Common use of RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA Clause in Contracts

RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. El Contratista comunicará a la Inspección de Obra, por escrito, la fecha que propone para labrar el Acta de Recepción Provisoria y entregar la Obra, siempre que haya finalizado los trabajos y resulte satisfactorio el resultado de los ensayos, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones. La Inspección de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados en forma satisfactoria y de conformidad con los Documentos del Contrato. Si los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obra, extenderá el Acta de Recepción Provisoria de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos dentro del Plazo de Garantía de la Obra que comenzará a computarse a partir de la fecha de dicha Acta. Si la Inspección de Obra evaluara que los trabajos no están terminados o ejecutados en forma satisfactoria, lo hará constar en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará el plazo que entienda razonable para su corrección y la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y forma. Al expirar ese plazo, si la Inspección de Obra evalúa que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta de Recepción Provisoria de la Obra. Si el Contratista no ha cumplido podrá, previa autorización del Contratante, declarar rescindido el Contrato con pérdida de la Garantía de Cumplimiento. Si el Contratista no estuviera conforme con lo resuelto por la Inspección de Obra, expondrá al Contratante dentro del término de catorce (14) días corridos los fundamentos de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido por la Inspección de Obra y no admitirá ninguna reclamación posterior.

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Samples: Loan Agreement, Loan Agreement, Loan Agreement

RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. El Una vez finalizado los trabajos, el Contratista lo comunicará al Comitente solicitando la Recepción Provisoria. La Fiscalización conjuntamente con el Contratista, dentro de los 5 (cinco) días de solicitada la Recepción Provisoria, hará la Revisión del Estado de la Obra para constatar que se ha ejecutado el mantenimiento correspondiente, y se encuentra completa en todos sus detalles, y de acuerdo a los términos del Contrato, procediéndose a informar al Contratista la Inspección aceptación o no del cumplimiento. No se recibirá provisoriamente ni será aceptada ninguna parte de la obra que presente deficiencias de mantenimiento, ni será aceptado ningún trabajo ni estructura que no cumpla con las condiciones de mantenimiento de calidad y de recepción establecidas en los Pliegos, a juicio de la Fiscalización. A la terminación de la Revisión se labrará un Acta de Revisión del Estado de la Obra, por escritocon todos los detalles que, a juicio de la fecha Fiscalización deban completarse o ajustarse para que propone los trabajos cumplan con las exigencias de los Pliegos, indicándose un plazo para labrar la reparación o cumplimiento de las partes observadas. Si no hubiere objeción, una vez terminados los trabajos observados, se procederá a redactar el Acta de Recepción Provisoria Provisoria. El Comitente tendrá derecho a tomar posesión de las obras y/o servicios y entregar la Obrautilizarlas, siempre que haya finalizado aunque no estén totalmente ejecutados los trabajos correspondientes. En ese caso el Comitente tomará a su cargo el cuidado de las obras y/o servicios o de la parte de ellas de las que esté en posesión, subsistiendo todas las demás responsabilidades del Contratista establecidas en el Numeral 2.1.3., del presente Contrato. El uso o manejo y resulte satisfactorio el resultado la posesión de los ensayosservicios, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones. La Inspección en ningún caso podrán considerarse como la aceptación de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados si éstos no estuviesen terminados o presentaren deficiencias en forma satisfactoria y de conformidad relación con los Documentos términos del Contrato. Si el uso, manejo y la posesión de los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems servicios antes de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obra, extenderá el Acta de su Recepción Provisoria implicara gastos al Contratista, éste deberá notificar al Comitente las causas de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos dentro los costos adicionales que esta posesión origine. En caso de aceptar las razones del Plazo Contratista, el Comitente establecerá de Garantía acuerdo con el mismo los aumentos de la Obra precios que comenzará a computarse a partir de la fecha de dicha Acta. Si la Inspección de Obra evaluara que los trabajos no están terminados o ejecutados deberán tenerse en forma satisfactoria, lo hará constar en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará el plazo que entienda razonable para su corrección y la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y forma. Al expirar ese plazo, si la Inspección de Obra evalúa que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta de Recepción Provisoria de la Obra. Si el Contratista no ha cumplido podrá, previa autorización del Contratante, declarar rescindido el Contrato con pérdida de la Garantía de Cumplimiento. Si el Contratista no estuviera conforme con lo resuelto por la Inspección de Obra, expondrá al Contratante dentro del término de catorce (14) días corridos los fundamentos de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido por la Inspección de Obra y no admitirá ninguna reclamación posteriorcuenta.

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Samples: Contract

RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. El Contratista comunicará a la Inspección de Obra, por escrito, la fecha que propone para labrar el Acta de Recepción Provisoria y entregar la Obra, siempre que haya finalizado los trabajos y resulte satisfactorio el resultado de los ensayos, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones. La Inspección de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados en forma satisfactoria y de conformidad con los Documentos del Contrato. Si los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obra, extenderá el Acta de Recepción Provisoria de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos dentro del Plazo de Garantía de la Obra que comenzará a computarse a partir de la fecha de dicha Acta. Si la Inspección de Obra evaluara que los trabajos no están terminados o ejecutados en forma satisfactoria, lo hará constar en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará el plazo que entienda razonable para su corrección y la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y forma. Al expirar ese plazo, si la Inspección de Obra evalúa que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta a) Solicitud de Recepción Provisoria de la Obra b) Operaciones Previas i. La inspección física de la Obra ejecutada. ii. Si La verificación de la ejecución de las pruebas y ensayos especificados, y la calidad de las obras ejecutadas. iii. La constatación del cumplimiento de todas las prestaciones previstas en los Documentos Contractuales. iv. La constatación de imperfecciones o defectos de construcción, u omisiones de las prestaciones estipuladas en los Documentos Contractuales. v. La constatación de la terminación de los trabajos que la Supervisión de Obras hubiera ordenado completar y de una adecuada limpieza de la Obra. La Contratista prestará personal, equipos, instrumentos, y toda otra asistencia necesaria para la ejecución de estas actividades, a su exclusivo costo. En caso de no hacerlo, los gastos se deducirán de cualquier suma que tenga a su favor la Contratista, o de las garantías que constituyera. En caso de que se constataren omisiones o situaciones que deban ser regularizadas, en el Acta de Operaciones Previas se dejará constancia de ello, y del plazo que la Supervisión de Obras otorga al Contratista no ha cumplido podrápara su regularización, previa autorización del Contratantesin perjuicio de este plazo, declarar rescindido el Contrato la Contratante podrá aplicar desde ese momento las sanciones por incumplimiento previstas en los Documentos Contractuales, y descontarlas de cualquier suma que tenga a su favor la Contratista o de las garantías que constituyera, y/o proceder a la rescisión contractual por culpa de la Contratista, con pérdida de la Garantía de Cumplimientotodas las garantías presentadas por éste. Si se hubiesen regularizado las reservas que constaren en el Contratista no estuviera conforme con lo resuelto por la Inspección Acta de ObraOperaciones Previas, expondrá al Contratante dentro del término se procederá a levantar el Acta de catorce (14Recepción Provisoria. c) días corridos los fundamentos Acta de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido por la Inspección de Obra y no admitirá ninguna reclamación posterior.Recepción Provisoria Sin Reservas

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Samples: Construction Contract

RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. El Contratista comunicará a Se realizará cuando la Inspección OBRA haya sido concluida completamente en todos los trabajos contractualmente acordados, incluidas las órdenes de Obra, por escrito, la fecha que propone para labrar el Acta cambio y contratos modificatorios. La Comisión de Recepción Provisoria del CONTRATANTE hará constar en Acta el estado y entregar cualquier detalle, reserva, deficiencia u observación sobre la Obra, siempre OBRA que haya finalizado los trabajos y resulte satisfactorio recibe provisionalmente; las observaciones deberán ser solucionadas por el resultado de los ensayos, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones. La Inspección de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados en forma satisfactoria y de conformidad con los Documentos del Contrato. Si los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obra, extenderá el Acta de Recepción Provisoria de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos CONTRATISTA dentro del plazo establecido por el Inspector y antes de finalizado el Plazo de Garantía de la Obra que comenzará a computarse a partir Obra. Con una anticipación mínima de (5) días hábiles antes del vencimiento del plazo de ejecución de la fecha OBRA, el CONTRATISTA mediante Nota de dicha ActaXxxxxx, solicitará al INSPECTOR señale día y hora para la Recepción Provisoria de la OBRA. Si luego de la Inspección inspección, a juicio del INSPECTOR la OBRA se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos y documentos del CONTRATO, hará conocer al SUPERVISOR su intención de Obra evaluara que los trabajos proceder a la recepción provisoria; este proceso no están terminados o ejecutados en forma satisfactoria, lo hará constar en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará deberá exceder el plazo que entienda razonable para su corrección de tres (3) días hábiles. Recibida la carta de aceptación del SUPERVISOR y dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles, el INSPECTOR procederá a dicha Recepción Provisoria, y se elaborará el Acta de constancia, de existir, se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro de los diez (diez) días calendarios siguientes a la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y forma. Al expirar ese plazo, si la Inspección de Obra evalúa que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta de Recepción Provisoria de la Obra. Si a juicio del INSPECTOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el Contratista no ha cumplido podrátipo de obra lo permite, previa autorización del Contratantepodrá autorizar que la OBRA sea utilizada, declarar rescindido sin perjuicio de que se realicen las correcciones que ameritan. Empero si dichas anomalías fueran mayores, el Contrato con pérdida INSPECTOR rechazará la recepción y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA sea entregada en forma satisfactoria. Cuando la ejecución de las obras haya considerado la Garantía provisión de Cumplimiento. Si el Contratista no estuviera bienes y/o de servicios conexos, las acciones previstas en la Recepción Provisoria, se harán extensivas para una recepción conforme con lo resuelto por la Inspección de Obra, expondrá al Contratante dentro del término de catorce (14) días corridos los fundamentos de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido por la Inspección de Obra y no admitirá ninguna reclamación posteriormismos.

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Samples: Licitación Pública

RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. El La Inspección de la Obra, procederá a la Recepción Provisoria de cada uno de los Rubros que componen la Obra, teniendo en cuenta el Plazo de Ejecución de los mismos La Inspección de Obra deberá verificar que el rubro por el que se efectivizará la Recepción Provisoria, se encuentre terminado de acuerdo con su fin y las especificaciones del contrato, se hayan cumplido satisfactoriamente con las pruebas establecidas en la documentación contractual y el Contratista comunicará haya presentado a la Inspección de Obra la documentación conforme a Obra. La recepción provisional parcial o total de la obra, libera al Contratista por escrito, los vicios aparentes que afecten a la fecha misma y que propone para labrar sean observables a simple vista.- La recepción provisional podrá hacerse a solicitud del Contratista o de oficio. En el Acta de Recepción Provisoria y entregar primer caso el Comitente efectuará la Obra, recepción provisional (siempre que haya finalizado los trabajos y resulte satisfactorio el resultado ésta sea pertinente) dentro de los ensayostreinta (30) días corridos de solicitada por el Contratista por Nota de Xxxxxx.- Si una vez solicitada la recepción por el Contratista, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones. La Inspección se verificare obras que no fuesen de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados en forma satisfactoria y de conformidad con los Documentos del Contrato. Si los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obrarecibo, extenderá el Acta de Recepción Provisoria de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos dentro del Plazo de Garantía de la Obra que comenzará a computarse a partir de la fecha de dicha Acta. Si la Inspección de Obra evaluara suspenderá esa recepción hasta que los trabajos no están terminados el Contratista ejecute, modifique o ejecutados complete las mismas en la forma satisfactoria, lo hará constar estipulada en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará el plazo que entienda razonable para su corrección y la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y formaeste Pliego. Al expirar ese plazo, si A tales efectos la Inspección de Obra evalúa que le fijará un plazo, transcurrido el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta de Recepción Provisoria de la Obra. Si cual si el Contratista no ha cumplido podrádiere cumplimiento a las observaciones formuladas por el Comitente podrá optar por recibir de manera provisional las obras de oficio y ejecutar los trabajos necesarios por sí o con la intervención de terceros, previa autorización del Contratantefacturando al Contratista los importes que esto insuma.- La recepción provisional se perfeccionará mediante un acta, declarar rescindido el Contrato con pérdida de la Garantía de Cumplimiento. Si el Contratista no estuviera conforme con lo resuelto por la Inspección de Obra, expondrá al Contratante dentro del término de catorce (14) días corridos los fundamentos de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido firmada por la Inspección de Obra y por el Contratista o su Representante Técnico “ad referéndum” del Comitente. A tales efectos la Inspección de Obra notificará fehacientemente al Contratista el día y hora en que se procederá a labrar el acta. En ella se consignará las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el Contratista.- En caso de que el Contratista no admitirá ninguna reclamación posterior.se presentare o se negare a firmar el acta, el Comitente la labrará por sí dejando constancia de la actitud asumida por aquel.- Si para que las obras se encontraren terminadas con arreglo al Contrato sólo faltara subsanar ligeras deficiencias o completar detalles que no afectasen a la habilitación de las mismas, podrá igualmente realizarse la recepción provisional dejándose detallada constancia en el acta de todo lo faltante para que el Contratista proceda a su correcta terminación dentro del término que se fije al efecto, durante el plazo de garantía.-

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Samples: Pliego Único De Bases Y Condiciones Generales

RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. El Contratista comunicará a Se realizará cuando la Inspección OBRA haya sido concluida completamente en todos los trabajos contractualmente acordados, incluidas las órdenes de Obra, por escrito, la fecha que propone para labrar el Acta cambio y contratos modificatorios. La Comisión de Recepción Provisoria del CONTRATANTE hará constar en Acta el estado y entregar cualquier detalle, reserva, deficiencia u observación sobre la Obra, siempre OBRA que haya finalizado los trabajos y resulte satisfactorio recibe provisionalmente; las observaciones deberán ser solucionadas por el resultado de los ensayos, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones. La Inspección de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados en forma satisfactoria y de conformidad con los Documentos del Contrato. Si los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obra, extenderá el Acta de Recepción Provisoria de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos CONTRATISTA dentro del plazo establecido por la INSPECCION y antes de finalizado el Plazo de Garantía de la Obra que comenzará a computarse a partir Obra. Con una anticipación mínima de cinco (5) días hábiles antes del vencimiento del plazo de ejecución de la fecha OBRA, el CONTRATISTA mediante carta o Libro de dicha ActaÓrdenes solicitará al INSPECTOR que señale día y hora para la Recepción Provisoria de la OBRA. Si luego de la Inspección inspección, a juicio de Obra evaluara que la INSPECCION, la OBRA se halla correctamente ejecutada, conforme a los trabajos planos y documentos del CONTRATO, hará conocer al SUPERVISOR su intención de proceder a la recepción provisoria; este proceso no están terminados o ejecutados en forma satisfactoria, lo hará constar en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará deberá exceder el plazo que entienda razonable para su corrección de cinco (5) días hábiles. Recibida la carta de aceptación del SUPERVISOR y dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, la INSPECCION procederá a dicha Recepción Provisoria, y se elaborará el Acta de constancia, de existir, se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y forma. Al expirar ese plazo, si la Inspección de Obra evalúa que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta de Recepción Provisoria de la Obra. Si el Contratista no ha cumplido podrá, previa autorización del Contratante, declarar rescindido el Contrato con pérdida a juicio de la Garantía INSPECCION, las deficiencias y observaciones anotadas no son de Cumplimientomagnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que la OBRA sea utilizada, sin perjuicio de que se realicen las correcciones que ameritan. Si Empero si dichas anomalías fueran mayores, el Contratista no estuviera INSPECTOR rechazará la recepción y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA sea entregada en forma satisfactoria. Cuando la ejecución de las obras haya considerado la provisión de bienes y/o de servicios conexos, las acciones previstas en la Recepción Provisoria, se harán extensivas para una recepción conforme con lo resuelto por la Inspección de Obra, expondrá al Contratante dentro del término de catorce (14) días corridos los fundamentos de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido por la Inspección de Obra y no admitirá ninguna reclamación posteriormismos.

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Samples: Licitación Pública Nacional

RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. El Contratista comunicará a la Inspección de Obra, por escrito, la fecha que propone para labrar el Acta de Recepción Provisoria y entregar la Obra, siempre que haya finalizado los trabajos y resulte satisfactorio el resultado de los ensayos, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones. La Inspección de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados en forma satisfactoria y de conformidad con los Documentos del Contrato. Si los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obra, extenderá el Acta de Recepción Provisoria de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos dentro del Plazo de Garantía de la Obra que comenzará a computarse a partir de la fecha de dicha Acta. Si la Inspección de Obra evaluara que los trabajos no están terminados o ejecutados en forma satisfactoria, lo hará constar en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará el plazo que entienda razonable para su corrección y la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y forma. Al expirar ese plazo, si la Inspección de Obra evalúa que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta a) Solicitud de Recepción Provisoria de la Obra b) Operaciones Previas i. La inspección física de la Obra ejecutada. ii. Si La verificación de la ejecución de las pruebas y ensayos especificados, y la calidad de las obras ejecutadas. iii. La constatación del cumplimiento de todas las prestaciones previstas en los Documentos Contractuales. iv. La constatación de imperfecciones o defectos de construcción, u omisiones de las prestaciones estipuladas en los Documentos Contractuales. v. La constatación de la terminación de los trabajos que la Supervisión de Contrato hubiera ordenado completar y de una adecuada limpieza de la Obra. La Empresa Contratista prestará personal, equipos, instrumentos y toda otra asistencia necesaria para la ejecución de estas actividades, a su exclusivo costo. En caso de no hacerlo, los gastos se deducirán de cualquier suma que tenga a su favor la Empresa Contratista, o de las garantías que constituyera. En caso de que se constataren omisiones o situaciones que deban ser regularizadas, en el Acta de Operaciones Previas se dejará constancia de ello, y del plazo que la Supervisión de Contrato otorga al Contratista no ha cumplido podrápara su regularización, previa autorización del Contratantesin perjuicio de este plazo, declarar rescindido el Contrato la Contratante podrá aplicar desde ese momento las sanciones por incumplimiento previstas en los Documentos Contractuales, y descontarlas de cualquier suma que tenga a su favor la Empresa Contratista o de las garantías que constituyera, y/o proceder a la rescisión contractual por culpa de la Empresa Contratista, con pérdida de la Garantía todas las garantías presentadas por éste. Cuando se verificara que se regularizaron las reservas que constaren en el Acta de Cumplimiento. Si Operaciones Previas, se procederá a elaborar el Contratista no estuviera conforme Acta de Recepción Provisoria. c) Acta de Recepción Provisoria con lo resuelto por la Inspección de Obra, expondrá al Contratante dentro del término de catorce (14) días corridos los fundamentos de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido por la Inspección de Obra y no admitirá ninguna reclamación posterior.sin Reservas

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Samples: Construction Contract

RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. El Contratista comunicará a la Inspección de Obra, por escrito, la fecha que propone para labrar el Acta de Recepción Provisoria y entregar la Obra, siempre que haya finalizado los trabajos y resulte satisfactorio el resultado de los ensayos, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones. La Inspección de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados en forma satisfactoria y de conformidad con los Documentos del Contrato. Si los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obra, extenderá el Acta de Recepción Provisoria de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos dentro del Plazo de Garantía de la Obra que comenzará a computarse a partir de la fecha de dicha Acta. Si la Inspección de Obra evaluara que los trabajos no están terminados o ejecutados en forma satisfactoria, lo hará constar en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará el plazo que entienda razonable para su corrección y la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y forma. Al expirar ese plazo, si la Inspección de Obra evalúa que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta de Recepción Provisoria de la Obra. Si el Contratista no ha cumplido podrá, previa autorización del Contratante, declarar rescindido el Contrato con pérdida de la Garantía de Cumplimiento. Si el Contratista no estuviera conforme con lo resuelto por la Inspección de Obra, expondrá al Contratante dentro del término de catorce (14) días corridos los fundamentos de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido será recibida provisionalmente por la Inspección de Obra y cuando se encuentre terminada de acuerdo con su fin y las especificaciones del contrato, se hayan cumplido satisfactoriamente con las pruebas establecidas en la documentación contractual y el Contratista haya presentado a la Inspección de Obra la documentación conforme a Obra. La recepción provisional parcial o total de la obra, libera al Contratista por los vicios aparentes que afecten a la misma y que sean observables a simple vista.- La recepción provisional podrá hacerse a solicitud del Contratista o de oficio. En el primer caso el Comitente efectuará la recepción provisional (siempre que ésta sea pertinente) dentro de los treinta (30) días corridos de solicitada por el Contratista por Nota de Xxxxxx.- Si una vez solicitada la recepción por el Contratista, se verificare obras que no admitirá ninguna reclamación posterior.fuesen de recibo, la Inspección de Obra suspenderá esa recepción hasta que el Contratista ejecute, modifique o complete las mismas en la forma estipulada en este Pliego. A tales efectos la Inspección de Obra le fijará un plazo, transcurrido el cual si el Contratista no diere cumplimiento a las observaciones formuladas por el Comitente podrá optar por recibir de manera provisional las obras de oficio y ejecutar los trabajos necesarios por sí o con la intervención de terceros, facturando al Contratista los importes que esto insuma.- La recepción provisional se perfeccionará mediante un acta, firmada por la Inspección de Obra y por el Contratista o su Representante Técnico “ad referéndum” del Comitente. A tales efectos la Inspección de Obra notificará fehacientemente al Contratista el día y hora en que se procederá a labrar el acta. En ella se consignará las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el Contratista.- En caso de que el Contratista no se presentare o se negare a firmar el acta, el Comitente la labrará por sí dejando constancia de la actitud asumida por aquel.- Si para que las obras se encontraren terminadas con arreglo al Contrato sólo faltara subsanar ligeras deficiencias o completar detalles que no afectasen a la habilitación de las mismas, podrá igualmente realizarse la recepción provisional dejándose detallada constancia en el acta de todo lo faltante para que el Contratista proceda a su correcta terminación dentro del término que se fije al efecto, durante el plazo de garantía.-

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Samples: Compulsa De Precios