Common use of PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Clause in Contracts

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentado, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongan. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentadoy Anexo presentados, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto Oficio de Dirección de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, con el correspondiente visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongancolegial. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentado, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto Oficio de Ejecución redactado y Dirección de Obra, suscrito por técnico competente, con el correspondiente visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongan. • colegial.Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obrasfacultativa, con el correspondiente visado por los colegios profesionales correspondientescolegial. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo Los desperfectos que pudieran ocasionarse como consecuencia de la ejecución de las obras en espacios o bienes de dominio público deberán ser reparados y correrán a cargo del solicitante. El presente Informe no prejuzga ni permite prescindir de cualesquiera otros informes y/o autorizaciones que fueran necesarios con arreglo a la utilización del inmueblenormativa sectorial de aplicación, cuya oportuna obtención cuando resulte preceptiva, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:ser gestionada por el propio interesado.

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentado, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongan. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, modificaciones que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentado, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto Oficio de Ejecución redactado y Dirección de Obra suscrito por técnico competente, con el correspondiente visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegialescolegial. - El inicio Cuestionario de la obra queda supeditado a la obtención Estadística. - Proyectos específicos de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se disponganinstalaciones. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la viviendaApertura, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentado, con debiendo respetarse las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto Oficio de Ejecución redactado y Dirección de Obra suscrito por técnico competente, con el correspondiente visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegialescolegial. - El inicio Cuestionario de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se disponganEstadística. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueblede las nuevas instalaciones, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la viviendaActividad, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE a la concesión de una Licencia de Obra en relación al Modificado Precario, para la ampliación de Proyecto presentadoun módulo xx xxxxxx para secado xx xxxxxx, con las condiciones prescripciones y medidas correctoras anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongan. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y facultativa, con el correspondiente visado colegial. En todo lo que afecte a la dirección de la ejecución material obra, deberá acreditarse el cumplimiento de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto medidas correctoras establecidas en el artículo 238.3 del TROTUInforme emitido con fecha 5 de diciembre de 2.016, no impliquen disconformidad con por la licencia, deberá presentarse memoria justificativa Directora General de las mismas Prevención y planos del resultado final de las obrasControl Ambiental. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener obtener, Licencia de Primera Ocupación de la viviendaApertura, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado Proyecto y Anexo (Plano de Proyecto presentadoSituación y Emplazamiento según Registro de la Propiedad de 1.976) presentados, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle sin modificaciones el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá Debe incluir E.B.S.S. y Estudio de Gestión de Residuos. - Oficios de Dirección de Obra y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio Cuestionario de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se disponganEstadística. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentadoP.B.E. que se presenta, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de , así como las obras deberá presentar: - Proyecto de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con constan en los correspondientes visados colegiales. - El inicio Informes sectoriales de la obra queda supeditado a la obtención Dirección General de la autorización Ordenación del Territorio y Urbanismo y del Servicio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se disponganPatrimonio Cultural. • Durante el transcurso de las obrasobras deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentadoa las modificaciones anteriormente expuestas, con debiendo respetar las condiciones anteriormente expuestasestablecidas en el Informe Técnico de 24 de febrero de 2.015, que dio lugar al Acuerdo de la J.G.L. de 30 xx xxxxx de 2.015. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongan. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentado, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto Oficio de Ejecución redactado y Dirección de Obra suscrito por técnico competente, con el correspondiente visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegialescolegial. - El inicio Justificante de haber iniciado los trámites de la obra queda supeditado a la obtención regularización catastral de la autorización segregación autorizada el 14 xx xxxxx de 2.016. - Autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongan. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Proyecto presentado y su Modificado de Proyecto presentadoes FAVORABLE, con debiendo respetar las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de expuestas y las obras deberá presentar: - Proyecto de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado que venían prescritas por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio Acuerdo de la obra queda supeditado a JGL de 8 xx xxxx de 2.015, por el que se concedía Licencia para la obtención Rehabilitación de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se disponganVivienda. • Durante el transcurso de las obrasobras deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de Proyecto presentado, con las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegiales. - El inicio de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongan. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE FAVORABLE, en relación al Modificado de Proyecto presentadopresentado y su Modificado, con debiendo respetar las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que: • Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar: - Proyecto Cuestionario de Ejecución redactado y suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, que desarrolle el Modificado de Proyecto Básico presentado. Deberá incluir E.B.S.S. - Oficios de Dirección y de Dirección de Ejecución, suscritos por técnicos competentes, con los correspondientes visados colegialesEstadística. - El inicio de la obra queda supeditado a la obtención de la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, y al cumplimiento de las prescripciones que en su Informe se dispongan. • Durante el transcurso de las obras: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Documentación de las compañías suministradoras de agua, gas, electricidad y telefonía, acreditativa de la conformidad de las acometidas y redes respectivas. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:

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