Common use of Preferencias para bienes de origen nacional Clause in Contracts

Preferencias para bienes de origen nacional. ARTÍCULO 2°.- Se otorgará preferencia a las ofertas de bienes de origen nacional cuando el monto estimado del procedimiento de selección sujeto a la presente ley sea igual o superior al monto establecido por la reglamentación vigente del apartado 1 del inciso d) del artículo 25 del decreto delegado 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios. La preferencia a las ofertas de bienes de origen nacional se otorgará de acuerdo a las siguientes pautas:

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