Common use of PREGUNTA Clause in Contracts

PREGUNTA. Observación No.8: NUMERAL 5.3 SEGUNDA FASE DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS – DIRECTOR Y/O COORDINADOR DE SERVICIOS. Solicitamos a la CCB se modifique el numeral en mención, y en tal sentido le requerimos que el coordinador exigido cumpla las características que adelante se mencionan, por cuanto a través de ellas se aseguran las condiciones de competencia y experiencia suficientes e idóneas para el desarrollo de las funciones por parte del coordinador dentro de las instalaciones de la CCB: 1. Oficial de las fuerzas militares de Colombia o de la Policía Nacional con extracto de hoja de vida militar, condición que se deberá acreditar junto con la presentación de la oferta y Profesional en Ciencias Militares 2. Experiencia de cinco (5) años en cargo de dirección y/o coordinación de empresas de vigilancia privada con postgrado en administración de la seguridad y un diplomado en el Nuevo sistema acusatorio y los profesionales en seguridad 3. Credencial y/o resolución de consultor expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Cabe aclarar en primer lugar, que el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato establecido en el Anexo No 2 es el perfil básico del indicado en el numeral 5.3. de la Invitación Director y/o Coordinador de servicios, que asigna puntaje. Por tanto, el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato debe contar como mínimo con una experiencia de 10 años en cargo de Direccion y/o Coordinacion en empresas de vigilancia y seguridad privada. Es así que, el proponente deberá cumplir con este requisito mínimo solicitado en la invitación, ya para que le sea otorgado el puntaje establecido en el numeral 5.3 de la Invitación es necesario que acredite los 15 años de experiencia y la certificación de competencias laborales xxx Xxxx. En virtud de lo anterior, no se acoge lo solicitado y se mantiene este calificable.

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PREGUNTA. Observación No.8No.9: CON RELACIÓN AL ANEXO 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS – NUMERAL 5.3 SEGUNDA FASE 2. PERFILES DEL PERSONAL – SUBNUMERAL 2.2. SUPERVISOR, 2.3. DIRECTOR DE EVALUACIÓN SERVICIOS / GERENTE DE LAS OFERTAS – DIRECTOR CONTRATO Y 2.4. JEFE DE SEGURIDAD Y/O COORDINADOR DIRECTOR DE SERVICIOS. OPERACIONES Solicitamos a la CCB se modifique CCB, aclarar lo señalado en el numeral 2. Perfiles del Personal, en mención, y en tal sentido le requerimos donde entendemos que el coordinador exigido cumpla las características que adelante se mencionan, por cuanto a través de ellas se aseguran las condiciones de competencia y experiencia suficientes e idóneas para el desarrollo de las funciones por parte del coordinador dentro de las instalaciones de la CCB: 1. Oficial de las fuerzas militares de Colombia o de la Policía Nacional con extracto de hoja hojas de vida militarpara los perfiles del Supervisor, condición que se deberá acreditar junto con la presentación Director de la oferta servicios/ Gerente de Contrato y Profesional en Ciencias Militares 2. Experiencia Jefe de cinco (5) años en cargo de dirección Seguridad y/o coordinación director de empresas de vigilancia privada Operaciones, serán exigidas únicamente al proponente que resulte favorecido con postgrado en administración la asignación del contrato objeto de la seguridad y un diplomado Invitación a Proponer convocada por la CCB. Es correcto nuestro entendimiento? Ahora, en el Nuevo sistema acusatorio evento de no ser correcto nuestra apreciación entendemos que con la sola suscripción y aceptación de las especificaciones técnicas se cumple con todos los profesionales documentos precontractuales como lo son las hojas de vida del personal del numeral 0 xxx Xxxxx 0 y subsiguientes?. Es correcta nuestra apreciación?? La carta de compromiso establecida en seguridad 3. Credencial y/o resolución el numeral 3.3.13 de consultor expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Cabe aclarar en primer lugarInvitación, que el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato establecido aplica para todos los perfiles del recurso humano descrito en el Anexo No 2 es el perfil básico del indicado en el numeral 5.3. Especificaciones Técnicas de la Invitación invitación. Sin embargo, teniendo en cuenta que para el Director y/o Coordinador de serviciosServicios se asignará un puntaje por acreditación de perfil adicional al solicitado, es necesario que asigna puntajeaporte la documentación correspondiente para su validación. Por tanto, el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato debe contar como mínimo con una experiencia de 10 años en cargo de Direccion y/o Coordinacion en empresas de vigilancia y seguridad privada. Es así que, el proponente deberá no es suficiente solo cumplir con este requisito mínimo solicitado en la invitación, ya para que le sea otorgado presentación del Anexo No 2 suscrito por el puntaje establecido en el numeral 5.3 de la Invitación es necesario que acredite los 15 años de experiencia y la certificación de competencias laborales xxx Xxxx. En virtud de lo anterior, no se acoge lo solicitado y se mantiene este calificablerepresentante legal.

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PREGUNTA. Observación No.8Actividad No. 8.1.: NUMERAL 5.3 SEGUNDA FASE DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS – DIRECTOR Y/O COORDINADOR DE SERVICIOS“8.1. Ubicar una Unidad de Servicio en las dependencias de FINAGRO, o de manera virtual o remoto, de acuerdo con las necesidades de FINAGRO, la cual deberá contar mínimo con un (1) funcionario, quien deberá prestar sus servicios de manera exclusiva, obrando como representante xxx Xxxxxxxx en FINAGRO y como vocero ante la aseguradora. Estarán a cargo de este funcionario, entre otras, la asesoría a los funcionarios acerca de los documentos necesarios para la tramitación de las reclamaciones, la expedición de certificaciones, el control de las primas y siniestros, el manejo del archivo y correspondencia y la realización de los reportes contables, informes y resúmenes ante la aseguradora y FINAGRO, de conformidad con lo establecido en los procedimientos.” Solicitamos se permita la atención mediante una dedicación compartida desde las instalaciones xxx Xxxxxxxx y no en calidad de In House en las dependencias de FINAGRO tomando en consideración que el contrato que se derive de la presente contratación no genera erogación a cargo de la CCB Entidad por lo que contar con recursos en sus instalaciones, resulta inequitativo para el futuro contratista. Requerir personal IN HOUSE y la ubicación de una Unidad de Servicio en las dependencias de FINAGRO impone un desequilibrio económico por cuanto los ingresos que podría percibir el corredor seleccionado, no resultan suficientes para asumir el gasto mensual permanente del personal solicitado y además brindar los servicios que necesita FINAGRO para la administración de sus seguros. Según ha instituido la ley colombiana, en el marco de la contratación pública reviste de gran importancia el equilibrio económico, al punto de establecerlo como un principio fundamental en su desarrollo. El Estado se modifique encuentra en la obligación de mantener la ecuación económica que surge al contratar. La legislación administrativa ha desarrollado ampliamente el principio de la ecuación financiera del contrato, mediante el cual se persigue la protección del interés colectivo inherente al contrato estatal (Consejo de Estado, 2011, exp. 15.476). El Consejo de Estado ha indicado que este principio "no es otra cosa que el mantenimiento durante la ejecución del mismo, de la equivalencia entre obligaciones y derechos que se estableció entre las partes al momento de su celebración" (Consejo de Estado, 2003, exp. 15.119). Dicha equivalencia entre las prestaciones de los extremos contractuales puede romperse durante la ejecución del acuerdo por la ocurrencia de diversas circunstancias, las cuales pueden causar mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de una de las partes. Es en ese escenario donde se alteran las condiciones económicas pactadas y entra en juego el deber de restablecer su equilibrio financiero (Consejo de Estado, 2004, exp. 14.043). El artículo 27 de la Ley 80 de 1993 dispone: De la Ecuación Contractual. En los contratos estatales se mantendrá la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de proponer o de contratar, según el caso. Si dicha igualdad o equivalencia se rompe por causas no imputables a quien resulte afectado, las partes adoptarán en el menor tiempo posible las medidas necesarias para su restablecimiento. Para tales efectos, las partes suscribirán los acuerdos y pactos necesarios sobre cuantías, condiciones y forma de pago de gastos adicionales, reconocimiento de costos financieros e intereses, si a ello hubiere lugar, ajustando la cancelación a las disponibilidades de la apropiación de que trata el numeral 14 del artículo 25. En todo caso, las entidades deberán adoptar las medidas necesarias que aseguren la efectividad de estos pagos y reconocimientos al contratista en menciónla misma o en la siguiente vigencia de que se trate. Colombia Compra Eficiente señala: El rompimiento del equilibrio económico contractual tiene las siguientes características: a) Afectación real, grave y significativa. b) No hay una equivalencia entre lo previsto en tal sentido le requerimos que los pliegos de condiciones y la ejecución del contrato. Es un principio cardinal en la contratación estatal el coordinador exigido cumpla las características que adelante se mencionanmantener el desarrollo y la ejecución del contrato, por cuanto a través de ellas se aseguran las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de competencia proponer o contratar, equilibrio que se puede afectar por diferentes factores, Cuando esto ocurre la ley ordena utilizar los mecanismos de ajuste y experiencia suficientes e idóneas revisión de precios. No se remiten por parte de la Entidad documentos de estudios o análisis previos que justifiquen la dedicación In House de cuatro (4) perfiles y los servicios que requiere de un Intermediario x Xxxxxxxx de Seguros, frente al ingreso que llegare a percibir como adjudicatario, de modo que no se rompa el equilibrio económico que exige la contratación pública y no haya un punto de pérdida para el desarrollo de las funciones por parte del coordinador dentro de las instalaciones de la CCB: 1. Oficial de las fuerzas militares de Colombia o de la Policía Nacional con extracto de hoja de vida militar, condición que se deberá acreditar junto con la presentación de la oferta y Profesional en Ciencias Militares 2. Experiencia de cinco (5) años en cargo de dirección y/o coordinación de empresas de vigilancia privada con postgrado en administración de la seguridad y un diplomado en el Nuevo sistema acusatorio y los profesionales en seguridad 3. Credencial y/o resolución de consultor expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Cabe aclarar en primer lugar, que el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato establecido en el Anexo No 2 es el perfil básico del indicado en el numeral 5.3. de la Invitación Director y/o Coordinador de servicios, que asigna puntaje. Por tanto, el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato debe contar como mínimo con una experiencia de 10 años en cargo de Direccion y/o Coordinacion en empresas de vigilancia y seguridad privada. Es así que, el proponente deberá cumplir con este requisito mínimo solicitado en la invitación, ya para que le sea otorgado el puntaje establecido en el numeral 5.3 de la Invitación es necesario que acredite los 15 años de experiencia y la certificación de competencias laborales xxx Xxxx. En virtud de lo anterior, no se acoge lo solicitado y se mantiene este calificablecontratista”.

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PREGUNTA. Observación No.8: NUMERAL 5.3 SEGUNDA FASE DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS – DIRECTOR YDirector y/O COORDINADOR DE SERVICIOS. Solicitamos o Coordinador de servicios Corresponde a la CCB se modifique el numeral en mención, y en tal sentido le requerimos que el coordinador exigido cumpla las características que adelante se mencionan, por cuanto a través de ellas se aseguran las condiciones de competencia y experiencia suficientes e idóneas para el desarrollo de las funciones por parte del coordinador dentro de las instalaciones presentación de la CCB: hoja de vida de un coordinador de contrato que certifique lo siguiente: 1. Oficial de las fuerzas militares de Colombia o de la Policía Nacional con extracto de hoja de vida militarla reserva activa, condición que se deberá acreditar junto con la presentación de la oferta y Profesional en Ciencias Militares oferta. 2. Experiencia mínima de cinco (5) 15 años en cargo de dirección y/o coordinación de en empresas de vigilancia privada con postgrado en administración de la seguridad y un diplomado en el Nuevo sistema acusatorio y los profesionales en seguridad privada. 3. Credencial y/o resolución de consultor expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Certificar competencias laborales xxx Xxxx QUE HOMOLOGUEN PROFESIONALES Y QUE QUITEN COMPETENCIAS LABORALES, HOMOLOGUEN CON ESPECIALIZACION O POSGRADO Cabe aclarar en primer lugar, que el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato establecido en el Anexo No 2 es el perfil básico del indicado en el numeral 5.3. de la Invitación Director y/o Coordinador de servicios, que asigna puntaje. Por tanto, el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato debe contar como mínimo con una experiencia de 10 años en cargo de Direccion y/o Coordinacion en empresas de vigilancia y seguridad privada. Es así que, el proponente deberá cumplir con este requisito mínimo solicitado en la invitación, ya para que le sea otorgado el puntaje establecido en el numeral 5.3 de la Invitación es necesario que acredite los 15 años de experiencia y la certificación de competencias laborales xxx Xxxxexperiencia. En virtud de lo anterior, no se acoge lo solicitado y se mantiene este calificable.

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