Common use of PLURALIDAD DE SEGUROS Clause in Contracts

PLURALIDAD DE SEGUROS. Habiendo más de un seguro que cubra la misma materia, interés y riesgo, el asegurado podrá reclamar a cualquiera de los aseguradores el pago del siniestro según el respectivo contrato y a cualquiera de los demás el saldo no cubierto. El conjunto de las indemnizaciones recibidas por el asegurado, no podrá exceder el valor del objeto asegurado. El asegurador que hubiere indemnizado al asegurado tendrá derecho a repetir contra los demás aseguradores la cuota que les corresponda en la indemnización, según el monto que cubran los respectivos contratos. Cabe señalar que, en ningún caso, son adicionales los límites y montos de indemnización cuando existen dos o más contratos de seguros vigentes al mismo tiempo

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Samples: Seguro Colectivo Complementario De Salud, Seguro Colectivo Complementario De Salud, Seguro Colectivo Complementario De Salud

PLURALIDAD DE SEGUROS. Habiendo más de un seguro que cubra la misma materia, interés y riesgo, el asegurado Asegurado podrá reclamar a cualquiera de los aseguradores Aseguradores el pago del siniestro según el respectivo contrato y a cualquiera de los demás el saldo no cubierto. El conjunto de las indemnizaciones recibidas por el aseguradoAsegurado, no podrá exceder el valor del objeto asegurado. El asegurador Asegurador que hubiere indemnizado al asegurado Asegurado tendrá derecho a repetir contra los demás aseguradores Aseguradores la cuota que les corresponda en la indemnización, según el monto que cubran los respectivos contratos. Cabe señalar que, en ningún caso, son adicionales los límites y montos de indemnización cuando existen dos o más contratos de seguros vigentes al mismo tiempo.

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Samples: Seguro Colectivo Complementario De Salud

PLURALIDAD DE SEGUROS. Habiendo más de un seguro que cubra la misma materia, interés y riesgo, el asegurado Asegurado podrá reclamar a cualquiera de los aseguradores el pago del siniestro según el respectivo contrato y a cualquiera de los demás el saldo no cubierto. El conjunto de las indemnizaciones recibidas por el aseguradoAsegurado, no podrá exceder el valor del objeto asegurado. El asegurador que hubiere indemnizado al asegurado Asegurado tendrá derecho a repetir contra los demás aseguradores la cuota que les corresponda en la indemnización, según el monto que cubran los respectivos contratos. Cabe señalar que, en ningún caso, son adicionales los límites y montos de indemnización cuando existen dos o más contratos de seguros vigentes al mismo tiempo.

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Samples: Seguro Individual Complementario De Salud