PREPARACIÓN DEL CONTRATO. Informe de necesidades. El procedimiento se iniciará con un informe del Director del Departamento o, en su caso, del Jefe Área o Unidad competente por razón de la materia, tenga o no competencia para adjudicar el contrato, que determine la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, su duración, los criterios para su adjudicación, el coste aproximado del contrato y, en función de éste, el tipo de procedimiento propuesto y la forma dar efectividad al principio de publicidad. • Pliego o documento de prescripciones técnicas. El responsable del inicio del expediente elaborará asimismo el pliego o documento que recoja las prescripciones técnicas que hayan de regir la realización de la prestación y definan sus calidades. En la elaboración estos pliegos o documentos se tendrán en cuenta las previsiones de los artículos 101, 102 Y 104 de la LCSP. • Proyecto de obras. En los contratos de obras, la adjudicación del contrato requerirá la previa elaboración, aprobación, supervisión y replanteo del proyecto. Excepcionalmente, se podrá adjudicar conjuntamente el proyecto y la obra, en cuyo caso la ejecución de ésta quedará supeditada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto. • Pliegos de cláusulas particulares. Una vez aprobado el gasto, el informe de necesidades se remitirá a la Asesoría Jurídica en unión xxx xxxxxx o documento de prescripciones técnicas para la elaboración xxx xxxxxx de cláusulas particulares que regule la adjudicación en el que se establezcan las características básicas del contrato, el régimen de admisión de variantes, las modalidades de recepción de las ofertas, los criterios de adjudicación y las garantías que deberán constituir, en su caso, los participantes o el adjudicatario. Estos pliegos y los de prescripciones técnicas serán parte integrante del contrato.
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Samples: Contracting Instruction
PREPARACIÓN DEL CONTRATO. a) Informe de necesidades. El procedimiento se iniciará con un informe que debe aprobar el Consejo de Administración del Director del Departamento Gerente o, en su caso, del el Jefe Área o Unidad competente por razón de la materia, tenga o no competencia para adjudicar el contrato, que determine la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, su duración, los criterios para su adjudicación, criterios de solvencia, el coste aproximado del contrato y, en función de éste, el tipo de procedimiento propuesto y la forma de dar efectividad al principio de publicidad. • .
b) Pliego o documento de prescripciones técnicas. El responsable del inicio del expediente o, en su caso, el Director Gerente o Jefe de Área o Unidad competente por razón de la materia, elaborará asimismo el pliego o documento que recoja las prescripciones técnicas que hayan de regir la realización de la prestación y definan sus calidades, sus condiciones sociales y ambientales. En la elaboración estos pliegos o documentos se tendrán en cuenta las previsiones de los artículos 101, 102 Y 104 123 a 130 de la LCSP.
c) Autorización del gasto. • Una vez analizada la viabilidad económica y financiera del proyecto se someterá a la aprobación del Consejo de Administración junto con el informe de inicio de la contratación, el pliego o documento de prescripciones técnicas y el pliego de cláusulas particulares.
d) Proyecto de obras. En los contratos de obras, la adjudicación del contrato requerirá la previa elaboración, aprobación, supervisión y replanteo del proyecto. Excepcionalmente, se podrá adjudicar conjuntamente el proyecto y la obra, en cuyo caso la ejecución de ésta quedará supeditada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto. • proyecto por el órgano de contratación.
e) Pliegos de cláusulas particularesCláusulas Particulares. Una vez aprobado elaborado el gasto, el informe de necesidades se remitirá a la Asesoría Jurídica en unión xxx xxxxxx pliego o documento de prescripciones técnicas para la elaboración xxx xxxxxx técnicas, se redactarán por el Letrado Asesor los pliegos de cláusulas particulares que regule la adjudicación en el que se establezcan las características básicas del contrato, el régimen de admisión de variantes, las modalidades de recepción de las ofertas, los criterios de adjudicación solvencia y de adjudicación, y las garantías que deberán constituir, en su caso, los participantes o el adjudicatario. Estos pliegos y los de prescripciones técnicas serán parte integrante del contrato.
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PREPARACIÓN DEL CONTRATO. Informe de necesidades. El procedimiento se iniciará con un informe del Director del Departamento o, en su caso, del Jefe Área o Unidad competente por razón de la materia, tenga o no competencia para adjudicar el contrato, que determine la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, su duración, los criterios para su adjudicación, el coste aproximado del contrato y, en función de éste, el tipo de procedimiento propuesto y la forma dar efectividad al principio de publicidad. • Pliego o documento de prescripciones técnicas. El responsable del inicio del expediente elaborará asimismo el pliego o documento que recoja las prescripciones técnicas que hayan de regir la realización de la prestación y definan sus calidades. En la elaboración estos pliegos o documentos se tendrán en cuenta las previsiones de los artículos 101117, 102 Y 104 de la LCSP118 y 120 del TRLCSP. • Proyecto de obras. En los contratos de obras, la adjudicación del contrato requerirá la previa elaboración, aprobación, supervisión y replanteo del proyecto. Excepcionalmente, se podrá adjudicar conjuntamente el proyecto y la obra, en cuyo caso la ejecución de ésta quedará supeditada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto. • Pliegos de cláusulas particulares. Una vez aprobado el gasto, el informe de necesidades se remitirá a la Asesoría Jurídica en unión xxx xxxxxx o documento de prescripciones técnicas para la elaboración xxx xxxxxx de cláusulas particulares que regule la adjudicación en el que se establezcan las características básicas del contrato, el régimen de admisión de variantes, las modalidades de recepción de las ofertas, los criterios de adjudicación y las garantías que deberán constituir, en su caso, los participantes o el adjudicatario. Estos pliegos y los de prescripciones técnicas serán parte integrante del contrato. • Autorización del gasto. El informe de inicio de la contratación y los pliegos o documentos serán visados por el director del departamento y remitidos al departamento económico financiero, para la autorización del gasto.
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Samples: Instrucción De Contratación
PREPARACIÓN DEL CONTRATO. Informe de necesidades. El procedimiento se iniciará con un informe del Director del Departamento o, en su caso, del Jefe Área o Unidad competente por razón de la materia, tenga o no competencia para adjudicar el contrato, que determine la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, su duración, los criterios para su adjudicación, el coste aproximado del contrato y, en función de éste, el tipo de procedimiento propuesto y la forma dar efectividad al principio de publicidad. • Pliego o documento de prescripciones técnicas. El responsable del inicio del expediente elaborará asimismo el pliego o documento que recoja las prescripciones técnicas que hayan de regir la realización de la prestación y definan sus calidades. En la elaboración estos pliegos o documentos se tendrán en cuenta las previsiones de los artículos 101, 102 Y 104 de la LCSP. • LCSP Proyecto de obras. En los contratos de obras, la adjudicación del contrato requerirá la previa elaboración, aprobación, supervisión y replanteo del proyecto. Excepcionalmente, se podrá adjudicar conjuntamente el proyecto y la obra, en cuyo caso la ejecución de ésta quedará supeditada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto. • Pliegos de cláusulas particulares. Una vez aprobado el gasto, el informe de necesidades se remitirá a la Asesoría Jurídica en unión xxx xxxxxx o documento de prescripciones técnicas para la elaboración xxx xxxxxx de cláusulas particulares que regule la adjudicación en el que se establezcan las características básicas del contrato, el régimen de admisión de variantes, las modalidades de recepción de las ofertas, los criterios de adjudicación y las garantías que deberán constituir, en su caso, los participantes o el adjudicatario. Estos pliegos y los de prescripciones técnicas serán parte integrante del contrato.
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