrar durante la vigencia del contrato los productos ofertados y no otros. Las marcas referenciadas podrán sustituirse por otras “similares o equivalentes”, contrastadas en el mercado con la misma calidad. No se admitirán artículos sin marca o que ésta no se encuentre registrada, así como tampoco se admitirán variantes sobre las características de la relación de los equipos P.O.S. fijos artículos del Anexo. Cuando el artículo ofertado no pueda ser suministrado, bien porque cese su fabricación y producción, o móviles entregados por DATAFAST ya sea cualesquiera otras circunstancias, deberá comunicarse al Ayuntamiento dicha eventualidad proponiendo un nuevo producto de análoga calidad, precio y prestaciones que, previa conformidad del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, pasará a título de venta, arrendamiento sustituirlo. El adjudicatario podrá proponer al Ayuntamiento ofertas limitadas en el tiempo o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTOnúmero, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, condiciones más beneficiosas que DATAFAST cuenta con la autorización las de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) propia adjudicación. El presente contrato no supone exclusividad en los locales comerciales las adjudicaciones, por lo que se afilien al sistema el Ayuntamiento podrá adquirir el suministro de las TARJETAS. No obstanteotros proveedores, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST que sus condiciones sean más beneficiosas para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosAdministración.
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Samples: Suministro De Material De Oficina
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente objeto del contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados es la prestación a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización Administración de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema Generalitat y su sector público instrumental y entidades adheridas de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST asesoramiento proeesional, promoción y mediación en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelanteoperaciones de seguro, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades)eases -preparatoria y de seguimiento-, así como la posterior asistencia al tomador de los seguros, los asegurados y a los benefciarios. No se incluyen en el contrato los denominará indistintamenteservicios de mediación y asistencia para pólizas de seguros contratados por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. El objeto del contrato comprende el asesoramiento técnico especializado para: - La cobertura y gestión de los riesgos que aeectan a la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental y entidades adheridas. - La adecuación de los riesgos a las pólizas que se contraten - La posterior asistencia en tramitación de incidencias, reclamaciones y daños que se produzcan durante su vigencia. Los servicios objeto de contrato podrán reeerirse a los siguientes grupos de riesgos: Riesgos patrimoniales (continente y contenido) de bienes inmuebles y muebles que integran el patrimonio de la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental y entidades adheridas, incluidas las instalaciones, los equipos electrónicos, cientifcos e ineormáticos y su patrimonio artistico. Riesgos derivados de la responsabilidad civil y/o patrimonial en que pueda incurrir Administración de la Generalitat y sector público instrumental y entidades adheridas, así como P.O.S. la responsabilidad civil y/o dispositivospatrimonial derivada de la actuación de las autoridades, el personal a su servicio, y que en el ejercicio de su actividad puedan ocasionar daños a terceros o a cosas. Riesgos personales reeeridos a accidentes, a vida, a salud, a asistencia sanitaria etc... del personal. Riesgos derivados de la responsabilidad proeesional de arquitectos e ingenieros Riesgos derivados de la responsabilidad proeesional de otros técnicos por determinar puntualmente. Riesgos patrimoniales, personales y de responsabilidad civil derivados del uso de vehículos de motor que eorman parte del parque móvil de la Administración de la Generalitat y sector público instrumental y entidades adheridas. Aquellos otros grupos de riesgos en otros xxxxx en el supuesto que la Administración de la Generalitat o los entes del sector público y entidades adheridas estén interesados.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato tiene por objeto otorgar el uso privativo de manera libre y voluntaria suscribir dos inmuebles calificados como bien de dominio público, situados en el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club Parque del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco V Centenario xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”Xxxxxx (Sevilla), para poder realizar sus ventas con la instalación y explotación de dos quioscos-bares. La ubicación y descripción de las siguientes tarjetas instalaciones objeto de créditoconcesión se especifican en los planos que se acompañan a este Pliego de Condiciones, débito o pago o demás productos similares autorizados siendo las dimensiones de los inmuebles de los Quioscos-bares: 6,25 metros de largo por 4,00 metros de ancho, ocupando una superficie construida total de 25,00 m2. cada uno de ellos. Los quioscos-bares tendrán que destinarse a la leyventa de bebidas y comidas en la forma habitual de este tipo de establecimientos, quedando prohibido darle un uso distinto en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador todo o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología parte. El valor del “Sistema dominio público objeto de Terminales ocupación por cada quiosco bar es de Puntos de Venta” VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS QUINCE EUROS (P.O.S.24.815,00€), a través según informe del Arquitecto Municipal de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados fecha siete xx xxxx de dos mil doce que consta en el expediente. Cada licitador podrá presentar una oferta por DATAFAST ya sea a título cada quiosco-bar, pero sólo podrá ser adjudicatario de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro uno de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstanteellos, en el caso de las tarjetas de débitoser propuesto como adjudicatario para los dos quioscos- bares, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro por haber presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá optar por uno de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición dos. El presente pliego, planos y pliego de prescripciones técnicas, revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios documentos contractuales prevalecerá el Pliego de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosCláusulas Administrativas Particulares.
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Samples: Concesión Del Uso Privativo Del Dominio Público Municipal
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del presente Contrato es la prestación al Cliente por parte de manera libre DOMÉSTICA GAS Y ELECTRICIDAD S.L.U., del suministro de gas natural canalizado, así como de suministro eléctrico, y voluntaria suscribir el presente contrato en su caso la contratación de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, Autoconsumo en el caso código de las tarjetas autoconsumo (CAU) y gestión de débitoexcedentes, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes conforme a la legislación vigente en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para cada momento y la prestación de los servicios adicionales contratados en el tiempo y forma establecido en estas Condiciones Particulares, en las instalaciones sitas en el domicilio o local que consta en el encabezamiento del contrato (punto de conexión, entrega o suministro). En relación al suministro de energía antes expresado, el Cliente, mediante la suscripción del presente Contrato y para el caso de que no manifieste expresa y formalmente su intención de contratar por su cuenta y riesgo el Acceso a la Red con la Empresa Distribuidora (en cualquiera adelante Contrato de sus modalidadesA.T.R.), acepta de forma expresa y tan amplia como en derecho sea admitida, la contratación conjunta de la adquisición de energía y el Contrato A.T.R. a través de DOMÉSTICA GAS Y ELECTRICIDAD S.L.U., autorizando con lo expuesto, que ésta pueda proceder a facturarle por ambos conceptos. Para ello, DOMÉSTICA GAS Y ELECTRICIDAD S.L.U. queda expresamente autorizada y facultada por el Cliente, por medio del presente Contrato, para que adquiera a todos los efectos su posición jurídica como sustituto en el Contrato de A.T.R. y, en su caso, de resultar necesario legalmente, gestione la resolución de su actual Contrato de Suministro. En caso de discrepancia entre las Condiciones Generales especificadas en el Contrato y las Condiciones Particulares, prevalecerán primero las Particulares y luego las Generales. El presente Contrato es de tracto sucesivo y personal, de forma que el Cliente es el efectivo usuario de la energía y/o suministro objeto de contratación, estando absolutamente prohibido utilizarla en lugar distinto para el que fue contratada, ni cederla, enajenarla o ponerla a disposición de cualquier tercero por ningún medio. DOMÉSTICA GAS Y ELECTRICIDAD S.L.U. no tiene la condición de comercializador de referencia. En consecuencia, se informa al Cliente que, si actualmente su suministro estuviera acogido al PVPC o Bono Social Térmico y cumpliera con los denominará indistintamenterequisitos para ser beneficiario xxx xxxx social, si quisiera acogerse a éste deberá formalizar un contrato con un comercializador de referencia y no con un comercializador en mercado libre. Asimismo, el Cliente ha sido informado de que, si quisiese cambiar xx xxxxxxx libre a PVPC, acreditando los requisitos para ser considerado vulnerable, deberá dirigirse igualmente a un comercializador de referencia y, en ese caso, el presente Contrato quedaría resuelto sin ningún tipo de penalización ni coste adicional, siempre que no haya una modificación en los parámetros del contrato de acceso a la red. El Cliente manifiesta que no se encuentra en situación de pobreza energética, vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social. En caso contrario, el Cliente se obliga y es el único responsable de recabar de la Administración competente la documentación precisa para acreditar tal situación, así como a facilitar y poner en conocimiento a DOMÉSTICA GAS Y ELECTRICIDAD S.L.U, eximiendo de toda responsabilidad a éste en caso de incumplimiento. La firma del presente Contrato (ya sea contratación a distancia-telefónica o por Internet- o cuando el presente documento haya sido firmado físicamente en papel) conlleva la autorización al Comercializador para actuar en nombre del Cliente frente al resto de Empresas Distribuidoras y suscribir con ellas, como P.O.S. mandatario o dispositivossustituto del Cliente, los Contratos de Acceso de Terceros a las Redes (“Contratos ATR”) que sean precisos para el buen fin del Contrato, siendo la posición jurídica del Comercializador en el contrato de acceso, a todos los efectos, la del Cliente que se obliga a no resolver el Contrato de ATR que el Comercializador formalice en su nombre con la Empresa Distribuidora en tanto permanezca vigente el presente Contrato de Suministro, sin perjuicio de lo establecido reglamentariamente. En cualquier caso, de acuerdo con la normativa aplicable (actualmente RD 1435/2002, de 27 diciembre), la Empresa Distribuidora mantendrá con el Cliente todas las obligaciones relativas al Contrato de Acceso y en caso de resolución del presente Contrato, el Cliente será titular del depósito de garantía que pudiera existir conforme al apartado 5 de las condiciones generales de este contrato, así como de cualquier otro derecho asociado a la instalación, sin que pueda ser exigible, por parte de la Empresa Distribuidora, actualización alguna con motivo de la renovación contractual. Con la firma del presente Contrato, el Cliente autoriza o acepta, en aquellos casos que proceda, a que DOMÉSTICA GAS Y ELETRICDIDAD S.L.U. facture de forma conjunta con el suministro, aquellos servicios que el Cliente tuviera contratados con terceras empresas y cuyos servicios fueran facturados por DOMÉSTICA GAS Y ELETRICDIDAD S.L.U. Además, mediante la firma del presente Contrato, el Cliente autoriza a DOMÉSTICA GAS Y ELECTRICIDAD S.L.U. o quien ésta a su vez autorice, a realizar todas las gestiones necesarias con la Distribuidora, Comercializadora, entidad, empresa o Administración con la que hubiera que intermediar para la contratación y gestión de todo lo relativo al Autoconsumo, incluidos, a modo enunciativo pero no limitativo, elección y comunicación del tipo de Autoconsumo, gestión contratos de compensación de excedentes, gestión de coeficientes de reparto de excedentes, firma de contratos con el productor y/o gestión de acuerdos de reparto de energía.
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Samples: Suministro De Gas Y Electricidad
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Cliente, cuyos datos se recogen en el apartado Titular del Contrato, se abona a uno o más Servicios de manera libre y voluntaria suscribir telecomunicaciones xx XXXXXX TELECOM SLU (en adelante, el “Servicio” o los “Servicios”) de acuerdo con la Oferta Comercial cuyas características se encuentran en el presente contrato Contrato y en xxx.xxxxxx.xx, y las presentes Condiciones Generales y Particulares a las que el Cliente se acoge al aceptar la contratación. La utilización del Servicio podrá exclusivamente destinarse al ámbito profesional o privado y para uso exclusivo en el domicilio que el Cliente haya indicado para la provisión del Servicio. Queda expresamente prohibida la realización de afiliación con los emisores y/actos de reventa o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados comercialización del Servicio a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club terceros ajenos a la prestación del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de ManabíServicio o, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”cualquier caso, de compartición de recursos fuera del domicilio para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas el que haya solicitado la provisión del Servicio. En caso de créditoincumplimiento de la presente condición, débito o REDJAM TELECOM SLU podrá suspender la prestación del Servicio y dar por finalizado el contrato, quedando obligado el abonado al pago o demás productos similares autorizados de la parte proporcional de permanencia en caso de no haberse completado la misma Asimismo, está obligado a devolver el equipamiento instalado en un plazo máximo de 15 días a partir de la fecha de comunicación, suspensión y cese del servicio, de lo contrario deberá abonar 181.50 € IVA incluido por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través valor de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título mismos. Por este hecho, REDJAM TELECOM SLU. se reserva el derecho de ventaemprender acciones legales contra el abonado y exigir las responsabilidades y compensaciones económicas que estime oportunas, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales y realizará el ESTABLECIMIENTO, corte y suspensión del servicio en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) el momento en los locales comerciales que se afilien al sistema detecte dicho incumplimiento de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscontrato y sin aviso previo.
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Samples: Telecommunications
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Es objeto del presente Pliego de manera libre Cláusulas Administrativas Particulares fijar las condiciones que han de regir el Contrato de Concesión de Obras Públicas para la redacción de anteproyectos, proyectos, construcción, explotación, conservación y voluntaria suscribir mantenimiento de un aparcamiento en el emplazamiento del solar del antiguo cuartel xx Xxxxxxx. De acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), el objeto del contrato comprende los trabajos de redacción de anteproyectos, proyectos, construcción de las instalaciones, equipamientos, mantenimiento y conservación de las mismas, así como su explotación. Las obras de construcción a realizar son las detalladas en el estudio de viabilidad y estudio básico. La explotación de las obras, deberán prestarse en las condiciones estipuladas en el presente Pliego, los estudios de viabilidad, la oferta del adjudicatario y de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente. Todas las mejoras, innovaciones o cualquier adelanto técnico o de servicio, quedarán en poder del Ayuntamiento xx Xxxxxxx junto al resto de las instalaciones, una vez finalizado el periodo concesional que será de 40 años (2 años de obra y 38 años de explotación). El contrato de afiliación concesión de obra pública, de acuerdo con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización artículo 7 de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móvilesLCSP, comprenderá durante todo el término de vigencia de la concesión:
a) en los locales comerciales que se afilien al sistema La explotación de las TARJETAS. No obstante, en el caso obras públicas conforme a su propia naturaleza y finalidad.
b) La conservación y mantenimiento de las tarjetas obras.
c) La adecuación, reforma y modernización de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO obras para adaptarlas a las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST características técnicas y funcionales requeridas para la correcta prestación de los servicios.
d) Las actuaciones de reposición y gran reparación que sean exigibles en relación con los elementos que ha de reunir cada una de las obras para mantenerse apta a fin de que los servicios (en cualquiera a los que aquéllas sirven puedan ser desarrollados adecuadamente de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosacuerdo con las exigencias económicas y las demandas sociales.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Es objeto del contrato el servicio de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato Bar Carnaval 2012, que se celebrará del 10 al 26 de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de créditoFebrero, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con bajo las siguientes tarjetas condiciones:
a) El adjudicatario se obliga a disponer de créditosuficiente personal, débito así como disponer e instalar suficientes elementos para garantizar un correcto servicio.
b) El licitador deberá detallar la lista de precios, que se prestará en el servicio de bar.
c) La limpieza del Teatro (incluido baños, camerinos y escenario) y la Carpa, incluidos los servicios sanitarios del mismo, correrá por cuenta del adjudicatario, al final del día.
d) El servicio de vigilancia y protección xxx xxxxxxx, correrán a cargo del adjudicatario (deberá contratar un mínimo de dos guardas de seguridad).
e) El adjudicatario habrá de atender el minibar de las Agrupaciones y Organizadores, que constará de una tapa caliente y dos refrescos o pago o demás productos similares autorizados cervezas, mediante entrega de tickets; asimismo deberá suministrar una caja de agua por la ley, Agrupación los días en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO los que éstas actúen.
f) El adjudicatario se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través hará cargo de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea gastos de una orquesta que actuará en el Baile de disfraces del día 25 de Febrero de 2012, siendo ésta de similares características a título las de ventaaños anteriores, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro debiendo ser su número de esa tecnologíacomponentes superior a tres, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión presentando junto con la plataforma electrónica oferta, folleto o publicidad de DATAFASTdicha orquesta, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivossea preferentemente xx Xxxxx.
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Samples: Service Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene 1.1. Es objeto de manera libre contratación el servicio de limpieza de todos los centros escolares, dependencias y voluntaria suscribir edificios municipales del Ayuntamiento xx Xxxxxx, bien sean de su propiedad, o bien sean usados por el mismo para el desarrollo de las competencias que le son propias, según las condiciones establecidas en el presente contrato pliego de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabícláusulas administrativas, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” la Ley Xxxxx 6/2006, de Contratos Públicos, Ley Xxxxx 6/1990, de Administración Local xx Xxxxxxx, y por cuantas disposiciones presentes o simplemente las “ENTIDADES”futuras sean de aplicación. Los centros escolares, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas dependencias y edificios municipales objeto de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la leycontrata son los que figuran en el anexo I de este pliego. Los trabajos se desarrollarán sin interferir, en adelante su caso, ni dificultar las “TARJETAS”actividades desarrolladas en los diversos edificios municipales siguiendo las instrucciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. A tal efecto la empresa adecuará los horarios de su personal, emitidas a la que determine el Ayuntamiento, que serán, generalmente, diferentes, de los horarios en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivoque se desarrollen las actividades del edificio.
1.2. También es objeto del contrato, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través suministro de los equipos P.O.S. fijos productos de limpieza así como el material higiénico-sanitario en las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
1.3. Asimismo, son objeto del contrato todas aquellas limpiezas especiales que tengan lugar como consecuencia de obras menores, reformas, reparaciones, etc. incluyendo las limpiezas que generen la realización de trabajos de pintura y obras de mantenimiento o móviles entregados reformas de pequeña entidad tales como redes eléctricas, instalación de lavabos, sustitución de ventanas, etc. en las diferentes unidades asistenciales.
1.4. Asistencia: El contratista facilitará a la administración contratante, sin coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por DATAFAST ya sea ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, como asistencia a título de ventareuniones, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista informes, información al público, etc., hasta la extinción del contrato
1.5. La realización del servicio contratado se prestará en las condiciones que se establezcan en la propuesta realizada por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constanciaadjudicatario del mismo, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de nunca serán inferiores a las TARJETAS. No obstante, marcadas en el caso pliego de las tarjetas condiciones administrativas y técnicas.
1.6. La ejecución del presente contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, quien no tendrá derecho a indemnización por causa de débitopérdidas o averías o perjuicios que experimente durante la ejecución del mismo. El contratista no podrá reclamar bajo ningún pretexto, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro ni aún por error u omisión, aumento de los valores pagados por los tarjetahabientes precios fijados en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivossu oferta.
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Samples: Contrato De Limpieza
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el objeto del presente contrato es la prestación del servicio de afiliación asistencia técnica y colaboración con el Ayuntamiento de Ciudad Real en los emisores y/o administradores términos establecidos en las cláusulas de tarjetas este pliego de créditocondiciones. El contrato tendrá por objeto tan sólo las actuaciones de carácter material, débito o pago asociados técnicas y de preparación que no impliquen ejercicio de autoridad, custodia de fondos públicos, ni dictado de actos administrativos. Tampoco podrá implicar el ejercicio de funciones reservadas al estatuto funcionarial, reservándose dichas funciones expresamente a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx los órganos y Banco Comercial de Manabí, funcionarios municipales competentes. Todo ello en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por orden a conseguir la ley, máxima eficacia en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través cobranza de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados tributos, precios públicos, expedientes sancionadores por DATAFAST ya sea infracciones a título la normativa de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro tráfico vial urbano y demás ingresos de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro derecho público de los valores pagados por los tarjetahabientes que sea titular el Ayuntamiento de Ciudad Real, con el fin de conseguir la máxima calidad en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de dichos servicios a los servicios ciudadanos y contribuyentes del mismo.
1.2. En concreto son objeto de este contrato la asistencia técnica y colaboración con el Ayuntamiento de Ciudad Real en las tareas siguientes:
A) Tareas relativas a la recaudación voluntaria: - Elaboración y reparto del folleto informativo del calendario del contribuyente. - Realización de campañas publicitarias en prensa y radio locales, informativas del calendario del contribuyente. - Elaboración, según modelo facilitado por la Administración de la cartelería informativa del calendario del contribuyente. - Impresión de los recibos correspondientes a las liquidaciones tributarias practicadas por el Ayuntamiento de Ciudad Real del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Reparto de los avisos de pago y notificación de liquidaciones. - Tratamiento informático de los soportes enviados por el Ayuntamiento a las entidades financieras colaboradoras en cualquiera la recaudación municipal, así como de sus modalidades)los ficheros recibidos de las mismas por el Ayuntamiento de Ciudad Real, de acuerdo con las Normas bancarias aplicables. - Recepción, grabación y archivo de órdenes de domiciliación bancaria de tributos y comunicación de las mismas a los Servicios municipales de Gestión Tributaria y de Recaudación. - Elaboración de informes, sin propuesta de resolución, previo requerimiento del Ayuntamiento de Ciudad Real, en relación con solicitudes, recursos y reclamaciones tributarias y de recaudación. - Emisión de duplicados de pago de tributos. - Colaboración en la conciliación de ingresos de recaudación realizados en las cuentas de titularidad municipal, según los datos y modelos proporcionados por el Ayuntamiento de Ciudad Real. Todas estas tareas se los denominará indistintamentedesarrollarán con respecto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Actividades Económicas e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, así como P.O.S. o dispositivosa las Tasas Municipales y Precios Públicos de carácter periódico.
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Samples: Servicio De Asistencia Técnica
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene 1.1.- La contratación por parte del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx de manera libre los contrato de seguros para el "ASEGURAMIENTO GENERAL DE LOS DISTINTOS RIESGOS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX Y ENTIDADES DEPENDIENTES" con estricta sujeción al presente pliego y voluntaria suscribir a los pliegos de prescripciones técnicas redactados por el Servicio de Patrimonio, a los que se ajustaran las garantías y riesgos a cubrir, que forman parte integrante del presente contrato; y en los que se recogen los siguientes seguros:
1. ● Seguro de Daños Materiales
2. ● Seguro de Responsabilidad Civil Patrimonial
3. ● Seguro de Accidentes
4. ● Seguro Colectivo de Vida
5. ● Seguro de Automóviles A los efectos de la licitación y adjudicación del presente contrato, la división de los seguros arriba expresada, serán los cinco lotes en que el mismo se divide, aplicándose a cada uno la parte xxx xxxxxx de prescripciones técnicas que les corresponde.
1.2.- La fiscalización del presente contrato corresponderá al Servicio de Patrimonio.
1.3.- La Mediación de Correduría de seguros que realizara la actividad de mediación para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, de conformidad con el contrato de consultoría y asistencia técnica adjudicado por la Junta de Gobierno Local del día 28 xx xxxxx, será la entidad Asemser, Correduría de Seguros, S.A.
1.4.- Pudiendo ser objeto de realización independiente el aseguramiento de los distintos riegos objeto de este contrato, se establece su división por lotes, conforme se establece en el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”pliego, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas la presentación de créditoofertas y su adjudicación, débito pudiendo la adjudicación recaer sobre uno o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en sobre varios licitadores.
1.5.- Para el caso de las tarjetas contradicción entre este pliego y los pliegos de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante prescripciones técnicas prevalecerá el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivospresente pliego.
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OBJETO DEL CONTRATO. 1. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato regula la gestión discrecional, por parte de afiliación con Unicaja Banco, de los emisores y/o administradores de tarjetas de créditovalores, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club efectivo y otros instrumentos financieros del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de ManabíCLIENTE que, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas el momento de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador firma de este contrato o en cualquier otro país: Con este objetivomomento, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.)ponga, con esa finalidad, a través disposición de Unicaja Banco, así como de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados rendimientos generados por DATAFAST ya sea a título aquellos. La gestión discrecional del patrimonio aportado por el CLIENTE, definido en el párrafo anterior, se realizará por la entidad especializada del grupo de ventaUnicaja Banco denominada UNICORP PATRIMONIO SOCIEDAD DE VALORES, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTOS.A., en conexión la cual Unicaja Banco ha delegado la prestación del servicio, conforme se ha indicado en la Condición Particular primera.
2. Los criterios de valoración de la cartera inicial del CLIENTE son los que se detallan en el Anexo I del presente contrato. La actividad de gestión recaerá exclusivamente y no podrá superar en ningún momento, salvo en los supuestos y límites que establezca la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, la suma de los dos conceptos siguientes:
a. El patrimonio aportado inicialmente o en sucesivas ocasiones por el CLIENTE.
b. El importe de créditos en su caso obtenidos de una entidad habilitada. La concesión de crédito exigirá, en todo caso, la previa formalización del correspondiente documento contractual de crédito suscrito por el CLIENTE y el acreditante.
3. Unicaja Banco actuará de acuerdo a las condiciones particulares y generales de este contrato y sólo podrá desviarse de los criterios generales de inversión pactados cuando el criterio profesional del gestor aconseje dicha desviación o se produzcan incidencias en la contratación. En estos casos, Unicaja Banco, además de registrar las desviaciones, informará con detalle de las mismas al CLIENTE de forma inmediata.
4. El CLIENTE responderá de sus obligaciones con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición totalidad de los bienes de la cartera gestionada, si bien Unicaja Banco no podrá exigir aportaciones adicionales para cubrir pérdidas, salvo que se trate de aportaciones voluntarias del CLIENTE o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados créditos obtenidos por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosUnicaja Banco que estuviesen autorizados por el CLIENTE.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente objeto del contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabíes la gestión, en adelante mencionados la modalidad de concesión, del Servicio de Ayuda a Domicilio, definida como prestación, realizada preferentemente en el domicilio, que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas desenvolverse en su medio habitual. Dicho Servicio incluye el servicio de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la leyayuda a domicilio de este municipio así como, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con virtud del convenio de colaboración de la Junta de Andalucía con este objetivoAyuntamiento, el ESTABLECIMIENTO servicio de ayuda a domicilio del sistema para la autonomía y atención a la dependencia. El ámbito territorial en el que se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema ha de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTprestar el citado Servicio comprende todo el término municipal xx Xxxxxx. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales La competencia administrativa para prestar servicios sociales está atribuida al Municipio en el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización artículo 25.2.k) de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las TARJETAS. No obstanteBases de Régimen Local, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST y para la prestación de servicios públicos en general en los artículos 25.1 y 85.1 de la misma Ley. El Servicio se prestará de conformidad con lo establecido en la referida Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de 15 de noviembre de 2007, por el que se regula el servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por Órdenes de 10 de noviembre de 2010 y 21 xx xxxxx de 2012, en el Reglamento municipal de dicho Servicio, y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Las condiciones a las que ha de ajustarse la realización del servicio, son las detalladas en el Programa Municipal de Ayuda a Domicilio vigente, y en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares; debiendo en todo caso el concesionario, atenerse a las órdenes y prescripciones de los Servicios Técnicos del Centro Municipal de Servicios Sociales, de carácter general o particular, para un buen funcionamiento del servicio. La necesidad del contrato viene motivada por la obligación de prestación de servicios sociales en los municipios con población superior a 20.000 habitantes, conforme al art. 26.1.c) de la citada Ley 7/1985, sin que se estime conveniente la ampliación de los medios personales del Ayuntamiento. El objeto del presente contrato corresponde a la codificación 85300000-2 de la nomenclatura del Vocabulario común de contratos públicos (en cualquiera de sus modalidadesCPV 2008), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivossegún el Reglamento 213/2008 de la Comisión de las Comunidades Europeas.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Xxxxxxx de Congresos de València desea adquirir un proveedor para la prestación del servicio de traducción para textos de presentaciones comerciales e institucionales, medios de comunicación, página web, publicaciones, documentos oficiales, corporativos, etc. Las traducciones entregadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Reflejar fielmente los textos originales, con las debidas adaptaciones que requieran las características lingüísticas y gramaticales de la lengua de destino.
b) Con carácter general, pero especialmente en lo que se refiere a los documentos con carácter técnico y legal, deberá garantizarse que la terminología técnica específica contenida en los documentos de origen NO es objeto de una traducción literal, sino que el documento final resultante contiene exactamente a las palabras, expresiones, acrónimos, vocablos. etc. especializados equivalentes de la lengua de destino, de forma que refleje de manera libre precisa y voluntaria suscribir exacta los conceptos a los que dicho documento origen hace referencia y que el presente contrato de afiliación con los emisores texto traducido no pueda inducir a ningún error, confusión o ambigüedad y/o administradores resultar ininteligible total o parcialmente.
c) No contener ningún error ortográfico, estilístico o de tarjetas puntuación.
d) Guardar una homogeneidad de créditoestilo en todo su contenido.
e) Presentarse en un formato, débito o pago asociados tanto de texto como gráfico, de iguales características que los documentos de origen. Con carácter general, los trabajos de traducción se elaborarán en un formato abierto y compatible con cualquier editor de textos, y se entregarán al Xxxxxxx por medios preferentemente telemáticos. En todo caso la empresa adjudicataria deberá respetar el formato del texto a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx traducir enviándolo en el mismo formato en que lo hubiera recibido. Se establecen en general dos plazos de entrega de las traducciones en función de la urgencia en la recepción de las mismas (ordinario y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas urgente) con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través independencia de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea idiomas de destino y el número de textos enviados pendientes de traducir. 1 El ordinario: 2 días. El urgente: en el mismo día. Los plazos contarán desde el momento en el que el contratista reciba la petición de servicio. En caso de traducciones urgentes, la empresa adjudicataria deberá estar preparada y disponible para responder a título los trabajos de ventamáxima urgencia, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTincluidos aquellos que exijan trabajar en días festivos. Dentro En los casos en que la extensión del documento supere las 2.500 palabras, los plazos de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema entrega de las TARJETAS. No obstante, traducciones se acordarán entre el contratista y el Xxxxxxx en el caso función de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivossu extensión y complejidad.
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Samples: Service Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente Será objeto del contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (de conservación, reparación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas y de alumbrado municipales, o cuya conservación, reparación y mantenimiento corresponda al Ayuntamiento. La prestación de los servicios, se extenderá, tanto respecto del alumbrado de las calles, plazas, caminos, vías públicas y edificios existentes, como de las nuevas instalaciones eléctricas que puedan surgir, y cuya conservación, reparación y mantenimiento dependa del Ayuntamiento. Entre los edificios públicos municipales se encuentran la Casa del Ayuntamiento, la Casa de Cultura, la base del GRUMIR, los locales sociales de las parroquias, los centros de enseñanza xxx Xxxxx, las escuelas unitarias de Lestedo, Sergude y Camporrapado, los dos pabellones polideportivos xx Xxxxx y Lestedo y cualquier otra dependencia que albergue durante la vigencia del contrato, servicios municipales. La prestación de este servicio se realizará con las características y especificaciones que se recogen en cualquiera el presente pliego.
1.1.- Instalaciones eléctricas y de iluminación en exteriores.
a) Iluminarias: Se realizará la conservación, reparación y mantenimiento de los puntos luminosos, y de sus modalidades)soportes. Se hará una inspección de cada iluminaria en el momento de su limpieza o relevo de la lámpara, comprendiendo: montaje, portalámparas, cableado y conexiones, vidrios, y seguridad de la iluminaria con los ajustes necesarios. Será necesario mantener en buen estado todos los herrajes de las iluminarias para un correcto funcionamiento. Las piezas xx xxxxxx o plástico del cierre de la iluminaria serán sustituidas en el caso de estar deterioradas. Los portalámparas serán sustituidos si las piezas conductoras se encuentran deterioradas o quemadas, o si el aislamiento resulta insuficiente, tanto por causas mecánicas como por recalentamiento.
b) Lámparas: La reposición de las lámparas se realizará en aquellos puntos respecto de los denominará indistintamentecuáles sean requeridos por el Ayuntamiento o como consecuencia de las inspecciones rutinarias que tiene deber de realizar la empresa. Esta reposición se realizará en un plazo máximo de dos días, a contar desde la comunicación efectuada por el Ayuntamiento. En caso de que las lámparas sean de vapor de mercurio serán sustituidas por lámparas de vapor de sodio. En los demás casos serán repuestas por lámparas de coste semejante a las sustituidas, aunque siempre con igual o mayor eficiencia energética, y que puedan adaptarse a cada punto de luz.
c) Canalizaciones: Se realizará la conservación y mantenimiento de las canalizaciones de distribución enterradas, aéreas y por fachadas, a partir de la acometida de la compañía suministradora.
d) Cuadros de mando: Su revisión se realizará como P.O.S. mínimo dos veces al año, así como de todos los aparatos y accesorios empleados en el alumbrado público, tales como interruptores horarios, automáticos, fusibles, contactores, cierres con la verificación de la estanqueidad de los cuadros. Será igualmente necesaria la revisión y limpieza de las fotocélulas.
e) Encendidos y apagados: Durante la revisión de los cuadros de mando se comprobarán los encendidos y apagados totales o dispositivosparciales de cada uno de los alumbrados, de acuerdo con el horario determinado o la intensidad luminosa.
f) Toma de tierra: se revisarán las tensiones y resistencias de toma de tierra de todos los alumbrados, instalaciones y soportes.
g) Reparación y aplomado de puntos de luz, orientación de la luminaria en la zona que se ilumine.
h) Mantenimiento: preventivo, inspección continua, corrección de errores, asistencia en reparaciones y servicios xx xxxxxxx.
i) Gestión: estudio de consumos y de datos luminotécnicos; realización xx xxxx de alumbrado municipal, consejos para reducción de zonas con contaminación luminosa y alumbrado excesivo.
j) Elaboración de un calendario de actividades de mantenimiento a realizar: diario, semanal, trimestral, semestral y anual.
k) Acompañamiento y asesoramiento al personal municipal en las relaciones con la/s empresa/s distribuidora/s de energía eléctrica.
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Samples: Service Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. La Asociación de Amigos del Camino de Santiago xx Xxxxxxx y Comarca, cede a la Asociación de Municipios del Camino de Santiago el derecho de uso del programa “App CAMINO” descrito en el ANEXO que acompaña este contrato; dicha cesión será universal y sin restricciones de uso más allá del presente acuerdo. Pasando, desde este momento, a aparecer con su logotipo en todos y cada uno de los elementos que lo componen. La Asociación de Amigos del Camino de Santiago xx Xxxxxxx, con más de 25 años de experiencia en el Camino, ha desarrollado un proyecto destinado a ayudar al peregrino y que éste colabore a cuidar el Camino. Todo ello mediante servicios y herramientas de nuevas tecnologías. El ESTABLECIMIENTO conviene proyecto se compone del desarrollo tecnológico de manera libre un sistema CMS de información, con un valor que supera los 90.000€ y voluntaria suscribir una aplicación móvil asociada con unos costes de desarrollo y contenidos que superan los 24.000€, ya desembolsados. Es interés de la Asociación Amigos del Camino xx Xxxxxxx la máxima difusión y promoción del proyecto, porque el éxito del mismo supondrá una atención directa y en tiempo real, de los problemas de los peregrinos y del Camino. Por ello cede de forma gratuita todos los derechos de utilización, difusión y promoción a la AMCS con la única aceptación de los compromisos previos de la Asociación de Amigos del Camino xx Xxxxxxx para su actualización, funcionamiento y desarrollos de productos, que en cualquier caso supondrán coste cero para la AMCS en los próximos años La Asociación de Municipios del Camino de Santiago reconoce y acepta que la aplicación móvil “App CAMINO” se suministra tal y como se describe en el ANEXO, y que el presente contrato no le concede ningún derecho sobre otras versiones de afiliación con los emisores y/ni sobre mejoras o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club modificaciones del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosmismo.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene arrendamiento de manera libre una finca urbana por un plazo de 3 años, para su uso como vivienda habitual: La parcela 764 del polígono 3, de catastro. Edificio de dos plantas sita en el barrio del Cristo número 44, dividido en una vivienda de 79 metros cuadrados construidos en la planta superior, (cocina, salón, baño y voluntaria suscribir el presente contrato tres habitaciones) y una planta baja de afiliación 104 metros cuadrados construidos en la planta inferior, con los emisores y/o administradores destino a salón, que se levanta sobre una parcela de tarjetas terreno de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial superficie total de Manabí1215 metros cuadrados. Está parcialmente amueblada Órgano de contratación. Concejo abierto. Tipo de licitación. 1200 euros anuales, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas concepto xx xxxxx anual. La mejora se hará al alza. Presentación de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la leyproposiciones. Solicitud de información. Las proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados, en adelante las “TARJETAS”oficinas del Ayuntamiento xx Xxxxx, emitidas sitas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar barrio de la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTOIglesia número 2 xx Xxxxxxxxxx, en conexión con horario de atención al público, señalando que van dirigidas a la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización atención del presidente de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema Junta Administrativa de las TARJETAS. No obstanteZuaza, en el caso plazo de las tarjetas quince días naturales a contar desde el siguiente al de débitola publicación del anuncio de licitación en el BOTHA. Si el último día del plazo fuese inhábil o sábado, las ENTIDADES realizarán directamente ante se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. No podrá presentarse más de una proposición por licitador. También podrán presentarse por correo en los términos concretados en el ESTABLECIMIENTO las gestiones Pliego. Para obtener mayor información sobre el expediente y la vivienda, la persona de cobro contacto es el presidente de los valores pagados por los tarjetahabientes la Junta Administrativa de Zuaza, que estará disponible en el teléfono 000 000 000 o la adquisición dirección de los bienes o servicioscorreo electrónico xxxxx-xxxxxxx@xxxxxxx.xxx Exposición del expediente y pliego de condiciones. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios Durante todo ese tiempo, se encontrará el expediente y el pliego de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelantecondiciones económico administrativas, a cualquiera disposición de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (cualquier interesado, en cualquiera de sus modalidades)el mismo lugar y horario, se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosindicado en el apartado anterior.
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Samples: Licitación De Arrendamiento
OBJETO DEL CONTRATO. Es objeto del presente Pliego, regular la licitación para la adjudicación y cesión del derecho de superficie, así como establecer las características y condiciones de dicho derecho y las obligaciones derivadas de dicha cesión del derecho de superficie, sobre la Parcela “E” y “F” resultantes del Proyecto de Compensación del Ámbito 1.6.02 ANDREARRIAGA, de Irun. La adjudicación y cesión del derecho de superficie sobre las referidas parcelas por IRUNVI, lo será para su destino a la construcción y venta en régimen de propiedad superficiaria de edificios de viviendas, garajes y trasteros todas ellas sometidas al régimen de Viviendas de Protección Oficial. El ESTABLECIMIENTO conviene Consejo de manera libre Administración de Irungo Etxebizitzarako Elkarte Publikoa / Sociedad Pública de la Vivienda de Irun SAU celebrado el día 1 xx xxxxx de 2007, aprobó por unanimidad, solicitar al Ayuntamiento de Irun, la Cesión del derecho de superficie de las parcelas “E” y voluntaria suscribir el “F” resultantes del Proyecto de Compensación del Ámbito 1.2.06. “ANDREARRIAGA” del Plan General de Xxxx Por ello, y al estar pendiente la cesión de las parcelas a la Sociedad, la adjudicación del presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.)queda condicionada, a través la efectiva transmisión de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea las mismas, sin que, la no cesión a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización Irungo Etxebizitzarako Elkarte Publikoa / Sociedad Pública de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar Vivienda de Irun SAU del terreno, genere derecho indemnizatorio alguno hacia los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoslicitadores.
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Samples: Pliego De Condiciones
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el objeto del presente contrato de afiliación servicios es la gestión integral del desarrollo urbanístico e inmobiliario (incluida la comercialización y venta) de las parcelas de las que es propietaria en el ámbito del Sector de suelo urbanizable industrial no delimitado “Xxxxxxx Xxxxxxxxx” xxx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx. Para ello la Sociedad para el Desarrollo de Calamocha, S.A. colaborará con los emisores y/o administradores la entidad adjudicataria, haciéndole entrega de tarjetas cualquier documentación que sea necesaria para el buen fin de créditola gestión adjudicada, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea siendo ésta a título enunciativo: títulos dominicales, documentación catastral, documentación registral, etc. Asimismo, la Sociedad para el Desarrollo de ventaCalamocha, arrendamiento S.A. deberá facultar y autorizar a la entidad adjudicataria tan ampliamente como fuere necesario para que realice por sí o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débitoentidades participadas por ésta, las ENTIDADES realizarán directamente ante actuaciones y gestiones pertinentes para el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación buen fin de los servicios (adjudicados, e informar a la entidad adjudicataria de cualquier alteración del estado físico y jurídico del objeto de la prestación, que pueda tener algún efecto sobre la ejecución y finalidad de los trabajos adjudicados. Por tanto, el objeto del contrato se circunscribe al servicio prestado para la gestión integral para el desarrollo urbanístico e inmobiliario de las parcelas propiedad de la Sociedad para el Desarrollo de Calamocha, S.A., incluidas en cualquiera el ámbito del Sector de sus modalidades)suelo urbanizable industrial no delimitado “Antiguo Aeródromo” del municipio de Calamocha. En concreto, el adjudicatario vendrá obligado entre otras actuaciones a:
a) ELABORAR EL PLAN PARCIAL de dicho ámbito, con las determinaciones contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana de Calamocha y la legislación urbanística vigente.
b) ELABORAR LAS BASES Y ESTATUTOS DE LA JUNTA DE COMPENSACION, tramitar su aprobación y realizar todas las gestiones, informes y asesoramientos necesarios para la constitución y funcionamiento de dicha Junta.
c) REDACTAR EL PROYECTO DE REPARCELACION del ámbito de la actuación en los plazos y con las determinaciones establecidas en la legislación urbanística y presentarlo en el Ayuntamiento para su tramitación hasta su aprobación definitiva, procediendo a su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad.
d) REDACTAR EL PROYECTO DE URBANIZACION de dicho ámbito, incluidos los proyectos complementarios exigidos por los organismos con competencias concurrentes, y presentarlo en el Ayuntamiento para su aprobación definitiva,
e) Realizar el control y seguimiento de todos los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística mencionados, lo que implicará, entre otras funciones, la contestación a alegaciones, elaboración de documentación complementaria, realizar gestiones ante organismos con competencias concurrentes, elaboración, en su caso, de textos refundidos y, en general, la realización de cuantas gestiones sean necesarias hasta su completa aprobación definitiva y entrada en vigor, empleando en todo ello la máxima diligencia y profesionalidad. Siempre que la legislación urbanística lo permita, se presentarán los denominará indistintamenteinstrumentos urbanísticos conjuntamente para su tramitación simultánea.
f) Asesoramiento y control en la adjudicación y ejecución de las OBRAS DE URBANIZACION del ámbito de actuación, incluido el asesoramiento técnico y económico en la contratación de las obras, realizando el necesario análisis comparativo de las ofertas recibidas, labores de dirección de las obras y coordinación de seguridad y salud de las mismas, control de los costes y de las certificaciones en la ejecución de las obras, seguimiento de los plazos contractuales y asesoramiento en la concesión o solicitud de ampliaciones de éstos, control de calidad de ejecución de las obras, asesoramiento en la aplicación de penalizaciones por plazos o por calidad de ejecución de obras, control de calidad geométrico, seguimiento de la Planificación y del Presupuesto de las obras contratadas en el marco de esta actuación, visitas a las obras y asistencia a las reuniones de obras como P.O.S. representantes de la Sociedad para el Desarrollo de Calamocha S.A, liquidación y cierre de las obras.
g) Asesoramientos jurídico y medioambiental en relación con el objeto de este pliego.
h) Preparación y redacción de las bases de las diferentes convocatorias, contratos y resto de documentos de carácter jurídico que pudieran necesitarse en el desarrollo de la actuación.
i) La búsqueda de las fórmulas jurídicas de gestión que mejor se adapten al proyecto realizado o dispositivosimpulsado por la Sociedad.
j) Redacción de informes jurídicos referentes a las formulas de contratación, a las incidencias urbanísticas, los requisitos legales de las distintas actuaciones, los requisitos legales medioambientales, urbanísticos, y todos aquellos derivados de cualesquiera de las actuaciones a llevar a cabo.
k) La redacción de todo tipo de contratos en los que la sociedad pudiera ser parte (entre otros, compra, venta, alquiler, opción de compra, permuta, ejecución de obra, suministro) en el marco de esta actuación
l) Las tramitaciones de todo tipo de Escrituras Públicas, ante notarias y registros
m) La escritura y registro de los créditos hipotecarios que correspondan
n) Los trámites de subrogación de hipotecas a los adquirentes
o) Colaboración y asesoramiento en la tramitación de subvenciones
p) Xxxxxxxxx de un estudio de viabilidad económico-técnico de la implantación de la actuación a desarrollar.
q) La elaboración del plan económico-financiero y de tesorería, que permitan un desarrollo armónico del proyecto a realizar.
r) Cuantificación y ayuda a la obtención de la financiación externa necesaria
s) El asesoramiento fiscal en el marco de la actuación.
t) Preparación y asistencia a las Juntas de Compensación y a los Consejos de Administración para todo lo relacionado con la actuación.
u) Gestiones comerciales que pudieran derivarse del proyecto a desarrollar.
v) Promoción y venta de parcelas desde la inscripción del Proyecto de Reparcelación en el Registro de la Propiedad.
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Samples: Contract for Technical Assistance in Urban Development
OBJETO DEL CONTRATO. 1. El ESTABLECIMIENTO conviene Propietario de manera libre los Datos es el dueño de los datos y voluntaria suscribir ficheros de datos de la SUSTANCIA ACTIVA tal y como se describen en el Anexo 4. Durante el período de vigencia del presente contrato Contrato, el Propietario de afiliación los Datos concede a ROVY el derecho de acceso no exclusivo (CARTA DE ACCESO) de los datos actuales de la SUSTANCIA ACTIVA (en adelante los “DATOS”) que obran en poder de las autoridades o instituciones responsables del registro de los PRODUCTOS desarrollados por ROVY, tal y como se detallan en el Anexo 2, y que contienen la SUSTANCIA ACTIVA.
2. El derecho expuesto en la Cláusula 1 se extinguirá con efecto inmediato por causa del vencimiento del Contrato al final de su período de vigencia, por causa de rescisión previamente notificada, por causa de revocación o por causa de caducidad del registro de los emisores y/PRODUCTOS. El derecho expuesto en la Cláusula 1 se extinguirá en todo caso a la rescisión de este Contrato, sin tener en cuenta si ROVY hizo uso o administradores no de tarjetas tal derecho.
3. Antes de créditoacceder a los datos de cada producto en particular, débito o pago asociados ROVY deberá dar aviso por escrito de dicho acceso al Propietario de los Datos (por medio de carta, telefax, etc)
4. XXXX concede al Propietario de los Datos el derecho de vender los PRODUCTOS para los cuales ROVY reciba licencia en virtud de los datos obtenidos de dicho Propietario de los Datos en los países detallados en el Anexo 3, sin perjuicio del nombre comercial (como derecho de venta subsidiario, etc). Como resultado de este derecho, el Propietario de los Datos estará legitimado a DATAFASTsolicitar el sub-registro a la autoridad responsable para la venta de dichos PRODUCTOS, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial sin perjuicio de Manabísu nombre comercial, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, países detallados en el caso Anexo 3. En virtud de las tarjetas de débitoeste Contrato, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST ROVY concede su aprobación para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosefectuar dicho sub-registro.
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OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la gestión de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato la Asistencia Técnica xx Xxxxxxxx Kulturgintza de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTDurango.
1.2. Dentro de esa tecnologíala gestión encomendada al contratista quedan comprendidas las siguientes funciones:
a. Montaje, DATAFAST ha implementado desmontaje, iluminación, sonorización, carga, descarga y asistencia técnica en general a los espectáculos que así lo requieran y que previamente determine Xxxxxxxx Kulturgintza de Durango.
b. Mantenimiento ordinario del mobiliario, decoración y revestimientos interiores, equipo, tramoya, calefacción, maquinaria e instalaciones, con excepción de reparaciones especializadas, mantenimiento específico de elevadores e instalación eléctrica.
c. Servicios de taquilla, venta de entradas con sujeción a la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móvilesnormativa legal vigente y a las orientaciones xx Xxxxxxxx Kultugintza de Durango, esto esasí como los trabajos de control de entrada, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptadosportería y acomodo de espectadores y acondicionamiento del local para cada actividad. (Colocación de vitrinas, instalados o emparejados programas de mano, carteles, etc.)
d. Atención técnica a un teléfono celular o cualquier otro equipo terceros en caso de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización alquiler de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS sala.
e. Apertura y cierre de locales. Todos los trabajos previamente citados dependerán del calendario y la programación establecida por San Xxxxxxx Kultur Gunea de Durango, debiendo éste comunicar al contratista la programación y el calendario de trabajo con al menos 15 días de antelación. Para la prestación del servicio, el contratista deberá disponer del personal necesario para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que realizar la actividad.
1.3. Xxxxxxxx Kulturgintza de Durango se afilien al sistema de reservará las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro siguientes funciones: • Programación: Teatro; Música; Danza; Exposiciones; Ciclos • Contratación y pago de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición espectáculos. • Supervisión de los bienes o serviciostrabajos de mantenimiento. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera • Determinación de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación precios de taquilla y en general de los servicios (en cualquiera sistemas de sus modalidades)reserva y control de entradas. • Determinación del régimen de cesión y alquiler del Espacio San Xxxxxxx Kultur Gunea • En general, se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosla dirección e inspección de San Xxxxxxx Kultur Gunea.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir Constituye el presente objeto del contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través adjudicación de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados servicios de FORMACIÓN Y TUTORÍA DE LOS SIGUIENTES ITINERARIO: LOTE 1: ITINERARIO INTEGRADO COMMUNITY MANAGER LOTE 2: ITINERARIO INTEGRADO DESARROLLO APLICACIONES LOTE 3: ITINENARIO INTEGRADO SOPORTE INFORMATICO Y DRONES Incluidos todos ellos en el proyecto “SI NO ESTUDIAS NI TRABAJAS, ENCUENTRA UNA SOLUCION EN ALCOBENDAS” para la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx cofinanciado al 91,89% por DATAFAST ya sea a título el Fondo Social Europeo y la iniciativa de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstanteempleo juvenil, en el caso marco de intervención del FSE 2014-2020. Para comprender la dimensión del objeto cabe reseñar que un Itinerario Integrado es un Plan de actuación basado en una secuencia de acciones orientadas al desarrollo de las tarjetas habilidades y mejora de débitola empleabilidad de las personas a las que se dirige el proyecto, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones combina formación teórica y práctica, además de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes tutorías individualizadas basadas en la adquisición detección de intereses, actitudes y aptitudes profesionales, dirigidas a facilitar a estas personas su integración dentro de un plan personal de formación y prácticas laborales que culmine con su inserción laboral. Las personas destinatarias finales del itinerario, por lo tanto alumnos/as de las acciones formativas y de tutoría objeto de este contrato, serán como mínimo de 12 jóvenes preferentemente vecinos xx Xxxxxxxxxx, mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los bienes sistemas de educación o serviciosformación independientemente de su nivel formativo y que estén registradas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, estén o no inscritos como solicitantes de empleo. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios Codificación correspondiente de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(esla nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CNAE): En adelante, 8559 - Otra educación n.c.o.p.. Codificación correspondiente a cualquiera la nomenclatura Vocabulario Común de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios Contratos (en cualquiera de sus modalidadesCPV), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.80500000-9 Servicios de formación
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Samples: Contrato De Servicios
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene LA COMITENTE encomienda a LA CONTRATISTA y ésta se obliga a la ejecución de manera libre los trabajos de excavación, hormigón armado y voluntaria suscribir mampostería del edificio en construcción sito en la xxxxx Xxxxxx Xxxxxx 2325/29/31 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
1.1.- Trabajos de Excavación: Consisten en la apertura del sótano, de las bases y de los tensores a niveles indicados en los planos respectivos. Comprenden la excavación por medios mecánicos o manuales para la correcta ejecución de las tareas posteriores. También comprenden el presente contrato movimiento, rellenos, y posterior retiro de afiliación tierras sobrantes. Están incluidos los trabajos xx xxxxx de canaletas de las medianeras existentes para el empotramiento de vigas y columnas perimetrales.
1.2.- Trabajos de hormigón armado: incluyen la provisión xx xxxxxxx, clavos, alambre, mano de obra especializada, hierro de los diámetros indicados en planos y la provisión en obra del hormigón elaborado con los emisores y/o administradores equipos de tarjetas bombeo necesarios para desarrollar la tarea sin demoras y de créditoacuerdo a las reglas del arte. Comprende la extracción de probetas del hormigón volcado, débito o pago asociados a DATAFASTindependientemente de las que ejecuta el proveedor. Incluyen el hormigón de limpieza, esto eslas bases, Banco Diners Club del Ecuador S.A.los troncos de columna, Banco Guayaquil S.A.los tensores, Banco xxx Xxxxxxxx S.A.las columnas, Banco Pichincha C.A.las vigas, Banco General Rumiñahuilos tabiques, Banco xx Xxxx las losas y Banco Comercial los tanques que figuran en planos.
1.3.- Trabajos de Manabímampostería: Se ejecutarán según las listas de tarea, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”pliegos de especificaciones técnicas y planos generales y de detalles que se indican por separado, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas siendo de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por responsabilidad de LA CONTRATISTA la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización provisión de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS mano de obra, y todos los materiales para instalar la construcción, salvo los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes sean explícitamente excluidos en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosmencionada documentación.
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Samples: Contrato De Excavacion, Hormigon Armado, Mamposteria Y Afines
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir Constituye el objeto del presente contrato de afiliación arrendamiento del inmueble destinado a albergue turístico “PICO MEDIANO” dado de alta esta actividad en el Registro de Turismo y Censo de Promoción Turística de Castilla y León con los emisores y/o administradores número de tarjetas registro A-LE-140. Bien de créditonaturaleza patrimonial e identificada como edificio situado en Xxxx. Xxxxxx, débito o pago asociados xx 00 xx Xxxxxxx, referencia catastral 3249119UN3234N0001SD e inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx Finca 9843, tomo 1702, libro 59 folio 175. El arrendamiento ampara el inmueble, perfectamente acotado e identificado en plano y equipado para ejercer la actividad de albergue y bar-restaurante, con el inventario de mobiliario y enseres que como anexos se incorporan al presente pliego de condiciones, con el que formará parte inseparable del contrato. La actividad a DATAFASTdesarrollar en el local de negocio será de albergue turístico, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx prestación de forma habitual y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivoprofesional mediante precio, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema servicio de Terminales alojamiento por plazas en habitaciones de Puntos capacidad múltiple, servicio de Venta” (P.O.S.)bar-restaurante y pudiendo prestarse actividades complementarias deportivas, a través de los equipos P.O.S. fijos culturales o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión relacionadas con la plataforma electrónica naturaleza. La prestación se ejercerá de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta acuerdo con la autorización normativa vigente en función de su clasificación y categoría conforme a la legislación vigente en materia de albergues y bar-restaurante de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o serviciosJunta xx Xxxxxxxx y León. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios presupuesto de DATAFAST en la(svaloración del inmueble aportado por el técnico asciende a 174.090,00 euros, por lo que el precio del arrendamiento asciende a 870,45 euros/mes. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) siguiente(s) modalidad(es): En adelantedel Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación 14 de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosnoviembre.
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Samples: Contrato De Arrendamiento
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene LOS USUARIOS, señalan conocer íntegramente la propuesta formativa que brinda la I.E.P.“Los Niños Xxxxx” por lo que en amparo del Art. 05 de manera la Ley General de Educación N° 28044, optan libre y voluntaria suscribir voluntariamente solicitar la matrícula del Estudiante, para que curse estudios en nuestra Institución Educativa, en la Edad/Grados según detalla el Numeral 1.2. del presente contrato contrato; durante el año lectivo 2022, para tal efecto contratan el servicio educativo que la Promotoría ofrece. Son requisitos para la matrícula:
a) Constancia de afiliación No Adeudo (del centro educativo de procedencia)
b) Certificados de Estudios Originales (firmados y sellados)
c) Ficha única de matrícula generada por el SIAGIE.
d) Informe de Progreso del Aprendizaje del estudiante.
e) Certificado de discapacidad o certificado médico emitido por un establecimiento de salud autorizado que acredite la discapacidad.
f) Edad cumplida hasta el 31 xx xxxxx.
g) Copia de DNI del alumno(a) (ampliada y actualizada).
h) Copia de DNI de los padres (ampliada y actualizada).
i) Cancelar la cuota de matrícula, según cronograma de pagos.
j) Descargar de la página web, correo electrónico, classroom ò whats App ò en forma física, los documentos de matrícula 2022 y presentarlos FIRMADO en ORIGINAL (llenarlos con letra legible) a la Institución Educativa, enviarlos ESCANEADOS por correo electrónico ò solicitarlos en forma física en la Instituciòn.
k) Presentar solicitud a Dirección pidiendo vacante de Matrícula.
l) Solicitar a la dirección de la Institución Educativa la Resolución de Traslado(Si viene de otra I.E) La matrícula se realiza en las fechas establecidas por el colegio en forma VIRTUAL O PRESENCIAL.
a) No adeudar pensiones de enseñanza del año anterior.
b) Haber cumplido con los emisores y/compromisos asumidos (conductual, académico y económico) en el año anterior.
c) Cancelar la cuota de matrícula, según cronograma de pagos.
d) Descargar de la página web, correo electrónico, classroom, whats App o administradores solicitarlos en forma física, los documentos de tarjetas matrícula 2022 y presentarlos FIRMADO en ORIGINAL (llenarlos con letra legible) a la Institución Educativa ó enviarlos ESCANEADOS por correo electrónico, La matrícula se realiza en las fechas establecidas por el colegio y por la madre, padre o apoderado del estudiante en forma VIRTUAL O PRESENCIAL.
a) Constancia de créditoNo Adeudo (del centro educativo de procedencia)
b) Certificados de Estudios Originales (firmados y sellados)
c) Ficha única de matrícula generada por el SIAGIE.
d) Informe de Progreso del Aprendizaje del estudiante.
e) Edad cumplida hasta el 31 xx xxxxx.
f) Copia de DNI del alumno(a) (ampliada y actualizada).
g) Copia de DNI de los padres (ampliada y actualizada).
h) Cancelar la cuota de matrícula, débito o pago asociados según cronograma de pagos.
i) Descargar de la página web los documentos de matrícula 2022 y presentarlos FIRMADO en ORIGINAL (llenarlos con letra legible) a DATAFASTla Institución Educativa.
j) Presentar solicitud a Dirección pidiendo vacante de Matrícula.
k) Solicitar a la dirección de la Institución Educativa la Resolución de Traslado.(Si viene de otra I.E.) En caso Los Usuarios no cumplan con presentar los documentos precitados en el párrafo precedente, esto esla formalización de la matrícula estará suspendida, Banco Diners Club otorgando la I.E.P. “Los Niños Xxxxx” un Compromiso firmado para la regularización (presentación) de dichos documentos, concluido el plazo ocordado sin que se cuente con los documentos del Ecuador S.A.estudiante, Banco Guayaquil S.A.la promotoría está facultada para unilateralmente rescindir el contrato, Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial toda vez que no se ha cumplido con el OBJETO del mismo. Los apoderados no podrán reclamar la devolución de Manabílos pagos que se hayan efectuado por el servicio recibido, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados caso el Objeto del contrato no se cumpla por no presentar la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete documentación correspondiente a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosmatrícula.
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OBJETO DEL CONTRATO. La fracción resto será transportada desde la estación de transferencia de la Mancomunidad de San Xxxxx principalmente hasta el vertedero de Lapatx (Azpeitia) y a Meruelo (Cantabria). En el futuro no se descarta que se pueda disponer de otro destino en Gipuzkoa. El ESTABLECIMIENTO conviene biorresiduo será transportado hasta las plantas de manera libre tratamiento del mismo, que en este momento son la Planta de Compostaje de Lapatx (Azpeitia), perteneciente a GHK, y voluntaria suscribir el presente contrato las plantas de afiliación con los emisores y/o administradores Tecnología Industrial de tarjetas Reciclaje, S.L., sita en Xxxxx (Navarra), Loreki, sita en la localidad xx Xxxxxx (Lapurdi, Francia) y la planta de créditoSuministres Organics Terres I Substrats, débito o pago asociados a DATAFASTS.L., esto essita en Centelles (Barcelona), Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas plantas externas con las siguientes tarjetas que GHK ha formalizado un Acuerdo Marco para realizar el tratamiento del biorresiduo y obtención de créditocompost. En la actualidad el biorresiduo se traslada asimismo a la empresa HTN Biogas, débito o pago o demás productos similares autorizados por sita en Caparroso (Navarra) para su tratamiento. En estos momentos se encuentra construida, la leyplanta de compostaje xx Xxxxx en Bergara, no obstante, mientras la misma entra en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivofuncionamiento, el ESTABLECIMIENTO servicio de tratamiento del biorresiduo se compromete realizará a utilizar la tecnología del “Sistema través de Terminales las citadas plantas de Puntos tratamiento autorizadas. La planta xx Xxxxx se prevé que pueda entrar en funcionamiento aproximadamente sobre Septiembre u Octubre de Venta” (P.O.S.)2016. El Consorcio de Residuos de Gipuzkoa, a través de los equipos P.O.S. fijos su sociedad unipersonal entidad competente para realizar el tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos, así como para realizar el transporte de dichos residuos hasta su destino correspondiente, por lo que procede su licitación. Durante la vigencia del contrato podrían surgir otras plantas de compostaje, o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título la necesidad de ventaellas, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” sin que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, ello cause alteración alguna en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante presente contrato. El servicio a realizar es el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes descrito en la adquisición cláusula 2 xxx Xxxxxx de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosPrescripciones Técnicas.
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OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El ESTABLECIMIENTO conviene presente pliego tiene por objeto regular las condiciones, procedimiento y forma de manera libre adjudicación de la concesión del uso privativo del dominio y voluntaria suscribir uso público municipal para la explotación y mantenimiento del kiosco situado en el presente contrato municipio de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de ManabíLa Oliva, en adelante mencionados la Plaza Pública de La Iglesia y cuyo destino será la venta de refrescos, helados, golosinas, aperitivos y productos envasados, así como productos tipo bocadillos, sándwiches…y cualquier otro cuya elaboración sea suficiente con una plancha eléctrica. Dado que el inmueble cuya ocupación privativa se pretende tiene la calificación jurídica de bien de dominio público, el canon a satisfacer al Ayuntamiento tendrá el carácter de tasa conforme a lo dispuesto en el art. 80.7 del Reglamento de Bienes de las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente Entidades Locales y del artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, resultando que el otorgamiento de las “ENTIDADES”concesiones demaniales que autorizan dicha utilización privativa se efectuará en régimen de concurrencia con arreglo a lo dispuesta en el art. 93 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, para poder realizar sus ventas con de Patrimonio de las siguientes tarjetas Administraciones Públicas.
1.2.- La naturaleza jurídica del contrato que se perfeccione será la de créditoconcesión administrativa de dominio público, débito o pago o demás productos similares autorizados por al amparo de lo dispuesto en los artículos 84 y 93 de la leyLey 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (en adelante las “TARJETAS”LPAP) y del artículo 78 y siguientes del Real Decreto 1372/1986 de 13 xx xxxxx, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, por el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema aprueba el Reglamento de Bienes de las TARJETASEntidades Locales (en adelante RBEL). No obstante, Las necesidades administrativas a satisfacer son las de conseguir una mejora en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de servicios y atención a los servicios (vecinos y visitantes del municipio de La Oliva, pudiendo el mismo ser utilizado para difundir la comunicación de eventos culturales, deportivos o turísticos en cualquiera los que participe o colabore el Ayuntamiento de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosLa Oliva.
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Samples: Concesión Del Uso Privativo Del Dominio Público Municipal
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene el correspondiente informe favorable de manera libre los servicios municipales.
6. Los inmuebles ofertados deberán estar incluidos en promociones iniciadas, entendidas como aquellas en las que se ha producido el acta de replanteo previa y voluntaria suscribir el presente contrato parte del proceso de afiliación con los emisores y/o administradores edificación, y en situación de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabíobras inacabadas, en adelante mencionados como curso o paralizadas. El valor del suelo y de la parte del edificio ya edificada debe ser superior al de la porción que se encuentra pendiente de construcción. Su grado de ejecución deberá estar comprendido entre un 45% y un 90 %, según informe de tasación aportado por el vendedor en el SOBRE Nº2 y realizado por una empresa de tasación inscrita en el Registro Oficial de Sociedades de Tasación del Banco de España.
7. El plazo máximo de ejecución de las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” obras de terminación del edificio será de 12 meses, a contar desde la firma del acta de comprobación de replanteo y hasta la emisión del certificado final de obra.
8. El tipo de edificio deberá ser de viviendas plurifamiliares en bloque o simplemente entre medianeras. No se admite la tipología de vivienda unifamiliar aislada o agrupada.
9. Todas las “ENTIDADES”viviendas tendrán ventilación a fachadas o patios.
10. La unidad mínima de adquisición de viviendas por inmueble será de 4 viviendas y con el máximo de 20, para poder realizar sus ventas con siendo rechazadas las siguientes tarjetas ofertas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por menor y mayor cantidad.
11. La superficie útil mínima de las viviendas serán las establecidas en la leycláusula 4.10 del PPT.
12. Los anejos del inmueble deberán cumplir las condiciones del CTE o, en adelante su caso, ser adaptables a las “TARJETAS”, emitidas exigencias básicas establecidas en Ecuador o el CTE.
13. No se admiten inmuebles con locales que no estén situados en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete planta baja.
14. Deberán cumplir las condiciones de habitabilidad y de accesibilidad necesarias para su destino a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTOvivienda o, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFASTsu caso, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equiposadaptarse a dichas condiciones establecidas. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización Independientemente de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETASaltura, deberán tener el hueco del ascensor. No obstanteexistirá límite de participación, pudiendo ser adjudicado más de un inmueble al mismo licitador, siempre y cuando los inmuebles presentados cumplan los requisitos y condiciones de aptitud enumerados en este apartado. Al objeto de realizar una redistribución lo más equitativa posible, se adquirirán inmuebles hasta un máximo de 20 viviendas por municipio, si bien se admitirá un margen de un 10% por exceso. En el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes no existir más ofertas en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST presente licitación no se tendrá en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscuenta este último límite.
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Samples: Adquisición De Inmuebles
OBJETO DEL CONTRATO. Nº. Rgtro. Entidades locales 01290672 – C.I.F. A-29178902 – Registro Mercantil de Málaga, Inscripción 1ª., Hoja 6.133-A, Folio 1, Tomo 805, Sección 3ª. El ESTABLECIMIENTO conviene contrato que , con base al presente Xxxxxx se realice, tendrá por objeto la suscripción por parte de manera libre SMASSA de las pólizas de seguro oportunas a fin de cubrir los riesgos recogidos y voluntaria suscribir definidos en cada uno de los Pliegos de Prescripciones Técnicas, incorporados como ANEXO I. Las pólizas deberán garantizar a SMASSA la cobertura de los riesgos y contingencias derivadas de:
a) Responsabilidad Civil General de SMASSA y sus organismos autónomos. El Asegurador deberá obligarse, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el presente contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo de SMASSA de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados en desarrollo de su actividad de cuyas consecuencias sea civilmente responsable, conforme a Derecho, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas correspondiente.
b) Daños a los bienes muebles e inmuebles que integran el patrimonio de SMASSA o ésta tiene en posesión y sus organismos autónomos. El Asegurador deberá obligarse dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato de afiliación con a indemnizar a SMASSA los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabídaños producidos en el objeto Asegurado, en adelante mencionados como las la forma y condiciones establecidos en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas.
c) Compromisos adquiridos en virtud del Convenio Colectivo, de ámbito de empresa, de aplicación a la “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADASSOCIEDAD MUNICIPAL DE APARCAMIENTOS Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar y sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través trabajadores. El Asegurador deberá obligarse dentro de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea límites establecidos en la Ley y en el contrato a título de ventasatisfacer al beneficiario un capital, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstanteuna renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de invalidez, muerte o bien de supervivencia del Asegurado/ contingencias de fallecimiento por cualquier causa (incluido accidente), invalidez permanente absoluta por accidente o enfermedad, gran invalidez por cualquier causa (accidente o enfermedad), invalidez permanente total en las tarjetas condiciones establecidas en el Pliego de débitoPrescripciones Técnicas.
d) Responsabilidad Civil de Circulación y Daños Materiales de la flota de vehículos de SMASSA El Asegurador deberá obligarse, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro dentro de los valores pagados límites establecidos en la Ley y en el contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo de SMASSA de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados como consecuencia de la Circulación de los vehículos de su flota cuando sea civilmente responsable, conforme a Derecho, así como otras garantías de interés para SMASSA de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas correspondiente. El presente proceso de contratación está integrado por los tarjetahabientes en contratos de seguro de Todo Riesgo Daños Materiales, Flota de Automóviles, Responsabilidad Civil y Colectivo de vida accidentes, aquellas licitadoras que presenten oferta al proceso de contratación deberán hacerlo a la adquisición totalidad del mismo, es decir, a los cuatro xxxxx, sin que sean admitidas aquellas ofertas que presenten oferta solo a alguno o algunos de los bienes o serviciosdichos contratos de seguros. El ESTABLECIMIENTO contrata Nº. Rgtro. Entidades locales 01290672 – C.I.F. A-29178902 – Registro Mercantil de Málaga, Inscripción 1ª., Hoja 6.133-A, Folio 1, Tomo 805, Sección 3ª. La prestación a SMASSA se los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelantemediación de los seguros privados, así como la posterior asistencia a este, a cualquiera los asegurados y beneficiarios durante la ejecución del contrato, será efectuada por una correduría de seguros con una solvencia mínima, determinada en función al volumen xx xxxxxx intermediadas desglosadas en xxxxx de seguro de la empresa en los equipos proporcionados por DATAFAST para tres últimos ejercicios, que no podrá ser inferior al valor estimado del contrato. Las Compañías aseguradoras designarán a la prestación Correduría de seguros que desempeñará las funciones señaladas la cual ha de cumplir los servicios (mínimos establecidos. Las necesidades a satisfacer con este contrato constan en cualquiera los documentos que integran el expediente, así como en el informe de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosnecesidades que lo inicia.
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Samples: Insurance Contract
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir Constituye el objeto del presente contrato de afiliación servicios la prestación, por la entidad adjudicataria (en adelante la adjudicataria), de la colaboración y asistencia técnica a los servicios municipales de recaudación en la gestión recaudatoria en vía de apremio de todos de los ingresos municipales de derecho público, cualquiera que sea su naturaleza, tributaria o no, de los que se emita, firme y entregue cargos, así como a gestión administrativa y recaudación de las multas de tráfico en períodos voluntario y ejecutivo. Así mismo, son objeto de este contrato los servicios complementarios y de colaboración en la gestión recaudatoria municipal en vía de apremio relativos a aquellas deudas que mediante el principio de cooperación y asistencia activas pudiera recabar o aceptar el Concello de Pontevedra de otras administraciones o entidades. Con carácter general, y sin perjuicio de las particularidades que se señalan con posterioridad, el contrato comprende la realización de cuantas tareas de apoyo, ejecución y asistencia técnica se consideren necesarias. En ningún caso podrán dar lugar a la producción de actos administrativos o que impliquen ejercicio de autoridad. La contratación de los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabítrabajos definidos en el párrafo anterior no supondrá, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”ningún caso, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema menoscabo de las TARJETAS. No obstante, en el caso competencias atribuidas a la Administración municipal como fórmula de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación gestión directa de los servicios (recaudatorios de conformidad con lo dispuesto en cualquiera el artículo 85.2.A.a) de sus modalidades)la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las bases del régimen local. La empresa que resulte adjudicataria no tendrá, en ningún caso, el carácter de órgano de recaudación, no dependerá orgánicamente del Ayuntamiento de Pontevedra, ni estará incluida en su estructura administrativa. A efectos de este pliego cuando se los denominará indistintamentehaga referencia a “deudas” se entenderá las deudas derivadas de sanciones de tráfico providenciadas o no de apremio, así como P.O.S. o dispositivosel resto de las deudas de derecho público sobre las que se ha dictado providencia de apremio.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto de manera libre la presente contratación es la suscripción, por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), que actuará como Tomador del Seguro, de una Póliza de Seguro de Vida del personal municipal afecto a la Relación de Puestos de Trabajo y voluntaria suscribir plantilla de personal aprobada anualmente por el Ayuntamiento Pleno (BOPA. nº 241 de 20/12/2010), incluidos en el ámbito de aplicación del vigente Acuerdo de Funcionarios /Convenio colectivo del personal laboral, personal de eventual y miembros de la Corporación, que tendrán la condición de Asegurados, y cuyas especificaciones se recogen en el presente contrato Pliego con la consideración de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través coberturas mínimas. El tomador de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados seguros objeto de contratación será el Ilmo. Ayuntamiento de Roquetas de Mar, representado por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTel Iltmo. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización Sr Alcalde-Presidente de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos ciudad de Roquetas de Mar, Órgano de Contratación competente. Quedan nulas o móviles) sin vigor ni efecto alguno, cuantas estipulaciones y condiciones establecidas en los locales comerciales que las condiciones generales se afilien al sistema de opongan, amplíen o contradigan las TARJETAS. No obstante, establecidas en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro presente pliego. El desconocimiento del contenido de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (Pliegos en cualquiera de sus modalidades)términos, de los documentos anejos que forman parte de los mismos o de las instrucciones y normas que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la aseguradora de la obligación de su cumplimiento. En la ejecución del contrato, la aseguradora quedará obligada con respecto al personal que emplee en la realización de los trabajos, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de ordenación laboral social, así como las que se puedan promulgar durante el periodo de vigencia de los denominará indistintamenteseguros. El presente Xxxxxx y el de Cláusulas Administrativas Particulares formarán parte integrante de las pólizas que se contraten figurando como Condiciones Especiales de las mismas, como P.O.S. o dispositivosprevaleciendo sobre el resto de condiciones de las pólizas en caso de discrepancia.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Constituye el objeto del contrato de manera libre y voluntaria suscribir acuerdo al que se refiere el presente contrato pliego de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización acuerdo al artículo 15 de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) LCSP 2017 la gestión indirecta del Tanatorio Municipal de Lozoyuela, así como, la prestación de servicios en los locales comerciales cementerios municipales en los tres núcleos del municipio, y en el que se afilien al sistema la contraprestación a favor de las TARJETAS. No obstanteaquél consistirá, en el caso derecho a explotar el servicio de Tanatorio municipal, en los términos que se indican en el presente pliego.
a) El servicio de cementerios comprende las siguientes prestaciones: - Inhumación y exhumación, en su caso, de cadáveres, restos y cenizas. - Traslados, en su caso, de cadáveres y, restos cadavéricos y cenizas. - Reducción de restos. - Movimientos de lápidas. - Construcción, ampliación, renovación y conservación de unidades de enterramiento. - Realización de obras, servicios y trabajos necesarios de conservación, mantenimiento y limpieza de los cementerios y en particular de sus elementos urbanísticos, jardinería, edificios e instalaciones, así como para el funcionamiento de estos. La asignación de nichos, sepulturas, y columbarios mediante la expedición del título correspondiente corresponderá al Ayuntamiento. El Reglamento regulador del servicio viene establecido por el Reglamento de Funcionamiento de los Cementerios Municipales.
b) Los servicios comprendidos por la explotación del Tanatorio son los siguientes: - Salas de velatorio y otras. - Servicios de acondicionamiento y consigna de cadáver o cenizas. - Para los servicios complementarios de floristería, venta de lápidas, restauración, ornamentación de sepulturas nichos y columbarios la fijación de las tarjetas tarifas será libre y se regirán por el libre mercado debiéndose supeditar únicamente a la ley de débitola oferta y la demanda, las ENTIDADES realizarán directamente ante todo ello sin perjuicio de que el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de concesionario podrá prestar en los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata términos del presente contrato, éste y otros servicios auxiliares y complementarios a los servicios funerarios. - El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario preciso según la finalidad de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelantecada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características, quedando este equipamiento, al finalizar el contrato, afecto a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoseste servicio.
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Samples: Concession Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Tiene por objeto la contratación de manera libre las pólizas de seguro privado del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y voluntaria suscribir el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de créditosus organismos autónomos, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas características señaladas en el Pliego de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por Prescripciones Técnicas y el resto de la ley, documentación técnica que figura en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete expediente y que tendrá carácter contractual. Las compañías adjudicatarias a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados su vez deberán designar a un teléfono celular o cualquier otro equipo Corredor de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constanciaseguros, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, estará obligado a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios de asesoramiento y asistencia al tomador y al asegurado o al beneficiario. A efectos de la adjudicación, el servicio se divide en los lotes que a continuación se indican, siendo posible presentar oferta por uno, varios o todos los lotes: Lote I: o Daños a consecuencia de la responsabilidad civil/patrimonial en que puedan incurrir el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y el Organismo Autónomo Ametx frente a terceros, en su condición de titulares de bienes de dominio público y patrimoniales, así como prestadoras de servicios públicos. o Daños a inmuebles (en cualquiera continente y contenido) y muebles que integran el patrimonio del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y el Organismo Autónomo Ametx. Lote II: Riesgos personales. Lote III: Vehículos. Lote IV: Reclamaciones de sus modalidades)daños y defensa jurídica. Lote V: Responsabilidad de las autoridades y personal. Los licitadores no están obligados a licitar por todos los lotes, se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivospero si un lote está constituido por varias pólizas deberá licitar a todas las que integran el lote.
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Samples: Contract for Insurance Policies
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Compra de manera libre los siguientes elementos: OBJETO DEL CONTRATO: ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA CONFECCION Y DECORACIÓN DE FIESTAS para suplir los requerimientos de las comunas de Cali, en armonía con la ejecución del contrato interadministrativo No 4148.0.26.108 “situado fiscal” suscrito con la Secretaría de Cultura Municipal para la “realización de talleres artísticos y voluntaria suscribir culturales incluyendo vestuario e instrumentos musicales y los insumos necesarios para el presente contrato normal desarrollo de afiliación las actividades; de conformidad con los emisores la propuesta radicada. Descripción Cantidad Precio unitario VALOR TOTAL VALOR TOTAL $ 12.452.126 PARTICIPANTES Y REQUISITOS HABILITANTES
1. Certificado de Existencia y Representación Legal y Autorización del Órgano Directivo Correspondiente (si se requiere).
2. Fotocopia de la Cédula de ciudadanía del Representante Legal.
3. Fotocopia del RUT .
4. Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de La Nación, vigente, del representante legal y de la empresa.
5. Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la Nación, vigente, del representante legal y de la empresa.
6. Certificado de antecedentes judiciales expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S, vigente, del representante legal de la empresa.
7. Información sobre la experiencia en la comercialización de estos bienes.
8. Experiencia en el ramo. Si se trata de personas jurídicas, establecimientos de comercio o EU la experiencia será prueba suficiente la fecha de creación de la empresa debidamente consignada en el certificado de existencia y representación legal y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización inscripción de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, actividades similares en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscorrespondiente RUT.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el objeto del presente contrato es el suministro de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados energía eléctrica por Vóltico Energía S.L. a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización instalación de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar que es titular el Cliente en el/los P.O.S. (fijos punto/s de conexión o móviles) entrega indicado/s en las Condiciones Particulares y conforme a los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstantetérminos y condiciones reflejados en este contrato y, en el caso de las tarjetas contratación electrónica, en la información facilitada previamente a través de débitola página web de xxx.xxxxxxx.xxx. A tal efecto y mediante la aceptación del presente Contrato, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones Cliente valida la contratación de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de energía eléctrica y el acceso a las redes a través de Vóltico Energía S.L. posibilitando de esta forma que Vóltico Energía S.L. pueda ofrecerle un precio comprensivo de ambos conceptos, todo ello sin perjuicio de la aplicación de condiciones específicas de conformidad con la normativa vigente. Para ello Vóltico Energía S.L. resulta expresamente autorizada y facultada por el Cliente, por medio del presente contrato, para que:
(1) Vóltico Energía S.L. adquiera a todos los bienes efectos su posición jurídica en el Contrato de Acceso a la Red de Distribución que suscriba con la Distribuidora (Contrato ATR) propietaria y responsable de la red en la que radica su instalación.
(2) En caso de exigirse legalmente, Vóltico Energía S.L. gestione la resolución de su actual contrato y pueda actuar ante la empresa Distribuidora y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a fin de realizar todas las gestiones necesarias o serviciosconvenientes para la adecuada prestación del servicio de suministro así como las operaciones necesarias ante terceros relativas al cambio de suministrador. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelanteCliente se obliga, a cualquiera autorizar la contratación antes citada a través de Vóltico Energía S.L. y a no resolver el Contrato de ATR que Vóltico Energía S.L. formalice en su nombre con la Distribuidora en tanto permanezca vigente el presente Contrato de Suministro, sin perjuicio de lo establecido reglamentariamente. Este Contrato de Suministro es de carácter personal debiendo el Cliente ser el efectivo usuario de la energía eléctrica suministrada, que no podrá utilizar en lugar distinto para el que fue contratada, ni cederla, enajenarla o ponerla a disposición de terceros. Si el Cliente opta por la contratación electrónica, la aceptación de este contrato general y del contrato particular se realizará a través de la pagina web de Vóltico Energía S.L. El Cliente certifica, con la aceptación del presente contrato, que el punto de suministro objeto de este contrato no dispone de la condición de suministro esencial, según lo dispuesto en el R.D. 1955/2000 o cualquier otra disposición que modifique o complemente la citada condición y que no se encuentra en situación de deuda o impago con ningún agente Comercializador o Distribuidor. En caso contrario, Vóltico Energía S.L. podrá proceder a la resolución inmediata del contrato. El Cliente declara disponer de conexión, de acceso, de los trabajos de acometida ya finalizados, de la consideración de suministro eléctrico contratable por parte de la compañía Distribuidora, y de las instalaciones y equipos proporcionados de conformidad con la legislación vigente, aptos para el suministro eléctrico. La aceptación del presente contrato queda supeditada al cumplimiento de la presente declaración pudiendo Vóltico Energía S.L no activar el suministro de energía, sin que proceda indemnización alguna por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosello.
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Samples: Electricity Supply Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del contrato será la contratación del servicio de manera libre gestión y voluntaria suscribir dinamización de medios online, principalmente, redes sociales y SEM, gestión de campañas publicitarias en el presente contrato entorno online y servicios de afiliación comunicación online (Community Manager) para Auditorio de Tenerife y proyectos que gestiona, tales como Ópera de Tenerife y los vinculados a Artes Escénicas. Informe mensual / Medición de Resultados/ Informe Anual.
1. Autoridad: Las menciones recibidas en otros medios fuera de los propios perfiles sociales y de la Web oficial. Indicando presencia en los medios digitales, cantidad de comentarios en blogs, diarios, Web de noticias, menciones de éxito, recomendaciones, favoritos...etc.
2. Influencia en los medios sociales (cantidad de suscriptores, nuevos suscriptores, etc.).
3. Participación de los seguidores (comentarios en Facebook, Twitter, Xxxxxxxx, votaciones en Youtube...etc.).
4. Tráfico generado entre los medios sociales hacia el apartado Web
1.3.- De conformidad con los emisores y/o administradores el artículo 99.3 de tarjetas la Ley 9/2017, de crédito8 de noviembre, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club de Contratos del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, Sector Público (en adelante mencionados LCSP) el órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos válidos que deberán justificarse debidamente. En este sentido, no procede la división en lotes del objeto contractual por cuanto que, tratándose de un servicio de gestión y dinamización de Redes Sociales y medios online de marketing digital, así como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST Community Manager, se debe ejecutar de forma homogénea por la misma empresa en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera aras de los equipos proporcionados por DATAFAST para conseguir una mayor eficacia y coordinación en la prestación de los servicios (en cualquiera servicios. Igualmente, por la naturaleza de sus modalidades)dicho objeto, se los denominará indistintamentehace necesaria la coordinación de las diferentes prestaciones que lo integran, como P.O.S. o dispositivosque podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes. Asimismo, y teniendo en cuenta el bajo importe al que asciende el presupuesto de licitación resulta más ventajoso la presentación de la oferta de forma integrada.
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Samples: Contract for Services
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente objeto del contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club es la contratación del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabísuministro, en adelante mencionados régimen de alquiler, de equipamiento audiovisual, informático e iluminación escénica, así como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST asistencia técnica audiovisual e iluminación escénica para las actividades que tendrán en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En lugar en el edificio TABAKALERA, tal y como se especifica en el presente Pliego y en el Pliego de Cláusulas Económico Administrativas (en adelante, P.C.E.A.). El objeto del contrato lo constituyen así las prestaciones siguientes: El suministro, en régimen de alquiler, de equipamiento audiovisual e informático para las actividades que tendrán lugar en los distintos espacios del edificio TABAKALERA, previo requerimiento de CENTRO INTERNACIONAL DE CULTURA CONTEMPORÁNEA, S.A., y concretamente del equipamiento previsto en la Cláusula 7ª del P.C.E.A. Los servicios audiovisuales consistentes en la operación técnica de las instalaciones y equipamientos de imagen y sonido, traducción simultánea, voz y datos de las actividades que tendrán lugar en los distintos espacios del edificio TABAKALERA, previo requerimiento de CENTRO INTERNACIONAL DE CULTURA CONTEMPORÁNEA, S.A., comprendiendo: o Montaje y desmontaje de espacios para las distintas actividades. o La asistencia técnica en actividades de distinta tipología Los servicios de montaje, desmontaje y asistencia en la operación técnica de las instalaciones y equipamientos de iluminación, previo requerimiento de CENTRO INTERNACIONAL DE CULTURA CONTEMPORÁNEA, S.A., comprendiendo: o Montaje y desmontaje de instalaciones de iluminación para las distintas actividades. o Diseño de iluminación y asistencia técnica en actividades de distinta tipología relacionadas con el objeto del contrato. La empresa adjudicataria deberá adscribir a cualquiera la ejecución del contrato una oficina o delegación en la provincia de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosGipuzkoa.
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Samples: Technical Specifications for Contracting Audiovisual Equipment and Services
OBJETO DEL CONTRATO. 4.1.- El ESTABLECIMIENTO conviene contratista se obliga con la Universidad Estatal de manera libre y voluntaria suscribir Milagro a ejecutar el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las proyecto para “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las CONTRATACIÓN DE PUBLICACIONES EN PRENSA “ENTIDADESLA VERDAD”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de créditoPARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE COMUNICACIÓN 2021, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETASDE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO”, emitidas según las características y especificaciones técnicas constantes en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constanciaoferta, que DATAFAST cuenta con se agregan y forman parte integrante de este contrato.
4.2.- El servicio objeto del presente proceso proporcionará a la autorización Universidad Estatal de Milagro(UNEMI) espacios publicitarios para la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema colocación de las TARJETAS. No obstantecontenidos comunicacionales institucionales, en el caso Semanario Prensa La Verdad, contenidos que podrán ser de diversa índole, es decir, tanto comunicados escritos, como presencia demarca institucional, según sea el requerimiento específico de la Universidad Estatal de Milagro. La contratación de espacios en los medios de comunicación escritos, permitirá hacer opinión pública, difundir logros de esta comunidad educativa e invitar a la ciudadanía a participar de los eventos organizados por la UNEMI, fomentando así el vínculo con la colectividad. Es importante resaltar los proyectos de vinculación con la comunidad como un aporte que permite el mejoramiento de la calidad de vida en diferentes comunidades, remarcando la responsabilidad social de la UNEMI. Además, contar con espacio de este tipo, permite a la institución fortalecer y motivar a la ciudadanía a participar de las tarjetas diferentes modalidades de débitoestudios de pregrado, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones posgrado o educación continua. La presencia de cobro la UNEMI en los medios de comunicación, logrará que se perciba como parte activa de la comunidad y que sus constantes logros sean reconocidos a nivel nacional.
4.3.- Informar a la comunidad, acerca de los valores pagados por los tarjetahabientes en logros, posturas, opiniones, actividades y eventos relevantes de la adquisición institución y así fortalecer la gestión de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscomunicación institucional.
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Samples: Contract for Publications in Press
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1. El ESTABLECIMIENTO conviene presente Contrato regula el servicio de manera libre gestión discrecional e individualizada, por parte de Rentamarkets, de los activos depositados en la cuenta de valores y voluntaria suscribir de efectivo identificada como “Cuenta de Gestión” con un código de cuenta, conforme indicado en el Anexo I. La cuenta debe quedar afecta exclusivamente al presente contrato Contrato (en adelante, la (“Cartera Gestionada”) de afiliación acuerdo con las condiciones del Anexo I.
1.2. La gestión recaerá exclusivamente y no podrá superar, en ningún momento, salvo en los emisores y/supuestos y límites que establezca la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, el patrimonio aportado inicialmente o administradores en sucesivas ocasiones por el Cliente, así como los rendimientos generados por dicho patrimonio (en adelante, el “Patrimonio Gestionado”).
1.3. El Patrimonio Gestionado comprenderá, en cada momento, el valor actual de tarjetas los activos que compongan la cartera del Cliente según consten en la Cuenta de créditoGestión abierta en Rentamarkets y afecta exclusivamente al presente Contrato (en adelante, débito o pago la “Cuenta de Gestión”).
1.4. Rentamarkets podrá delegar la gestión de la cartera en la gestora del Grupo Rentamarkets: Rentamarkets Investment Managers SGIIC, S.A.U. Dicha delegación no supone merma en la responsabilidad única y global xx Xxxxx Markets SV, S.A. por el servicio prestado. La delegación en Rentamarkets Investment Managers SGIIC, S.A.U. se limita a las tareas de gestión (decisión de inversiones e instrucción para su ejecución), correspondiendo a Renta Markets SV, S.A. las funciones para la comercialización de servicios y el alta del cliente, la evaluación de idoneidad del Cliente, mantener la atención al Cliente y las comunicaciones oportunas y remitir la información correspondiente sobre el servicio prestado así como velar por la correcta ejecución del servicio.
1.5. El servicio de gestión de carteras objeto del presente Contrato comenzará a prestarse el primer día hábil siguiente al que se realicen las aportaciones iniciales de conformidad con lo previsto en la cláusula 5 siguiente.
1.6. En la “Información Precontractual” que el Cliente reconoce haber recibido de Rentamarkets, se recoge toda la información sobre los riesgos asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial los productos en los que Rentamarkets podrá decidir realizar inversiones de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO Cartera Gestionada
1.7. Rentamarkets se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), remitir al Cliente a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea medios que permitan el archivo en soporte duradero, bajo las condiciones establecidas bajo la Cláusula 12 del presente Contrato, información sobre la Cartera Gestionada. A su vez, el Cliente se compromete a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado facilitar a Rentamarkets la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir información y los datos transaccionales generados desde que sean necesarios para la ejecución de los servicios descritos objeto de este Contrato.
1.8. En caso de estar el Cliente sometido a alguna norma sectorial específica, española o extranjera, o a alguna regulación interna de obligado cumplimiento, el Cliente manifiesta que la firma y hacia estos equiposla ejecución del presente contrato no implica ningún incumplimiento de estas, quedando Rentamarkets exonerada de cualquier responsabilidad al respecto. Se deja constanciaAsimismo, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema cualquier cambio futuro de las TARJETAScircunstancias del cliente a este respecto deberá ser comunicado por el Cliente a Rentamarkets, quedando esta última exonerada de cualquier responsabilidad al respecto si el Cliente incumpliera esta obligación. No obstante, en el En caso de existir alguna obligación de información a cualquier autoridad española o extranjera en relación con las tarjetas operaciones que Rentamarkets realice sobre la Cartera Gestionada, el Cliente se compromete a cumplir dichas obligaciones de débitoforma exclusiva, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones quedando expresamente excluida Rentamarkets de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicioscualquier obligación al respecto.
1.9. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST Cliente se obliga en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelanteeste acto, y durante la vigencia del presente Contrato, a cualquiera de los equipos proporcionados facilitar a Rentamarkets cualquier información relevante que deba ser tenida en cuenta por DATAFAST Rentamarkets para la prestación del servicio objeto del presente Contrato, quedando Rentamarkets eximida de toda responsabilidad en caso de no recibir puntualmente dicha información.
1.10. Rentamarkets gestionará la Cartera Gestionada del Cliente adoptando las medidas oportunas y razonables para perseguir el mejor binomio rentabilidad/riesgo posible de acuerdo con el resultado de la evaluación de idoneidad realizada y la selección de riesgo efectuada, en su caso, por el Cliente, si bien queda exonerada de la responsabilidad derivada del resultado económico derivado de la gestión realizada en virtud del presente Contrato y, en particular, de las posibles pérdidas derivadas del riesgo inherente a la inversión en los servicios (en cualquiera Mercados de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosValores.
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Samples: Contrato De Gestión De Carteras
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene representar la totalidad de manera libre la cuota de participación de la división horizontal a realizar en el futuro en base al proyecto de ejecución que obtuvo la licencia municipal de obras.
2. Los inmuebles ofertados deberán estar ubicados en la isla de Gran Canaria y voluntaria suscribir su titular podrá ser único o en régimen de copropiedad.
3. Los inmuebles deberán estar libres de cargas, gravámenes y en condiciones jurídicas que permitan su inmediata compra, escrituración e inscripción en el presente contrato Registro de afiliación la Propiedad.
4. Los inmuebles deben estar libres de personas arrendatarias, ocupantes y precaristas. Asimismo, se entregarán libres de enseres.
5. Los inmuebles deberán estar al corriente del pago de todos los suministros (agua, luz y gas, en su caso), así como de los tributos estatales, locales o de la Comunidad Autónoma que los graven, especialmente del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
6. Los inmuebles deberán estar inscritos en el Registro de la Propiedad a nombre del licitador.
7. No se admitirán inmuebles en los que su titular no ostente, además, el derecho de superficie (derecho de propiedad sobre el suelo). Los inmuebles ofertados en el concurso público deberán cumplir, además de los requisitos anteriores, las siguientes condiciones de aptitud descritas en las cláusulas 3 y 4 del PPT:
1. Estar situado en un lugar de fácil acceso rodado y próximo a equipamientos municipales esenciales, con una adecuada red de transportes públicos. En todo caso, se considerará esta última condición si se cumplen los emisores y/dos requisitos siguientes: - Existencia, en un radio no superior a dos (2) kilómetros, de todos y cada uno de los siguientes equipamientos y dotaciones: o administradores Colegio Público de tarjetas Educación Infantil y Primaria. o Instituto de créditoEducación Secundaria Obligatoria. o Centro de salud. o Comerciales de primera necesidad. o Farmacias. - Existencia en un radio no superior a un (1) kilómetro, débito o pago asociados a DATAFASTde conexión con el transporte público, esto es, Banco Diners Club parada de guaguas municipal y/o interurbana.
2. Los inmuebles estarán en suelo urbano consolidado o asentamiento rural, con calificación urbanística para el uso requerido según las Ordenanzas del Ecuador S.A.Plan General de Ordenación Urbana que le sea aplicable: uso residencial.
3. El inmueble deberá disponer de Licencia Urbanística de edificación vigente y otras autorizaciones sectoriales preceptivas en su caso, Banco Guayaquil S.A.y deberán obtener, Banco xxx Xxxxxxxx S.A.también, Banco Pichincha C.A.en su caso, Banco General Rumiñahuiprórroga de licencia o autorizaciones en el plazo establecido para su finalización y entrega de llaves.
4. No podrá estar incurso en ningún supuesto de infracción urbanística ni en situación de fuera de ordenación.
5. La edificación realizada se deberá corresponder con el proyecto y licencia urbanística de edificación otorgada. En el caso de modificaciones que se hubiesen introducido durante la obra, Banco se describirán y justificarán con la conformidad del promotor, haciendo constar su compatibilidad con las condiciones de la licencia (Anejo II, II.3, 3.a) del Real Decreto 314/2006, de 17 xx Xxxx y Banco Comercial xxxxx, por el que se aprueba el Código Técnico de Manabíla Edificación, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.CTE), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en En el caso de que hubiera proyecto modificado durante la ejecución de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.obras deberá tener
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Samples: Adquisición De Inmuebles
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Bailes celebrados con motivo xx xxxxx, bautizos y comuniones para los que el acceso de manera libre todos los asistentes se realice mediante invitación personal y voluntaria suscribir no condicionada a contraprestación de clase alguna. Bailes que se celebren con motivo de actos sociales de carácter singular cuyo acceso esté condicionado al abono de un precio de entrada o a la compra de cualquier bien o servicio. Bailes que se celebren con motivo de actos sociales de carácter singular cuyo acceso esté condicionado al abono de un precio de entrada o a la compra de cualquier bien o servicio. Como remuneración por la autorización concedida, y en tanto la misma esté vigente, EMPRESA satisfará a SGAE, por cada mes o fracción en que esté abierto el presente contrato establecimiento, la cantidad establecida en las Tarifas Generales de afiliación con la entidad de gestión vigentes en cada momento, que EMPRESA declara conocer y que se encuentran publicadas en la web xxx.xxxx.xx. En su caso, serán de aplicación los emisores y/o administradores descuentos previstos en las Tarifas Generales de tarjetas de créditoSGAE, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabíque declara igualmente conocer, en adelante mencionados como los términos recogidos en las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente mismas y en sus notas preliminares, a las “ENTIDADES”que también tiene acceso en la web xxx.xxxx.xx. Teniendo en cuenta que, para poder realizar sus ventas en la modalidad de uso del repertorio en bailes celebrados con las siguientes tarjetas motivo xx xxxxx, bautizos y comuniones, existen, a la fecha de créditofirma de este documento, débito o pago o demás productos similares autorizados dos posibles opciones tarifarias alternativas, EMPRESA opta en este momento por la leyque figura marcada a continuación: Aforo del establecimiento Intérpretes/actuantes habituales: Tarifa Promediada Anual Simplificada, en adelante las “TARJETAS”de acuerdo con la siguiente declaración de datos: V201909JAE En esta modalidad tarifaria, emitidas en Ecuador o en cualquier otro paísEMPRESA opta por acomodar los plazos de pago a la opción que figura marcada a continuación: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” Mensual (P.O.S.), a través dentro de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados 15 días siguientes al mes al que correspondan los derechos devengados. Semestral anticipada (en el primer mes del semestre). Anual anticipada (dentro de los 2 primeros meses del año) Tarifa Promediada por DATAFAST ya sea a título Acto y número de ventacomensales. En esta opción, arrendamiento o cualquier otra figura contractual será precisa la entrega por parte de EMPRESA de la declaración mensual anticipada prevista en las Condiciones Generales EMPRESA podrá modificar esta opción tarifaria en los siguientes ejercicios, comunicándolo expresamente por DATAFASTescrito durante los dos primeros meses de cada año natural. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado En la modalidad “DATAMÓVIL” xx xxxxxx que emplea P.O.S. móvilesse celebren con motivo de actos sociales, esto esy siempre que se trate de actos en que el aforo legalmente autorizado para el recinto donde tenga lugar el mismo sea igual o inferior a 1.000 personas, dispositivos inalámbricos las Tarifas Generales vigentes en el momento de la firma de este documento prevén que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo EMPRESA podrá optar en el momento de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con solicitar la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema cada acto, por una de las TARJETAS. No obstante, dos opciones tarifarias previstas y recogidas en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivos.xxx.xxxx.xx
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Samples: Contrato De Autorización Para La Utilización Del Repertorio Musical
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Ayuntamiento de manera libre Porzuna convoca mediante Procedimiento Abierto la contratación del Servicio de Cafetería y voluntaria suscribir Comedor del Centro de Día sito en calle Escuelas de esta localidad, dicho Servicio se prestara conforme a las siguientes condiciones:
A) CAFETERÍA: Horario. El determinado por el presente contrato Ayuntamiento según temporada xx xxxxxx o invierno. Precios: Los precios de afiliación con los emisores y/o administradores las consumiciones de tarjetas la cafetería se incluirán necesariamente en la oferta para su valoración y aprobación por el Ayuntamiento
B) COMEDOR: Se incluirá en dicho servicio la elaboración, cocinado y reparto de créditolas comidas del Servicio de Comida Sobre Ruedas ( 18 en la actualidad y 12 en lista de espera), débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados así como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente que se sirvan directamente en el comedor del Centro de Día.
C) El Ayuntamiento de Porzuna asumirá los costes de suministro de agua, gas, y energía Eléctrica de las “ENTIDADES”instalaciones de Cafetería y Comedor, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados cuya limpieza será por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS empresa adjudicataria.
D) El Adjudicatario se obligará a cumplir taxativamente las condiciones higiénico-sanitarias, laborales, de manipulación de alimentos y demás que la legislación vigente exige a las actividades de referencia.
E) El Ayuntamiento de Porzuna asumirá los costes del mobiliario, mesas y sillas así como las instalaciones de frigorífico, cocina etc. necesarias para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema el servicio de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscafetería y comedor.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene La limpieza objeto del presente contrato comprenderá todas las dependencias, tanto interiores como exteriores, del Polideportivo Xxxxx Xxxxxx, del Centro Deportivo Kabiezes y del Frontón xx Xxxxxx, pertenecientes al IMD de manera libre Santurtzi. La limpieza se efectuará asimismo sobre todos y voluntaria suscribir cada uno de los elementos de mobiliario o materiales existentes en las dependencias anteriores, realizando sobre ellos las operaciones y con las frecuencias que se señalan en el apartado “Frecuencias de limpieza”. Las empresas concursantes deberán visitar el Polideportivo Xxxxx Xxxxxx, el Centro Deportivo Kabiezes y el Frontón xx Xxxxxx para su correspondiente toma de datos y estudio de la oferta. Las empresas licitadoras, además de lo previsto en este Pliego de Condiciones Administrativas, deberán haber visto y revisado las instalaciones objeto de la presente licitación, no pudiendo prevalerse de las diferencias con los citados datos facilitados en el presente contrato Xxxxxx y Anexos para pretender un cambio de afiliación precio durante el período contractual. Para visitar las instalaciones se pondrán en contacto con el Jefe de Instalaciones del IMD y se entregará un certificado de haber realizado la visita de las instalaciones. Se establecerán 3 días de visita a las instalaciones. Este certificado es imprescindible para el concurso y se meterá en el sobre “A”. En la visita se les hará entrega de los emisores y/o administradores planos de tarjetas las instalaciones y del listado del personal a subrogar. La limpieza de créditolas zonas de piscina se realizará dando cumplimiento, débito o pago asociados además de a DATAFASTlo determinado en el presente Pliego, esto esa lo establecido en la normativa aplicable. Si se modifica ésta (Decreto 32/2003 de 18 febrero, Banco Diners Club del Ecuador S.A.Decreto 208/2004 de 2 de noviembre, Banco Guayaquil S.A.RD 742/2013 de 27 de septiembre), Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx la empresa adjudicataria adaptará las tareas de limpieza y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados desinfección a lo preceptuado por la leynormativa que esté en vigor, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados siendo por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar empresa adjudicataria los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema costes de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en adaptación durante la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosvigencia del contrato.
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Samples: Cleaning Service Contract
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del presente contrato es la ejecución de manera libre las obras de adecuación de espacios en el Edificio Municipal de Cultura xx Xxxxx. Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I Formarán parte del objeto del contrato y voluntaria suscribir serán obligación del adjudicatario cuantos trabajos sean necesarios para la ejecución completa de las obras, que se realizaran con sujeción a los proyectos técnicos o documentación técnica facilitados por el Ayuntamiento xx Xxxxx, incluyendo la obtención de cuantas autorizaciones y permisos sean necesarios para ello, así como el abono de las tasas correspondientes. El adjudicatario de las obras deberá en el plazo de un mes máximo desde la adjudicación presentar un proyecto técnico con el alcance total de las obras, redactado por técnico competente, así como un planning y un estado completo de mediciones y presupuesto con arreglo a lo definido en el artículo 105 y ss de la Ley 30/2007. Así mismo a la finalización de las obras el adjudicatario estará obligado a presentar ante el Ayuntamiento la documentación correspondiente a las obras ejecutadas, con todos los boletines, certificados, manuales, contratos, documentos y datos similares en alcance a los exigidos en el libro del edificio, en su caso, en la forma dispuesta en el presente contrato pliego. Se incluirá como obligación del contratista la ejecución y montaje a su coste del cartel de afiliación con los emisores y/o administradores acuerdo a lo dispuesto en el Resolución de tarjetas 20 de créditoenero de 2010, débito o pago asociados a DATAFASTde la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la leyque se publica el modelo y las condiciones técnicas del cartel anunciador que debe instalarse en las obras financiadas con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, en adelante las “TARJETAS”creado por el Real Decreto-ley 13/2009, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología de 26 de octubre. Así mismo correrá por cuenta del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de adjudicatario los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización costes de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema redacción del estudio de las TARJETAS. No obstanteseguridad y salud necesario, en por técnico independiente designado por el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosAyuntamiento.
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Samples: Contract for Construction Works
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el objeto del presente contrato es el otorgamiento por parte de afiliación con los emisores la Municipalidad de la Ciudad de San Xxxxxxxxx la firma “GESTIOCOR S.A.” de la autorización y/o administradores concesión para la administración y provisión de tarjetas bienes y servicios y explotación con exclusividad de créditoactividades de juego de Bingo en Ciudad de San Xxxxxxxxx, débito o pago asociados de acuerdo a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización prescripciones de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS Carta Orgánica Municipal, lo que comprende : a) Provisión de un local apto para instalar los P.O.S. (fijos o móvilesel funcionamiento de actividades de Bingo ; b) en los locales comerciales que se afilien al sistema La explotación de las TARJETAS. No obstanteactividades de juego de bingo, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (, suministros y contratación de personal ; c) Recaudación por todas las actividades relacionadas con la presente contratación y realización de los siguientes pagos : c1.) Lo correspondiente a la Lotería de la Provincia xx Xxxxxxx S.E. y demás normativa tributaria : c.2.) Entrega al Municipio de los fondos provenientes de los bingos solidarios destinados a Entidades de bien público según lo establecido en cualquiera el artículo duodécimo del contrato : c.3.) El pago de sus modalidades)premios conforme la segmentación vigente . Quedarán a su beneficio las ganancias y a su cargo las pérdidas que surjan de la prestación de todos los servicios inherentes al presente . La concesionaria deberá cumplimentar con las leyes laborales y previsionales respecto del personal que afecte al servicio y además reconoce expresamente , se su única y exclusiva responsabilidad en materia laboral, previsional y tributaria, quedando la Municipalidad y las entidades beneficiarias de los denominará indistintamentebingos solidarios, como P.O.S. liberadas de cualquier responsabilidad en las materias , frente a los organismos oficiales , terceros , contratistas o dispositivos.trabajadores , etc. Si la Municipalidad o una entidad beneficiaria de bingos solidarios resultare demandada por trabajador dependiente de la 2…/// Sigue Ordenanza Nº 5417.-
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Samples: Contract
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene objeto de manera libre y voluntaria suscribir este contrato es la adquisición de viviendas en el presente término municipal xx Xxxxxxx para incrementar el Parque Público de Viviendas del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, mediante la convocatoria de un procedimiento de licitación, que le permita adquirir viviendas vacías para destinarla a programas públicos de alquiler. El Ayuntamiento xx Xxxxxxx formalizará el contrato de afiliación compraventa en escritura pública con cada uno de aquellos licitadores cuya proposición haya resultado adjudicataria. Las proposiciones que se presenten deben referirse a una única vivienda. Cuando el ofertante quiera participar con más de una vivienda, que sean de su propiedad, estas tendrán que ofrecerse en ofertas diferenciadas. - El/los emisores ytitular/es de la/s vivienda/s ha/n de ostentar el pleno dominio de las mismas, sin que pueda existir ningún derecho, inscrito o administradores no, limitativo de tarjetas la propiedad sobre la vivienda. Sí se admitirán ofertas conjuntas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabínudos propietarios con usufructuarios que conformen la plena propiedad, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” cuyo caso se habrá de indicar en la oferta económica la participación en el precio final de venta. - Las viviendas deben estar ubicadas en el término municipal xx Xxxxxxx e inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre del licitador o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas licitadores y con las siguientes tarjetas condiciones expresadas. - No ha de créditoexistir limitación para la transmisión de la propiedad de la vivienda de conformidad con la normativa vigente, débito incluida la normativa de vivienda protegida. - Las viviendas se adquirirán libres de cargas y gravámenes y en condiciones jurídicas que permitan su inmediata escrituración e inscripción en el Registro de la Propiedad. En el caso de conste alguna carga o gravamen en el Registro de la Propiedad, ésta debe levantarse previa o simultáneamente a la formalización de la compraventa en escritura pública. - Las viviendas deberán estar al corriente de pago o demás productos similares autorizados por la leyde los gastos de comunidad, en adelante las “TARJETAS”agua, emitidas en Ecuador o en gas y electricidad, así como de cualquier otro paístipo de gastos, impuestos y tasas correspondientes. - Las viviendas deberán estar al corriente del IBI municipal, así como de cualquier otro tipo de impuesto o tributo. - Las viviendas han de encontrarse vacías, no arrendadas, ni ocupadas. Según informe de Arquitecto Municipal que obra en el expte. 2018-002 del Servicio de Patrimonio del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, las características que han de cumplir las viviendas son las siguientes: Con Dado que la demanda de viviendas de dos o tres dormitorios es muy superior al resto, se puntuará este objetivotipo de viviendas conforme se indica en el Anexo X xxx Xxxxxx de Condiciones que rige este contrato. La vivienda dispondrá como mínimo de cocina, el ESTABLECIMIENTO se compromete estancia-comedor, cuarto de aseo completo, dormitorio principal o dos dormitorios sencillos, de dimensiones mínimas ajustadas a utilizar la tecnología normativa Andaluza de Viviendas de Protección Oficial o norma que la sustituya. También podrán ofertarse apartamentos compuestos por una estancia-comedor-cocina, que también podrá ser dormitorio; y un cuarto de aseo completo. La superficie mínima del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.)apartamento no podrá ser inferior a 40 m2 útiles, a través dentro de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea cuales no se incluirán terrazas, balcones, miradores, tendederos, ni espacios con altura libre inferior a título 220 cm. Así pues, la superficie mínima de ventalas viviendas ofertadas ha de ser de 40 m2 útiles exclusivos de ésta sin contar con ningún tipo de anexo, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTtrastero, garaje, lavadero, terraza, patio, jardín, etc. Dentro En caso de esa tecnologíaaportarse viviendas que tengan asociado/s alguno/s de estos u otros anexos, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales estos no computarán como superficie útil ni construida y se contemplarán como incluidos en el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización precio de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) vivienda en los locales comerciales sí. En caso de que se afilien al sistema dé alguna de las TARJETASestas circunstancias, serán tenidas en cuenta en el baremo de puntos que se explica en el Anexo X xxx Xxxxxx de Condiciones que rigen este contrato. No obstanteEn caso de que en la nota simple aportada por el licitador no se deduzca claramente, en el caso de las tarjetas que existan anexos, si forman parte o no de débitola superficie total de la vivienda, los técnicos municipales verificarán, en caso de duda, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones superficies tanto de cobro la vivienda como de los valores pagados anexos, para sólo tener en cuenta la de la vivienda. El edificio en que, en su caso, se ubiquen las viviendas deberá estar constituido en régimen de propiedad horizontal. Asimismo, deberá contar con el informe favorable de la Inspección Técnica de Edificios de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx o certificado final de las obras necesarias para su emisión, en caso de ser obligatorio. Las viviendas han de contar con certificado de eficiencia energética. Deberán tener legalizados los suministros de agua y electricidad, debiendo tener instalación eléctrica conforme a la normativa vigente, los contadores de suministros deben cumplir con los requisitos establecidos por los tarjetahabientes las compañías suministradoras y el calentador de agua debe estar debidamente instalado y haber pasado las revisiones pertinentes. En caso de que la vivienda contara con Energía Solar Térmica, se puntuará ésta característica según el Anexo X xxx Xxxxxx de Condiciones que rige este contrato. Las viviendas deben encontrarse en la adquisición condiciones de habitabilidad inmediata, a ser posible sin que sea necesaria obra alguna, se aceptaría, como mucho, que las obras necesarias tuvieran un importe igual o inferior, incluidos impuestos, a: o En apartamentos o viviendas de un dormitorio… 5.000,00 € o En viviendas de dos dormitorios… 7.500,00 € o En viviendas de tres dormitorios… 10.000,00 € o En viviendas de cuatro o más dormitorios… 15.000,00 € Deberán reunir las condiciones generales de seguridad estructural señaladas en el PGOU y en las ordenanzas municipales correspondientes y en ningún caso pueden estar fuera de ordenación. En todo caso deben reunir las siguientes características: La cocina y el baño deberán estar dotados como mínimo con el equipamiento básico para su uso como tales. El baño deberá contar con inodoro, lavabo y bañera o placa de ducha, estando habilitado para producción de agua caliente. La cocina con fregadero y tomas, desagües y enchufes para el resto de los bienes aparatos y electrodomésticos. Todas las piezas habitables han de ventilar a espacios abiertos, patios vivideros o serviciosxx xxxxx, según sean viviendas o apartamentos exteriores o interiores y en las condiciones exigidas en las normas urbanísticas del PGOU xx Xxxxxxx. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios Las viviendas podrán ser de DATAFAST nueva construcción o de segunda mano. Si algún licitador presenta proposiciones para más de una vivienda y éstas ocupan un edificio completo, cada una de ellas (aquellas que ocupan un edificio completo) será valorada conforme al baremo establecido en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelanteel Anexo X xxx Xxxxxx de Condiciones que rige el contrato. Cuando el ofertante quiera participar con más de una vivienda que sea de su propiedad, éstas tendrán que ofrecerse por separado, cada proposición que se presente deberá referirse a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosuna única vivienda.
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Samples: Acquisition Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Los USUARIOS, señalan conocer íntegramente la propuesta formativa que brinda la I.E.P.“Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx” por lo que en amparo del Art. 05 de manera la Ley General de Educación N° 28044, optan libre y voluntaria suscribir voluntariamente solicitar la matrícula del Estudiante, para que curse estudios en nuestra Institución Educativa, en los grados/años según detalla el Numeral 1.2. del presente contrato; durante el año lectivo 2021, para tal efecto contratan el servicio educativo que la Promotoría ofrece. La promotoría señala contar con vacante(s) libre(s) para la matrícula en el grado/año del nivel solicitado, la misma que será otorgada por nuestra Directora inmediatamente suscrito el presente contrato contrato, procediendo a formalizar la matrícula del ESTUDIANTE con arreglo x Xxx; es decir previa presentación de afiliación los siguientes documentos: (i) Resolución que autoriza el traslado del estudiante (ii) Certificado de Estudio; (iii) Ficha Única de Matrícula, -Requisitos No necesarios para estudiantes que ratifican matrícula, ni los que recién se integran a la EBR. (iv) Suscripción del presente contrato. En caso Los Usuarios no cumplan con presentar los documentos precitados en el párrafo precedente, la formalización de la matrícula estará suspendida, otorgando la I.E.P. “Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx” un plazo de 15 días hábiles para la regularización (presentación) de dichos documentos, concluido el plazo otorgado sin que se cuente con los emisores y/o administradores documentos del estudiante, la promotoría está facultada para unilateralmente rescindir el contrato, toda vez que no se ha cumplido con el OBJETO del mismo, reservándose el derecho de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx reclamar indemnización por daños y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por perjuicios ocasionados. Los apoderados no podrán reclamar la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través devolución de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales pagos que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, hayan efectuado en caso el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados Objeto del contrato no se cumpla por los tarjetahabientes en no presentar la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, documentación correspondiente a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosmatrícula.
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OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene de manera libre y voluntaria suscribir el presente contrato marco tiene por objeto la realización, durante la ejecución del mismo, de afiliación con obras en las edificaciones de colegios, edificios municipales, polideportivos e instalaciones deportivas elementales así como en los emisores y/o administradores espacios libres de tarjetas parcela de créditodichas edificaciones adscritas al Distrito Xxxxxxxxxx, débito o pago asociados cuyos proyectos tengan un presupuesto inferior a DATAFAST200.000 euros. Dentro del marco de las actuaciones del Distrito, esto eslas obras serán las de reforma, Banco Diners Club del Ecuador S.A.reparación, Banco Guayaquil S.A.restauración, Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx rehabilitación y Banco Comercial conservación. No se incluirán los trabajos contenidos en el contrato de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas gestión integral de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través servicios complementarios de los equipos P.O.S. fijos edificios adscritos a este Distrito. Xxxxxx excluidas las obras de demolición. El concepto de obras de reforma abarca el conjunto de obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o móviles entregados por DATAFAST refuerzo de un bien inmueble ya sea a título existente, incluidas las obras de venta, arrendamiento acondicionamiento que supongan la realización de nuevas instalaciones o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFASTmodernización de las existentes. Dentro de esa tecnologíalas obras de reforma se entenderán incluidas aquellas que tengan por objeto la realización de acometidas gasistas necesarias para atender los requerimientos de suministro de combustible gaseoso de los edificios incluidos en el ámbito de aplicación del presente contrato. Se consideran obras de reparación las necesarias para enmendar un menoscabo producido en un bien inmueble por acusas fortuitas o accidentales. Si el menoscabo se produce en el tiempo por el natural uso del bien las obras necesarias para su enmienda tendrán el carácter de conservación. En el supuesto de las acometidas gasistas el contratista deberá gestionar con la empresa distribuidora o transportista su realización en los términos señalados en el RD 1434/2002 de 27 de diciembre de 2002 que regula las “actividades de transporte, DATAFAST ha implementado distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural”. Para la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móvilesrealización de las obras objeto de este contrato marco, esto esserá preceptiva la redacción del correspondiente proyecto o presupuesto, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptadossegún corresponda, instalados elaborado por los servicios técnicos del Distrito, por técnicos de otras Áreas del Ayuntamiento o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTOpor técnicos ajenos con quien se hubiese contratado, en conexión con su caso, la plataforma electrónica redacción. Los edificios objeto del contrato marco son los edificios demaniales y patrimoniales adscritos al Distrito. COLEGIOS PUBLICOS Y OTROS CENTROS EDUCATIVOS. Nombre Dirección M2 construidos edificio M2 espacio libre de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización parcela C.E.I.P. CIUDAD DE LOS ANGELES C/ Alegría de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. Xxxxxx, 6 5.109 m2 6.731 m2 C.E.I.P. CIUDAD DE BARCELONA Avda. Verbena de la Paloma, 14 2.700 m2 4.232 m2 X.X.X.X. XXXXXX XX XXXXXXX X/ Xxxxx, s/n 3.891 m2 5.306m2 C.E.I.P. REPÚBLICA XXX XXXXXXXX C/ Sacedón, 2 3.009 m2 5.528 m2 C.E.I.P XXX XXXXX X/ Oxígeno, 43 2.351,82 m2 621,41 m2 C.E.I.P. XXXXXX XXXXXX Xx. Espinela, 1 979 m2 267 m2 C.E.I.P. XXXXXX XX XXXXX Xx. Real xx Xxxxx, 27 1.403 m2 937 m2 C.E.I.P. XXX XXXXXX X/ Geología, 2 1.798 m2 977 m2 C.E.I.P. XXXXXXXXX XXXXX Xxxx. Xxxx xx Xxxxx, s/n 4.623 m2 4.648,45 m2 C.E.I.P. XXXXXXX XXXXXXX X/ Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxx, 77 4.085 m2 5.961 m2 ANEXO CEIP XXXXXXX XXXXXXX C/ San Xxxxxxx s/nº 540,00 m2 0,00 m2 C.E.I.P. XXXX XX XX XXXXXX C/ Villajoyosa, s/n 5.995,39 m2 5.358,61 m2 C.E.I.P. LOS XXXXXXX Ctra. San Xxxxxx de la Xxxx Km 2,400 3.269 m2 8.419,80 m2 C.E.I.P. XXXXXX X/ Xxxxxxx, 00 2.188 m2 2.550,55 m2 Nombre Dirección M2 construidos edificio M2 espacio libre de parcela C.E.I.P. XXXXX XX XXXXXX X/ Xxxxxxxxx, 000 7.285,16 m2 15.751,24 m2 X.X. XX XXXX X/ Xxxxxxxxx, 000 (fijos o móvilesfrente al nº 117) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante791,51 m2 1.772,50 m2 C.E.I.P. XXXXX XXXXX XX XX XXXXX X/ Xxxxxxx, en el caso de las tarjetas de débitos/n 4.377 m2 5.293,25 m2 C.E.I.P. EL ESPINILLO C/ Unanimidad, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante1 3.791 m2 6.430 m2 C.E.I.P. XX XXXXX C/ Estefanita, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades)s/n 3.390 m2 13.591m2 C.E.I.P. SAGUNTO C/ Paterna nº 29 3.829,42 m2 2.374,49m2 E.I. EL XXXXX X/ Xxxxx Xxxxxx, se los denominará indistintamentex/x 000 x0 0.000 m2 X.X. XXX XXXXX X/ Xxxxxxxx, como P.O.S. o dispositivos.2B 992 m2 1.270 m2
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Samples: Contract for Construction Works
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El ESTABLECIMIENTO conviene objeto del presente Contrato es el suministro de manera libre energía eléctrica por RECICLAJES ECOLÓGICOS NAGINI S.L. (en adelante NZWEI ENERGÍA o la Comercializadora) al CLIENTE con las condiciones y voluntaria suscribir en el Punto de Suministro (CUPS) que se ha establecido en las Condiciones generales y Particulares del presente contrato; y, en su caso la contratación de Autoconsumo en el Código de Autoconsumo (CAU) y en la modalidad indicada por el CLIENTE en las Condiciones Particulares., conforme a las condiciones establecidas en las mismas y en estas Condiciones Generales. El CLIENTE viene obligado a aportar la referencia catastral asociada al inmueble y emplazamiento donde se ubique todo Punto de Suministro contratado. El presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, tiene como objeto asimismo (en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema de las TARJETAS. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(spactarse así expresamente) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios adicionales indicados, en su caso, en las Condiciones Particulares y cuyas condiciones se establecen en las correspondientes Condiciones Específicas.
1.2.- Este Contrato de suministro tiene carácter personalista, por lo que el CLIENTE titular del Contrato deberá ser, en todo momento, el usuario efectivo con justo título de la energía eléctrica suministrada, que no podrá utilizarla para usos distintos para los que fue contratada, ni cederla, enajenarla o ponerla a disposición de terceros.
1.3.- Cuando NZWEI ENERGÍA actúe como mandatario o sustituto del CLIENTE a efectos del ATR, NZWEI ENERGÍA procederá a solicitar a la Empresa Distribuidora el Acceso de Terceros a las Redes (ATR) y el cambio de suministrador en cualquiera el menor plazo de sus modalidades)tiempo posible desde la firma del presente Contrato. La fecha de comienzo del suministro (haya sido ésta definida o no de forma estimada en las Condiciones Particulares) quedará en todo caso supeditada a la confirmación por parte de la Empresa Distribuidora de la autorización del cambio de suministrador, sin que exista responsabilidad por NZWEI ENERGÍA de las demoras en la fecha de comienzo del suministro que puedan derivarse de las circunstancias citadas. La fecha de finalización del suministro estará igualmente supeditada a la ejecución por parte de la Empresa Distribuidora. El CLIENTE será en cualquier caso responsable frente a su anterior suministrador por todos aquellos conceptos adeudados a éste relativos al suministro realizado hasta que NZWEI ENERGÍA comience a prestarle dicho servicio. 1.4.-Este Contrato se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosregirá por las estipulaciones contenidas en el mismo y por la normativa vigente en cada momento.
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Samples: Electricity Supply Agreement
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene Radio Televisión Madrid, S.A.U., en adelante RTVM, tiene por objeto la prestación del servicio público de manera libre comunicación audiovisual en la Comunidad de Madrid, y voluntaria suscribir en particular la producción, edición y difusión xx xxxxxxx de radio, de televisión y de servicios de información, así como todas aquellas actividades necesarias para el presente contrato ejercicio de afiliación sus funciones de servicio público o que estén relacionadas con los emisores la comunicación audiovisual, lo que exige que resulte necesario para el cumplimiento y realización de sus fines la contratación externa de determinados servicios y/o administradores suministros. La presente licitación tiene por objeto la contratación de tarjetas servicios, plataformas y medios técnicos necesarios que permitan la difusión de créditocontenidos por Internet (CDN + OVP): streaming LIVE / VOD, débito o pago asociados almacenamiento, webcaching, transcodificación, securización y geobloqueo de materiales audiovisuales, gestión avanzada de players y analítica. El objeto del contrato Servicio de gestión, almacenamiento y distribución de contenidos por Internet (CDN + OVP). La contratación del presente servicio se realiza en atención a DATAFASTlas necesidades concretas que se pretenden satisfacer y como consecuencia de la falta de medios internos suficientes para acometer los trabajos objeto del presente contrato por parte de RTVM. Todas las características de este contrato se especifican en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que rigen la presente licitación. Este contrato se califica como contrato de servicios. División en lotes: NO. El presente contrato no se divide en lotes ya que la adjudicación en un único lote facilita la gestión de la transcodificación, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx almacenamiento y Banco Comercial de Manabí, en adelante mencionados como las “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADES”, para poder realizar sus ventas con las siguientes tarjetas de crédito, débito o pago o demás productos similares autorizados por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema de Terminales de Puntos de Venta” (P.O.S.), a través distribución de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados por DATAFAST ya sea a título contenidos audiovisuales en internet. Desde el punto de ventavista técnico y operacional, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro la división en lotes supondría un riesgo para la correcta implantación de esa tecnología, DATAFAST ha implementado todo el proceso porque implica la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo necesidad de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con coordinar la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema ejecución de las TARJETAS. No obstantediferentes prestaciones, en el caso cuestión que podría verse imposibilitada si dichos servicios se prestaran por una pluralidad de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivoscontratistas diferentes.
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Samples: Servicio De Gestión, Almacenamiento Y Distribución De Contenidos Por Internet
OBJETO DEL CONTRATO. El ESTABLECIMIENTO conviene PLAN PET S.A. proveerá los servicios de manera libre Asistencia en Medicina Veterinaria Prepaga a toda(s) aquella(s) mascota(s) afiliada(s) a través de su(s) dueño(s), en adelante EL AFILIADO, que se hayan afiliado voluntariamente al presente programa denominado “PLAN DE ASISTENCIA VETERINARIA PREPAGA PARA MASCOTAS- PLAN24PET”, de acuerdo con las condiciones, limitaciones y voluntaria suscribir exclusiones que se detallan en el presente contrato. Los servicios de Asistencia en Medicina Veterinaria Prepaga serán brindados exclusivamente a través de las Clínicas y Médicos Veterinarios debidamente autorizados por las autoridades nacionales para ejercer en Xxxxx Rica, y que formen parte de la RED DE PROVEEDORES VETERINARIOS PLAN24PET, que se pondrá a disposición. La información correspondiente a la RED DE PROVEEDORES VETERINARIOS PLAN24PET, podrá ser consultada y accesada por EL AFILIADO a través de la página web: xxx.xxxx00xxx.xxx Salvo estipulación en contrario, el idioma y todas las comunicaciones relacionadas con el presente contrato de afiliación con los emisores y/o administradores de tarjetas de crédito, débito o pago asociados a DATAFAST, esto es, Banco Diners Club del Ecuador S.A., Banco Guayaquil S.A., Banco xxx Xxxxxxxx S.A., Banco Pichincha C.A., Banco General Rumiñahui, Banco xx Xxxx y Banco Comercial de Manabí, realizarán en adelante mencionados como las español. El presente “ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS” o simplemente las “ENTIDADESPLAN DE ASISTENCIA VETERINARIA PREPAGA PARA MASCOTAS-PLAN24PET”, para poder realizar sus ventas con se encuentra debidamente regulado por el Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC) mediante la autorización número. Queda entendido entre las siguientes tarjetas de créditopartes, débito o pago o demás productos similares autorizados que el presente PLAN no es un seguro, por lo tanto, no se encuentra regulado por la ley, en adelante las “TARJETAS”, emitidas en Ecuador o en cualquier otro país: Con este objetivo, el ESTABLECIMIENTO se compromete a utilizar la tecnología del “Sistema Superintendencia General de Terminales de Puntos de Venta” Seguros (P.O.S.SUGESE), ni le resulta aplicable la normativa sobre esa materia. Por otra parte, queda entendido que en ningún momento el monto pagado se debe considerar como un crédito o un ahorro para ser utilizado en los servicios pactados, se trata del pago de una membrecía que da derecho a través disfrutar de los equipos P.O.S. fijos o móviles entregados beneficios del Plan. En el presente plan los derechos del consumidor se encuentran protegidos por DATAFAST ya sea a título de venta, arrendamiento o cualquier otra figura contractual prevista por DATAFAST. Dentro de esa tecnología, DATAFAST ha implementado la modalidad “DATAMÓVIL” que emplea P.O.S. móviles, esto es, dispositivos inalámbricos que pueden ser adaptados, instalados o emparejados a un teléfono celular o cualquier otro equipo de telefonía móvil, desde los cuales el ESTABLECIMIENTO, en conexión con la plataforma electrónica de DATAFAST, puede transmitir los datos transaccionales generados desde y hacia estos equipos. Se deja constancia, que DATAFAST cuenta con la autorización Ley de la ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS para instalar los P.O.S. (fijos o móviles) en los locales comerciales que se afilien al sistema Promoción de las TARJETASla Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor No. No obstante, en el caso de las tarjetas de débito, las ENTIDADES realizarán directamente ante el ESTABLECIMIENTO las gestiones de cobro de los valores pagados por los tarjetahabientes en la adquisición de los bienes o servicios. El ESTABLECIMIENTO contrata los servicios de DATAFAST en la(s) siguiente(s) modalidad(es): En adelante, a cualquiera de los equipos proporcionados por DATAFAST para la prestación de los servicios (en cualquiera de 7472 y sus modalidades), se los denominará indistintamente, como P.O.S. o dispositivosReglamentos.
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Samples: Affiliate Agreement