OBLIGACIONES LEGALES. 1. Verificar el cumplimiento de las obligaciones legales del contrato objeto de interventoría. 2. Verificar de acuerdo con la naturaleza jurídica del contrato o convenio objeto de vigilancia, la existencia de permisos, licencias, certificaciones y documentación exigida por las autoridades competentes para el desarrollo de las actividades. 3. Requerir por escrito al contratista cuando se presente cualquier situación que desencadene un incumplimiento parcial o total de sus obligaciones y dar aviso oportuno al ordenador del gasto y a la compañía aseguradora. 4. Tramitar y atender los derechos de petición, solicitudes y reclamaciones del contratista, cumpliendo con los plazos y condiciones de la Ley. 5. Elaborar y tramitar las actas del contrato o convenio. 6. Verificar la constitución, suficiencia y cobertura de las garantías que amparan el contrato o convenio vigilado y gestionar las ampliaciones que se requieran por modificaciones contractuales cuando corresponda. 7. En caso de reclamaciones del contratista, la interventoría deberá emitir concepto respecto a la situación y hará recomendaciones. 8. Deberá revisar permanente la correspondencia, actas y demás documentos pertinentes y llevar el archivo del contrato. 9. Deberá requerir del contratista, listado detallado del personal contratado y que se desempeñará en la ejecución del contrato vigilado, con el fin de llevar el control mensual de los pagos de honorarios, seguridad social y prestaciones a las que haya lugar. 10. Verificar el cumplimiento de pagos a aportes parafiscales. 11. Verificar que el personal vinculado tanto al contrato vigilado como la interventoría este cubierto por las aseguradoras de riesgos laborales y que se proceda de manera diligente en caso de presentarse algún accidente de trabajo. 12. Revisar y emitir concepto respecto de la viabilidad de las prórrogas, adiciones, modificaciones, suspensiones, cesiones y/o terminación anticipada que requiera el contrato, de conformidad con la normatividad vigente.
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Samples: Interventoría Técnica, Administrativa Y Financiera, Interventoría Técnica, Administrativa Y Financiera
OBLIGACIONES LEGALES. 1. Verificar el cumplimiento de las obligaciones legales del contrato objeto de interventoría.
2. Verificar de acuerdo con la naturaleza jurídica del contrato o convenio objeto de vigilancia, la existencia de permisos, licencias, certificaciones y documentación exigida por las autoridades competentes para el desarrollo de las actividades.
3. Requerir por escrito al contratista cuando se presente cualquier situación que desencadene un incumplimiento parcial o total de sus obligaciones y dar aviso oportuno al ordenador del gasto y a la compañía aseguradora.
4. Tramitar y atender los derechos de petición, solicitudes y reclamaciones del contratista, cumpliendo con los plazos y condiciones de la Ley.
5. Elaborar y tramitar las actas del contrato o convenio.
6. Verificar la constitución, suficiencia y cobertura de las garantías que amparan el contrato o convenio vigilado y gestionar las ampliaciones que se requieran por modificaciones contractuales cuando corresponda.
7. En caso de reclamaciones del contratista, la interventoría deberá emitir concepto respecto a la situación y hará recomendaciones.
8. Deberá revisar permanente la correspondencia, actas y demás documentos pertinentes y llevar el archivo del contrato.
9. Deberá requerir del contratista, listado detallado del personal contratado y que se desempeñará en la ejecución del contrato vigilado, con el fin de llevar el control mensual de los pagos de honorarios, seguridad social y prestaciones a las que haya lugar.
10. Verificar el cumplimiento de pagos a aportes parafiscales.
11. Verificar que el personal vinculado tanto al contrato vigilado como la interventoría interventoria este cubierto por las aseguradoras de riesgos laborales y que se proceda de manera diligente en caso de presentarse algún accidente de trabajo.
12. Revisar y emitir concepto respecto de la viabilidad de las prórrogas, adiciones, modificaciones, suspensiones, cesiones y/o terminación anticipada que requiera el contrato, de conformidad con la normatividad vigente.
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OBLIGACIONES LEGALES. 1. Verificar el cumplimiento de las obligaciones legales del contrato convenio objeto de interventoríavigilancia.
2. Verificar de acuerdo con la naturaleza jurídica del contrato o convenio convenio, objeto de vigilancia, la existencia de permisos, licencias, certificaciones y documentación exigida por las autoridades competentes para el desarrollo de las sus actividades.
3. Requerir por escrito al contratista cuando se presente cualquier situación que desencadene un incumplimiento parcial o total de sus obligaciones y dar aviso oportuno al ordenador del gasto y a la compañía aseguradora.
4. Tramitar y atender los derechos de petición, solicitudes y reclamaciones del contratista, cumpliendo con los plazos y condiciones de la Ley.
5. Elaborar y tramitar las actas del contrato o convenio.
6. Verificar la constitución, suficiencia y cobertura de las garantías que amparan el contrato o convenio vigilado y gestionar las ampliaciones que se requieran por modificaciones contractuales cuando corresponda.
7. En caso de reclamaciones del contratista, la interventoría deberá emitir concepto respecto a la situación y hará recomendaciones.
8. Deberá revisar permanente la correspondencia, actas y demás documentos pertinentes y llevar el archivo del contrato.
9. Deberá requerir del al contratista, listado detallado del personal contratado y que se desempeñará en la ejecución del contrato o convenio vigilado, con el fin de llevar el control mensual de los pagos de honorarios, seguridad social y prestaciones a las que haya lugar.
10. Verificar el cumplimiento de pagos a aportes parafiscales.
11. Verificar que el personal vinculado vinculado, tanto al contrato convenio vigilado como a la interventoría interventoría, este cubierto por las aseguradoras de riesgos laborales y que se proceda de manera diligente en caso de presentarse algún accidente de trabajo.
12. Estudiar las sugerencias, reclamaciones o consultas realizadas por terceros, sobre el objeto del Convenio pactado con el Fondo Colombia en Paz, teniendo en cuenta la naturaleza de sus atribuciones. Adicionalmente, se debe emitir concepto soportado.
13. Revisar y emitir concepto respecto de la viabilidad de las prórrogas, adiciones, modificaciones, suspensiones, cesiones y/o terminación anticipada que requiera el contratoConvenio, de conformidad con la normatividad vigente.
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