Common use of Obligaciones en Materia de Comercio Internacional Clause in Contracts

Obligaciones en Materia de Comercio Internacional. Cada una de las Partes o cualquiera de sus Partes Relacionadas involucradas en el cumplimiento del presente Contrato han cumplido y se obligan a cumplir con el régimen de sanciones económicas y comerciales, leyes y reglamentos nacionales o internacionales que sean aplicables a cada una de las Partes, respectivamente, y cualesquiera otro decreto, reglas y disposiciones relacionadas. Ninguna de las Partes ni cualquiera de las Partes Relacionadas involucradas en el cumplimiento del presente Contrato ha participado ni participará en algún acuerdo u operación con cualquiera de las personas que esté en cualquier lista de sanciones existente o en cualesquier otras listas de sanciones que en su momento sean emitidas, de ser el caso, por cualquier autoridad gubernamental (“Lista de Sanciones”). Ni las Partes ni sus Partes Relacionadas son personas listadas en cualquier Lista de Sanciones.

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Samples: Contrato Marco De Prestación De Servicios De Telecomunicaciones, Contrato Marco De Prestación De Servicios De Telecomunicaciones, Contrato Marco De Prestación De Servicios De Telecomunicaciones