COFINANCIACIÓN EUROPEA. No existe
COFINANCIACIÓN EUROPEA. NO PROCEDE
COFINANCIACIÓN EUROPEA. No aplica.
COFINANCIACIÓN EUROPEA. Sí existe cofinanciación europea: Fondo de Recuperación “Next Generation EU”:
COFINANCIACIÓN EUROPEA. 19.1 No está previsto que la actuación de la que forma parte este contrato sea susceptible de recibir cofinanciación por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea en el marco del Programa Operativo 2014-2020. Una manera de hacer Europa.
COFINANCIACIÓN EUROPEA. No aplica. PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
2. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
2.1. Presupuesto base de licitación (sin IVA) CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (5.687.935,92 €). IVA (21%): UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (1.194.466,54 €). No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento.
2.2. Valor estimado del contrato (sin IVA) ONCE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (11.375.871,83 €). IVA (21%): DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON OCHO CENTIMOS (2.388.933,08 €). No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento. En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el art. 88 del TRLCSP y, en concreto, se ha considerado la posible prórroga máxima de 1 año en el plazo de duración.
2.3. Determinación del precio: Por precios unitarios, en base a un término fijo mensual (€/mes), más un término variable aplicado a la producción mensual (€/m3 x m3/mes= €/mes).
COFINANCIACIÓN EUROPEA. 1. Este contrato podrá ser cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2021-2027.
2. En caso de cofinanciación, la empresa adjudicataria estará obligada a cumplir las obligaciones de información y publicidad que corresponden a los beneficiarios en los artículos 49 y 50 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento europeo y del Consejo de 24 xx xxxxx de 2021.
3. En caso de cofinanciación por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2021-2027, de acuerdo con lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 58 del Real Decreto-ley 36/2020 (aplicable según lo establecido en el apartado 2 del artículo 2 del RD Ley 36/2020), si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, su formalización no podrá tener lugar antes de que hubieran transcurrido diez días naturales a partir del día siguiente a la notificación de la resolución de adjudicación del contrato. En este caso, ADIF, transcurrido dicho plazo, requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. En caso de contradicción con lo previsto en la cláusula 21 xxx xxxxxx, prevalecerá lo dispuesto en este apartado 3.3.
4. En caso de cofinanciación por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2021-2027, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los actos y decisiones relacionados en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP, siendo de aplicación al mismo lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP, así como lo dispuesto en el artículo 58 del RD Ley 36/2020 de 30 de diciembre (aplicable este último según lo establecido en el apartado 2 del artículo 2 del RD Ley 36/2020). Lo dispuesto en este apartado 4 prevalecerá frente a lo previsto en la cláusula 41 xxx xxxxxx.
COFINANCIACIÓN EUROPEA. El importe de esta ejecución que se pretende instalar y explotar debe acogerse a las ayudas que la Junta de Andalucía ha dispuesto mediante el “Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía 2020”. Esta circunstancia se hará constar en toda la documentación que se genere, atendiendo a la legislación vigente Lugar de ejecución: MERCAGRANADA S.A., ver Pliego de Prescripciones técnicas y plano Anexo nº3. Códigos CPV: 09331000 - Placas solares. 09330000 - Energía solar. 09331200 - Módulos solares fotovoltaicos. 09332000 - Instalación solar. 45261215 - Revestimiento de cubiertas con placas solares. 45300000 - Trabajos de instalación en edificios. 45310000 - Trabajos de instalación eléctrica. 45311000 - Trabajos de instalación de cableado y accesorios eléctricos. 45311100 - Trabajos de cableado eléctrico. 45317000 - Otros trabajos de instalación eléctrica. 71300000-1 Servicios de ingeniería División por prestaciones: NO.
COFINANCIACIÓN EUROPEA. 16 La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: 1NH1N7KC3F5F5FNPWC1022SQ30 Verificable en xxxxx://xxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxx.xxx
COFINANCIACIÓN EUROPEA. CONTRATO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA PARA LA: EVALUACIÓN INDEPENDIENTE PARA LOS SUBSISTEMAS DE INFRAESTRUCTURA, ENERGÍA, CMS E INTERFACES DE LOS SUBSISTEMAS, Y SU INTEGRACIÓN SEGURA PARA LAS PUESTAS EN SERVICIO DE ALTA VELOCIDAD