Common use of OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR. 1) Cumplir las obligaciones establecidas en la Guía para el Ejercicio de las Funciones de Supervisión y Obligaciones de Interventoría del Sistema de Gestión de Calidad, Código 37-G-03, las cuales hacen parte integrante de este contrato. 2) Proyectar y suscribir el acta de inicio y de liquidación del contrato, cuando a ellas hubiere lugar. 3) Verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003, 1122 de 2007, 1150 de 2007, 1562 de 2012 y demás normas concordantes. 4) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el pliego de condiciones o en los estudios previos, según corresponda. 5) En general todas las que se desprendan del ejercicio de la supervisión. PARAGRAFO: El supervisor designado en este contrato podrá ser sustituido temporalmente o de manera definitiva, mediante memorando suscrito por el Ordenador del Gasto, del cual se remitirá copia a la Subdirección de Asuntos Contractuales, con el fin de que repose como soporte en la carpeta del contrato. 14) EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral, en consecuencia el Contratista actúa de manera independiente y con total autonomía técnica y administrativa, sin ningún tipo de subordinación con la Secretaría, por lo tanto, no da lugar al reconocimiento y pago de prestaciones sociales y sólo tendrá derecho a los honorarios expresamente convenidos en el presente Contrato. 15) INDEMNIDAD DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA: El Contratista mantendrá indemne a la Secretaria Distrital de Hacienda contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el Contratista o su personal, durante la ejecución del objeto de este contrato, cuando haya lugar a ello.

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OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR. 13.1.- Velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y cumplimiento del contrato de Obra a suma Alzada que incluye Bases, Planos, Especificaciones Técnicas, Memoria Descriptiva, Presupuestos y demás documentos técnicos relativos a todos los aspectos de la obra, Estructura, Arquitectura, Instalaciones Sanitarias, Eléctricas, Albañilería, Carpintería, etc., documentos que, mediante el presente declara haberlos recibido, para cuyo efecto efectuará su programa de trabajo con antelación de manera que la obra no sufra entorpecimiento alguno en su desarrollo. 3.2.- Intervenir en las anotaciones del cuaderno de obra foliando y visando en todas sus páginas, cuidando que lo haga conjuntamente con el residente. De igual forma debe observar que los únicos que anoten las ocurrencias de la obra sean el residente y EL SUPERVISOR. En el caso que intervenga un tercero no autorizado será responsable de los perjuicios que puedan originarse de ese hecho, los que pueden ser de carácter penal, civil o administrativo. 3.3.- Deberá cuidar que cada anotación sea legible lleve fecha y firma del residente y/o supervisor. 3.4.- El cuaderno de obra debe constar de una hoja original con tres (03) Cumplir las obligaciones establecidas en copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la Guía para DGI-INPE, la otra al contratista y al SUPERVISOR, el Ejercicio que tendrá custodia del residente, no pudiendo ser retenido por ninguna de las Funciones partes. 3 .5.- Debe cuidar que una vez concluida la ejecución de Supervisión y Obligaciones la obra, el cuaderno de Interventoría obra quede en poder de la DGI-INPE conjuntamente con el original del Sistema de Gestión de Calidad, Código 37-G-03, las cuales hacen parte integrante de este contrato. 2) Proyectar y suscribir el acta de inicio recepción final de obra y de liquidación del contrato, cuando a ellas hubiere lugar. 3) Verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003, 1122 de 2007, 1150 de 2007, 1562 de 2012 y demás normas concordantes. 4) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el pliego de condiciones o en los estudios previos, según corresponda. 5) En general todas las que se desprendan del ejercicio de la supervisión. PARAGRAFO: El supervisor designado en este contrato podrá ser sustituido temporalmente o de manera definitiva, mediante memorando suscrito por el Ordenador del Gasto, del cual se remitirá copia a la Subdirección de Asuntos Contractuales, con el fin de que repose como soporte en la carpeta del contrato. 14) EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral, en consecuencia el Contratista actúa de manera independiente y con total autonomía técnica y administrativa, sin ningún tipo de subordinación con la Secretaría, por lo tanto, no da lugar al reconocimiento y pago de prestaciones sociales y sólo tendrá derecho a los honorarios expresamente convenidos en el presente Contrato. 15) INDEMNIDAD DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA: El Contratista mantendrá indemne a la Secretaria Distrital de Hacienda contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el Contratista o su personal, durante la ejecución del objeto de este contrato, cuando haya lugar a ellometrados post- construcción.

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OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR. 13.1.- Velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y cumplimiento del contrato de Obra a suma Alzada que incluye Bases, Planos, Especificaciones Técnicas, Memoria Descriptiva, Presupuestos y demás documentos técnicos relativos a todos los aspectos de la obra, Estructura, Arquitectura, Instalaciones Sanitarias, Eléctricas, Albañilería, Carpintería, etc., documentos que, mediante el presente declara haberlos recibido, para cuyo efecto efectuará su programa de trabajo con antelación de manera que la obra no sufra entorpecimiento alguno en su desarrollo. 3.2.- Intervenir en las anotaciones del cuaderno de obra foliando y visando en todas sus páginas, cuidando que lo haga conjuntamente con el residente. De igual forma debe observar que los únicos que anoten las ocurrencias de la obra sean el residente y EL SUPERVISOR. En el caso que intervenga un tercero no autorizado será responsable de los perjuicios que puedan originarse de ese hecho, los que pueden ser de carácter penal, civil o administrativo. 3.3.- Deberá cuidar que cada anotación sea legible lleve fecha y firma del residente y/o supervisor. 3.4.- El cuaderno de obra debe constar de una hoja original con tres (03) Cumplir las obligaciones establecidas copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la DGI-INPE, la otra al contratista y al SUPERVISOR, el que tendrá páginas numeradas correlativamente. El original de dicho cuaderno debe permanecer en la Guía para el Ejercicio obra, bajo custodia del residente, no pudiendo ser retenido por ninguna de las Funciones partes. 3.5.- Debe cuidar que una vez concluida la ejecución de Supervisión y Obligaciones la obra, el cuaderno de Interventoría obra quede en poder de la DGI-INPE conjuntamente con el original del Sistema de Gestión de Calidad, Código 37-G-03, las cuales hacen parte integrante de este contrato. 2) Proyectar y suscribir el acta de inicio recepción final de obra y de liquidación del contrato, cuando a ellas hubiere lugar. 3) Verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, los metrados post- construcción. 3.6.- Las consultas se formulan en el artículo 50 Cuaderno de la Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003, 1122 de 2007, 1150 de 2007, 1562 de 2012 Obra y demás normas concordantes. 4) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el pliego de condiciones se dirigen al inspector o en los estudios previossupervisor, según corresponda. . 3.7.- Las consultas cuando por su naturaleza, en opinión del inspector o supervisor, no requieran de la opinión del Proyectista serán absueltas por estos dentro del plazo máximo de cinco (5) En general todas días siguientes de anotadas las que se desprendan del ejercicio mismas. Vencido el plazo anterior y de no ser absueltas, el contratista dentro de los (02) dos días siguientes acudirá a la Entidad, la cual deberá resolverlas en un plazo máximo de cinco (5) días, contados desde el día siguiente de la supervisión. PARAGRAFO: El supervisor designado recepción de la comunicación del contratista. 3.8.- Las consultas cuando por su naturaleza, en este contrato podrá ser sustituido temporalmente opinión del inspector o supervisor, requieran de manera definitiva, mediante memorando suscrito la opinión del Proyectista serán elevadas por el Ordenador del Gasto, del cual se remitirá copia éstos a la Subdirección Entidad dentro del plazo de Asuntos Contractualesdos (02) días siguientes de anotadas, correspondiendo a ésta en coordinación con el fin Proyectista absolver la consulta dentro del plazo xx xxxx (10) días siguientes de que repose como soporte en la carpeta comunicación del contrato. 14) EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral, en consecuencia el Contratista actúa de manera independiente y con total autonomía técnica y administrativa, sin ningún tipo de subordinación con la Secretaría, por lo tanto, no da lugar al reconocimiento y pago de prestaciones sociales y sólo tendrá derecho a los honorarios expresamente convenidos en el presente Contrato. 15) INDEMNIDAD DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA: El Contratista mantendrá indemne a la Secretaria Distrital de Hacienda contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que pueda causarse inspector o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el Contratista o su personal, durante la ejecución del objeto de este contrato, cuando haya lugar a ellosupervisor.

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OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR. 13.1.- Velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y cumplimiento del contrato de Obra a suma Alzada que incluye Bases, Planos, Especificaciones Técnicas, Memoria Descriptiva, Presupuestos y demás documentos técnicos relativos a todos los aspectos de la obra, Estructura, Arquitectura, Instalaciones Sanitarias, Eléctricas, Albañilería, Carpintería, etc., documentos que, mediante el presente declara haberlos recibido, para cuyo efecto efectuará su programa de trabajo con antelación de manera que la obra no sufra entorpecimiento alguno en su desarrollo. 3.2.- Intervenir en las anotaciones del cuaderno de obra foliando y visando en todas sus páginas, cuidando que lo haga conjuntamente con el residente. De igual forma debe observar que los únicos que anoten las ocurrencias de la obra sean el residente y EL SUPERVISOR. En el caso que intervenga un tercero no autorizado será responsable de los perjuicios que puedan originarse de ese hecho, los que pueden ser de carácter penal, civil o administrativo. 3.3.- Deberá cuidar que cada anotación sea legible lleve fecha y firma del residente y/o supervisor. 3.4.- El cuaderno de obra debe constar de una hoja original con tres (03) Cumplir las obligaciones establecidas copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la DGI-INPE, la otra al contratista y al SUPERVISOR, el que tendrá páginas numeradas correlativamente. El original de dicho cuaderno debe permanecer en la Guía para el Ejercicio obra, bajo custodia del residente, no pudiendo ser retenido por ninguna de las Funciones partes. 3.5.- Debe cuidar que una vez concluida la ejecución de Supervisión y Obligaciones la obra, el cuaderno de Interventoría obra quede en poder de la DGI-INPE conjuntamente con el original del Sistema de Gestión de Calidad, Código 37-G-03, las cuales hacen parte integrante de este contrato. 2) Proyectar y suscribir el acta de inicio recepción final de obra y de liquidación del contrato, cuando a ellas hubiere lugar. 3) Verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, los metrados post- construcción. 3.6.- Las consultas se formulan en el artículo 50 Cuaderno de la Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003, 1122 de 2007, 1150 de 2007, 1562 de 2012 Obra y demás normas concordantes. 4) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el pliego de condiciones se dirigen al inspector o en los estudios previossupervisor, según corresponda. . 3.7.- Las consultas cuando por su naturaleza, en opinión del inspector o supervisor, no requieran de la opinión del Proyectista serán absueltas por estos dentro del plazo máximo de cinco (5) En general todas días siguientes de anotadas las que se desprendan del ejercicio mismas. Vencido el plazo anterior y de no ser absueltas, el contratista dentro de los (02) dos días siguientes acudirá a la Entidad, la cual deberá resolverlas en un plazo máximo de cinco (5) días, contados desde el día siguiente de la supervisión. PARAGRAFO: El supervisor designado en este contrato podrá ser sustituido temporalmente o recepción de manera definitiva, mediante memorando suscrito por el Ordenador la comunicación del Gasto, del cual se remitirá copia a la Subdirección de Asuntos Contractuales, con el fin de que repose como soporte en la carpeta del contrato. 14) EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral, en consecuencia el Contratista actúa de manera independiente y con total autonomía técnica y administrativa, sin ningún tipo de subordinación con la Secretaría, por lo tanto, no da lugar al reconocimiento y pago de prestaciones sociales y sólo tendrá derecho a los honorarios expresamente convenidos en el presente Contrato. 15) INDEMNIDAD DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA: El Contratista mantendrá indemne a la Secretaria Distrital de Hacienda contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el Contratista o su personal, durante la ejecución del objeto de este contrato, cuando haya lugar a ellocontratista.

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