RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego. B. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes: 1. Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos en el contrato. 2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos. 3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción. 4. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. 5. Presentar mejoras diferentes a las previstas en el CCP del contrato de que se trate. 6. Presentar proposiciones con variantes, o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contrato 7. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 del mismo. Presentar la oferta técnica sin ajustarse a los criterios formales señaladas en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadores. 8. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma. 9. Incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B”. 10. Presentar la oferta fuera de plazo u hora, en lugares diferentes a los indicados, o no comunicar la presentación por correo electrónico «habilitado», por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas. 11. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable 12. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o del de prescripciones técnicas, o de la memoria de los servicios, así como el incumplimiento de la normativa aplicable a la ejecución del contrato. 13. Realizar ofertas técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertas. 14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable. 15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto.
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego.
B. . En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. : Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos en el contrato.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
4. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
5. Presentar mejoras diferentes a las previstas en el CCP del contrato de que se trate.
6. Presentar proposiciones con variantes, o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contrato
7. Presentar tachaduras o enmiendas en los documentos de la oferta que no permitan conocer con claridad el contenido exacto e íntegro de la misma. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 del mismo. Presentar la oferta técnica sin ajustarse a los criterios formales señaladas en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadores.
8. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
9. Incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B”.
10. Presentar la oferta fuera de plazo u hora, en lugares diferentes a los indicados, o no comunicar la presentación por correo electrónico «habilitado», por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
11. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable
12. responsable Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o del de prescripciones técnicas, o de la memoria de los servicios, así como el incumplimiento de la normativa aplicable a la ejecución del contrato.
13. Realizar ofertas técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertas.
14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto. Las ofertas excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación. No obstante, se considerará retirada injustificada de la oferta, con el efecto de penalización previsto en la cláusula 23.C no presentar en el plazo que se conceda al efecto la oferta calificada inicialmente como desproporcionada. Se podrán solicitar, en todo caso, aclaraciones a las ofertas para poder aportar algún documento o formato que por error no se haya incluido, pero que se deduzca con claridad su contenido del resto de documentación sí aportada y que no añada ningún elemento nuevo susceptible de valoración. Igualmente se podrán solicitar aclaraciones para aclarar imprecisiones o errores materiales o matemáticos en las ofertas cuya subsanación se deduzca con claridad de la documentación aportada en la oferta.
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Samples: Contract for Services
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán X. Xxxxxxxx excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, exigidos o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores Los sobres que constituyan contengas la garantía provisionaloferta técnica y económica de estas empresas no serán abiertos, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado tal y como establece el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliegoartículo 83.5 del RGLCAP.
B. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. Superar el del presupuesto máximo de licitación o el del plazo máximo señalado para la ejecución previstos de la obra prevista en el contratopliego administrativo del contrato al que se concurre.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
43. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
5. Presentar mejoras diferentes a las previstas en el CCP del contrato de que se trate.
64. Presentar proposiciones con variantes, variantes o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contratoalternativas.
75. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego como modelo o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 del mismo11.A
6. Presentar No presentar la oferta técnica sin ajustarse a en sobre cerrado en los criterios formales señaladas términos establecidos en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadorescláusula 11.
8. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
9. Incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B”.
107. Presentar la oferta fuera de plazo u horaplazo, en lugares diferentes a los indicados, o indicados en la cláusula 11.B; no comunicar la presentación por correo electrónico «habilitado»correo, por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
11. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable
128. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o especificaciones del de prescripciones técnicaspresente Xxxxxx, o de la memoria de los servicioslas Normas, así como el incumplimiento de la normativa aplicable Reglamentos o Instrucciones vigentes aplicables a la ejecución del contratode obras.
139. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
10. Realizar ofertas planteamientos técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertasdefectuosos.
14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto.
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Samples: Construction Contract
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán X. Xxxxxxxx excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán Los sobres que contengan la oferta técnica valorable matemáticamente y económica de estas empresas no serán abiertos, tal y como establece el artículo 83.5 del RGLCAP.
X. Xxxxxxxx igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, provisional después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego, tal y como se prevé en la cláusula 10.B.2.
B. C. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivadamotivada del órgano de contratación en el momento de acordar la adjudicación provisional o definitiva del contrato, a la no admisión exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. Superar el del presupuesto máximo de licitación o el del plazo máximo señalado para la ejecución previstos del suministro prevista en el contratoCCP o PPT correspondiente.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
43. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
4. Presentar proposiciones con variantes o alternativas, salvo que expresamente se prevean para algún suministro concreto en el apartado A.7 del CCP del contrato correspondiente.
5. Presentar mejoras diferentes a la oferta sin respetar las previstas en el CCP del contrato de normas que se trate.establecen en la cláusula 11.A
6. Presentar proposiciones con variantes, o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contrato
7. Presentar la oferta técnica o económica en un modelo sustancialmente diferente del establecido en el apartado E de la cláusula 11 de este pliego o sin respetar las normas que el anexo I para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 del mismo. Presentar la oferta económica y técnica sin ajustarse a los valorable con criterios formales señaladas en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadoresmatemáticos.
87. Presentar No presentar la oferta técnica y/en tres sobres cerrados o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
9. Incluir incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B”acuerdo con dicha cláusula.
108. Presentar la oferta fuera de plazo u hora, en lugares diferentes a los indicadosindicados en la cláusula 11.C, o no comunicar la presentación por correo electrónico «habilitado», por fax o telegrama, telegrama o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
119. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsabledocumentación presentada por los licitadores en el sobre “A”.
1210. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas del presente pliego o del de prescripciones técnicas, o del proyecto o memoria técnica del suministro o, del cuadro de la memoria de los servicioscaracterísticas particulares, así como el incumplimiento de la normativa aplicable las Normas, Reglamentos o Instrucciones vigentes aplicables a la ejecución del contratolos suministros.
1311. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
12. Realizar ofertas planteamientos técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertasdefectuosos.
14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto.
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Samples: Suministro De Energía Eléctrica Y Productos Energéticos
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán X. Xxxxxxxx excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, exigidos o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores Los sobres que constituyan contengas la garantía provisionaloferta técnica y económica de estas empresas no serán abiertos, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado tal y como establece el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliegoartículo 83.5 del RGLCAP.
B. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. Superar el del presupuesto máximo de licitación o el del plazo máximo señalado para la ejecución previstos de la obra prevista en el contratopliego administrativo del contrato al que se concurre.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
43. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
5. Presentar mejoras diferentes a las previstas en el CCP del contrato de que se trate.
64. Presentar proposiciones con variantes, variantes o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contratoalternativas.
75. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego como modelo o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 del mismo11.A
6. Presentar No presentar la oferta técnica sin ajustarse a en tres sobres cerrados en los criterios formales señaladas términos establecidos en este pliego cuando el apartado E de la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadorescláusula 11.
8. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
9. Incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B”.
107. Presentar la oferta fuera de plazo u horaplazo, en lugares diferentes a los indicados, o indicados en la cláusula 11.C; no comunicar la presentación por correo electrónico «habilitado»correo, por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
11. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable
128. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o especificaciones del de prescripciones técnicaspresente Xxxxxx, o de la memoria de los servicioslas Normas, así como el incumplimiento de la normativa aplicable Reglamentos o Instrucciones vigentes aplicables a la ejecución del contratode obras.
139. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
10. Realizar ofertas planteamientos técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertasdefectuosos.
14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto.
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Samples: Contract for Works
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego.
B. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos en el contrato.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
4. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
5. Presentar mejoras diferentes a las previstas tachaduras o enmiendas en los documentos de la oferta que no permitan conocer con claridad el CCP del contrato contenido exacto e íntegro de que se tratela misma.
6. Presentar proposiciones con variantes, o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contrato
7. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 16 del mismo. Presentar la oferta técnica sin ajustarse a los criterios formales señaladas en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadores.
87. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
98. Incluir en el sobre “B2” y/o “C3” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B2”.
109. Presentar la oferta fuera de plazo u hora, en lugares diferentes a los indicados, o no comunicar la presentación por correo electrónico «habilitado», por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertasal indicado.
1110. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable
1211. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o del de prescripciones técnicas, o de la memoria de los servicios, así como el incumplimiento de la normativa aplicable a la ejecución del contrato.
1312. Realizar ofertas técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertas.
14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto.
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Samples: Contract for Services
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán X. Xxxxxxxx excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán Los sobres que contengan la oferta técnica valorable matemáticamente y económica de estas empresas no serán abiertos, tal y como establece el artículo 83.5 del RGLCAP.
X. Xxxxxxxx igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, provisional después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego, tal y como se prevé en la cláusula 10.B.2.
B. C. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos del servicio prevista en el contratocontrato correspondiente.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
43. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
54. Presentar mejoras diferentes a las previstas proposiciones con variantes o alternativas, salvo que expresamente se prevean para un servicio concreto en el CCP del contrato de que se tratecorrespondiente.
6. Presentar proposiciones con variantes, o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contrato
75. Presentar la oferta técnica o económica en un modelo sustancialmente diferente del establecido en el apartado E de la cláusula 11 de este pliego o sin respetar las normas que el anexo I para la oferta económica y técnica valorable con criterios matemáticos.
6. No presentar ofertas se establecen la oferta en tres sobres cerrados en los términos establecidos en el apartado D de la cláusula 15 del mismo. Presentar la oferta técnica sin ajustarse a los criterios formales señaladas en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido 11, o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadores.
8. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
9. Incluir incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B”acuerdo con dicha cláusula.
10. Presentar la oferta fuera de plazo u hora, en lugares diferentes a los indicados, o no comunicar la presentación por correo electrónico «habilitado», por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
11. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable
12. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o del de prescripciones técnicas, o de la memoria de los servicios, así como el incumplimiento de la normativa aplicable a la ejecución del contrato.
13. Realizar ofertas técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertas.
14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto.
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RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego.
B. . En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. : Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos en el contrato.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
4. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
5. Presentar mejoras diferentes a las previstas en el CCP del contrato de que se trate.
6. Presentar proposiciones con variantes, o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contrato
7. Presentar tachaduras o enmiendas en los documentos de la oferta que no permitan conocer con claridad el contenido exacto e íntegro de la misma. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 del mismo. Presentar la oferta técnica sin ajustarse a los criterios formales señaladas en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadores.
8. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
9. Incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B”.
10. Presentar la oferta fuera de plazo u hora, en lugares diferentes a los indicados, o no comunicar la presentación por correo electrónico «“habilitado»» , por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
11. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable
12. responsable Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o del de prescripciones técnicas, o del proyecto o memoria técnica de la memoria de los serviciosobra, así como el incumplimiento de la normativa aplicable a la ejecución del contrato.
13. Realizar ofertas técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertas.
14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto. Las ofertas excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación. No obstante, se considerará retirada injustificada de la oferta, con el efecto de penalización previsto en la cláusula 23.C no presentar en el plazo que se conceda al efecto la oferta calificada inicialmente como desproporcionada. Se podrán solicitar, en todo caso, aclaraciones a las ofertas para poder aportar algún documento o formato que por error no se haya incluido, pero que se deduzca con claridad su contenido del resto de documentación sí aportada y que no añada ningún elemento nuevo susceptible de valoración. Igualmente se podrán solicitar aclaraciones para aclarar imprecisiones o errores materiales o matemáticos en las ofertas cuya subsanación se deduzca con claridad de la documentación aportada en la oferta.
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RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán Las ofertas correspondientes a proposiciones que sean rechazadas por no reunir los requisitos de capacidad y solvencia exigidos quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores y los sobres que contengan el Plan de Ejecución de la Obra y la oferta económica de estas empresas no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliegoserán abiertos.
B. En la valoración de los Planes de Ejecución de la Obra y de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. Superar el del presupuesto máximo de licitación o el del plazo máximo señalado para la ejecución previstos de la obra prevista en el contratoCCP.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripcióntranscripción.
43. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
5. Presentar mejoras diferentes a las previstas en el CCP del contrato de que se trate.
64. Presentar proposiciones con variantesvariantes o alternativas, o presentar variantes diferentes de las previstas cuando salvo que expresamente se prevean para una obra concreta en el CCP del contratoCCP.
75. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 del mismo. Presentar la oferta técnica sin ajustarse a los criterios formales señaladas en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadores.11.A
8. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
9. Incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe “B”.
106. Presentar la oferta fuera de plazo u horaplazo, en lugares diferentes a los indicadosindicados en la cláusula 11.C, o no comunicar la presentación por correo electrónico «habilitado», por fax o telegrama, telegrama o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento GICAMAN, S.A. pasados diez cinco días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
117. No subsanar presentar la oferta en tres sobres cerrados en los términos establecidos en el plazo establecido las deficiencias que apartado E de la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsablecláusula 11.
128. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o especificaciones del de prescripciones técnicaspresente Xxxxxx, o de la memoria de los servicioslas Normas, así como el incumplimiento de la normativa aplicable Reglamentos o Instrucciones vigentes aplicables a la ejecución del contratode obras.
139. No valorar de la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
10. Realizar ofertas planteamientos técnicamente inviables o manifiestamente defectuosas o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertasdefectuosos.
14. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
15. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación presentada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas