PREGUNTA Cláusulas de Ejemplo

PREGUNTA. “En la justificación para la contratación, numeral 1.6 del documento, se expresó la necesidad objeto del presente proceso de selección que decide adelantar la entidad, encontrando especial importancia en el acompañamiento y asesoría para la contratación de la póliza de vida grupo deudores, entre otras se resalta la infraestructura el conocimiento y la experiencia para análisis y manejo integral de esta. También se destaca la disposición de un grupo de profesionales Inter disciplinario que este en incapacidad de desarrollar las actividades requeridas. Y es que efectivamente analizada la justificación, que es la motivación de la entidad para adelantar la vinculación de un contratista que le apoye y asesore en la gestión y negociación de su póliza colectiva de vida deudores, se encuentra que este proceso se aleja de esta disposición, para centrarse en valorar aspectos que apuntan más al perfil y al tamaño de los negocios que pueden tener vinculados los interesados, aspecto que solo beneficia al eventual contratista por su tamaño, particularidad que no está directamente relacionada con la capacidad de ejecutar la labor requerida para prestar el servicio identificado como su necesidad. Es así como los criterios utilizados para valorar la experiencia resultan excedidos en cuanto al número de clientes requerido y los valores a certificar por estos, de suerte que aquel interesado que cuente en su cartera con un mínimo de 5 entidades vigiladas por la Superintendencia financiera, con primas superiores a los $5.000 millones, podrá ser aceptable. Pero claramente lo anterior, no resulta concordante con los argumentos que se pronuncian en el numeral 1.6 Justificación para la Contratación y tampoco coinciden ni son proporcionales con la realidad xxx xxxxxxx o actividad de la intermediación de seguros para la gran mayoría de firmas que hacemos parte de este. Resumiendo, es poca la probabilidad de encontrar una pluralidad de proponentes en un proceso con características en sus requerimientos tan particulares, qué provocan el desinterés y la imposibilidad de la entidad para recibir alternativas distintas a la que conoce para desarrollar el servicio requerido. En nuestra consideración, respetuosamente sugerimos ponderar aspectos técnicos y administrativos que apunten al mejor desarrollo de los procesos involucrados en el manejo de la póliza, su información, supervisión y gestión ante las aseguradoras, herramientas tecnológicas que permitan la mejor información y control por ...
PREGUNTA. Programa discapacitados Solicitamos se elimine este aspecto de evaluación, conforme a lo expresado en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015, pues este factor corresponde al desempate y por ende no debe ser objeto de evaluación y de asignación de puntaje de las ofertas. Teniendo en cuenta la naturaleza privada tanto de la Cámara de Comercio de Bogotá como su filial Uniempresarial la aplicación del Decreto 1082 de 2015 no es procedente, por ello se mantiene el calificable programa discapacitados. Cabe aclarar que su presentación asigna puntaje mas no es un requisito habilitante. Director y/o Coordinador de Servicios Solicitamos atentamente se acepte la acreditación de la persona propuesta en calidad de uso de buen retiro; así mismo, solicitamos se reduzca la experiencia a 10 años ya que es un tiempo suficiente y óptimo para garantizar la suficiente experiencia en el desempeño de labores similares. Finalmente, solicitamos se modifique el requisito de aportar certificado de competencias labores xxx Xxxx, por la especialización de administración de la seguridad lo cual garantiza que el coordinador posee conocimientos específicos en el cargo a ejercer en la ejecución del contrato objeto del presente proceso. Cabe aclarar en primer lugar, que el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato establecido en el Anexo No 2 es el perfil básico del indicado en el numeral 5.3. de la Invitación Director y/o Coordinador de servicios, que asigna puntaje. Por tanto, el cargo Director de Servicios/Gerente de Contrato debe contar como mínimo con una experiencia de 10 años en cargo de Direccion y/o Coordinacion en empresas de vigilancia y seguridad privada. Es así que, el proponente deberá cumplir con este requisito mínimo solicitado en la invitación, ya para que le sea otorgado el puntaje establecido en el numeral 5.3 de la Invitación es necesario que acredite los 15 años de experiencia y la certificación de competencias laborales xxx Xxxx. En virtud de lo anterior, no se acoge lo solicitado y se mantiene este calificable. .
PREGUNTA. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Responsabilidad civil RESPUESTA
PREGUNTA. Con respecto a las medidas de mejora, solo tendríamos que rellenar el ANEXO X ? De acuerdo con la cláusula 14 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, las mejoras constituyen uno de los criterios a tener en cuenta en la valoración de las ofertas (Criterio C.2 MEJORAS AL CONTRATO SIN COSTE ADICIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN). Por lo que se refiere a la forma de indicar las mejoras, la cláusula 16.4.1. xxx Xxxxxx, donde se detalla el contenido del sobre nº 2, establece, respecto de las “Mejoras opcionales”, lo siguiente: “(…)  “Mejoras opcionales”, rellenando a tal efecto el modelo del Anexo correspondiente del presente Xxxxxx, a saber: o ANEXO X (conforme al LOTE O LOTES a los que licita) En el mismo sentido, la cláusula 16.4.2. xxx Xxxxxx señala lo siguiente: “El contenido de la oferta económica así como el contenido de la oferta de mejoras opcionales, para cada Lote al que se licite, será redactado según los modelos correspondientes, conteniendo todos los elementos que los integran debidamente fechados y firmados por la empresa (en el caso de empresario individual) o por persona que le represente (en el caso que la empresa sea una persona jurídica). Si la proposición fuere presentada por una unión temporal de empresas deberán firmar los representantes de todas las empresas que participan en la unión temporal.” Por tanto, los licitadores deberán rellenar únicamente el ANEXO X (conforme al LOTE o LOTES a los que licita) a los efectos de indicar qué mejoras están incluidas en su oferta. Se hace constar que este documento se ha elaborado únicamente a partir de la información aportada por los interesados. Asimismo, se señala que estas consultas han sido resueltas por los Servicios Gestores, promotores de la licitación y que, por tanto, ni prejuzgan ni condicionan la decisión que, en la fase procedimental oportuna, pudiese adoptar la Mesa de Contratación constituida al efecto.
PREGUNTA. NUMERAL 3.1.8. Documento de constitución de Consorcios, Uniones Temporales u otros proponentes plurales. De acuerdo con las condiciones establecidas por la Entidad al presente proceso de selección pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales o coaseguros, cuyo objeto social esté directamente relacionado con el objeto del contrato a celebrarse, con la siguiente anotación “…para las personas jurídicas y cualquier forma plural de proponente la duración debe ser por lo menos por la vigencia del contrato y un año más…”(Subrayado y resaltado nuestro), y le es inaplicable la regulación contenida en la Ley 80 de 1993 sobre los consorcios y las uniones temporales. En este orden de ideas y considerando la naturaleza jurídica de la CCB, los consorcios y las uniones temporales que se constituyan para este proceso, podrían enmarcarse dentro de lo que se denomina “contrato de colaboración empresarial”, dado que es un acuerdo de voluntades destinado a producir derechos y obligaciones, por medio del cual sus partes buscan mutua ayuda para obtener un fin común. Al respecto, la Superintendencia de Sociedades mediante CIRCULAR EXTERNA 115-006 (23/12/2009) “… esta Superintendencia ha considerado que el consorcio empresarial y la unión temporal, son figuras en virtud de la cuales, varias personas naturales o jurídicas, unen sus esfuerzos, conocimientos, capacidad técnica y científica para la gestión de intereses comunes recíprocos, y aunque parte de una base asociativa no hay socios propiamente dichos, sino un modelo de colaboración para la ejecución de uno o varios proyectos, pero cada uno de los asociados conservando su independencia y asumiendo un grado de responsabilidad solidaria en cumplimiento de las obligaciones contractuales…” De lo anterior, solicitamos a la Entidad ampliar las modalidades de participación de proponentes plurales, con salvedades frente a la duración del contrato empresarial, la siguiente observación se hace específicamente a un tema que nos concierne como compañía, como es de conocimiento en el mercado de los seguros ACE Seguros S.A. adquirió en el 2015 x Xxxxx Corporation, la adquisición no tiene un efecto inmediato sobre las subsidiarias locales de las compañías de seguros ACE y Chubb, sin embargo, el establecer un término de duración correspondiente al término de vigencia del contrato y un año más, bajo esta cláusula la unión temporal aproximadamente tendría una duración de 2 años; y dada la situac...
PREGUNTA. SEGURO DE TODO RIESGO DAÑO MATERIAL – BIENES PROPIOS: Solicitamos RESPUESTA:
PREGUNTA. SEGURO INCENDIO DEUDORES: Solicitamos disminuir el plazo para pago xx xxxxxx a 45 días. RESPUESTA
PREGUNTA. TRANSPORTE AUTOMÁTICO DE MERCANCÍAS: Solicitamos disminuir el plazo para pago xx xxxxxx a 45 días. RESPUESTA
PREGUNTA. En relación con el CAPITULO II – CONDICIONES FINANCIERAS subnumeral 2.2 Revisión Anual de Precios nos permitimos solicitar sea aclarado, como se llevará a cabo la revisión anual de precios, dado Dado que los valores solicitados se unifican para años 2, 3. 4. 5 no es claro cómo se llevará a cabo un ajuste anual si no se encuentra discriminado el valor anual sino unificado para los 4 años, por favor aclarar si es correcto nuestro entendimiento o si se debe modificar el anexo 7 y discriminar el valor por año.
PREGUNTA. En relación con el CAPITULO II – CONDICIONES FINANCIERAS sub-numeral 2.14 PONDERACIÓN ECONÓMICA DE LAS OFERTAS se hace referencia a la ponderación del factor de oferta económica de la siguiente manera: Es nuestro entendimiento que los 700 y 100 puntos serán asignados a la oferta que presente el menor valor estimado total con IVA, sin embargo y teniendo que cuenta que tanto el cronograma como los términos de referencia incluyen una etapa de negociación, nos permitimos solicitar nos sea aclarado si el puntaje obtenido en esta fase inicial será redistribuido o será ajustado durante la fase de negociación.