Common use of Plazo de ejecución y prórroga Clause in Contracts

Plazo de ejecución y prórroga. 2.1. El plazo previsto para la ejecución del objeto del presente expediente será de DIECIOCHO MESES, comenzando el cómputo del mismo desde la fecha de suscripción del pertinente documento contractual por las partes Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 24/07/2018 14:34 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): F93173823167E0E23EF914DB30D293F5 interesadas, sin perjuicio de que en éste se establezca un plazo de inicio diferente atendiendo a las circunstancias del contrato. El contrato se podrá prorrogar por un plazo máximo de (SIN PRÓRROGA), siendo obligatoria para el adjudicatario dicha prórroga si el SMS avisara con al menos 2 meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. Igualmente, y conforme a lo regulado en el artículo 29.4 LCSP, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, el contrato originario se prorrogará hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de 9 meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de 3 meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario. El plazo de ejecución mencionado incluye todas las actuaciones que sean necesarias para la completa prestación del objeto del contrato, incluida la obtención de las autorizaciones administrativas de cualquier naturaleza que pudieran resultar preceptivas.

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Plazo de ejecución y prórroga. 2.1El plazo de ejecución de la totalidad de las Obras Será de 18 meses. El plazo previsto para se contará desde el día siguiente al de la ejecución firma del objeto acta de comprobación del presente expediente será replanteo. Las obras podrán ejecutarse simultáneamente o por fases. El comienzo de DIECIOCHO MESES, comenzando la explotación deberá realizarse en el cómputo mes siguiente a la obtención del mismo desde la fecha acta de suscripción del pertinente documento contractual por las partes Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 24/07/2018 14:34 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común comprobación de las Administraciones Públicasobras y se extinguirá una vez pasado el plazo. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): F93173823167E0E23EF914DB30D293F5 interesadas, sin perjuicio de que en éste se establezca un plazo de inicio diferente atendiendo La explotación estará sujeta a las circunstancias cláusulas del contratocontrato y a la normativa que regule el ejercicio de las actividades a desarrollar en las obras objeto de la explotación. El contrato La concesión se podrá prorrogar otorga por un plazo máximo de (SIN PRÓRROGA)cuarenta años, siendo obligatoria para contados a partir del día siguiente al de la firma del acta de comprobación de las obras, que regula el adjudicatario dicha artículo 29, apartado sexto, de la LCSP teniendo en cuenta la inversión a desarrollar, el importe de la misma y la previsión de ingresos establecido por el estudio de viabilidad. No existirá prórroga si salvo cuando se trata de restablecer el SMS avisara con equilibrio económico de la concesión, conforme al menos 2 meses artículo 278 de la LCSP 2017 En uno y otro caso, el plazo inicialmente contratado tendrá carácter improrrogable, salvo lo establecido en el apartado anterior. Con dos años de antelación al término de la concesión, la explotación del servicio quedará intervenida técnicamente y el Ayuntamiento podrá adoptar las disposiciones necesarias encaminadas a que la finalización entrega de los bienes se verifique en óptimas condiciones de conservación y funcionamiento, levantándose la correspondiente Acta de Recepción. Las obras, instalaciones y servicios realizados revertirán a este Ayuntamiento en su totalidad, en perfecto estado de conservación y libres de cargas y gravámenes al terminar la concesión por cualquier causa. La redacción del proyecto deberá ejecutarse en el plazo de duración dos meses desde la formalización del contrato. Igualmente, y conforme El contratista está obligado a lo regulado en el artículo 29.4 LCSP, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, cumplir el contrato originario se prorrogará hasta que comience la ejecución dentro del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de 9 meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de 3 meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario. El plazo de ejecución mencionado incluye todas las actuaciones que sean necesarias total fijado para la completa prestación realización del objeto del contratomismo, incluida la obtención así como de las autorizaciones administrativas de cualquier naturaleza que pudieran resultar preceptivaslos plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico – Administrativas Que Regirá La Adjudicación De Un Contrato De Concesión De Obra Pública Para La Redacción De Proyecto, Construcción Y Explotación De Un Aparcamiento Subterráneo

Plazo de ejecución y prórroga. 2.1El plazo de ejecución del contrato, (apartado N del Cuadro de Características del Contrato) será para el curso 2018/2019, entrando en vigor en el momento de la firma y finalizando su vigencia el día 00 xx xxxxx xx 2019 salvo prórroga para el curso 2019/202, en cuyo caso finalizará su vigencia el día 30 xx xxxxx de 2020. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo previsto total fijado para la ejecución realización del objeto del presente expediente será de DIECIOCHO MESES, comenzando el cómputo del mismo desde la fecha de suscripción del pertinente documento contractual por las partes Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 24/07/2018 14:34 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): F93173823167E0E23EF914DB30D293F5 interesadas, sin perjuicio de que en éste se establezca un plazo de inicio diferente atendiendo a las circunstancias del contratomismo. El contrato podrá prorrogarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 LCSP. La prórroga se podrá prorrogar acordará por un plazo máximo el órgano de (SIN PRÓRROGA), siendo contratación y será obligatoria para el adjudicatario dicha prórroga si el SMS avisara con empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos 2 con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. IgualmenteEn ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. La prórroga del contrato establecida en el apartado 2 del artículo 29 LCSP no será obligatoria para el contratista en los casos en los que en el contrato se dé la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 LCSP, y conforme a lo regulado por haberse demorado la Administración en el abono del precio más de seis meses. No obstante, de conformidad con el artículo 29.4 LCSP, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista contratista, como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación contratación, producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario se prorrogará hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de 9 nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de 3 meses tres meses, respecto de la fecha de finalización del contrato originario. El plazo de ejecución mencionado incluye todas las actuaciones que sean necesarias para la completa prestación del objeto del contrato, incluida la obtención de las autorizaciones administrativas de cualquier naturaleza que pudieran resultar preceptivas.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir

Plazo de ejecución y prórroga. 2.1. El plazo previsto para la ejecución del objeto del presente expediente será de DIECIOCHO MESESDOS AÑOS, comenzando el cómputo del mismo desde la fecha de suscripción del pertinente documento contractual por las partes interesadas, sin perjuicio de que en éste se establezca un plazo de inicio diferente atendiendo a las circunstancias del contrato. El contrato se podrá prorrogar por un plazo máximo de DOS AÑOS, Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 24/07/2018 14:34 29/06/2018 14:22 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): F93173823167E0E23EF914DB30D293F5 interesadas, sin perjuicio 686D31C6AA0C81CC9DFD24C601287015 Consejería de que en éste se establezca un plazo de inicio diferente atendiendo a las circunstancias del contrato. El contrato se podrá prorrogar por un plazo máximo de (SIN PRÓRROGA), Salud siendo obligatoria para el adjudicatario dicha prórroga si el SMS avisara con al menos 2 meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. Igualmente, y conforme a lo regulado en el artículo 29.4 LCSP, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, el contrato originario se prorrogará hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de 9 meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de 3 meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario. El plazo de ejecución mencionado incluye todas las actuaciones que sean necesarias para la completa prestación del objeto del contrato, incluida la obtención de las autorizaciones administrativas de cualquier naturaleza que pudieran resultar preceptivas. La ejecución del contrato se llevará a cabo en el CENTRO REGIONAL DE HEMODONACIÓN, Xxxxx xx Xxxxx, x/x, 00000 Xxxxxx.

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