Common use of PENA CONVENCIONAL POR INCUMPLIMIENTO Clause in Contracts

PENA CONVENCIONAL POR INCUMPLIMIENTO. Se aplicará una pena convencional equivalente al monto de la garantía de cumplimiento prevista en el punto 2.9.1., de este capítulo, al licitante adjudicado que incumpla cualesquiera de las obligaciones a su cargo, la que a elección del Consejo podrá ser deducida de algún pago que se le adeude con motivo del contrato respectivo; haciendo efectiva la garantía de cumplimiento otorgada o reclamarla por cualquier otro medio legal a su alcance. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido. Se aplicará una pena convencional por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones del proveedor, equivalente al monto que resulte de aplicar el diez al millar diario a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega o servicios no prestados. Dicha cantidad se descontará del pago debido al proveedor, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes, Contrato De Adquisición De Bienes

PENA CONVENCIONAL POR INCUMPLIMIENTO. Se aplicará una pena convencional equivalente al monto de la garantía de cumplimiento prevista en el punto 2.9.1., de este capítulo, al licitante adjudicado que incumpla cualesquiera de las obligaciones a su cargo, la que a elección del Consejo podrá ser deducida de algún pago que se le adeude con motivo del contrato contrato-pedido respectivo; haciendo efectiva la garantía de cumplimiento otorgada o reclamarla por cualquier otro medio legal a su alcance. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido. Se aplicará una pena convencional por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones del proveedor, equivalente al monto que resulte de aplicar el diez al millar diario a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega o servicios no prestados. Dicha cantidad se descontará del pago debido al proveedor, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.

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PENA CONVENCIONAL POR INCUMPLIMIENTO. Se aplicará una pena convencional equivalente al monto de la garantía de cumplimiento prevista en el punto 2.9.1., de este capítulo, al licitante adjudicado que incumpla cualesquiera de las obligaciones a su cargo, la que a elección del Consejo podrá ser deducida de algún pago que se le adeude con motivo del contrato respectivo; haciendo efectiva la garantía de cumplimiento otorgada o reclamarla por cualquier otro medio legal a su alcance. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido. Se aplicará una pena convencional por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones del proveedor, equivalente al monto que resulte de aplicar el diez al millar diario a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega o servicios no prestadosentrega. Dicha cantidad se descontará del pago debido al proveedor, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.

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PENA CONVENCIONAL POR INCUMPLIMIENTO. Se aplicará una pena convencional equivalente al monto de la garantía de cumplimiento prevista en el punto 2.9.1., de este capítulo, al licitante adjudicado que incumpla cualesquiera de las obligaciones a su cargo, la que a elección del Consejo podrá ser deducida de algún pago que se le adeude con motivo del contrato Contrato-Pedido respectivo; haciendo efectiva la garantía de cumplimiento otorgada o reclamarla por cualquier otro medio legal a su alcance. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido. Se aplicará una pena convencional por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones del proveedor, equivalente al monto que resulte de aplicar el diez al millar diario a la cantidad que importen los bienes las licencias pendientes de entrega o servicios no prestados. Dicha cantidad se descontará del pago debido al proveedor, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.

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PENA CONVENCIONAL POR INCUMPLIMIENTO. Se aplicará una pena convencional equivalente al monto de la garantía de cumplimiento prevista en el punto 2.9.1., de este capítulo, al licitante adjudicado que incumpla cualesquiera de las obligaciones a su cargo, la que a elección del Consejo podrá ser deducida de algún pago que se le adeude con motivo del contrato contrato-pedido respectivo; haciendo efectiva la garantía de cumplimiento otorgada o reclamarla por cualquier otro medio legal a su alcance. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido. Se aplicará una pena convencional por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones del proveedor, equivalente al monto que resulte de aplicar el diez al millar diario a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega o servicios no prestadosentrega. Dicha cantidad se descontará del pago debido al proveedor, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.

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