PROSPECTO DE INFORMACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PROSPECTO DE INFORMACIÓN. TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- Asimismo, las partes acuerdan que será a través de los prospectos de información al público inversionista y en los documentos clave, los cuales recibió a la firma del presente contrato y que puede consultar a través del portal de Internet xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, incluyendo sus modificaciones en los términos anteriormente citados, en donde “EL BANCO” dará a conocer a “EL CLIENTE” que cuente con acciones representativas del capital social tanto de fondos de inversión xx xxxxx variable como de instrumentos de deuda (I) los términos, condiciones y procedimientos respecto del cálculo de las comisiones que se le cobrará (II) La periodicidad en que éstas serán cobradas y la antelación con que se le informará respecto de los aumentos o disminuciones que se pretendan llevar a cabo (III) En el evento de que dentro de las comisiones que se cobren se incluya como variable para incrementar su cobro las que, en su caso, se generen por el desempeño del administrador de activos, de acuerdo con los resultados que se obtengan sobre el rendimiento de las acciones representativas del capital social de los fondos de inversión, deberá establecerse en el prospecto de información al público inversionista el método que se utilizará para establecer el parámetro de referencia que permitirá determinar dichos resultados. Sin perjuicio de lo anterior, el pago de que se trata, estará condicionado a que por ningún concepto, se desvíen del régimen de inversión planteado en su prospecto durante el período por el que se calcule el rendimiento (IV) cualquier información que en materia de comisiones pueda ser cobrada por la sociedad operadora o distribuidora, así como las comisiones derivadas de remuneraciones pagadas a los prestadores de servicios a que se refiere la “LFI” (V) el tipo de personas que
PROSPECTO DE INFORMACIÓN. Asimismo, las partes acuerdan que será a través de los prospectos de información al público inversionista incluyendo sus modificaciones en los términos anteriormente citados, en donde “LA CASA DE BOLSA” dará a conocer a “EL CLIENTE” que cuente con acciones representativas del capital social tanto de Fondos de Inversión xx xxxxx variable como de instrumentos de deuda
PROSPECTO DE INFORMACIÓN. TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- Asimismo, las partes acuerdan que será a través de los prospectos de información al público inversionista y en los documentos clave, los cuales recibió a la firma del presente contrato y que puede consultar a través del portal de Internet xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, incluyendo sus modificaciones en los términos anteriormente citados, en donde “EL BANCO” dará a conocer a “EL CLIENTE” que cuente con acciones representativas del capital social tanto de fondos de inversión xx xxxxx variable como de instrumentos de deuda (I) los términos, condiciones y procedimientos respecto del cálculo de las comisiones que se le cobrará (II) La periodicidad en que éstas serán cobradas y la antelación con que se le informará respecto de los aumentos o disminuciones que se pretendan llevar a cabo (III) En el evento de que

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.