Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente Cláusulas de Ejemplo

Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada como así se hace constar en el apartado 3 del Cuadro de Características del Contrato, de conformidad con lo señalado en los artículos 22 y 19 de la LCSP 2017. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto simplificado conforme al artículo 159 de la LCSP 2017, y se tramitará de acuerdo con lo señalado en el citado apartado 3, de modo que, cuando la tramitación sea de urgencia, se aplicarán las especialidades y plazos previstos en el artículo 119 de la LCSP 2017 salvo la reducción de plazos a la que se refiere la letra b) del apartado 2 del artículo 119 de la LCSP 2017. Cuando conforme al apartado 10 del Cuadro de Características del Contrato se admita la presentación de variantes, porque en la adjudicación se tengan en cuenta criterios distintos del precio, éstas se deberán acomodar a los requisitos mínimos, modalidades, características, elementos, condiciones en las que queda autorizada su presentación señaladas en dicho apartado, teniendo en cuenta que las precisiones de las variantes que se puedan admitir podrán hacer referencia a las funcionalidades y/o las necesidades que en él se concretan, como señala el artículo 142 de la LCSP 2017.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. Para la adjudicación de la presente contratación se aplicará el procedimiento abierto conforme lo dispuesto en los artículos 141 a 145, de la LCSP. La tramitación del expediente de contratación adoptará la forma indicada en el apartado 10 del anexo de especificaciones
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada como así se hace constar en el apartado 3 del Cuadro de Características del Contrato, de conformidad con lo señalado en los artículos 22 y 19 de la LCSP 2017. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto simplificado conforme al artículo 159 de la LCSP 2017, y se tramitará de acuerdo con lo señalado en el citado apartado 3, de modo que, cuando la tramitación sea de urgencia, se aplicarán las especialidades y plazos previstos en el x/ Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, 5 02001 Albacete – Tlfno.:967 21 60 12 xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx Pág 1 / 82 artículo 119 de la LCSP 2017 salvo la reducción de plazos a la que se refiere la letra b) del apartado 2 del artículo 119 de la LCSP 2017. Cuando conforme al apartado 10 del Cuadro de Características del Contrato se admita la presentación de variantes, porque en la adjudicación se tengan en cuenta criterios distintos del precio, éstas se deberán acomodar a los requisitos mínimos, modalidades, características, elementos, condiciones en las que queda autorizada su presentación señaladas en dicho apartado, teniendo en cuenta que las precisiones de las variantes que se puedan admitir podrán hacer referencia a las funcionalidades y/o las necesidades que en él se concretan, como señala el artículo 142 de la LCSP 2017. LOS FIRMANTES DE ESTE DOCUMENTO SE MUESTRAN EN LA PRIMERA PÁGINA DEL MISMO Además se ha elegido el procedimiento abierto, en este caso simplificado, porque en las instrucciones en materia de contratación aprobadas por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete, en su sesión celebrada en fecha 6 xx xxxxx de 2013, se determinó que preferentemente todos los expedientes de contratación se tramitarían por procedimiento abierto.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto simplificado conforme al artículo 159 de la LCSP 2017.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. 1. Para la adjudicación del contrato se aplicará el procedimiento abierto conforme a lo dispuesto en los artículos 131 y 156 de la LCSP. 2. La tramitación del expediente de contratación adoptará la forma indicada en el apartado 10 del Anexo I del PCAP. 3. Si la tramitación se realizase por procedimiento de urgencia, todos los plazos establecidos se reducirán a la mitad, excepto, en el caso de los contratos sometidos a regulación armonizada o susceptibles de recurso especial en materia de contratación, el plazo para el período de presentación de ofertas y el plazo de quince días hábiles antes de la formalización del contrato, que no sufrirán variación.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada como así se hace constar en el apartado 3 del Cuadro de Características del Contrato, de conformidad con lo señalado en los artículos 20 y 19 de la LCSP 2017. El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad conforme a los artículos 166 168, 169, 170 y 171 de la LCSP 2017, y se tramitará de acuerdo con lo señalado en el citado apartado 3, de modo que, cuando la tramitación sea de urgencia, se aplicarán las especialidades y plazos previstos en el artículo 119 del LCSP 2017. Cuando conforme al apartado 10 del Cuadro de Características del Contrato se admita la presentación de variantes, porque en la adjudicación se tengan en cuenta criterios distintos del precio, éstas se deberán acomodar a los requisitos mínimos, modalidades, características, elementos, condiciones en las que queda autorizada su presentación señaladas en dicho apartado, teniendo en cuenta que las precisiones de las variantes que se puedan admitir podrán hacer referencia a las funcionalidades y/o las necesidades que en él se concretan, como señala el artículo 142 de la LCSP 2017. La adjudicación recaerá en el/la licitador/a justificadamente elegido/a por el órgano de contratación, tras negociar las condiciones del contrato con uno/a o varios/as candidatos/as, conforme a lo señalado en el apartado 9 del Cuadro de Características del Contrato. La articulación del procedimiento que se seguirá para la negociación, teniendo en cuenta que en ningún caso pueden ser objeto de negociación ni los requisitos mínimos de la obra ni los criterios de adjudicación, se señala en el apartado 9 del Cuadro de Características del Contrato. El número máximo y mínimo de empresas a las que se invitará a negociar será el que señala el apartado 11 del Cuadro de Características del Contrato, sin que el número mínimo de candidatos/a invitados/as sea inferior a tres, salvo que se trate de un supuesto de los previstos en el artículo 168 en el que exista un/a tercero/a predeterminado/a. Si el número de candidatos/as que cumplan con los criterios de selección es inferior a tres, el órgano de contratación podrá continuar el procedimiento con los/las que reúnen las condiciones exigidas, sin que pueda invitarse a empresarios/as que no hayan solicitado participar en el mismo, o a candidatos/as que no posean esas condiciones.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.1 de la LCSP, el contrato se adjudicará por PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, mediante el cual todo empresario interesado podrá́ presentar una proposición, quedando excluido toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula 20. 2. El contrato se tramitará de forma ORDINARIA.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. Para la adjudicación de esta contratación se aplicará el procedimiento abierto conforme a lo dispuesto en los artículos 131 y 156 a 158 de la LCSP. En caso de que el expediente se tramite como anticipado de gasto, se regulará conforme a la Orden de la Consellería de Economía x Xxxxxxx de 11 de febrero de 1998, reguladora de la tramitación anticipada de gasto, y la ejecución del contrato quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de este en los ejercicios correspondientes.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo señalado en los artículos 20 y 19 de la LCSP 2017. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto conforme a los artículos 156 a158 de la LCSP 2017, y se tramitará de acuerdo con lo señalado en el citado apartado 3, de modo que, cuando la tramitación sea de urgencia, se aplicarán las especialidades y plazos previstos en el artículo 119 de la LCSP 2017.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. 1.3.1. Para la adjudicación de la presente contratación se aplicará el procedimiento abierto, según lo dispuesto en los artículos 138.2 y 157 a 161 del TRLCSP. 1.3.2. La tramitación del expediente de contratación será ordinaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 del TRLCSP.