OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las siguientes obligaciones además de las demás obligaciones que le corresponden conforme a la naturaleza y esencia del contrato: 1. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto de este contrato con las especificaciones técnicas descritas en las cláusulas primera y segunda - Objeto y Alcance al objeto - del presente contrato y en el Acuerdo de Niveles de Servicio (ANS), en el lugar y plazos establecidos en el presente contrato. 2. EL VENDEDOR se obliga frente a EL BANCO a entregar materialmente en cada una de las direcciones indicadas por el banco y en los tiempos contractuales estipulados en el presente contrato XXXXXX. 3. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que cada uno de los bienes entregados a EL BANCO se encuentren en excelentes condiciones y de acuerdo con la unidad de empaque y marca establecida por las partes. 4. EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega de los bienes muebles objeto de este contrato libre de gravámenes, embargos, multas, impuestos, pactos, pactos de reserva de dominio y cualquiera otra circunstancia que afecte el libre comercio de los bienes objeto del presente contrato. 5. EL VENDEDOR se obliga a que la obligación de entrega de los bienes objeto del presente contrato es de resultado. En consecuencia, la tradición de los bienes se entenderá cumplida únicamente al momento de la entrega material de los bienes al funcionario de EL BANCO designado en los tiempos de entrega, condiciones de calidad y cantidades establecidas en el presente contrato. 6. EL VENDEDOR se obliga a responder a EL BANCO por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes entregados a EL BANCO. 7. EL VENDEDOR se obliga a amparar el dominio, la libre posesión y a garantizar el goce de los productos entregados a EL BANCO. 8. EL VENDEDOR se obliga a que antes de la entrega material de los bienes a EL BANCO cualquier deterioro o pérdida del producto corre por cuenta de EL VENDEDOR. Y a partir de la entrega material el riesgo será por cuenta de EL BANCO, siempre y cuando el destinatario final no realice o alegue alguna causal para la devolución del bien. 9. EL VENDEDOR se obliga a informar a EL BANCO de cualquier anomalía o mal funcionamiento de los bienes vendidos. 10. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato en [lugar físico donde BANCO DAVIVIENDA necesita recibir los bienes por ejemplo en la Bodega o en determinada sede administrativa] y asumir el valor requerido para el transporte de los bienes al lugar de la entrega. 11. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato, nuevos, en buen estado y libres de defectos o vicios ocultos, garantizando que cuentan con plena idoneidad para el desarrollo de las funciones que requiere BANCO DAVIVIENDA. 12. EL VENDEDOR se obliga a entregar al Supervisor del Contrato de BANCO DAVIVIENDA, el cronograma de entrega de los bienes objeto de este contrato, así como un plan de trabajo para la ejecución de las obligaciones derivadas del mismo, detallado sus fases, actividades, responsabilidades y tiempos. 13. EL VENDEDOR se obliga debe garantizar y responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes adquiridos. 14. EL VENDEDOR se obliga debe entregar al Supervisor del contrato de BANCO DAVIVIENDA la información sobre las indicaciones e instrucciones para instalación o uso de los bienes, condiciones de asistencia técnica, mantenimiento, disponibilidad de repuestos, partes, insumos. 15. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la mano de obra calificada para trabajar cualquier incidente referente al bien o bienes adquiridos. 16. En los casos en que se deban entregar bienes para hacer efectiva la garantía, EL VENDEDOR, tendrá que entregarle a BANCO DAVIVIENDA, una certificación donde indique: i) Nombre de la empresa o persona que hizo el trabajo. ii) Descripción de la reparación efectuada. iii) Piezas que fueron reemplazas o arregladas. iv) Fecha en que BANCO DAVIVIENDA hizo entrega del producto y la fecha en que se devolvió el producto modificado. 17. EL VENDEDOR se obliga a cumplir conforme a las disposiciones legales, principalmente del Código de Comercio y normativa de protección al consumidor, y las reglas para las solicitudes, procedimientos, cumplimiento y términos para la efectividad de las garantías legales. 18. EL VENDEDOR se obliga a sanear la venta de los bienes objeto de este contrato, tanto en casos de evicción como en casos de vicios ocultos. 19. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que los bienes que se entregan se encuentran libres de todo gravamen o impuesto y que tiene los derechos para su venta y/o licenciamiento. 20. EL VENDEDOR se obliga a efectuar la instalación y conexión de los bienes en el lugar de ejecución del contrato] [cuando xxxx realizarse de acuerdo con el objeto contratado. 21. EL VENDEDOR se obliga a realizar los cambios necesarios de los bienes entregados según las observaciones y criterios formulados por el supervisor del contrato, cuando no cumplan con las características, condiciones y especificaciones indicadas en el Contrato y sus anexos. Cuando exista lugar a cambio, EL VENDEDOR se obliga a realizarlo en [incluir el tiempo estimado de entrega de los bienes. Día, mes y año]. 22. EL VENDEDOR se obliga a entregar toda la documentación correspondiente a los bienes objeto del contrato necesarios para demostrar su debido trámite de importación si hubiere lugar al mismo [certificado de importación, manifiesto aduanero, etc.] en el momento de la entrega. 23. EL VENDEDOR se obliga a guardar, conservar y poner a disposición de BANCO DAVIVIENDA, cuando este lo requiera, los comprobantes, registros, libros, recibos, cotizaciones, ofertas, estudios, análisis, propuestas, órdenes de compra, contratos, facturas, correspondencia y cualquier documentación de soporte, relacionada con el objeto del presente Contrato, durante el plazo del mismo y dos (2) años más. 24. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las disposiciones legales y reglamentarias referentes a obligaciones post consumo (cuando deba realizarse de acuerdo con el objeto contratado), de acuerdo con lo estipulado en las cláusulas Vigésima quinta y Vigésima sexta, del presente contrato. 25. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la calidad de los bienes objeto del presente contrato, de acuerdo a las normas técnicas aplicables. 26. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la disponibilidad de soporte del producto como mínimo [incluir número de días] días a la semana y [incluir cantidad de horas] horas diarias y compromisos adicionales en función de la criticidad del requerimiento. 27. Exhibir y/o allegar a EL BANCO una copia del título de propiedad de los bienes muebles. 28. Realizar las inversiones, gastos y costos que requiere el cumplimiento del contrato y que le correspondan. EL BANCO no asumirá valores adicionales para el cumplimiento del objeto del presente contrato. 29. No ser clasificado, en su condición de deudor, dentro de las categorías Deficiente, Dudoso o Pérdida en el sistema financiero mientras dure la presente relación contractual, en caso contrario EL BANCO podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato. 30. Informar por escrito oportunamente hechos o eventos de situaciones inusuales o irregulares que observe en ejecución del presente contrato. Sobre las informaciones entregadas al BANCO, EL VENDEDOR guardará una copia que deberá tener el sello o firma de recibido. El Banco guardará confidencialidad de la información recibida y no estará obligado a informar a EL VENDEDOR sobre las acciones que se deriven de la comunicación recibida. El tiempo será de 8 días hábiles a partir del día que se identifique el hecho o evento. 31. Realizar las actualizaciones, en calidad de proveedor, solicitadas por EL BANCO. 32. EL VENDEDOR es responsable de informar al BANCO, dentro del nivel de colaboración, aquellas señales de alerta tempranas de daño de los bienes que evidencie. 33. EL VENDEDOR se obliga a utilizar exclusivamente para los fines señalados en este contrato la información que EL BANCO DAVIVIENDA le suministre y guardar confidencialidad y reserva sobre la misma. 34. EL VENDEDOR se obliga a tender todas las recomendaciones y sugerencias que el BANCO DAVIVIENDA le presente, de forma inmediata y oportuna, creando oportunidades de mejora a sus procesos y garantizando ante todo la debida ejecución del contrato. 35. EL VENDEDOR se obliga a asistir a todas las reuniones de planeación y control de actividades que el BANCO DAVIVIENDA programe de acuerdo con el objeto del presente contrato. 36. EL VENDEDOR se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato directamente sin intermediarios, contratistas o terceros. Queda totalmente prohibido tercerizar cualquier proceso derivado del objeto del presente documento contractual. 37. EL VENDEDOR se obliga contratar de manera directa al personal que desarrollará o apoyará de una u otra forma el objeto del presente contrato. Así mismo, EL VENDEDOR, será responsable del pago oportuno y sin falta de los salarios, prestaciones sociales, parafiscales y demás, que se generen con ocasión de los servicios contratados, de conformidad con la legislación laboral vigente.
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Samples: Acquisition Agreement
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. EL VENDEDOR Son las que se obliga indican a cumplir las siguientes obligaciones además continuación sin perjuicio de las demás obligaciones que le corresponden conforme a la naturaleza y esencia del contrato:estipuladas en el clausulado de este documento.
1. EL VENDEDOR se obliga Verificar que los saldos a entregar la Fecha xx Xxxxx, estén de conformidad con los bienes soportes contables de los activos objeto de este contrato con las especificaciones técnicas descritas en las cláusulas primera y segunda - Objeto y Alcance al objeto - del presente contrato y en el Acuerdo de Niveles de Servicio (ANS), en el lugar y plazos establecidos en el presente contratola compraventa.
2. Otorgar Poder General a EL COMPRADOR dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la fecha de celebración, para que obre como mandatario de EL VENDEDOR, con el fin de que realice todos los actos que estime convenientes respecto de a las obligaciones de su propiedad. No obstante lo anterior, durante el periodo en que EL COMPRADOR actúe como mandatario de EL VENDEDOR respecto de cada uno de los activos, aquél se obliga frente a EL BANCO a entregar materialmente en cada una de encontrará legitimado para actuar ante las direcciones indicadas por el banco autoridades judiciales, administrativas, deudores, terceros interesados, y cualquier otra persona para defender, demandar, cobrar, reclamar y en general exigir judicial o extrajudicialmente los tiempos contractuales estipulados en el presente contrato XXXXXXderechos que le otorga su condición de propietario de los mismos.
3. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que cada uno de los bienes entregados Entregar a EL BANCO COMPRADOR la información y documentación correspondiente a las obligaciones a que hace referencia el objeto del presente documento, en los términos y forma que se encuentren en excelentes condiciones y de acuerdo con la unidad de empaque y marca establecida por las partesestipulan.
4. EL VENDEDOR se obliga Certificar, si a hacer entrega ello hubiere lugar sobre los pagos realizados por los deudores así como la forma de los bienes muebles objeto de este contrato libre de gravámenes, embargos, multas, impuestos, pactos, pactos de reserva de dominio y cualquiera otra circunstancia que afecte el libre comercio de los bienes objeto del presente contratoaplicación contable.
5. Suministrar la información disponible, y coadyuvar las respuestas que EL VENDEDOR se obliga a que la obligación de entrega de COMPRADOR deba presentar ante los bienes objeto del presente contrato es de resultado. En consecuencia, la tradición de los bienes se entenderá cumplida únicamente al momento de la entrega material de los bienes al funcionario de EL BANCO designado en los tiempos de entrega, condiciones de calidad diferentes despachos judiciales y cantidades establecidas en el presente contratoadministrativos.
6. EL VENDEDOR se obliga Informar por escrito a responder los deudores sobre la cesión de las obligaciones relacionadas en el Anexo Uno (1), dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la Fecha de Celebración y enviar prueba de ello a EL BANCO por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes entregados a EL BANCOCOMPRADOR.
7. EL VENDEDOR Ceder las obligaciones del Anexo Uno (1) en los términos y forma que se obliga a amparar el dominio, prevé en la libre posesión y a garantizar el goce de los productos entregados a EL BANCOpresente Acta.
8. Cuando a ello haya lugar, notificar a las autoridades competentes sobre la celebración de ésta Acta, siempre que dicha notificación fuere necesaria para el ejercicio de cualquier prerrogativa derivada de las obligaciones objeto del mismo.
9. Entregar a EL VENDEDOR se obliga COMPRADOR los recaudos recibidos con posterioridad a que antes la Fecha xx Xxxxx y de celebración de esta Acta, provenientes de la entrega material cartera objeto de compraventa o establecer la posibilidad de realizar xxxxx xx xxxxxxx.
10. Transferir a EL COMPRADOR o a quien éste designe, en caso de existir, los bienes diferentes de efectivo que hubiere recibido en pago por parte de los bienes a EL BANCO cualquier deterioro o pérdida deudores de los activos objeto del producto corre por cuenta de EL VENDEDOR. Y presente documento, a partir de la entrega material el riesgo será por cuenta de EL BANCO, siempre y cuando el destinatario final no realice o alegue alguna causal para la devolución del bienFecha xx Xxxxx.
9. EL VENDEDOR se obliga a informar a EL BANCO de cualquier anomalía o mal funcionamiento de los bienes vendidos.
10. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato en [lugar físico donde BANCO DAVIVIENDA necesita recibir los bienes por ejemplo en la Bodega o en determinada sede administrativa] y asumir el valor requerido para el transporte de los bienes al lugar de la entrega.
11. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato, nuevos, en buen estado y libres de defectos o vicios ocultos, garantizando que cuentan con plena idoneidad para el desarrollo de las funciones que requiere BANCO DAVIVIENDA.
12. EL VENDEDOR se obliga a entregar al Supervisor del Contrato de BANCO DAVIVIENDA, el cronograma de entrega de los bienes objeto de este contrato, así como un plan de trabajo para la ejecución de las obligaciones derivadas del mismo, detallado sus fases, actividades, responsabilidades y tiempos.
13. EL VENDEDOR se obliga debe garantizar y responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes adquiridos.
14. EL VENDEDOR se obliga debe entregar al Supervisor del contrato de BANCO DAVIVIENDA la información sobre las indicaciones e instrucciones para instalación o uso de los bienes, condiciones de asistencia técnica, mantenimiento, disponibilidad de repuestos, partes, insumos.
15. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la mano de obra calificada para trabajar cualquier incidente referente al bien o bienes adquiridos.
16. En los casos en que se deban entregar bienes para hacer efectiva la garantía, EL VENDEDOR, tendrá que entregarle a BANCO DAVIVIENDA, una certificación donde indique:
i) Nombre de la empresa o persona que hizo el trabajo.
ii) Descripción de la reparación efectuada.
iii) Piezas que fueron reemplazas o arregladas.
iv) Fecha en que BANCO DAVIVIENDA hizo entrega del producto y la fecha en que se devolvió el producto modificado.
17. EL VENDEDOR se obliga a cumplir conforme a las disposiciones legales, principalmente del Código de Comercio y normativa de protección al consumidor, y las reglas para las solicitudes, procedimientos, cumplimiento y términos para la efectividad de las garantías legales.
18. EL VENDEDOR se obliga a sanear la venta de los bienes objeto de este contrato, tanto en casos de evicción como en casos de vicios ocultos.
19. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que los bienes que se entregan se encuentran libres de todo gravamen o impuesto y que tiene los derechos para su venta y/o licenciamiento.
20. EL VENDEDOR se obliga a efectuar la instalación y conexión de los bienes en el lugar de ejecución del contrato] [cuando xxxx realizarse de acuerdo con el objeto contratado.
21. EL VENDEDOR se obliga a realizar los cambios necesarios de los bienes entregados según las observaciones y criterios formulados por el supervisor del contrato, cuando no cumplan con las características, condiciones y especificaciones indicadas en el Contrato y sus anexos. Cuando exista lugar a cambio, EL VENDEDOR se obliga a realizarlo en [incluir el tiempo estimado de entrega de los bienes. Día, mes y año].
22. EL VENDEDOR se obliga a entregar toda la documentación correspondiente a los bienes objeto del contrato necesarios para demostrar su debido trámite de importación si hubiere lugar al mismo [certificado de importación, manifiesto aduanero, etc.] en el momento de la entrega.
23. EL VENDEDOR se obliga a guardar, conservar y poner a disposición de BANCO DAVIVIENDA, cuando este lo requiera, los comprobantes, registros, libros, recibos, cotizaciones, ofertas, estudios, análisis, propuestas, órdenes de compra, contratos, facturas, correspondencia y cualquier documentación de soporte, relacionada con el objeto del presente Contrato, durante el plazo del mismo y dos (2) años más.
24. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las disposiciones legales y reglamentarias referentes a obligaciones post consumo (cuando deba realizarse de acuerdo con el objeto contratado), de acuerdo con lo estipulado en las cláusulas Vigésima quinta y Vigésima sexta, del presente contrato.
25. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la calidad de los bienes objeto del presente contrato, de acuerdo a las normas técnicas aplicables.
26. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la disponibilidad de soporte del producto como mínimo [incluir número de días] días a la semana y [incluir cantidad de horas] horas diarias y compromisos adicionales en función de la criticidad del requerimiento.
27. Exhibir y/o allegar a EL BANCO una copia del título de propiedad de los bienes muebles.
28. Realizar las inversiones, gastos y costos que requiere el cumplimiento del contrato y que le correspondan. EL BANCO no asumirá valores adicionales para el cumplimiento del objeto del presente contrato.
29. No ser clasificado, en su condición de deudor, dentro de las categorías Deficiente, Dudoso o Pérdida en el sistema financiero mientras dure la presente relación contractual, en caso contrario EL BANCO podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato.
30. Informar por escrito oportunamente hechos o eventos de situaciones inusuales o irregulares que observe en ejecución del presente contrato. Sobre las informaciones entregadas al BANCO, EL VENDEDOR guardará una copia que deberá tener el sello o firma de recibido. El Banco guardará confidencialidad de la información recibida y no estará obligado a informar a EL VENDEDOR sobre las acciones que se deriven de la comunicación recibida. El tiempo será de 8 días hábiles a partir del día que se identifique el hecho o evento.
31. Realizar las actualizaciones, en calidad de proveedor, solicitadas por EL BANCO.
32. EL VENDEDOR es responsable de informar al BANCO, dentro del nivel de colaboración, aquellas señales de alerta tempranas de daño de los bienes que evidencie.
33. EL VENDEDOR se obliga a utilizar exclusivamente para los fines señalados en este contrato la información que EL BANCO DAVIVIENDA le suministre y guardar confidencialidad y reserva sobre la misma.
34. EL VENDEDOR se obliga a tender todas las recomendaciones y sugerencias que el BANCO DAVIVIENDA le presente, de forma inmediata y oportuna, creando oportunidades de mejora a sus procesos y garantizando ante todo la debida ejecución del contrato.
35. EL VENDEDOR se obliga a asistir a todas las reuniones de planeación y control de actividades que el BANCO DAVIVIENDA programe de acuerdo con el objeto del presente contrato.
36. EL VENDEDOR se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato directamente sin intermediarios, contratistas o terceros. Queda totalmente prohibido tercerizar cualquier proceso derivado del objeto del presente documento contractual.
37. EL VENDEDOR se obliga contratar de manera directa al personal que desarrollará o apoyará de una u otra forma el objeto del presente contrato. Así mismo, EL VENDEDOR, será responsable del pago oportuno y sin falta de los salarios, prestaciones sociales, parafiscales y demás, que se generen con ocasión de los servicios contratados, de conformidad con la legislación laboral vigente.
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Samples: Contract
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las siguientes obligaciones además de las demás obligaciones que le corresponden conforme a la naturaleza y esencia del contrato:
1. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto de este contrato con las especificaciones técnicas descritas en las cláusulas primera y segunda - Objeto y Alcance al objeto - del presente contrato y en el Acuerdo de Niveles de Servicio (ANS)Servicio, en el lugar y plazos establecidos en el presente contrato.
2. EL VENDEDOR se obliga frente a EL BANCO a entregar materialmente en cada una de las direcciones indicadas por el banco y en los tiempos contractuales estipulados en el presente contrato XXXXXX.
3. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que cada uno de los bienes entregados a EL BANCO se encuentren en excelentes condiciones y de acuerdo con la unidad de empaque y marca establecida por las partes.
4. EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega de los bienes muebles objeto de este contrato libre de gravámenes, embargos, multas, impuestos, pactos, pactos de reserva de dominio y cualquiera otra circunstancia que afecte el libre comercio de los bienes objeto del presente contrato.
5. EL VENDEDOR se obliga a que la obligación de entrega de los bienes objeto del presente contrato es de resultado. En consecuencia, la tradición de los bienes se entenderá cumplida únicamente al momento de la entrega material de los bienes al funcionario de EL BANCO designado en los tiempos de entrega, condiciones de calidad y cantidades establecidas en el presente contrato.
6. EL VENDEDOR se obliga a responder a EL BANCO por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes entregados a EL BANCO.
7. EL VENDEDOR se obliga a amparar el dominio, la libre posesión y a garantizar el goce de los productos entregados a EL BANCO.
8. EL VENDEDOR se obliga a que antes de la entrega material de los bienes a EL BANCO cualquier deterioro o pérdida del producto corre por cuenta de EL VENDEDOR. Y a partir de la entrega material el riesgo será por cuenta de EL BANCO, siempre y cuando el destinatario final no realice o alegue alguna causal para la devolución del bien.
9. EL VENDEDOR se obliga a informar a EL BANCO de cualquier anomalía o mal funcionamiento de los bienes vendidos.
10. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato en [lugar físico donde BANCO DAVIVIENDA necesita recibir los bienes por ejemplo en la Bodega o en determinada sede administrativa] y asumir el valor requerido para el transporte de los bienes al lugar de la entrega.
11. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato, nuevos, en buen estado y libres de defectos o vicios ocultos, garantizando que cuentan con plena idoneidad para el desarrollo de las funciones que requiere BANCO DAVIVIENDA.
12. EL VENDEDOR se obliga a entregar al Supervisor del Contrato de BANCO DAVIVIENDA, el cronograma de entrega de los bienes objeto de este contrato, así como un plan de trabajo para la ejecución de las obligaciones derivadas del mismo, detallado sus fases, actividades, responsabilidades y tiempos.
13. EL VENDEDOR se obliga debe garantizar y responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes adquiridos.
14. EL VENDEDOR se obliga debe entregar al Supervisor del contrato de BANCO DAVIVIENDA la información sobre las indicaciones e instrucciones para instalación o uso de los bienes, condiciones de asistencia técnica, mantenimiento, disponibilidad de repuestos, partes, insumos.
15. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la mano de obra calificada para trabajar cualquier incidente referente al bien o bienes adquiridos.
16. En los casos en que se deban entregar bienes para hacer efectiva la garantía, EL VENDEDOR, tendrá que entregarle a BANCO DAVIVIENDA, una certificación donde indique:
i) Nombre de la empresa o persona que hizo el trabajo.
ii) Descripción de la reparación efectuada.
iii) Piezas que fueron reemplazas o arregladas.
iv) Fecha en que BANCO DAVIVIENDA hizo entrega del producto y la fecha en que se devolvió el producto modificado.
17. EL VENDEDOR se obliga a debe cumplir conforme a la Ley 1480 de 2.011 y al Decreto 735 del 17 xx xxxxx del 2.013, las disposiciones legales, principalmente del Código de Comercio y normativa de protección al consumidor, legales y las reglas para las solicitudes, procedimientos, cumplimiento y términos para la efectividad de las garantías legales.
18. EL VENDEDOR se obliga a sanear la venta de los bienes objeto de este contrato, tanto en casos de evicción como en casos de vicios ocultos.
19. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que los bienes que se entregan se encuentran libres de todo gravamen o impuesto y que tiene los derechos para su venta y/o licenciamiento.
20. EL VENDEDOR se obliga a efectuar la instalación y conexión de los bienes en el lugar de ejecución del contrato] [cuando xxxx realizarse de acuerdo con el objeto contratado.
21. EL VENDEDOR se obliga a realizar los cambios necesarios de los bienes entregados según las observaciones y criterios formulados por el supervisor del contrato, cuando no cumplan con las características, condiciones y especificaciones indicadas en el Contrato y sus anexos. Cuando exista lugar a cambio, EL VENDEDOR se obliga a realizarlo en [incluir el tiempo estimado de entrega de los bienes. Día, mes y año].
22. EL VENDEDOR se obliga a entregar toda la documentación correspondiente a los bienes objeto del contrato necesarios para demostrar su debido trámite de importación si hubiere lugar al mismo [certificado de importación, manifiesto aduanero, etc.] en el momento de la entrega.
23. EL VENDEDOR se obliga a guardar, conservar y poner a disposición de BANCO DAVIVIENDA, cuando este lo requiera, los comprobantes, registros, libros, recibos, cotizaciones, ofertas, estudios, análisis, propuestas, órdenes de compra, contratos, facturas, correspondencia y cualquier documentación de soporte, relacionada con el objeto del presente Contrato, durante el plazo del mismo y dos (2) años más.
24. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las disposiciones legales y reglamentarias referentes a obligaciones post consumo (cuando deba realizarse de acuerdo con el objeto contratado), de acuerdo con lo estipulado en las cláusulas Vigésima quinta y Vigésima sexta, del presente contrato.
25. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la calidad de los bienes objeto del presente contrato, de acuerdo a las normas técnicas aplicables.
26. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la disponibilidad de soporte del producto como mínimo [incluir número de días] días a la semana y [incluir cantidad de horas] horas diarias y compromisos adicionales en función de la criticidad del requerimiento.
27. Exhibir y/o allegar a EL BANCO una copia del título de propiedad de los bienes muebles.
28. Realizar las inversiones, gastos y costos que requiere el cumplimiento del contrato y que le correspondan. EL BANCO no asumirá valores adicionales para el cumplimiento del objeto del presente contrato.
29. No ser clasificado, en su condición de deudor, dentro de las categorías Deficiente, Dudoso o Pérdida en el sistema financiero mientras dure la presente relación contractual, en caso contrario EL BANCO podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato.
30. Informar por escrito oportunamente hechos o eventos de situaciones inusuales o irregulares que observe en ejecución del presente contrato. Sobre las informaciones entregadas al BANCO, EL VENDEDOR guardará una copia que deberá tener el sello o firma de recibido. El Banco guardará confidencialidad de la información recibida y no estará obligado a informar a EL VENDEDOR sobre las acciones que se deriven de la comunicación recibida. El tiempo será de 8 días hábiles a partir del día que se identifique el hecho o evento.
31. Realizar las actualizaciones, en calidad de proveedor, solicitadas por EL BANCO.
32. EL VENDEDOR es responsable de informar al BANCO, dentro del nivel de colaboración, aquellas señales de alerta tempranas de daño de los bienes que evidencie.
33. EL VENDEDOR se obliga a utilizar exclusivamente para los fines señalados en este contrato la información que EL BANCO DAVIVIENDA le suministre y guardar confidencialidad y reserva sobre la misma.
34. EL VENDEDOR se obliga a tender todas las recomendaciones y sugerencias que el BANCO DAVIVIENDA le presente, de forma inmediata y oportuna, creando oportunidades de mejora a sus procesos y garantizando ante todo la debida ejecución del contrato.
35. EL VENDEDOR se obliga a asistir a todas las reuniones de planeación y control de actividades que el BANCO DAVIVIENDA programe de acuerdo con el objeto del presente contrato.
36. EL VENDEDOR se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato directamente sin intermediarios, contratistas o terceros. Queda totalmente prohibido tercerizar cualquier proceso derivado del objeto del presente documento contractual.
37. EL VENDEDOR se obliga contratar de manera directa al personal que desarrollará o apoyará de una u otra forma el objeto del presente contrato. Así mismo, EL VENDEDOR, será responsable del pago oportuno y sin falta de los salarios, prestaciones sociales, parafiscales y demás, que se generen con ocasión de los servicios contratados, de conformidad con la legislación laboral vigente.
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Samples: Compraventa
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. Sin perjuicio de las demás obligaciones estipuladas en el presente Contrato o de las que se deriven de su naturaleza o la ley, EL VENDEDOR se obliga a cumplir las siguientes obligaciones además de las demás obligaciones que le corresponden conforme a la naturaleza y esencia del contratoa:
1. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto Transferir la titularidad de este contrato con las especificaciones técnicas descritas en las cláusulas primera y segunda - Objeto y Alcance Portafolio de Xxxxxxx al objeto - del presente contrato y en el Acuerdo de Niveles de Servicio (ANS)COMPRADOR, en el lugar y plazos los términos establecidos en el presente contratoContrato.
2. EL VENDEDOR se obliga frente Entregar a EL BANCO COMPRADOR dentro de la oportunidad prevista, la Documentación e Información Disponible correspondiente a entregar materialmente en cada una de las direcciones indicadas por el banco y en los tiempos contractuales estipulados en el obligaciones objeto del presente contrato XXXXXXContrato.
3. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que cada uno de los bienes entregados Entregar a EL BANCO se encuentren en excelentes condiciones y COMPRADOR los recaudos recibidos con posterioridad a la Fecha de acuerdo con la unidad Suscripción del Contrato, provenientes del Portafolio de empaque y marca establecida por las partesCartera objeto de compraventa.
4. EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega Cumplir todas las obligaciones establecidas en el Contrato o propias de los bienes muebles objeto de este contrato libre de gravámenes, embargos, multas, impuestos, pactos, pactos de reserva de dominio y cualquiera otra circunstancia que afecte el libre comercio de los bienes objeto la naturaleza del presente contratomismo.
5. Suministrar en la fecha de entrega al COMPRADOR, la documentación e Información que se tenga disponible sobre los procesos judiciales que se adelanten para la recuperación judicial de las Obligaciones, que a la fecha de Suscripción del Contrato se encuentran en curso, incluyendo información sobre el juzgado de conocimiento, cedula de ciudadanía de deudor, numero de radicación, el tipo de proceso, la ciudad, el abogado a cargo del proceso y la etapa procesal. No obstante, de no contar EL VENDEDOR se obliga a que la obligación de entrega de los bienes objeto del presente contrato es de resultado. En consecuenciacon esta información, la tradición de los bienes transferencia se entenderá cumplida únicamente al momento de la entrega material de los bienes al funcionario de EL BANCO designado en los tiempos de entrega, condiciones de calidad y cantidades establecidas en el presente contratohará como registro contable.
6. EL VENDEDOR se obliga a responder a EL BANCO por la calidad, idoneidad, seguridad Elaborar y el buen estado y funcionamiento entregar las actas de los bienes entregados a EL BANCOentrega.
7. Entregar a EL COMPRADOR las copias de los memoriales de cesión radicadas en los despachos judiciales, de aquellos procesos en los cuales EL VENDEDOR se obliga a amparar encuentre reconocida. No obstante, en aquellas obligaciones de las cuales EL VENDEDOR desconozca el dominiojuzgado real al cual cursa el proceso, la libre posesión y a garantizar el goce las transferencias de los productos entregados a EL BANCOderechos de obligación se entienden como registros contables.
8. EL VENDEDOR se obliga Cuando a que antes de ello haya lugar, notificar las autoridades competentes sobre la entrega material de los bienes a EL BANCO cualquier deterioro o pérdida celebración del producto corre por cuenta de EL VENDEDOR. Y a partir de la entrega material el riesgo será por cuenta de EL BANCOpresente contrato, siempre y cuando que dicha notificación fuera necesaria para el destinatario final no realice o alegue alguna causal para la devolución ejercicio de cualquier prerrogativa derivada de las obligaciones objeto del bienmismo.
9. EL VENDEDOR se obliga a informar Remitir a EL BANCO COMPRADOR toda correspondencia que tenga relación con las obligaciones cedidas y demás comunicaciones que llegare a recibir con posterioridad a la Fecha de cualquier anomalía Suscripción de este contrato, manifestando expresamente que no asume responsabilidad alguna derivada de la tardanza o mal funcionamiento entrega de los bienes vendidosmismos.
10. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato en [lugar físico donde BANCO DAVIVIENDA necesita recibir los bienes por ejemplo en la Bodega o en determinada sede administrativa] y asumir el valor requerido para el transporte dejará de los bienes al lugar reportar ante las Centrales de la entrega.
11. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contratoInformación Crediticia, nuevos, en buen estado y libres de defectos o vicios ocultos, garantizando que cuentan con plena idoneidad para el desarrollo de las funciones que requiere BANCO DAVIVIENDA.
12. EL VENDEDOR se obliga a entregar al Supervisor del Contrato de BANCO DAVIVIENDA, el cronograma de entrega de los bienes obligaciones objeto de este contrato, así como un plan de trabajo para la ejecución de las obligaciones derivadas del mismo, detallado sus fases, actividades, responsabilidades y tiempos.
13. EL VENDEDOR se obliga debe garantizar y responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes adquiridos.
14. EL VENDEDOR se obliga debe entregar al Supervisor del contrato de BANCO DAVIVIENDA la información sobre las indicaciones e instrucciones para instalación o uso de los bienes, condiciones de asistencia técnica, mantenimiento, disponibilidad de repuestos, partes, insumos.
15. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la mano de obra calificada para trabajar cualquier incidente referente al bien o bienes adquiridos.
16. En los casos en que se deban entregar bienes para hacer efectiva la garantía, EL VENDEDOR, tendrá que entregarle a BANCO DAVIVIENDA, una certificación donde indique:
i) Nombre de la empresa o persona que hizo el trabajo.
ii) Descripción de la reparación efectuada.
iii) Piezas que fueron reemplazas o arregladas.
iv) Fecha en que BANCO DAVIVIENDA hizo entrega del producto y la fecha en que se devolvió el producto modificado.
17. EL VENDEDOR se obliga a cumplir conforme a las disposiciones legales, principalmente del Código de Comercio y normativa de protección al consumidor, y las reglas para las solicitudes, procedimientos, cumplimiento y términos para la efectividad de las garantías legales.
18. EL VENDEDOR se obliga a sanear la esta venta de los bienes objeto de este contrato, tanto en casos de evicción como en casos de vicios ocultos.
19. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que los bienes que se entregan se encuentran libres de todo gravamen o impuesto y que tiene los derechos para su venta y/o licenciamiento.
20. EL VENDEDOR se obliga a efectuar la instalación y conexión de los bienes en el lugar de ejecución del contrato] [cuando xxxx realizarse de acuerdo con el objeto contratado.
21. EL VENDEDOR se obliga a realizar los cambios necesarios de los bienes entregados según las observaciones y criterios formulados por el supervisor del contrato, cuando no cumplan con las características, condiciones y especificaciones indicadas en el Contrato y sus anexos. Cuando exista lugar a cambio, EL VENDEDOR se obliga a realizarlo en [incluir el tiempo estimado de entrega de los bienes. Día, mes y año].
22. EL VENDEDOR se obliga a entregar toda la documentación correspondiente a los bienes objeto del contrato necesarios para demostrar su debido trámite de importación si hubiere lugar al mismo [certificado de importación, manifiesto aduanero, etc.] en el momento de la entrega.
23. EL VENDEDOR se obliga a guardar, conservar y poner a disposición de BANCO DAVIVIENDA, cuando este lo requiera, los comprobantes, registros, libros, recibos, cotizaciones, ofertas, estudios, análisis, propuestas, órdenes de compra, contratos, facturas, correspondencia y cualquier documentación de soporte, relacionada con el objeto del presente Contrato, durante el plazo del mismo y dos (2) años más.
24. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las disposiciones legales y reglamentarias referentes a obligaciones post consumo (cuando deba realizarse de acuerdo con el objeto contratado), de acuerdo con lo estipulado en las cláusulas Vigésima quinta y Vigésima sexta, del presente contrato.
25. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la calidad de los bienes objeto del presente contrato, de acuerdo a las normas técnicas aplicables.
26. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la disponibilidad de soporte del producto como mínimo [incluir número de días] días a la semana y [incluir cantidad de horas] horas diarias y compromisos adicionales en función de la criticidad del requerimiento.
27. Exhibir y/o allegar a EL BANCO una copia del título de propiedad de los bienes muebles.
28. Realizar las inversiones, gastos y costos que requiere el cumplimiento del contrato y que le correspondan. EL BANCO no asumirá valores adicionales para el cumplimiento del objeto del presente contrato.
29. No ser clasificado, en su condición de deudor, dentro de las categorías Deficiente, Dudoso o Pérdida en el sistema financiero mientras dure la presente relación contractual, en caso contrario EL BANCO podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato.
30. Informar por escrito oportunamente hechos o eventos de situaciones inusuales o irregulares que observe en ejecución del presente contrato. Sobre las informaciones entregadas al BANCO, EL VENDEDOR guardará una copia que deberá tener el sello o firma de recibido. El Banco guardará confidencialidad de la información recibida y no estará obligado a informar a EL VENDEDOR sobre las acciones que se deriven de la comunicación recibida. El tiempo será de 8 días hábiles a partir del día que se identifique el hecho o eventomes de de 2021.
31. Realizar las actualizaciones, en calidad de proveedor, solicitadas por EL BANCO.
32. EL VENDEDOR es responsable de informar al BANCO, dentro del nivel de colaboración, aquellas señales de alerta tempranas de daño de los bienes que evidencie.
33. EL VENDEDOR se obliga a utilizar exclusivamente para los fines señalados en este contrato la información que EL BANCO DAVIVIENDA le suministre y guardar confidencialidad y reserva sobre la misma.
34. EL VENDEDOR se obliga a tender todas las recomendaciones y sugerencias que el BANCO DAVIVIENDA le presente, de forma inmediata y oportuna, creando oportunidades de mejora a sus procesos y garantizando ante todo la debida ejecución del contrato.
35. EL VENDEDOR se obliga a asistir a todas las reuniones de planeación y control de actividades que el BANCO DAVIVIENDA programe de acuerdo con el objeto del presente contrato.
36. EL VENDEDOR se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato directamente sin intermediarios, contratistas o terceros. Queda totalmente prohibido tercerizar cualquier proceso derivado del objeto del presente documento contractual.
37. EL VENDEDOR se obliga contratar de manera directa al personal que desarrollará o apoyará de una u otra forma el objeto del presente contrato. Así mismo, EL VENDEDOR, será responsable del pago oportuno y sin falta de los salarios, prestaciones sociales, parafiscales y demás, que se generen con ocasión de los servicios contratados, de conformidad con la legislación laboral vigente.
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OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. Son obligaciones de EL VENDEDOR se obliga a cumplir las siguientes obligaciones además de las demás obligaciones que le corresponden conforme a la naturaleza y esencia del contratosiguientes:
1. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes Cumplir de buena fe y oportunamente el objeto de este del contrato en las condiciones, modos y plazos determinados, cumpliendo con las especificaciones técnicas descritas solicitadas y contratadas.
2. Ejecutar el contrato conforme a las necesidades que requiera EL COMPRADOR.
3. Informar oportunamente al supervisor del contrato sobre cualquier obstáculo o dificultad que se presente en las cláusulas primera la ejecución del contrato.
4. Indemnizar o asumir todo daño ocasionado por personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
5. Responder por el pago de los impuestos tasa o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución, y segunda - Objeto liquidación del contrato.
6. Dar cumplimiento a sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones, y Alcance aportes parafiscales, de conformidad con la normatividad vigente.
7. Tramitar la factura conforme al objeto - procedimiento interno de EL COMPRADOR.
8. Constituir y mantener vigentes durante la vigencia del presente contrato y en el Acuerdo de Niveles de Servicio (ANS), en el lugar y plazos establecidos las pólizas especificadas en el presente contrato.
29. EL VENDEDOR se obliga frente a EL BANCO a entregar materialmente en cada una de las direcciones indicadas por el banco y en los tiempos contractuales estipulados en el presente contrato XXXXXX.
3. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que cada uno Mantener vigente la garantía de los bienes entregados a EL BANCO se encuentren referenciados en excelentes condiciones y de acuerdo con la unidad de empaque y marca establecida por las partesCotizaciones XXXXXXXXXXXXXde fecha XXXXXXXX.
410. Cambiar los bienes, partes o elementos objeto del contrato a solicitud del supervisor, sin ningún costo para EL VENDEDOR COMPRADOR cuando no cumplan las especificaciones técnicas requeridas o cuando haya defecto de fabricación o de diseño del mismo.
11. Acreditar la existencia de una línea directa de su propiedad o del fabricante para la atención de la garantía
12. Proveer bienes de excelente calidad y con precios justos en el mercado
13. Atender de forma inmediata cualquier cambio que se obliga a hacer presente en la compra de los bienes
14. Informar por escrito y concertar con el Supervisor del Contrato, o con quien se delegue, el cronograma para la entrega de los iinsumos, reactivos y/o bienes muebles objeto del contrato.
15. Entregar los insumos, reactivos y/o bienes a la Universidad Xxxxx Xxxxxxx en las Instalaciones de este la Universidad Xxxxx Xxxxxxx – oficina de compras.
16. Suscribir la correspondiente acta de entrega y recibo a satisfacción del supervisor del contrato libre y el funcionario receptor de gravámeneslos bienes o quien haga sus veces.
17. Realizar pruebas para garantizar el correcto funcionamiento de los insumos, embargos, multas, impuestos, pactos, pactos de reserva de dominio y cualquiera otra circunstancia que afecte el libre comercio de reactivos y/o bienes.
18. Entregar los bienes objeto del presente contrato.
5. EL VENDEDOR se obliga a que la obligación de entrega de los bienes objeto del presente contrato es de resultado. En consecuencia, la tradición de los bienes se entenderá cumplida únicamente al momento de la entrega material de los bienes al funcionario de EL BANCO designado en los tiempos de entrega, condiciones de calidad y cantidades establecidas en el presente contrato.
6. EL VENDEDOR se obliga a responder a EL BANCO por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes entregados a EL BANCO.
7. EL VENDEDOR se obliga a amparar el dominio, la libre posesión y a garantizar el goce de los productos entregados a EL BANCO.
8. EL VENDEDOR se obliga a que antes de la entrega material de los bienes a EL BANCO cualquier deterioro o pérdida del producto corre por cuenta de EL VENDEDOR. Y a partir de la entrega material el riesgo será por cuenta de EL BANCO, siempre y cuando el destinatario final no realice o alegue alguna causal para la devolución del bien.
9. EL VENDEDOR se obliga a informar a EL BANCO de cualquier anomalía o mal funcionamiento de los bienes vendidos.
10. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato en [lugar físico donde BANCO DAVIVIENDA necesita recibir los bienes por ejemplo en la Bodega o en determinada sede administrativa] y asumir el valor requerido para el transporte de los bienes al lugar de la entrega.
11. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato, nuevos, en buen estado y libres de defectos o vicios ocultos, garantizando que cuentan con plena idoneidad para el desarrollo de las funciones que requiere BANCO DAVIVIENDA.
12. EL VENDEDOR se obliga a entregar al Supervisor del Contrato de BANCO DAVIVIENDA, el cronograma de entrega de los bienes objeto de este contrato, así como un plan de trabajo para la ejecución de las obligaciones derivadas del mismo, detallado sus fases, actividades, responsabilidades y tiempos.
13. EL VENDEDOR se obliga debe garantizar y responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes adquiridos.
14. EL VENDEDOR se obliga debe entregar al Supervisor del contrato de BANCO DAVIVIENDA la información sobre las indicaciones e instrucciones para instalación o uso de los bienes, condiciones de asistencia técnica, mantenimiento, disponibilidad de repuestos, partes, insumos.
15. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la mano de obra calificada para trabajar cualquier incidente referente al bien o bienes adquiridos.
16. En los casos en que se deban entregar bienes para hacer efectiva la garantía, EL VENDEDOR, tendrá que entregarle a BANCO DAVIVIENDA, una certificación donde indique:
i) Nombre de la empresa o persona que hizo el trabajo.
ii) Descripción de la reparación efectuada.
iii) Piezas que fueron reemplazas o arregladas.
iv) Fecha en que BANCO DAVIVIENDA hizo entrega del producto y la fecha en que se devolvió el producto modificado.
17. EL VENDEDOR se obliga a cumplir conforme a las disposiciones legales, principalmente del Código de Comercio y normativa de protección al consumidor, y las reglas para las solicitudes, procedimientos, cumplimiento y términos para la efectividad de las garantías legales.
18. EL VENDEDOR cuales se obliga a sanear la venta de los bienes objeto de este contrato, tanto en casos de evicción como en casos de vicios ocultosencuentran destinados.
19. En caso de suministrar bienes importados, EL VENDEDOR se obliga a garantizar que los bienes que se entregan se encuentran libres deberá acreditar el impuesto de todo gravamen o impuesto y que tiene los derechos para su venta y/o licenciamientomanifiesto.
20. EL VENDEDOR se obliga a efectuar la instalación Conceder un (1) mantenimiento preventivo al año de adquirido el producto
21. Actuar de manera diligente, empleando para ello el personal profesional y conexión de los bienes en técnico idóneo para el lugar de ejecución desarrollo del contrato] [cuando xxxx realizarse de acuerdo con el objeto contratado.
21. EL VENDEDOR se obliga a realizar los cambios necesarios de los bienes entregados según las observaciones y criterios formulados por el supervisor del contrato, cuando no cumplan con las características, condiciones y especificaciones indicadas en el Contrato y sus anexos. Cuando exista lugar a cambio, EL VENDEDOR se obliga a realizarlo en [incluir el tiempo estimado de entrega de los bienes. Día, mes y año].
22. Xxxxxxx capacitación con personal técnico especializado en las diferentes líneas a las personas designadas por EL VENDEDOR se obliga a entregar toda la documentación correspondiente a los bienes objeto del contrato necesarios para demostrar su debido trámite COMPRADOR, en horario convenido, en caso de importación si hubiere lugar al mismo [certificado de importación, manifiesto aduanero, etc.] en el momento de la entregaque EL COMPRADOR así lo requiera.
23. EL VENDEDOR se obliga Contratar por su cuenta y riesgo todo el personal que a guardar, conservar y poner a disposición de BANCO DAVIVIENDA, cuando este lo requiera, los comprobantes, registros, libros, recibos, cotizaciones, ofertas, estudios, análisis, propuestas, órdenes de compra, contratos, facturas, correspondencia y cualquier documentación de soporte, relacionada con el objeto su juicio sea necesario para la correcta ejecución del presente Contrato, durante el plazo del mismo y dos (2) años máscontrato.
24. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las disposiciones legales Pagar bajo su exclusiva responsabilidad los salarios y reglamentarias referentes a obligaciones post consumo (cuando deba realizarse de acuerdo con el objeto contratado), de acuerdo con lo estipulado prestaciones sociales del personal que emplee en las cláusulas Vigésima quinta y Vigésima sexta, la ejecución del presente contrato.
25. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la calidad Abstenerse de los bienes objeto del presente contrato, contratar trabajadores menores de acuerdo a las normas técnicas aplicables.
26. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la disponibilidad de soporte del producto como mínimo [incluir número de días] días a la semana y [incluir cantidad de horas] horas diarias y compromisos adicionales dieciocho (18) años en función de la criticidad del requerimiento.
27. Exhibir y/o allegar a EL BANCO una copia del título de propiedad de los bienes muebles.
28. Realizar las inversiones, gastos y costos que requiere el cumplimiento del contrato y que le correspondan. EL BANCO no asumirá valores adicionales para el cumplimiento ejecución del objeto del presente contrato.
2926. No ser clasificado, Atender cualquier requerimiento que le realice EL COMPRADOR o EL SUPERVISOR.
27. Suministrar toda la información que le sea solicitada por EL COMPRADOR o EL SUPERVISOR. en su condición de deudor, dentro de las categorías Deficiente, Dudoso o Pérdida en relación con el sistema financiero mientras dure la presente relación contractual, en caso contrario EL BANCO podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato.
3028. Informar por escrito oportunamente hechos o eventos de situaciones inusuales o irregulares que observe en ejecución del presente contrato. Sobre las informaciones entregadas al BANCO, EL VENDEDOR guardará una copia que deberá tener el sello o firma de recibido. El Banco guardará confidencialidad de Las demás obligaciones inherentes a la información recibida naturaleza y no estará obligado a informar a EL VENDEDOR sobre las acciones que se deriven de la comunicación recibida. El tiempo será de 8 días hábiles a partir del día que se identifique el hecho o evento.
31. Realizar las actualizaciones, en calidad de proveedor, solicitadas por EL BANCO.
32. EL VENDEDOR es responsable de informar al BANCO, dentro del nivel de colaboración, aquellas señales de alerta tempranas de daño de los bienes que evidencie.
33. EL VENDEDOR se obliga a utilizar exclusivamente para los fines señalados en este contrato la información que EL BANCO DAVIVIENDA le suministre y guardar confidencialidad y reserva sobre la misma.
34. EL VENDEDOR se obliga a tender todas las recomendaciones y sugerencias que el BANCO DAVIVIENDA le presente, de forma inmediata y oportuna, creando oportunidades de mejora a sus procesos y garantizando ante todo la debida ejecución del contrato.
35. EL VENDEDOR se obliga a asistir a todas las reuniones de planeación y control de actividades que el BANCO DAVIVIENDA programe de acuerdo con el objeto del presente contrato.
36. EL VENDEDOR se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato directamente sin intermediarios, contratistas o terceros. Queda totalmente prohibido tercerizar cualquier proceso derivado del objeto del presente documento contractual.
37. EL VENDEDOR se obliga contratar de manera directa al personal que desarrollará o apoyará de una u otra forma el objeto del presente contrato. Así mismo, EL VENDEDOR, será responsable del pago oportuno y sin falta de los salarios, prestaciones sociales, parafiscales y demás, que se generen con ocasión de los servicios contratados, de conformidad con la legislación laboral vigente.
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OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. EL VENDEDOR Son obligaciones del Vendedor las siguientes: Generar y suministrar los Excedentes al Comprador en los términos y condiciones del presente Acuerdo, sin que dicho suministro se obliga a cumplir las siguientes obligaciones además de las demás obligaciones que le corresponden conforme a la naturaleza y esencia entienda como un compromiso en firme del contrato:
1. EL VENDEDOR se obliga Vendedor a entregar los bienes objeto de este contrato con las especificaciones técnicas descritas en las cláusulas primera y segunda - Objeto y Alcance al objeto - del presente contrato y en el Acuerdo de Niveles de Servicio (ANS), en el lugar y plazos establecidos en el presente contrato.
2. EL VENDEDOR se obliga frente a EL BANCO a entregar materialmente en cada una de las direcciones indicadas por el banco y en los tiempos contractuales estipulados en el presente contrato XXXXXX.
3. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que cada uno la totalidad de los bienes entregados a EL BANCO se encuentren en excelentes condiciones y Excedentes. Cumplir con sus obligaciones de acuerdo con la unidad instalación de empaque y marca establecida por las partes.
4. EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega medidores de los bienes muebles objeto de este contrato libre de gravámenes, embargos, multas, impuestos, pactos, pactos de reserva de dominio y cualquiera otra circunstancia que afecte el libre comercio de los bienes objeto del presente contrato.
5. EL VENDEDOR se obliga a que la obligación de entrega de los bienes objeto del presente contrato es de resultado. En consecuencia, la tradición de los bienes se entenderá cumplida únicamente al momento de la entrega material de los bienes al funcionario de EL BANCO designado en los tiempos de entrega, condiciones de calidad y cantidades establecidas en el presente contrato.
6. EL VENDEDOR se obliga a responder a EL BANCO por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes entregados a EL BANCO.
7. EL VENDEDOR se obliga a amparar el dominio, la libre posesión y a garantizar el goce de los productos entregados a EL BANCO.
8. EL VENDEDOR se obliga a que antes de la entrega material de los bienes a EL BANCO cualquier deterioro o pérdida del producto corre por cuenta de EL VENDEDOR. Y a partir de la entrega material el riesgo será por cuenta de EL BANCO, siempre y cuando el destinatario final no realice o alegue alguna causal para la devolución del bien.
9. EL VENDEDOR se obliga a informar a EL BANCO de cualquier anomalía o mal funcionamiento de los bienes vendidos.
10. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato en [lugar físico donde BANCO DAVIVIENDA necesita recibir los bienes por ejemplo en la Bodega o en determinada sede administrativa] y asumir el valor requerido para el transporte de los bienes al lugar de la entrega.
11. EL VENDEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del contrato, nuevos, en buen estado y libres de defectos o vicios ocultos, garantizando que cuentan con plena idoneidad para el desarrollo de las funciones que requiere BANCO DAVIVIENDA.
12. EL VENDEDOR se obliga a entregar al Supervisor del Contrato de BANCO DAVIVIENDA, el cronograma de entrega de los bienes objeto de este contrato, así como un plan de trabajo para la ejecución de las obligaciones derivadas del mismo, detallado sus fases, actividades, responsabilidades y tiempos.
13. EL VENDEDOR se obliga debe garantizar y responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los bienes adquiridos.
14. EL VENDEDOR se obliga debe entregar al Supervisor del contrato de BANCO DAVIVIENDA la información sobre las indicaciones e instrucciones para instalación o uso de los bienes, condiciones de asistencia técnica, mantenimiento, disponibilidad de repuestos, partes, insumos.
15. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la mano de obra calificada para trabajar cualquier incidente referente al bien o bienes adquiridos.
16. En los casos en que se deban entregar bienes para hacer efectiva la garantía, EL VENDEDOR, tendrá que entregarle a BANCO DAVIVIENDA, una certificación donde indique:
i) Nombre de la empresa o persona que hizo el trabajo.
ii) Descripción de la reparación efectuada.
iii) Piezas que fueron reemplazas o arregladas.
iv) Fecha en que BANCO DAVIVIENDA hizo entrega del producto y la fecha en que se devolvió el producto modificado.
17. EL VENDEDOR se obliga a cumplir conforme a las disposiciones legales, principalmente del Código de Comercio y normativa de protección al consumidor, y las reglas para las solicitudes, procedimientos, cumplimiento y términos para la efectividad de las garantías legales.
18. EL VENDEDOR se obliga a sanear la venta de los bienes objeto de este contrato, tanto en casos de evicción como en casos de vicios ocultos.
19. EL VENDEDOR se obliga a garantizar que los bienes que se entregan se encuentran libres de todo gravamen o impuesto y que tiene los derechos para su venta y/o licenciamiento.
20. EL VENDEDOR se obliga a efectuar la instalación y conexión de los bienes en el lugar de ejecución del contrato] [cuando xxxx realizarse de acuerdo con el objeto contratado.
21. EL VENDEDOR se obliga a realizar los cambios necesarios de los bienes entregados según las observaciones y criterios formulados por el supervisor del contrato, cuando no cumplan con las características, condiciones y especificaciones indicadas en el Contrato y sus anexos. Cuando exista lugar a cambio, EL VENDEDOR se obliga a realizarlo en [incluir el tiempo estimado de entrega de los bienes. Día, mes y año].
22. EL VENDEDOR se obliga a entregar toda la documentación correspondiente a los bienes objeto del contrato necesarios para demostrar su debido trámite de importación si hubiere lugar al mismo [certificado de importación, manifiesto aduanero, etc.] en el momento de la entrega.
23. EL VENDEDOR se obliga a guardar, conservar y poner a disposición de BANCO DAVIVIENDA, cuando este lo requiera, los comprobantes, registros, libros, recibos, cotizaciones, ofertas, estudios, análisis, propuestas, órdenes de compra, contratos, facturas, correspondencia y cualquier documentación de soporte, relacionada con el objeto del presente Contrato, durante el plazo del mismo y dos (2) años más.
24. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las disposiciones legales y reglamentarias referentes a obligaciones post consumo (cuando deba realizarse de acuerdo con el objeto contratado)energía, de acuerdo con lo estipulado establecido en la Sección IV.2. Mantener disponible y operativo el Activo de Autogeneración y operarlo de manera segura y confiable, de conformidad con las buenas prácticas de ingeniería y las recomendaciones del fabricante. Reparar el Activo de Autogeneración cuando se presenten daños que afecten su disponibilidad. La reparación deberá realizarse en el menor tiempo posible y ser consistente con las buenas prácticas de ingeniería y las recomendaciones del fabricante. Suministrar al Comprador la información que éste le solicite respecto del servicio contratado, de manera clara, transparente, veraz y oportuna. Reportar en el menor tiempo posible las fallas que se presenten en el Activo de Autogeneración mediante el canal de comunicación que haya sido acordado entre las Partes. Dar acceso al Comprador en tiempo real o en línea a la información contenida en los medidores de energía instalados en la Frontera de Autogeneración. Mantenerse actualizado respecto de los precios a los cuales le serán liquidados sus excedentes de energía. Mantener las condiciones de la conexión y el medidor conforme a los parámetros técnicos establecidos en las cláusulas Vigésima quinta Leyes Aplicables y Vigésima sexta, del presente contrato.
25este Acuerdo. EL VENDEDOR se obliga a garantizar Informar al Comprador cualquier cambio de las condiciones de entrega de sus excedentes de energía y cualquier daño en los Activos de Autogeneración. Con la calidad de los bienes objeto firma del presente contrato, de acuerdo a entregar al COMPRADOR una curva con las normas técnicas aplicables.
26. EL VENDEDOR se obliga a garantizar la disponibilidad de soporte del producto como mínimo [incluir número de días] días a la semana y [incluir cantidad de horas] horas diarias y compromisos adicionales en función de la criticidad del requerimiento.
27. Exhibir y/o allegar a EL BANCO una copia del título de propiedad proyecciones de los bienes muebles.
28. Realizar las inversiones, gastos y costos que requiere el cumplimiento del contrato y que le correspondan. EL BANCO no asumirá valores adicionales para el cumplimiento del objeto del presente contrato.
29. No ser clasificado, en su condición de deudor, dentro de las categorías Deficiente, Dudoso o Pérdida en el sistema financiero mientras dure la presente relación contractual, en caso contrario EL BANCO podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato.
30. Informar por escrito oportunamente hechos o eventos de situaciones inusuales o irregulares que observe en ejecución del presente contrato. Sobre las informaciones entregadas al BANCO, EL VENDEDOR guardará una copia que deberá tener el sello o firma de recibido. El Banco guardará confidencialidad de la información recibida y no estará obligado a informar a EL VENDEDOR sobre las acciones excedentes que se deriven espera que genere el Activo de la comunicación recibidaAutogeneración. El tiempo será de 8 días hábiles a partir Dichas proyecciones harán parte del día que se identifique el hecho o evento.
31. Realizar las actualizaciones, en calidad de proveedor, solicitadas por EL BANCO.
32. EL VENDEDOR es responsable de informar al BANCO, dentro del nivel de colaboración, aquellas señales de alerta tempranas de daño de los bienes que evidencie.
33. EL VENDEDOR se obliga a utilizar exclusivamente para los fines señalados en este contrato la información que EL BANCO DAVIVIENDA le suministre y guardar confidencialidad y reserva sobre la misma.
34. EL VENDEDOR se obliga a tender todas las recomendaciones y sugerencias que el BANCO DAVIVIENDA le presente, de forma inmediata y oportuna, creando oportunidades de mejora a sus procesos y garantizando ante todo la debida ejecución del contrato.
35. EL VENDEDOR se obliga a asistir a todas las reuniones de planeación y control de actividades que el BANCO DAVIVIENDA programe de acuerdo con el objeto del presente contrato.
36. EL VENDEDOR se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato directamente sin intermediarios, contratistas o terceros. Queda totalmente prohibido tercerizar cualquier proceso derivado del objeto del presente documento contractual.
37. EL VENDEDOR se obliga contratar de manera directa al personal que desarrollará o apoyará de una u otra forma el objeto del presente contrato. Así mismo, EL VENDEDOR, será responsable del pago oportuno y sin falta de los salarios, prestaciones sociales, parafiscales y demás, que se generen con ocasión de los servicios contratados, de conformidad con la legislación laboral vigente.Anexo [●]
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Samples: Acuerdo Especial Anexo Al Contrato De Servicio Público Domiciliario