Poderes al Fiduciario Cláusulas de Ejemplo

Poderes al Fiduciario. La Fideicomitente otorga al Fiduciario de manera irrevocable el mandato más amplio que en derecho proceda para que éste actuando directamente, por cuenta y orden de la Fideicomitente, pueda: (i) continuar o terminar cualquiera de los Contratos de Enrolamiento; (ii) celebrar nuevos contratos de Enrolamiento en caso de sustitución de cualquiera de las Operadoras; (iii) tramitar y realizar su mejor esfuerzo para obtener permisos, autorizaciones y/o concesiones para la prestación del servicio público de autotransporte de pasajeros; y (iv) en general, celebrar cualquier acto que sea necesario o conveniente para llevar a cabo la explotación comercial de los Autobuses, su operación, mantenimiento y en general, la prestación del servicio público de autotransporte de pasajeros, así como el cumplimiento de los Documentos de Emisión. Para el ejercicio del mandato irrevocable previsto en el párrafo anterior, por medio del presente Contrato, la Fideicomitente otorga al Fiduciario poder especial: (a) para pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales y aún con las especiales en los términos del primer párrafo del artículo 2554 (dos mil quinientos cincuenta y cuatro) del Código Civil para el Distrito Federal, y sus correlativos de los Códigos Civiles de los Estados de la República Mexicana y del Código Civil Federal. De manera enunciativa y no limitativa se mencionan entre otras las facultades siguientes i) para intentar y desistirse de toda clase de procedimientos inclusive amparo, ii) para transigir, iii) para comprometerse en árbitros, iv) para absolver y articular posiciones, v) para recusar, vi) para recibir pagos, vii) para presentar denuncias y querellas en materia penal y para desistirse de ellas cuando lo permita la ley. Lo podrá ejercer ante particulares y ante toda clase de autoridades administrativas o judiciales, ya sean de carácter federal o local; (b) para actos de administración en los términos del segundo párrafo del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal, y sus correlativos de los Códigos Civiles de los Estados de la República Mexicana y del Código Civil Federal; (c) para actos de dominio en los términos del tercer párrafo del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal, y sus correlativos de los Códigos Civiles de los Estados de la República Mexicana y del Código Civil Federal; (d) para suscribir y endosar toda clase de títulos de crédito en los términos del artículo 9 (nueve) de la Ley General de Títulos y Operac...

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