Obligaciones del Administrador. EL ADMINISTRADOR: deberá: a) Informar al PROPIETARIO del incumplimiento del arrendatario en el pago del arrendamiento y notificar a la Aseguradora sobre este hecho. b) EL ADMINISTRADOR será responsable de la correcta administración del inmueble. c) Realizar una publicidad eficaz para lograr el arrendamiento del inmueble en la forma que juzgue conveniente. d) Realizar la preselección de arrendatarios calificados según su experticia. e) Hacer la entrega del inmueble a los arrendatarios al momento de la celebración del contrato de arrendamiento; f) Realizar eficaz y correctamente el manejo de las relaciones en informes de incumplimiento a la Aseguradora en caso de incumplimiento de los arrendatarios; g) En el evento que EL PROPIETARIO se negare o se imposibilitare por cualquier motivo a recibir el valor del canon de arrendamiento mensual, EL ADMINISTRADOR, deberá consignarlo en el Banco Agrario comunicando y enviando el duplicado del título de la consignación al PROPIETARIO dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, por correo certificado. Esta obligación aplica cuando el pago se realice al propietario directamente en las oficinas de la Inmobiliaria. h) EL ADMINISTRADOR, entregará por correo postal o electrónico informes mensuales sobre los descuentos realizados y los valores pagados, dichos pagos y descuentos deberán estar soportados con las respectivas facturas, de conformidad con el artículo 1 del decreto 578 de 2011. i) Informar al PROPIETARIO del incumplimiento de (los) arrendatario (s) en el pago del arrendamiento y notificar a la Aseguradora sobre este hecho. j) Contratar según las instrucciones del PROPIETARIO SI ( ) NO ( ) una póliza adicional de seguros integrales que amparen la totalidad de los servicios públicos, las reconexiones, las reinstalaciones, las administraciones, los daños y faltantes hasta por un valor de ( ) k) En general, velará por la defensa de los intereses del PROPIETARIO, en cuanto a la conservación del inmueble y la verificación del cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal, para los inmuebles sometidos a este régimen…
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Samples: Contrato De Administración Para Inmueble en Arriendo, Contrato De Administración Para Inmueble en Arriendo
Obligaciones del Administrador. EL ADMINISTRADOR: deberáADMINISTRADOR se compromete para con (EL/LA) PROPIETARIO(A) en: a) Informar al PROPIETARIO del incumplimiento del arrendatario en el pago del arrendamiento y notificar Ejercer la administración de las propiedades a la Aseguradora sobre este hechoél consignadas con las facultades otorgadas por (EL/LA) PROPIETARIO(A). b) EL ADMINISTRADOR será responsable Entregar el valor de los arrendamientos, dentro del mismo mes pagado previamente por el Arrendatario, el décimo (10º) día hábil del mismo mes, previa deducción de los gastos que haya efectuado por cuenta de (EL/LA) PROPIETARIO(A). Este valor deberá, pagarse en efectivo en las instalaciones de la correcta administración del inmuebleinmobiliaria que (EL/LA) PROPIETARIO(A) indico y autorizo previamente. c) Realizar una publicidad eficaz para lograr Rendir mensualmente estado de cuenta y liquidación de los arriendos recibidos durante el arrendamiento del inmueble mes inmediatamente anterior, así como de los gastos que se hubieren efectuado en la forma el mismo período, con el anexo de las correspondientes facturas y soportes que juzgue convenientedemuestren los gastos efectuados. d) Realizar la preselección Elaborar los contratos de arrendatarios calificados según su experticiaarrendamiento de acuerdo con las normas vigentes en materia de arrendamiento de vivienda urbana, el Código Civil y demás disposiciones legales concordantes. e) Hacer Impulsar el arrendamiento de las propiedades consignadas, por los medios ordinarios e idóneos que utilizan EL ADMINISTRADOR, con el fin de conseguir su ocupación, teniendo en cuenta la entrega del inmueble a los arrendatarios al oferta y la demanda xxx xxxxxxx de arrendamiento en el momento de la celebración del contrato de arrendamiento; consignación. f) Realizar eficaz Supervisar el pago de los servicios públicos y correctamente de la administración, si la hubiere. g) Informar oportunamente a (EL/LA) PROPIETARIO(A) ó a su representante, la imposición de gravámenes, cargas ó cuotas extraordinarias cuyo pago correspondan por mandato legal a aquel. h) Visitar periódicamente el manejo inmueble para verificar su estado de las relaciones en informes de incumplimiento a la Aseguradora en caso de incumplimiento conservación y mantenimiento por parte de los arrendatarios; g) En el evento que EL PROPIETARIO se negare o se imposibilitare , Previa autorización por cualquier motivo a recibir el valor parte del canon de arrendamiento mensual, EL ADMINISTRADOR, deberá consignarlo en el Banco Agrario comunicando y enviando el duplicado del título de la consignación al PROPIETARIO dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, por correo certificado. Esta obligación aplica cuando el pago se realice al propietario directamente en las oficinas de la Inmobiliaria. h) EL ADMINISTRADOR, entregará por correo postal o electrónico informes mensuales sobre los descuentos realizados y los valores pagados, dichos pagos y descuentos deberán estar soportados con las respectivas facturas, de conformidad con el artículo 1 del decreto 578 de 2011arrendatario. i) Informar al PROPIETARIO del incumplimiento de (los) arrendatario (s) en el pago del arrendamiento EL ADMINISTRADOR deberá velar por la conservación y notificar a la Aseguradora sobre este hecho. j) Contratar según las instrucciones del PROPIETARIO SI ( ) NO ( ) una póliza adicional de seguros integrales que amparen la totalidad estado de los servicios públicos, las reconexiones, las reinstalaciones, las administraciones, los daños bienes y faltantes hasta por un valor de ( ) k) En general, velará por la defensa de los intereses del PROPIETARIO, en cuanto a la conservación del inmueble y la verificación del cumplimiento del reglamento Reglamento de propiedad horizontal, para los inmuebles sometidos a este régimen….
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Samples: Contrato De Administración
Obligaciones del Administrador. EL ADMINISTRADOR: deberá: a) Informar 7.1.1 Realizar diligentemente todos los actos necesarios para la consecución del objeto del presente Encargo Fiduciario.
7.1.2 Recibir y administrar los recursos que entregue el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE.
7.1.3 Cumplir a cabalidad con las obligaciones propias e inherentes al PROPIETARIO contrato en las condiciones, modos y plazos determinados.
7.1.4 Acatar las instrucciones, que durante el desarrollo del incumplimiento contrato, se impartan por parte de FONADE y las decisiones adoptadas por el Comité de Fiduciario.
7.1.5 Abstenerse de efectuar pagos cuya destinación no se enmarque dentro del arrendatario objeto del presente Encargo Fiduciario.
7.1.6 Administrar el Encargo Fiduciario con sujeción a los principios, políticas y linea- mientos que se señalen en los Manuales de LA FIDUCIARIA y las disposiciones legales vigentes aplicables a este tipo de contratos
7.1.7 Llevar subcuentas por cada plan de negocios del Fondo Emprender, aperturar y administrar un encargo fiduciario por cada Convocatoria Nacional, un encargo fi- duciario por cada una de las Convocatorias Regionales o Cerradas del Fondo Em- prender y un encargo para los rendimientos generados con ocasión de la inversión de los recursos. Para tal fin deberá constituir una cuenta bancaria a nombre del ENCARGO FIDUCIARIO FONDO EMPRENDER para la recepción de los recursos fideicomitidos. Cada convocatoria estará identificada por código igual al de cada plan de negocio y este a su vez estará respaldado por el número de Contrato de Cooperación Empresarial, documento que hará parte del Contrato de Encargo Fi- duciario. En ningún caso se manejarán los recursos como unidad de caja.
7.1.8 Contar con las herramientas informáticas y un soporte informático que le permita elaborar informes financieros y en general los requeridos en estas Reglas de Parti- cipación, para el cabal cumplimiento del objeto del contrato, tomando como base la fuente de los recursos y su aplicación, pagos, así como el estado del portafolio de inversión y los rendimientos financieros generados por el mismo. En todo caso mantendrá a disposición del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, toda la información de los pagos y los recursos con una actualización diaria.
7.1.9 Poner a disposición de FONADE un sistema de información, mediante inteface web y con acceso desde internet, en el cual se pueda descargar los comprobantes de los pagos aplicados y que contengan por lo menos los siguientes campos: Be- neficiario, NIT, cuenta bancaria destino, cuenta bancaria debito, tipo de cuenta, en- tidad financiera, fecha de cobro1, fecha de pago, forma de pago, valor de pago, numero de transacción generada por el banco, estado de pago, causal de rechazo, información adicional, numero de identificación de pago de la plataforma del arrendamiento y notificar Fondo Emprender, Estado de pago, fecha de procesamiento. En la medida en que se exige el pago de recursos a los beneficiarios se realice por medio de transferencia electrónica ACH, el campo de fecha de cobro se refiere a la Aseguradora sobre este hecho. b) EL ADMINISTRADOR será responsable de la correcta administración del inmueble. c) Realizar una publicidad eficaz para lograr el arrendamiento del inmueble fecha en la forma cual queda efectivamente aplicado el pago en la cuenta destino del beneficiario de pago.
1 Se aclara que juzgue conveniente. d) Realizar en la preselección medida que se exige que el pago de arrendatarios calificados según su experticia. e) Hacer la entrega del inmueble los recursos a los arrendatarios beneficiarios se realice por medio de transferencia electrónica ACH, el campo Fecha de Cobro se refiere a la fecha en la cual queda efectivamente aplicado el pago en la cuenta de destino del beneficiario del pago. Por otra parte, el acceso a los comprobantes de los pagos aplicados que trata el numeral 7.1.9 de las obligaciones relacionadas en el presente documento, se refiere a que la FIDUCIARIA mediante un nombre de usuario y contraseña dará acceso vía internet a la sucursal virtual del banco por el cual realiza la dispersión de los pagos a realizar a los distintos beneficiarios, y FONADE debe tener la posibilidad de descargar dichos comprobantes en un formato apto para ser enviado por medio de correo electrónico y en el cual se pueda detallar los campos relacionados en el numeral 7.1.9. Por lo anterior, el otro medio idóneo al momento solicitado en el numeral 7.1.9 que se acepta es el acceso a la sucursal virtual del banco por el cual se dispersan los pagos a las distintas cuentas bancarias de los beneficiarios. El acceso a la celebración Sucursal Virtual del banco por la cual la Fiduciaria dispersa los pagos hacia las cuentas de los proveedores de los Emprendedores, FONADE deberá tener acceso con el fin de ingresar al registro de las operacione s o pagos exitosos con el fin de suministrarle, ya sea a los Emprendedores o a sus proveedores, los comprobantes de los pagos realizados y así agilizar los procesos de entregas de las mercancías, maquinarias, pagos de arriendos, seguros, etc. que han sido adquiridos o pagados con los recursos del Fondo Emprender en el marco del contrato de arrendamiento; f) Realizar eficaz cooperación empresarial suscrito entre FONADE y correctamente el manejo Emprendedor.
7.1.10 Elaborar y mantener registros contables de los recursos del Encargo Fiduciario en forma separada e independiente de los demás bienes, activos u operaciones de LA FIDUCIARIA.
7.1.11 Mantener registros independientes que le permitan generar informes de pagos a beneficiarios.
7.1.12 El Fondo Emprender será el beneficiario de los rendimientos que se generen con ocasión de la inversión de los recursos de los Encargos Fiduciarios y di- chos rendimientos deberán ser administrados en un encargo fiduciario indepen- diente de las relaciones convocatoria nacionales y regionales. En el encargo fiduciario para los rendimientos se deberá poder identificar con detalle los rendimientos genera- dos por cada una de las convocatorias. FONADE podrá solicitar los rendi- mientos generados en informes ocasión de incumplimiento la ejecución del contrato en cualquier momento y LA FIDUCIARIA los devolverá a la Aseguradora en caso de incumplimiento de los arrendatarios; g) En cuenta bancaria que el evento que EL PROPIETARIO se negare o se imposibilitare por cualquier motivo a recibir el valor administrador del canon de arrendamiento mensual, EL ADMINISTRADOR, deberá consignarlo en el Banco Agrario comunicando y enviando el duplicado del título de la consignación al PROPIETARIO dentro de los Fon- do disponga para tal fin cinco (5) días hábiles siguientessiguientes a la solicitud, al igual que los recursos no ejecutados en cada encargo o en cada subcuenta. Para el reinte- gro de los rendimientos, la Fiduciaria deberá informar con detalle los rendimientos generados para cada una de las convocatorias ya sean nacionales o regionales y por año y mes.
7.1.13 Realizar los pagos que solicite cada Emprendedor previa validación del Interventor del Plan de Negocio y autorización de gasto por parte de la coordinación de la In- terventoría del Fondo Emprender.
7.1.14 Llevar un control presupuestal y de ejecución en los saldos disponibles por cada plan de negocio y en cada subcuenta. Bajo ninguna circunstancia se podrán des- embolsar recursos superiores a lo asignado a cada plan de negocio.
7.1.15 Garantizar la seguridad electrónica, para que el sistema opere en forma segura y con mínimo riesgo de violación y/o suplantación, mediante certificación de firmas en la autorización y en el proceso de pago.
7.1.16 Todas las solicitudes de pagos serán instruidos a través de la plataforma Fondo Emprender por El Interventor de cada Contrato de Cooperación Empresarial con el fin de llevar el control de los desembolsos. Por lo anterior, se requiere que LA FI- DUCIARIA posea un Sistema de Información para la administración, inversión y pago de los recursos del FONDO EMPRENDER junto con procedimientos, políti- cas e infraestructura tecnológica de seguridad informática.
7.1.17 Remitir al Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE, la relación de las solicitudes de pago efectuadas o aplicadas en donde se evidencie la realiza- ción de los pagos. Esta remisión debe hacer dos (2) días hábiles después de ha- ber sido aprobado la solicitud de pago por parte de coordinación de Interventoría del Fondo Emprender y mensualmente presentar un consolidado mensual en los primeros tres (3) días hábiles de cada mes de todos los pagos efectuados y recha- zados en el mes inmediatamente anterior.
7.1.18 LA FIDUCIARIA ejercerá la representación legal y judicial del Encargo Fiduciario.
7.1.19 A partir de la firma del Contrato y durante la vigencia del mismo, LA FIDUCIARIA deberá realizar todas las gestiones a su cargo necesarias para mantener una ca- lificación de fortaleza en la administración de portafolios igual o superior a triple A (AAA) o su equivalente en otras agencias calificadoras de riesgo. De no mantener esta calificación mínima, constituirá en una causal de terminación unilateral del presente Contrato por parte del contratante. LA FIDUCIARIA se obliga a suminis- trar trimestralmente a FONADE una certificación sobre la vigencia actualizada de dicha calificación.
7.1.20 Mantener el margen de solvencia requerido para la administración de los recursos en caso de que las normas aplicables vigentes así lo exijan.
7.1.21 Contar con un certificado digital expedido en Colombia, por correo certificadouna empresa autoriza- da para tal fin por cuanto la plataforma del Fondo Emprender tiene implementados procedimientos de seguridad que garantizan que las solicitudes de pagos que son procesadas por la FIDUCIARIA, son revisadas y procesadas en dos (2) instancias distintas: un interventor y un coordinador de interventoria. Esta obligación aplica Este ultimo cuenta con un toquen o llave con un certificado digital que garantiza que todas las solicitudes de pago aprobadas en el sistema de información del FONDO EMPRENDER sean firmadas digitalmente. Por lo anterior para que la FIDUCIARIA descargue, para su procesamiento, las solicitudes de pagos que son aprobados por la coordinación de interventoria deberá contar con otro toquen para realizar dichas operaciones des- de el sistema de información del FONDO EMPRENDER.
7.1.22 La programación de las solicitudes de pago se hará única y exclusivamente a través del sistema de Información del Fondo Emprender en la cual el EMPREN- DEDOR incluirá: identificación del beneficiario del pago, concepto del pago, valor y forma de pago, entre otros.
7.1.23 El (los) EMPRENDEDOR (es) de cada plan de negocios son los responsables de programar los pagos a sus proveedores. Por lo anterior, el EMPRENDEDOR deberá adjuntar los documentos que soporten las solicitudes de pago a procesar y LA FIDUCIARIA se obliga a revisarlos y verificar que la información incluida en dichos soportes esté correcta, corresponda al pago programado y cumpla con lo exigido en la legislación y normatividad vigente. Estos soportes de pago pueden ser entre otros: factura, cuenta de cobro, RUT, poder, contratos.
7.1.24 Procesar y pagar (una vez revisados los soportes de pagos y la información regis- trada en el sistema de información del Fondo Emprender) las solicitudes de pago recibidas máximo dos (2) días hábiles posteriores a la aprobación por parte de la Interventoría del FONDO EMPRENDER. Dichas solicitudes de pagos, junto con sus soportes, deben ser descargados por LA FIDUCIARIA desde el Sistema de Información del Fondo Emprender ingresando con la cuenta de acceso que el Fondo Emprender le asigne.
7.1.25 Una vez revisada la información registrada en la plataforma del FONDO EM- PRENDER y verificados los soportes de las solicitudes de pago, LA FIDUCIARIA registrará y realizará el pago al beneficiario del mismo.
7.1.26 Realizar la declaración y pago ante la DIAN de los impuestos generados en oca- sión de la ejecución del Contrato y de los distintos pagos que realice.
7.1.27 Realizar todas las actividades y suscribir todos los negocios jurídicos2 necesarios para desarrollar el objeto contractual a partir de la suscripción del Contrato y durante la vigencia del mismo realizará, además, todas las gestiones necesarias a su cargo para mantener una calificación de fortaleza en la administración xx xxxxx- folios mínimo AAA o su equivalente en otras agencias calificadoras de riesgo. Adicionalmente se obliga a suministrar trimestralmente una certificación sobre la vigencia actualizada de dicha calificación.
7.1.28 Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula de indemnidad, los gastos de defensa del Encargo Fiduciario son a cargo de FONADE o con cargo al encargo fiduciario.
7.1.29 Mantener a disposición de la interventoría (o de quien llegare a sustituirla), dentro del término máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la solicitud, la co- rrespondencia y soportes contables necesarios para su labor, así como, cualquier documento que soporte la gestión de LA FIDUCIARIA, durante el término de vi- gencia del contrato y dos (2) años más. En desarrollo de este contrato, LA FIDU- CIARIA atenderá las visitas de los Organismos de Control del Estado.
7.1.30 Prsentar, conservar, custodiar y tener a disposición de FONADE, xxx XXXX o de cualquier otro organismo competente, los documentos relacionados con los pagos efectuados y de los extractos del movimiento de las cuentas del Encargo Fiducia- rio.
7.1.31 Mantener, como mínimo, el mismo equipo de trabajo presentado en su Oferta, con la dedicación exigida en la Invitación, para cumplir con todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Dicho personal sólo podrá ser re- emplazado con la previa y expresa autorización del Supervisor del contrato, autori- zación que se impartirá cuando el pago se realice al propietario directamente en reemplazante tenga las oficinas mismas o superiores ca- lidades del reemplazado, de acuerdo con la Oferta presentada por LA FIDUCIA- RIA.
7.1.32 Sin perjuicio del cumplimiento de la Inmobiliariaobligación anterior, mantener el número de personas que resulte necesario, con la dedicación, la formación y la experiencia que sea requerida, para asegurar el adecuado cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Contrato, aunque ese número de personas y/o su formación y experiencia deba ser mayor al equipo mínimo exigido en el numeral precedente. h) EL ADMINISTRADORLo anterior sin costos adicionales para FONADE.
7.1.33 Actuar como agente retenedor de impuestos, entregará cuando a ello hubiere lugar, y cum- plir con los deberes de carácter formal que se generen por correo postal o electrónico informes mensuales sobre la administración del Encargo Fiduciario.
7.1.34 Recibir para su administración los descuentos realizados y los valores pagados, dichos pagos y descuentos deberán estar soportados con las respectivas facturasrecursos que le transfiera la actual Fiduciaria del Fondo Emprender, de conformidad con el artículo 1 del decreto 578 las indicaciones impartidas por escrito que le de 2011. i) Informar al PROPIETARIO del incumplimiento de (los) arrendatario (s) en el pago del arrendamiento y notificar a la Aseguradora sobre este hecho. j) Contratar según las instrucciones del PROPIETARIO SI ( ) NO ( ) una póliza adicional de seguros integrales que amparen la totalidad de los servicios públicos, las reconexiones, las reinstalaciones, las administraciones, los daños y faltantes hasta por un valor de ( ) k) En general, velará por la defensa de los intereses del PROPIETARIO, en cuanto a la conservación del inmueble y la verificación del cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal, para los inmuebles sometidos a este régimen…FONADE.
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