Organización Administrativa. El Registro Estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos dependerá orgánicamente del Ministerio de Trabajo e Inmigración y estará adscrito a la Dirección General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y de la Responsabilidad Social de las Empresas. Radicará en Madrid y tendrá carácter único para todo el territorio del Estado.
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Samples: Real Decreto 197/2009, Real Decreto 197/2009, Real Decreto 197/2009
Organización Administrativa. El Registro Estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos Personas Trabajadoras Autónomas dependerá orgánicamente del Ministerio de Trabajo e Inmigración y estará adscrito a la Dirección General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y de la Responsabilidad Social de las Empresas. Radicará en Madrid y tendrá carácter único para todo el territorio del Estado.
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Samples: Real Decreto 197/2009
Organización Administrativa. El Registro Estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos dependerá orgánicamente del Ministerio de Trabajo e Inmigración y estará adscrito a la Dirección General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y de la Responsabilidad del Fondo Social de las EmpresasEuropeo. Radicará en Madrid y tendrá carácter único para todo el territorio del Estado.
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Samples: Proyecto De Real Decreto