Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxilios. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del Proveedor.
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Samples: Purchase Agreement, Anexo Xi México, Anexo Xiv Guatemala
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor PROVEEDOR antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor PROVEEDOR deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor PROVEEDOR notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados del responsable de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxiliosAmbiente. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor PROVEEDOR al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del ProveedorPROVEEDOR.
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Samples: Anexo Xiii Costa Rica, Anexo Xi Mexico, Anexo Xiv Guatemala
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados del responsable de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxiliosAmbiente. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del Proveedor.
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Samples: Anexo Xi México, Anexo Xiv Guatemala, Anexo Xiii Costa Rica
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor PROVEEDOR antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor PROVEEDOR deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL XXXX tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor PROVEEDOR notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxilios. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor PROVEEDOR al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL XXXX tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del ProveedorPROVEEDOR.
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Samples: Anexo Xiv Guatemala, Anexo Xi Mexico
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados del responsable de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxiliosAmbiente. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL XXXX tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del Proveedor.
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Samples: Purchase Agreement
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados del responsable de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxiliosAmbiente. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos xx xxxx gos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del Proveedor.
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Samples: Anexo Xii Guatemala
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL XXXX tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxilios. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL XXXX tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del Proveedor.
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Samples: Anexo Xiii Costa Rica
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxilios. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos xx xxxx gos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del Proveedor.
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Samples: Anexo Xii Guatemala
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor PROVEEDOR antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor PROVEEDOR deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor PROVEEDOR notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxilios. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor PROVEEDOR al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del ProveedorPROVEEDOR.
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Samples: Anexo Xiii Costa Rica
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos riesg os durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxilios. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del Proveedor.
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Samples: Supply Agreement
Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente. El Proveedor antes de iniciar su actividad tendrá la obligación de elaborar un informe escrito en el cual se deben analizar los riesgos laborales y ambientales por actividad a desarrollar (Panorama de Riesgos o Evaluación de Riesgos) y, con base en este, elaborar y poner en funcionamiento el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, que consiste en un documento en el que se detallan los posibles riesgos y las medidas para prevenir, mitigar o eliminar los riesgos riesg os durante el desarrollo del servicio contratado, con el respectivo cronograma de actividades que deberán ser desarrolladas en su sitio de trabajo, este documento debe ser revisado y aprobado por ENEL previo a su implementación. Una vez aprobado por ENEL el Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, todas las medidas y actividades incluidas en este documento deben ser realizadas. Para garantizar el cumplimiento y supervisión del citado Plan, el Proveedor deberá nombrar personal para este fin, dicho personal deberá ser aprobado por ENEL tomando en cuenta las competencias que sean requeridas para desempeñar las funciones incluidas en el Plan. El Proveedor notificará a ENEL, antes del inicio de los trabajos, el nombre de los Encargados del responsable de Seguridad y Ambiente (Técnicos y Supervisor) y de las personas encargadas de los primeros auxiliosAmbiente. En caso de que se produzcan cambios durante el periodo de vigencia de este Contrato, deberán notificarse de inmediato. Por su parte, ENEL designará a una persona de la empresa como persona de contacto para temas de Seguridad y Ambiente y/o nombrará a un Coordinador de Seguridad y Ambiente. Los costos que implique la implementación del Plan de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente, así como, la atención de riesgos para la ejecución de las actividades, deberán haber sido presupuestados e incluidos en el precio establecido por el Proveedor al momento de presentar su propuesta, por lo que ENEL no reconocerá ningún valor adicional por este concepto. El hecho de que ENEL tenga conocimiento de este documento o de cualquier información contenida en el mismo no excluye ni limita de ningún modo las obligaciones, deberes y responsabilidades del Proveedor.
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Samples: Supply Agreement