Obligaciones de confidencialidad. Liferay y el Cliente acuerdan, durante la vigencia del presente Contrato, y a modo de condición previa a la recepción de cualquier Información Confidencial que pudiera revelarse en virtud del presente Contrato, que la Parte Receptora de dicha información: (i) salvo conforme pudiera autorizar expresamente el presente Contrato, se abstendrá de revelar, directa o indirectamente a tercero alguno, parte alguna de la Información Confidencial excepto con el previo consentimiento por escrito de la Parte Reveladora; (ii) no utilizará ni explotará la Información Confidencial, salvo a efectos de la prestación de los Servicios; (iii) si así le fuera requerido por escrito por dicha Parte Reveladora, destruirá o devolverá inmediatamente, a opción de dicha Parte Reveladora, cualesquiera materiales y documentación relativa a la Información Confidencial que hubiera recibido en virtud del presente Contrato, salvo por (a) aquella Información Confidencial que hubiera sido almacenada en cualquier soporte de recuperación o back-up habitual y que no fuera accesible en el curso ordinario del negocio, y (b) aquellas copias de la Información Confidencial que la Parte Receptora viniera obligada a conservar a efectos de cumplir cualquier requisito impuesto por cualquier legislación o normativa aplicable al respecto, salvo que dicha retención viniera prohibida por ley, en el bien entendido que, tanto en el supuesto previsto en (a) como en (b), la Información Confidencial continuará en todo momento sujeta a lo dispuesto en el presente Contrato; y (iv) ejercitará al menos el mismo nivel de diligencia a efectos de salvaguardar la Información Confidencial que el que dicha Parte Receptora ejercitara respecto de su propia información confidencial y, como mínimo, un nivel de diligencia razonable. Ambas partes acuerdan que las presentes obligaciones de confidencialidad continuarán en vigor por un plazo de dos (2) años tras la primera revelación de la Información Confidencial en cuestión, salvo que tales obligaciones fueran resueltas en cualquier momento anterior de conformidad con lo previsto en la presente Cláusula 9 o la Parte Reveladora renunciara por escrito a exigir su cumplimiento; en el bien entendido que, en la medida en que la Información Confidencial estuviera sujeta a deberes de confidencialidad cuyo plazo fuera superior de conformidad con cualquier legislación aplicable de carácter imperativo (por ejemplo, en el caso de secretos comerciales), la Parte Receptora vendrá obligada a salvaguardar la confidencialidad de dicha Información Confidencialidad durante el plazo y en la forma que exigiera dicha legislación.
Appears in 3 contracts
Samples: Contrato De Prestación De Servicios Empresariales, Contrato De Prestación De Servicios Empresariales, Contrato De Prestación De Servicios Empresariales
Obligaciones de confidencialidad. Liferay y El contratista deberá respetar el Cliente acuerdan, durante la vigencia del presente Contrato, y a modo carácter confidencial de condición previa aquella información a la recepción de cualquier Información Confidencial que pudiera revelarse en virtud del presente Contrato, que la Parte Receptora de dicha información: (i) salvo conforme pudiera autorizar expresamente el presente Contrato, se abstendrá de revelar, directa o indirectamente a tercero alguno, parte alguna tenga acceso con ocasión de la Información Confidencial excepto con ejecución del contrato o a la que se le asigne este carácter en los pliegos o en el previo consentimiento contrato, o que por escrito su propia naturaleza deba ser tratada como tal. El adjudicatario únicamente permitirá el acceso de la Parte Reveladora; (ii) información confidencial a aquellas personas que tengan necesidad de conocerla para el desarrollo de las actividades y servicios contratados. El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y de cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por ella. El adjudicatario se obliga a no utilizará ni explotará utilizar la Información Confidencial, salvo a efectos de la prestación de los Servicios; (iii) si así le fuera requerido por escrito por dicha Parte Reveladora, destruirá o devolverá inmediatamente, a opción de dicha Parte Reveladora, cualesquiera materiales y documentación relativa información confidencial del ICE a la Información Confidencial que hubiera recibido en virtud del presente Contrato, salvo por (a) aquella Información Confidencial que hubiera sido almacenada en cualquier soporte tenga acceso para fines propios o privados o cualesquiera otros fines. Este deber de recuperación o back-up habitual y que no fuera accesible en confidencialidad se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el curso ordinario del negocio, y (b) aquellas copias conocimiento de la Información Confidencial que la Parte Receptora viniera obligada a conservar a efectos de cumplir cualquier requisito impuesto por cualquier legislación o normativa aplicable al respectoesta información, salvo que dicha retención viniera prohibida por ley, en el bien entendido información llegue a ser de dominio público o que, tanto en el supuesto previsto en (a) como en (b)por otras causas legítimas, pierda su consideración de confidencial. El incumplimiento de las obligaciones señaladas anteriormente dará derecho al instituto a exigir las correspondientes responsabilidades de tipo civil e incluso penal a que hubiere lugar. No quedan comprendidas dentro de la Información Confidencial continuará en todo momento sujeta obligación de confidencialidad anterior las informaciones recibidas por una de las partes que: - Xxxx conocidas anteriormente por la parte receptora pudiendo ésta justificar la anterior posesión de la información. - Xxxx de general o público conocimiento. - Hayan sido recibidas legítimamente de terceros distintos a lo dispuesto en el presente Contrato; y (iv) ejercitará al menos el mismo nivel de diligencia a efectos de salvaguardar la Información Confidencial que el que dicha Parte Receptora ejercitara respecto de su propia información confidencial ylas Partes, como mínimo, un nivel de diligencia razonable. Ambas partes acuerdan sin que las presentes obligaciones informaciones estuvieran sometidas a obligación de confidencialidad continuarán en vigor confidencialidad. - Hayan sido desarrolladas independientemente por un plazo de dos (2) años tras la primera revelación parte receptora sin haber utilizado total o parcialmente como base información alguna de la Información Confidencial en cuestión, salvo que tales obligaciones fueran resueltas en cualquier momento anterior de conformidad con lo previsto en la presente Cláusula 9 otra parte. - Su transmisión a terceros hubiera sido aprobada o la Parte Reveladora renunciara consentida previamente y por escrito por aquella parte de la que procede la información. - Su transmisión sea requerida por cualquier ley o norma aplicable o por requerimiento de cualquier autoridad administrativa legitimada para ello. No obstante lo dicho, y sin perjuicio de la responsabilidad propia del adjudicatario, deberá éste incluir en su oferta la designación de la persona o personas que serán directamente responsables, a exigir su cumplimiento; en el bien entendido quetítulo personal, en del uso correcto del material, documentación e información a manejar. Esta/s persona/personas sólo podrá/n ser sustituida/s con la medida en que la Información Confidencial estuviera sujeta a deberes de confidencialidad cuyo plazo fuera superior de conformidad con cualquier legislación aplicable de carácter imperativo (por ejemplo, en el caso de secretos comerciales), la Parte Receptora vendrá obligada a salvaguardar la confidencialidad de dicha Información Confidencialidad durante el plazo y en la forma que exigiera dicha legislacióndel ICE.
Appears in 1 contract
Samples: Consulting Services Agreement
Obligaciones de confidencialidad. Liferay BBVA COLOMBIA se obliga para con la COMPAÑÍA DE SEGUROS a contar, previo al suministro de cualquier información, con las autorizaciones necesarias para la recolección, administración, consulta, tratamiento, divulgación y el Cliente acuerdansuministro de la misma, durante de manera íntegra y c on las debidas seguridades en caso de ser requeridas dichas autorizaciones, en cumplimiento de los requisitos establecidos en las disposiciones vigentes, dentro de las cuales se encuentran, sin limitarse, la vigencia garantía de la protección de los datos, garantía del derecho de habeas data al titular y la conservación de la información bajo altos estándares de seguridad y privacidad. En consecuencia, BBVA COLOMBIA solo entregará a la COMPAÑÍA DE SEGUROS información respecto de la cual cuente con la debida autorización. La COMPAÑÍA DE SEGUROS se obliga a conservar y utilizar la información confidencial de conformidad con los términos del presente Contratoacuerdo y abstenerse de usarla en detrimento de BBVA COLOMBIA, en su propio interés o para fines diferentes a los establecidos en el mismo y en consecuencia, se obliga íntegramente a modo cumplir la política de condición previa protección de datos de BBVA COLOMBIA, la cual manifiesta conocer y aceptar. La COMPAÑÍA DE SEGUROS se obliga a no distribuir, publicar o divulgar la recepción información confidencial a persona alguna, salvo a sus empleados que tengan necesidad de cualquier Información Confidencial que pudiera revelarse conocerla para el propósito para el cual es suministrada, con las excepciones mencionadas en virtud la Cláusula Primera del presente ContratoAcuerdo, eventos en cuya ocurrencia se compromete a tomar todas las medidas que resulten razonables para mantener la Parte Receptora de dicha información: (i) salvo conforme pudiera autorizar expresamente el presente Contrato, se abstendrá de revelar, directa o indirectamente a tercero alguno, parte alguna confidencialidad de la Información Confidencial excepto con el previo consentimiento por escrito Información. La COMPAÑÍA DE SEGUROS informará a cada uno de la Parte Reveladora; (ii) no utilizará ni explotará la sus empleados, trabajadores, asesores o directivos que reciben Información Confidencial, salvo de su naturaleza confidencial y sobre la existencia de este Acuerdo, y los instruirá para manejar la información confidencial y no utilizarla sino conforme a efectos los términos del mismo y será responsable por cualquier uso inadecuado de la prestación información confidencial. La COMPAÑÍA DE SEGUROS responderá frente a BBVA COLOMBIA por el incumplimiento de este acuerdo por parte de sus empleados, directivos, asesores, agentes, contratistas o subcontratistas. La COMPAÑÍA DE SEGUROS devolverá a BBVA COLOMBIA la información suministrada confidencial o no que sea propiedad de esta última, junto con las copias que de ella se hubieren hecho, dentro de los Servicios; quince (iii15) si así le fuera requerido por escrito por dicha Parte Reveladora, destruirá o devolverá inmediatamente, a opción de dicha Parte Reveladora, cualesquiera materiales y documentación relativa días siguientes a la Información Confidencial terminación del proceso de licitación, o cuando BBVA COLOMBIA lo solicite. Se podrán acordar la destrucción de la información, la cual se hará en presencia de las personas que hubiera recibido designe BBVA COLOMBIA, suscribiendo para dichos efectos el acta correspondiente. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones vigentes en virtud materia de conservación de documentos, en caso de resultar aplicables. La COMPAÑÍA DE SEGUROS debe observar y cumplir todas las normas legales y regulaciones de cualquier orden, en lo relativo a las negociaciones y al uso adecuado de cualquier tipo de información que se obtenga como resultado de este Acuerdo. En el caso en que BBVA COLOMBIA encuentre evidencia del incumplimiento del presente Contrato, salvo por (a) aquella Información Confidencial que hubiera sido almacenada en cualquier soporte Acuerdo o de recuperación alteración o back-up habitual y que no fuera accesible en el curso ordinario del negocio, y (b) aquellas copias manipulación indebida de la Información Confidencial información, lo informará a la COMPAÑÍA DE SEGUROS inmediatamente conozca de tal situación, para que esta tome las medidas necesarias e inmediatas encaminadas a impedir el incumplimiento del presente acuerdo, así como la Parte Receptora viniera obligada divulgación o uso de la información o la extensión del riesgo o perjuicio. La COMPAÑÍA DE SEGUROS se obliga a conservar a efectos de cumplir cualquier requisito impuesto por cualquier legislación o normativa aplicable al respectono ceder, salvo que dicha retención viniera prohibida por ley, en el bien entendido que, tanto en el supuesto previsto en (a) como en (b), la Información Confidencial continuará en todo momento sujeta a lo dispuesto en vender ni transferir bajo ningún título el presente Contrato; y (iv) ejercitará al menos el mismo nivel de diligencia a efectos de salvaguardar la Información Confidencial que el que dicha Parte Receptora ejercitara respecto de su propia información confidencial y, como mínimo, un nivel de diligencia razonable. Ambas partes acuerdan que las presentes obligaciones de confidencialidad continuarán en vigor por un plazo de dos (2) años tras la primera revelación de la Información Confidencial en cuestión, salvo que tales obligaciones fueran resueltas en cualquier momento anterior de conformidad con lo previsto en la presente Cláusula 9 o la Parte Reveladora renunciara por escrito a exigir su cumplimiento; en el bien entendido que, en la medida en que la Información Confidencial estuviera sujeta a deberes de confidencialidad cuyo plazo fuera superior de conformidad con cualquier legislación aplicable de carácter imperativo (por ejemplo, en el caso de secretos comerciales), la Parte Receptora vendrá obligada a salvaguardar la confidencialidad de dicha Información Confidencialidad durante el plazo y en la forma que exigiera dicha legislaciónAcuerdo.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Insurance Services
Obligaciones de confidencialidad. Liferay Salvo autorización expresa y previa por escrito de la otra parte, cada una de las Partes deberá:
(a) Limitar el Cliente acuerdan, durante la vigencia del presente Contrato, y acceso a modo de condición previa a la recepción de cualquier Información Confidencial recibida a aquellos empleados que pudiera revelarse a efectos de la adecuada valoración de la Oportunidad tengan necesidad de tener conocimiento de la misma;
(b) Advertir a aquellos empleados que tengan acceso a Información Confidencial de la naturaleza confidencial de la misma y de las obligaciones contraídas con arreglo al presente Contrato de Confidencialidad;
(c) Adoptar las medidas oportunas mediante acuerdos u órdenes para que aquellos empleados que tengan acceso a la Información Confidencial cumplan con las obligaciones derivadas de este Contrato de Confidencialidad;
(d) Proteger la Información Confidencial recibida empleando un grado de diligencia razonable, que en virtud ningún caso será inferior al grado de diligencia empleada por las partes para proteger su propia información o material confidenciales;
(e) Utilizar la Información Confidencial recibida únicamente para la adecuada valoración de la Oportunidad;
(f) No revelar la Información Confidencial recibida a terceros; y
(g) No revelar a terceros la existencia de conversaciones entre las Partes en relación con la Oportunidad. Cualquier publicidad o información a los medios de comunicación referida a la simple existencia del presente ContratoContrato o a su contenido, deberá ser previamente aprobada por escrito por ambas Partes. A la simple solicitud y a elección del EMISOR, el RECEPTOR empleará todos los medios razonables para destruir o devolver al EMISOR toda Información Confidencial, bien sea escrita, grabada o en cualquier otro soporte que la Parte Receptora de dicha información: (i) salvo conforme se pudiera autorizar expresamente el presente Contrato, se abstendrá de revelar, directa encontrar recogida. La destrucción o indirectamente a tercero alguno, parte alguna devolución de la Información Confidencial excepto con el previo consentimiento por escrito no relevará al RECEPTOR de la Parte Reveladora; (ii) no utilizará ni explotará la Información Confidencial, salvo a efectos su obligación de la prestación de los Servicios; (iii) si así le fuera requerido por escrito por tratar dicha Parte Reveladora, destruirá o devolverá inmediatamente, a opción de dicha Parte Reveladora, cualesquiera materiales y documentación relativa a la Información Confidencial que hubiera recibido en virtud del presente Contrato, salvo por (a) aquella Información Confidencial que hubiera sido almacenada en cualquier soporte de recuperación o back-up habitual y que no fuera accesible en el curso ordinario del negocio, y (b) aquellas copias de la Información Confidencial que la Parte Receptora viniera obligada a conservar a efectos de cumplir cualquier requisito impuesto por cualquier legislación o normativa aplicable al respecto, salvo que dicha retención viniera prohibida por ley, en el bien entendido que, tanto en el supuesto previsto en (a) como en (b), la Información Confidencial continuará en todo momento sujeta a lo dispuesto en el presente Contrato; y (iv) ejercitará al menos el mismo nivel de diligencia a efectos de salvaguardar la Información Confidencial que el que dicha Parte Receptora ejercitara respecto de su propia información confidencial y, como mínimo, un nivel de diligencia razonable. Ambas partes acuerdan que las presentes obligaciones de confidencialidad continuarán en vigor por un plazo de dos (2) años tras la primera revelación de la Información Confidencial en cuestión, salvo que tales obligaciones fueran resueltas en cualquier momento anterior de conformidad con lo previsto en la presente Cláusula 9 o la Parte Reveladora renunciara por escrito a exigir su cumplimiento; en el bien entendido que, en la medida en que la Información Confidencial estuviera sujeta a deberes de confidencialidad cuyo plazo fuera superior de conformidad con cualquier legislación aplicable de carácter imperativo (por ejemplo, en el caso de secretos comerciales), la Parte Receptora vendrá obligada a salvaguardar la confidencialidad de dicha Información Confidencialidad durante el plazo y en la forma que exigiera dicha legislaciónestrictamente confidencial.
Appears in 1 contract
Samples: Confidentiality Agreement