POSCONSTRUCCION. Para el cierre de las Actas de Servicio y la liquidación del contrato de obra se suscribirán las siguientes actas. • Acta de cierre de acta de servicio: Se suscribirá, una vez el contratista de cumplimiento a todos los entregables requeridos a la interventoría y esta los apruebe, en dicha acta se dejara constancia del recibo al 100% de todos los productos objeto del acta e igualmente del cierre de todas las obligaciones financieras del acta de servicio y será suscrita por El contratista, la interventoría, el supervisor del FFIE y el delegado por el comité técnico operativo. • Acta de Liquidación del Contrato Marco de Obra: Se suscribirá cuando se cuente con todas las actas de cierre de las actas de servicio asignadas.
POSCONSTRUCCION. Para el cierre de las Actas de Servicio y la liquidación del contrato de obra se suscribirán las siguientes actas. Acta de cierre de acta de servicio: Se suscribirá, una vez el contratista de cumplimiento a todos los entregables requeridos a la interventoría y esta los apruebe, en dicha acta se dejara constancia del recibo al 100% de todos los productos objeto del acta e igualmente del cierre de todas las obligaciones financieras del acta de servicio y será suscrita por El contratista, la interventoría, el supervisor del FFIE y el delegado por el comité técnico operativo. Acta de Liquidación del Contrato Xxxxx xx Xxxx: Se suscribirá cuando se cuente con todas las actas de cierre de las actas de servicio asignadas.
POSCONSTRUCCION. En esta fase se adelantaran todas las actividades necesarias, derivadas de la liquidación del acta de servicio, tales como la elaboración del informe final, de acuerdo con la estructura propuesta por el FFIE y demás que se consideren necesarias.