Patrimonio Cláusulas de Ejemplo

Patrimonio. 1. El patrimonio constituido por bienes inmuebles en el sentido del artículo 6, que posea un residente de un Estado contratante y esté situado en el otro Estado contratante, puede someterse a imposición en ese otro Estado.
Patrimonio. 1. El patrimonio constituido por bienes inmuebles, que posea un residente de un Estado Contratante y que esté situado en el otro Estado Contratante, puede someterse a imposición en ese otro Estado.
Patrimonio. (Aplicable para personas jurídicas): La entidad contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la relación que se determine con respecto del presupuesto referencial conforme las regulaciones expedidas por el SERCOP. En caso de variación de la situación financiera deberá acreditar tal con la presentación de la copia de la recepción de ingreso al trámite con las escrituras presentadas a la Superintendencia de Compañías.
Patrimonio. (Aplicable a personas jurídicas) En el caso de personas jurídicas, (nombre de la entidad contratante) verificará que el patrimonio cumpla con la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto. Para este procedimiento el monto mínimo de patrimonio que el oferente debe justificar es de: (Establecer patrimonio de acuerdo al Presupuesto Referencial).
Patrimonio. 1. El patrimonio representado por bienes inmuebles, conforme se definen en el párrafo 2 del artículo 6, puede someterse a imposición en el Estado Contratante en el que aquéllos estén sitos.
Patrimonio. El patrimonio del FIDEICOMISO está constituido de la siguiente manera: Página 87 de 195  Xxxxxxxxx 000 xxx.000 Xxxxxxxx Xxxxx X.X. 00000 T. (00) 0000.0000  Con la cantidad de $200,000.00 por concepto de aportación inicial con la cual se constituirá el FONDO REVOLVENTE, que en se entregó por el Fideicomitente al Fiduciario.  Con el importe proveniente del CRÉDITO, que mediante diversas disposiciones solicitará el Fiduciario, por cuenta y orden del Fideicomitente, de SETASA y de PROACTIVA, en los términos de la instrucción irrevocable que al efecto se emita al Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones, en su carácter de Fiduciario del FIDEICOMISO-INTERACCIONES, hasta por la cantidad de $69’277,028.00 a precios de diciembre de 2005, actualizables conforme al INPC.  Para efecto de lo anterior, el FIDEICOMITENTE, SETASA y PROACTIVA instruirán de manera irrevocable al Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones, en su carácter de Fiduciario del FIDEICOMISO- INTERACCIONES, para que entregue al Fiduciario por cuenta y orden de aquéllos, recursos provenientes del CRÉDITO hasta por la cantidad de $69’277,028.00 a precios de diciembre de 2005, mediante diversas disposiciones actualizables conforme al INPC.  Con la CARTA DE CRÉDITO, a efecto de asegurar parte de su aportación en CAPITAL DE RIESGO al patrimonio del Fideicomiso.  Con la cantidad proveniente del APOYO FINFRA, que estará identificada por el FIDUCIARIO en cuenta por separado.  Con los derechos de los seguros que contrate el Fideicomitente de conformidad con el CPS e importes provenientes del cobro de las sumas aseguradas correspondientes, durante la etapa de construcción del PROYECTO, que el Fideicomitente se obligó a contratar en los términos del CPS, afectación que se perfeccionará mediante la entrega al Fiduciario de las pólizas debidamente endosadas.  Xxxxxxxxx 000 xxx.000 Xxxxxxxx Xxxxx X.X. 00000 T. (00) 0000.0000  Con otros recursos, bienes o derechos que el Fideicomitente afecte al patrimonio del Fideicomiso para ser destinados al cumplimiento de sus fines.  Con los rendimientos financieros derivados de la inversión del patrimonio fideicomitido en numerario, en tanto no sea destinado al cumplimiento de los fines del Fideicomiso. El patrimonio del FIDEICOMISO podrá incrementarse cuantas veces sea necesario con nuevas aportaciones sin necesidad de celebrar convenio modificatorio, bastando para ello l...
Patrimonio. En el caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio cumpla con la normativa establecida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
Patrimonio. La Contaduría General de la Nación aceptará y evaluará únicamente aquellas propuestas en las que el PROPONENTE, con fundamento en la información financiera aportada con la oferta, acredite que su patrimonio es igual o superior a doscientos millones de pesos ($ 200.000.000.oo) En el caso de Consorcios o Uniones Temporales el anterior requisito se obtiene con la suma de los patrimonios de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, o con el cumplimiento de alguno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal.
Patrimonio. El proponente deberá acreditar como mínimo un patrimonio igual o superior a dos veces el total del presupuesto oficial determinado para un mes de ejecución del contrato. En el caso de las Uniones Temporales y los Consorcios, los indicadores se calcularán con base en las sumatoria de los estados financieros de los integrantes, de acuerdo al porcentaje de participación de cada miembro en la figura contractual constituida.