Common use of Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales Clause in Contracts

Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como la demás normativa vigente. En el modelo de proposición económica que figura como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación se hace manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de Noviembre, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento. Además, la empresa adjudicataria presentará al AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ la siguiente documentación en el plazo máximo de TRES MESES a contar desde la formalización del contrato:  Listado de personal que va a trabajar para el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ con DNI, Nombre y apellidos, y calificación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03).  Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso.  Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno o documentos que acrediten constitución de servicio de prevención propio, así como copia de acreditación en vigor por parte de la Autoridad Laboral.  Certificado expedido por el Servicio de Prevención ajeno indicando que se ha realizado la Evaluación de Riesgos de los puestos que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ así como el preceptivo Plan de Prevención  Copia del estado de aptitud de los trabajadores realizada a través de la Vigilancia de la Salud  Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo.  Listado de vehículos con documentación en regla.  Certificados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.  Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.  Toda aquella documentación requerida en materia de PRL. La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones de la misma, o en su caso, de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización del órgano de contratación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contrato.

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Samples: Concesión De La Gestión Integral De Instalaciones Deportivas

Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como la demás normativa vigente. En el modelo de proposición económica que figura como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación se hace manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de Noviembre, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento. AdemásPor ello, la empresa adjudicataria presentará al AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ la siguiente documentación en el plazo máximo de TRES MESES UN MES a contar desde la formalización del contrato:  Listado de personal que va a trabajar para el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ con DNI, Nombre y apellidos, y calificación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará requerirá una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (( recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03).  Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso.  Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno o documentos que acrediten constitución de servicio de prevención propio, así como copia de acreditación en vigor por parte de la Autoridad Laboral.  Certificado expedido por el Servicio de Prevención ajeno indicando que se ha realizado la Evaluación de Riesgos de los puestos que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ así como el preceptivo Plan de Prevención  Copia del estado de aptitud de los trabajadores realizada a través de la Vigilancia de la Salud  Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo.  Listado de vehículos con documentación en regla.  Certificados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.  Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.  Toda aquella documentación requerida en materia de PRL. La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones de la misma, o en su caso, de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización del órgano de contratación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contrato, según se indica en la cláusula W del presente pliego.

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Samples: Contrato De Servicios

Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como la demás normativa vigente. En el modelo de proposición económica que figura como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación se hace manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de Noviembre, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento. AdemásPor ello, la empresa adjudicataria presentará al AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ la siguiente documentación en el plazo máximo de TRES MESES UN MES a contar desde la formalización del contrato:  Listado de personal que va a trabajar para el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ con DNI, Nombre y apellidos, y calificación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará requerirá una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03).  Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso.  Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno o documentos que acrediten constitución de servicio de prevención propio, así como copia de acreditación en vigor por parte de la Autoridad Laboral. Xxx Xxxx, 2 48550 Muskiz (Bizkaia) xxx.xxxxxx.xxx  Certificado expedido por el Servicio de Prevención ajeno indicando que se ha realizado la Evaluación de Riesgos de los puestos que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ así como el preceptivo Plan de Prevención  Copia del estado de aptitud de los trabajadores realizada a través de la Vigilancia de la Salud  Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo.  Listado de vehículos con documentación en regla.  Certificados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.  Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.  Toda aquella documentación requerida en materia de PRL. La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones de la misma, o en su caso, de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización del órgano de contratación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contrato, según se indica en la cláusula U del presente pliego.

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Samples: Contrato De Servicios

Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee en las prestaciones objeto de este contrato, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento. A este respecto, cumpliendo con la legislación actual, en la que se destaca la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/95), su reforma recogida en el RD 54/03 y el RD 171/04 que amplia el Art. 24 de la LPRL sobre la Coordinación de Actividades Empresariales, el adjudicatario deberá presentar la siguiente relación de documentos, en el plazo de dos semanas desde la adjudicación: • Identificación individual de cada trabajador con DNI, que vayan a realizar el servicio en la relación de trabajadores de contrata previamente cumplimentada y devuelta al AYUNTAMIENTO XX XXXX-LOIUKO UDALA. Esta relación será actualizada y remitida al AYUNTAMIENTO XX XXXX- LOIUKO UDALA cuando se produzcan cambios en el personal que va a realizar el servicio. • Presentar previamente al inicio de los trabajos: - TC1 y TC2 - IAE – cuando aplique - Seguro de Responsabilidad Civil y copia del último recibo. - Documento de alta en la Seguridad Social. - Certificación negativa de pagos a la Seguridad Social. - Documento de Adhesión a una Mutua. • Modalidad organizativa. • Evaluación de riesgos y medidas preventivas que se van a aplicar en la actividad que desarrollen en los centros a los que acuden. • Planificación de la Actividad Preventiva. • Información y formación de la Evaluación de Riesgos de su puesto de trabajo. • Certificado médico de los trabajadores que vayan a realizar el trabajo (CERTIFICADO DE APTITUD). Por otro lado el R.D. 171/2004 de coordinación de actividades empresariales establece la necesidad de coordinación entre AYUNTAMIENTO XX XXXX-LOIUKO UDALA y sus respectivas empresas o trabajadores autónomos que concurran en las instalaciones durante la realización de cualquier tipo de servicio. Esta coordinación se basa principalmente en el intercambio de información y la necesidad de designar responsables entre ambas partes. Al respecto el Ayuntamiento xx Xxxx remitirá la siguiente documentación: • RIESGOS GENERALES DE LAS INSTALACIONES QUE VISITAN Y MEDIDAS PREVENTIVAS A ADOPTAR, MEDIDAS A ADOPTAR EN CASO DE EMERGENCIA • REGISTRO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES. Este registro debe haberse completo, firmado y devuelto tantas veces como se requiera por parte de AYUNTAMIENTO XX XXXX-LOIUKO UDALA No se permitirá la entrada de su personal a nuestras instalaciones sin haber cumplido con los requisitos anteriormente citados. El AYUNTAMIENTO XX XXXX-LOIUKO UDALA designará para cada servicio un Coordinador que será responsable de recibir a su personal y de cumplir y hacer cumplir las Normas de Seguridad del AYUNTAMIENTO XX XXXX-LOIUKO UDALA. Este Coordinador les solicitará información sobre los riesgos generados por ustedes durante el servicio y que pueden afectar al personal del AYUNTAMIENTO XX XXXX-LOIUKO UDALA o personal de otras contratas concurrentes, por lo que previamente a la realización del servicio, se les requerirá que cumplimenten el citado REGISTRO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES del servicio. Además, la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 54/2003), establece la necesidad de la presencia de personal con formación básica en prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto denominado recurso preventivo, en actividades reglamentariamente peligrosas o con riesgos especiales o cuando los riesgos puedan verse agravados por la Ley 31/1995, concurrencia de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el operaciones diversas que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como la demás normativa vigente. En el modelo de proposición económica que figura como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación se hace manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de Noviembre, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros desarrollan sucesiva o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento. Además, la empresa adjudicataria presentará al AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ la siguiente documentación en el plazo máximo de TRES MESES a contar desde la formalización del contrato:  Listado de personal que va a trabajar para el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ con DNI, Nombre y apellidos, y calificación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03).  Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso.  Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno o documentos que acrediten constitución de servicio de prevención propio, así como copia de acreditación en vigor por parte de la Autoridad Laboral.  Certificado expedido por el Servicio de Prevención ajeno indicando que se ha realizado la Evaluación de Riesgos de los puestos que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ así como el preceptivo Plan de Prevención  Copia del estado de aptitud de los trabajadores realizada a través de la Vigilancia de la Salud  Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo.  Listado de vehículos con documentación en regla.  Certificados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.  Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.  Toda aquella documentación requerida en materia de PRL. La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones de la misma, o en su caso, de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización del órgano de contratación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contratosimultáneamente.

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Samples: Contract for Cleaning Services

Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como la demás normativa vigente. En el modelo de proposición económica que figura como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación se hace manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de Noviembre, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento. AdemásPor ello, la empresa adjudicataria presentará al AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ la siguiente documentación en el plazo máximo de TRES MESES UN MES a contar desde la formalización del contrato:  Listado de personal que va a trabajar para el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ con DNI, Nombre y apellidos, y calificación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará requerirá una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03).  Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso.  Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno o documentos que acrediten constitución de servicio de prevención propio, así como copia de acreditación en vigor por parte de la Autoridad Laboral.  Certificado expedido por el Servicio de Prevención ajeno indicando que se ha realizado la Evaluación de Riesgos de los puestos que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ así como el preceptivo Plan de Prevención  Copia del estado de aptitud de los trabajadores realizada a través de la Vigilancia de la Salud  Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo.  Listado de vehículos con documentación en regla.  Certificados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.  Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.  Toda aquella documentación requerida en materia de PRL. La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones de la misma, o en su caso, de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización del órgano de contratación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contrato, según se indica en la cláusula U del presente pliego.

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Samples: Contrato De Servicios

Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como la demás normativa vigente. En el modelo de proposición económica que figura como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación se hace manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de Noviembre, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento. AdemásPor ello, la empresa adjudicataria presentará al AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ la siguiente documentación en el plazo máximo de TRES MESES UN MES a contar desde la formalización del contrato: Listado de personal que va a trabajar para el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ con DNI, Nombre y apellidos, y calificación califcación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará requerirá una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03). Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso. Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno o documentos que acrediten constitución de servicio de prevención propio, así como copia de acreditación en vigor por parte de la Autoridad Laboral. Certificado expedido por el Servicio de Prevención ajeno indicando que se ha realizado la Evaluación de Riesgos de los puestos que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ así como el preceptivo Plan de Prevención Copia del estado de aptitud de los trabajadores realizada a través de la Vigilancia de la Salud Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo. Listado de vehículos con documentación en regla.  Certificados • Certifcados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos específcos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ. Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.  Toda aquella documentación requerida en materia de PRL. La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones modifcaciones de la misma, o en su caso, de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización del órgano de contratación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contrato, según se indica en la cláusula U del presente pliego.

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Samples: Contrato De Servicios

Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como la demás normativa vigente. En el modelo de proposición económica que figura como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación se hace manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de Noviembre, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento. AdemásPor ello, la empresa adjudicataria presentará al AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ la siguiente documentación en el plazo máximo de TRES MESES UN MES a contar desde la formalización del contrato: Listado de personal que va a trabajar para el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ con DNI, Nombre y apellidos, y calificación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará requerirá una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03). Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso. Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno o documentos que acrediten constitución de servicio de prevención propio, así como copia de acreditación en vigor por parte de la Autoridad Laboral. Certificado expedido por el Servicio de Prevención ajeno indicando que se ha realizado la Evaluación de Riesgos de los puestos que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ así como el preceptivo Plan de Prevención Copia del estado de aptitud de los trabajadores realizada a través de la Vigilancia de la Salud Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo. Listado de vehículos con documentación en regla. Certificados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ. Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.  Toda aquella documentación requerida en materia de PRL. La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones de la misma, o en su caso, de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización del órgano de contratación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contrato, según se indica en la cláusula U del presente pliego.

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Samples: Contrato De Servicios

Obligaciones del contratista en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Todo el personal que el adjudicatario contrate para la prestación de los servicios objeto de este contrato tendrá dependencia laboral del mismo, sin que por ninguna causa, incluso la de despido, pueda pasar dicho personal a dependencia del Ayuntamiento, no interviniendo éste, bajo ninguna forma, en las relaciones laborales que puedan existir entre el concesionario y su personal, salvo lo dispuesto en el presente Xxxxxx. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad sociale higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee en las prestaciones objeto de este contrato, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento. En todo caso, será obligación del adjudicatario tener debidamente afiliado y asegurado a la Seguridad Social al personal que preste la asistencia técnica en el Ayuntamiento. El adjudicatario se responsabilizará del aseo y decoro del personal a su cargo que vaya a tener relación con el público, de integración social de minusválidos que actúe con la debida cortesía y corrección en su trato con éste y de prevención de riesgos laborales, conforme a que cumpla con lo dispuesto en las Ordenanzas, Reglamentos y demás Disposiciones Municipales sobre el Servicio. Son de cuenta del contratista los gastos derivados de la Ley 31/1995, publicación de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, la licitación en el Reglamento Boletín Oficial de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Bizkaia así como la demás normativa vigente. En los de formalización en escritura pública en el modelo de proposición económica que figura como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación se hace manifestación expresa caso de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligacionesel contratista lo solicite. El contratista tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de NoviembreA este respecto, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento. Además, la empresa adjudicataria presentará al AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ la siguiente documentación en el plazo máximo de TRES MESES a contar desde la formalización del contrato:  Listado de personal que va a trabajar para el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ con DNI, Nombre y apellidos, y calificación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03).  Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso.  Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno o documentos que acrediten constitución de servicio de prevención propio, así como copia de acreditación en vigor por parte de la Autoridad Laboral.  Certificado expedido por el Servicio de Prevención ajeno indicando que se ha realizado la Evaluación de Riesgos de los puestos que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ así como el preceptivo Plan de Prevención  Copia del estado de aptitud de los trabajadores realizada a través de la Vigilancia de la Salud  Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo.  Listado de vehículos con documentación en regla.  Certificados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores que actuarán en el AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.  Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.  Toda aquella documentación requerida en materia de PRL. La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones que dichos gastos no sean abonados con anterioridad a la presentación de la mismafactura, o en su serán descontados de ella. También serán por cuenta del contratista todas las tasas e impuestos, directos e indirectos que graven la ejecución del contrato. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. En cualquier caso, serán gastos de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización cuenta exclusiva del órgano de contratación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contrato.Contratista:

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Samples: Contrato Administrativo De Servicios