Plazo de entrega de las propuestas Cláusulas de Ejemplo

Plazo de entrega de las propuestas. Las propuestas pueden entregarse desde la fecha y hora de apertura y a más tardar hasta la fecha y hora de cierre de la presente invitación. La eventual modificación de la fecha de cierre se hará mediante adenda publicada por el mismo medio de la presente Invitación a Contratar.
Plazo de entrega de las propuestas. Las propuestas serán remitidas en sobre sellado al despacho a la Secretaría Nacional de la Organización del Convenio Xxxxxx Xxxxx (SENCAB)-Dirección de Cooperación Internacional, del Ministerio de Educación de Panamá, o mediante correo electrónico en formato digital (pdf) a la Secretaría Nacional de la Organización del Convenio Xxxxxx Xxxxx (SENCAB)-Dirección de Cooperación Internacional, del Ministerio de Educación de Panamá, al correo institucional xxxx.xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. Una vez, remitidas las propuestas a la Secretaría Nacional al correo antes indicado, los oferentes comunicarán a la Secretaría Ejecutiva de la Organización del Convenio Xxxxxx Xxxxx al correo xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, informando únicamente que la propuesta ya ha sido enviada a la Secretaría Nacional de la Organización del Convenio Xxxxxx Xxxxx (SENCAB) del Ministerio de Educación de Panamá, pero sin adjuntar las propuestas. La fecha límite para el recibo de las propuestas se ha fijado, hasta las veintitrés horas, cincuenta y nueve minutos, cincuenta y nueve segundos (23:59:59) (hora Panamá GMT-5) del día 25 xx xxxxx de dos mil veintidós (2022).
Plazo de entrega de las propuestas. La propuesta será recibida hasta el día 11 xx xxxxxx de 2011, hasta las 4pm, en la Oficina Jurídica y de Contratación ubicada en el tercer piso del edificio de la Alcaldía Con la revisión de la propuesta de acuerdo con los términos establecidos en esta invitación se determinará si es favorable para el Municipio. En caso tal de no serlo, se realizará nuevamente la invitación a otras personas. El término establecido por la entidad para realizar la revisión, adjudicación y contratación, no será mayor a cuatro (04) días hábiles, contados a partir del día siguiente de entrega de la propuesta. Cordialmente, Alcaldesa Municipal xx Xxxxx X. MEMBRETE: (Persona Jurídica) (Ciudad), (fecha dd-mm-aaaa) Señores Alcalde REF: PROPUESTA PARACONTRATAR POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FORMULA DE REAJUSTE LA “RECONSTRUCCION PUENTES COLGANTES PEATONALES VEREDA PEÑAROL; VEREDA EL TRIUNFO - BÁLSAMO; PORTUGAL DEL MUNICIPIO XX XXXXX" Cordial saludo: El suscrito: (nombre del oferente), identificado con cedula de ciudadanía No. (Número) expedida en (ciudad), actuando (en nombre propio o) (como representante legal de (nombre de la entidad), con NIT. No. (número), de acuerdo con los requisitos exigidos en la invitación, presentamos la siguiente propuesta técnico-económica, y en caso de que nos sea aceptada por el Municipio xx XXXXX, nos comprometemos en suscribir el respectivo contrato para ejecutar en su totalidad las actividades de acuerdo a las condiciones exigidas, por lo cual declaramos:
Plazo de entrega de las propuestas. Las propuestas pueden entregarse desde la fecha y hora de apertura y a más tardar hasta la fecha y hora de cierre de la presente invitación. La eventual modificación de la fecha de cierre se hará mediante adenda publicada por el mismo medio de la presente Invitación a Contratar. Lugar de entrega de las propuestas: Las propuestas se deben radicar, dentro del plazo establecido, en la Recepción Principal de la Corporación de Ferias y Exposiciones S.A. Usuario Operador de Zona Franca, ubicada en el edificio para oficinas de CORFERIAS en la Xxxxxxx 00 Xx 00 – 00 xx Xxxxxx X.X., el día y horario señalado. No se recibirán propuestas por correo, correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático; por lo tanto, el proponente deberá presentar su propuesta físicamente, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidas en estos términos. En el momento de la entrega se pedirá al proponente diligenciar el formato de recibo de propuestas dispuesto en el lugar de entrega, en el cual se consignarán los datos del proponente, la hora de entrega y el nombre y la firma de la persona que hace entrega física de los sobres de la propuesta, los sobres serán depositados en una urna cerrada la cual será retirada del sitio por la Auditoria Interna de CORFERIAS, una vez cumplida la hora de cierre del proceso. Obligatoriedad sitio y horario de radicación: por ningún motivo se aceptarán propuestas radicadas en sitios diferentes a la recepción principal de CORFERIAS y/o en horarios diferentes a los señalados. Las propuestas que se radiquen una vez vencido el plazo señalado en la presente Invitación, serán devueltas sin abrir. Número de ejemplares: La propuesta consta de un original y una (1) copia idéntica. Cuando en este documento se haga referencia a la “Propuesta” se entenderá, salvo que se indique lo contrario, que se está hablando del original y de la copia. Cada uno debe incluir un CD donde este consignada toda la información de la propuesta. Si se presentare alguna diferencia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto del original. Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan deberá ser confirmada o validada con la firma del proponente. Numeración de folios: Todas las hojas que conforman la propuesta deben venir debidamente numeradas consecutivamente en orden ascendente, desde el primer folio hasta el último, incluidas las hojas en blanco.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.