Common use of Plazos Máximos para el Pago de los Rescates Clause in Contracts

Plazos Máximos para el Pago de los Rescates. El pago de los rescates se hará en dinero efectivo en Pesos de Chile, dentro de un plazo no mayor de 10 días corridos, contado desde la fecha de presentación de la solicitud pertinente, o desde la fecha en que se dé curso al rescate, si se trata de un rescate programado, pudiendo la administradora hacerlo en valores del fondo cuando así sea exigido o autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros. Tratándose de rescates que alcancen montos que representen un porcentaje igual o superior a un 20% del valor del patrimonio del fondo, se pagarán dentro del plazo de 15 días, hábiles bancarios contado desde la fecha de presentación de la solicitud de rescate, o de la fecha en que se dé curso al rescate, si se trata de un rescate programado. Para estos efectos, se considerará el valor del patrimonio del fondo correspondiente al día anterior a la fecha de solicitud de rescate o a la fecha en que se curse el rescate, si se trata de un rescate programado. Asimismo, cuando la suma de todos los rescates efectuados por un partícipe en un mismo día, sea igual o superior al monto precedente señalado, la administradora pagará los siguientes rescates de cuotas que, cualquiera sea su cuantía, efectúe el mismo partícipe dentro del mismo día, dentro del plazo de 15 días hábiles bancarios contado desde la fecha de presentada la solicitud de rescate o desde la fecha en que se dé curso al rescate si se trata de un rescate programado. Habiendo recibido la cantidad de dinero y en la forma indicada precedentemente, esta Sociedad Administradora acepta la participación del solicitante en el Fondo Mutuo y procede a su inscripción en el Registro de Partícipes y declara que cumplirá con todas las normas legales y reglamentarias relativas a los partícipes y que ejecutará los mandatos que por este instrumento le confieren. Si la cantidad de dinero antes indicada incluye cheques, la aceptación se producirá cuando el valor de estos documentos sean percibidos por la Sociedad Administradora, de parte del Banco librado, para lo cual deberá presentarlos a cobro tan pronto como la hora de su recepción lo permita. Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Nombre Soc. Admin. Firma partícipe Nombre partícipe R.U.T. Soc. Admin. Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin. R.U.T. partícipe Para fondos mutuos: 0000 - XXXXX XXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX Solicito a usted considerar mi aporte por suscripción en forma (indicar periodicidad), por la cantidad de , para ser invertida en cuotas del Fondo Mutuo , de acuerdo a los términos señalados en el Reglamento Interno del Fondo. Para efectos de lo anterior, autorizo el descuento por planilla de mis remuneraciones, o el cargo en cuenta corriente, o el cargo en cuenta vista, o el cargo en cuenta de tarjeta de crédito, de la cantidad mencionada anteriormente, los días de cada mes o en la periodicidad correspondiente o el día hábil bancario siguiente, si aquél es xxxxxx, xxxxxxx o festivo, en la modalidad que se indica más adelante. La presente autorización de inversión periódica caducará el / / (dd/mm/aa). (En caso de no establecer fecha de término, se entenderá que es indefinido) La forma de enterar mi aporte será a través de:

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Plazos Máximos para el Pago de los Rescates. El pago de los rescates se hará en dinero efectivo en Pesos de Chile, dentro de un plazo no mayor de 10 días corridos, contado desde la fecha de presentación de la solicitud pertinente, o desde la fecha en que se dé curso al rescate, si se trata de un rescate programado, pudiendo la administradora hacerlo en valores del fondo cuando así sea exigido o autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros. Tratándose de rescates que alcancen montos que representen un porcentaje igual o superior a un 20% del valor del patrimonio del fondo, se pagarán dentro del plazo de 15 días, hábiles bancarios contado desde la fecha de presentación de la solicitud de rescate, o de la fecha en que se dé curso al rescate, si se trata de un rescate programado. Para estos efectos, se considerará el valor del patrimonio del fondo correspondiente al día anterior a la fecha de solicitud de rescate o a la fecha en que se curse el rescate, si se trata de un rescate programado. Asimismo, cuando la suma de todos los rescates efectuados por un partícipe en un mismo día, sea igual o superior al monto precedente señalado, la administradora pagará los siguientes rescates de cuotas que, cualquiera sea su cuantía, efectúe el mismo partícipe dentro del mismo día, dentro del plazo de 15 días hábiles bancarios contado desde la fecha de presentada la solicitud de rescate o desde la fecha en que se dé curso al rescate si se trata de un rescate programado. Habiendo recibido la cantidad de dinero y en la forma indicada precedentemente, esta Sociedad Administradora acepta la participación del solicitante en el Fondo Mutuo y procede a su inscripción en el Registro de Partícipes y declara que cumplirá con todas las normas legales y reglamentarias relativas a los partícipes y que ejecutará los mandatos que por este instrumento le confieren. Si la cantidad de dinero antes indicada incluye cheques, la aceptación se producirá cuando el valor de estos documentos sean percibidos por la Sociedad Administradora, de parte del Banco librado, para lo cual deberá presentarlos a cobro tan pronto como la hora de su recepción lo permita. Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Nombre Soc. Admin. Firma partícipe Nombre partícipe R.U.T. Soc. Admin. Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin. R.U.T. partícipe Para fondos mutuos: 0000 - XXXXX XXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX Solicito a usted considerar mi aporte por suscripción en forma (indicar periodicidad), por la cantidad de , para ser invertida en cuotas del Fondo Mutuo , de acuerdo a los términos señalados en el Reglamento Interno del Fondo. Para efectos de lo anterior, autorizo el descuento por planilla de mis remuneraciones, o el cargo en cuenta corriente, o el cargo en cuenta vista, o el cargo en cuenta de tarjeta de crédito, de la cantidad mencionada anteriormente, los días de cada mes o en la periodicidad correspondiente o el día hábil bancario siguiente, si aquél es xxxxxx, xxxxxxx o festivo, en la modalidad que se indica más adelante. La presente autorización de inversión periódica caducará el / / (dd/mm/aa). (En caso de no establecer fecha de término, se entenderá que es indefinido) La forma de enterar mi aporte será a través de:.

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Plazos Máximos para el Pago de los Rescates. El pago de los rescates se hará en dinero efectivo en Pesos de Chile, dentro de un plazo no mayor de 10 días corridos, contado desde la fecha de presentación de la solicitud pertinente, o desde la fecha en que se dé curso al rescate, si se trata de un rescate programado, pudiendo la administradora hacerlo en valores del fondo cuando así sea exigido o autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros. Tratándose de rescates que alcancen montos que representen un porcentaje igual o superior a un 20% del valor del patrimonio del fondo, se pagarán dentro del plazo de 15 días, hábiles bancarios contado desde la fecha de presentación de la solicitud de rescate, o de la fecha en que se dé curso al rescate, si se trata de un rescate programado. Para estos efectos, se considerará el valor del patrimonio del fondo correspondiente al día anterior a la fecha de solicitud de rescate o a la fecha en que se curse el rescate, si se trata de un rescate programado. Asimismo, cuando la suma de todos los rescates efectuados por un partícipe en un mismo día, sea igual o superior al monto precedente señalado, la administradora pagará los siguientes rescates de cuotas que, cualquiera sea su cuantía, efectúe el mismo partícipe dentro del mismo día, dentro del plazo de 15 días hábiles bancarios contado desde la fecha de presentada la solicitud de rescate o desde la fecha en que se dé curso al rescate si se trata de un rescate programado. Habiendo recibido la cantidad de dinero y en la forma indicada precedentemente, esta Sociedad Administradora acepta la participación del solicitante en el Fondo Mutuo y procede a su inscripción en el Registro de Partícipes y declara que cumplirá con todas las normas legales y reglamentarias relativas a los partícipes y que ejecutará los mandatos que por este instrumento le confieren. Si la cantidad de dinero antes indicada incluye cheques, la aceptación se producirá cuando el valor de estos documentos sean percibidos por la Sociedad Administradora, de parte del Banco librado, para lo cual deberá presentarlos a cobro tan pronto como la hora de su recepción lo permita. Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Firma partícipe Nombre Soc. Admin. Firma partícipe Nombre partícipe R.U.T. Soc. Admin. Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin. R.U.T. partícipe Para fondos mutuos: 0000 - XXXXX XXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX Solicito a usted considerar mi aporte por suscripción en forma (indicar periodicidad), por la cantidad de , para ser invertida en cuotas del Fondo Mutuo , de acuerdo a los términos señalados en el Reglamento Interno del Fondo. Para efectos de lo anterior, autorizo el descuento por planilla de mis remuneraciones, o el cargo en cuenta corriente, o el cargo en cuenta vista, o el cargo en cuenta de tarjeta de crédito, de la cantidad mencionada anteriormente, los días de cada mes o en la periodicidad correspondiente o el día hábil bancario siguiente, si aquél es xxxxxx, xxxxxxx o festivo, en la modalidad que se indica más adelante. La presente autorización de inversión periódica caducará el / / (dd/mm/aa). (En caso de no establecer fecha de término, se entenderá que es indefinido) La forma de enterar mi aporte será a través de:partícipe

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Plazos Máximos para el Pago de los Rescates. El pago de los rescates se hará en dinero efectivo en Pesos de Chile, dentro de un plazo no mayor de 10 días corridos, contado desde la fecha de presentación de la solicitud pertinente, o desde la fecha en que se dé curso al rescate, si se trata de un rescate programado, pudiendo la administradora hacerlo en valores del fondo cuando así sea exigido o autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros. Tratándose de rescates que alcancen montos que representen un porcentaje igual o superior a un 20% del valor del patrimonio del fondo, se pagarán dentro del plazo de 15 días, hábiles bancarios contado desde la fecha de presentación de la solicitud de rescate, o de la fecha en que se dé curso al rescate, si se trata de un rescate programado. Para estos efectos, se considerará el valor del patrimonio del fondo correspondiente al día anterior a la fecha de solicitud de rescate o a la fecha en que se curse el rescate, si se trata de un rescate programado. Asimismo, cuando la suma de todos los rescates efectuados por un partícipe en un mismo día, sea igual o superior al monto precedente señalado, la administradora pagará los siguientes rescates de cuotas que, cualquiera sea su cuantía, efectúe el mismo partícipe dentro del mismo día, dentro del plazo de 15 días hábiles bancarios contado desde la fecha de presentada la solicitud de rescate o desde la fecha en que se dé curso al rescate si se trata de un rescate programado. Habiendo recibido la cantidad de dinero y en la forma indicada precedentemente, esta Sociedad Administradora acepta la participación del solicitante en el Fondo Mutuo y procede a su inscripción en el Registro de Partícipes y declara que cumplirá con todas las normas legales y reglamentarias relativas a los partícipes y que ejecutará los mandatos que por este instrumento le confieren. Si la cantidad de dinero antes indicada incluye cheques, la aceptación se producirá cuando el valor de estos documentos sean percibidos por la Sociedad Administradora, de parte del Banco librado, para lo cual deberá presentarlos a cobro tan pronto como la hora de su recepción lo permita. Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Firma partícipe Nombre Soc. Admin. Firma partícipe Nombre partícipe R.U.T. Soc. Admin. R.U.T. partícipe Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin. R.U.T. partícipe Para fondos mutuos: 0000 - XXXXX XXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX Solicito a usted considerar mi aporte por suscripción en forma (indicar periodicidad), por la cantidad de , para ser invertida en cuotas del Fondo Mutuo , de acuerdo a los términos señalados en el Reglamento Interno del Fondo. Para efectos de lo anterior, autorizo el descuento por planilla de mis remuneraciones, o el cargo en cuenta corriente, o el cargo en cuenta vista, o el cargo en cuenta de tarjeta de crédito, de la cantidad mencionada anteriormente, los días de cada mes o en la periodicidad correspondiente o el día hábil bancario siguiente, si aquél es xxxxxx, xxxxxxx o festivo, en la modalidad que se indica más adelante. La presente autorización de inversión periódica caducará el / / (dd/mm/aa). (En caso de no establecer fecha de término, se entenderá que es indefinido) La forma de enterar mi aporte será a través de:

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