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Recursos Prospectivos Cláusulas de Ejemplo

Recursos Prospectivos. Los resultados de la evaluación Yet to Find realizada en 2018 por la ANH serán integrados al proyecto y serán complementados con la discriminación entre los recursos de crudo y de gas remanentes en las cuencas evaluadas. La metodología de evaluación combinará el modelamiento de sistemas petrolíferos, el balance de masas y el análisis fractal. El estimativo incluirá el cálculo de Recursos Prospectivos y Recursos Prospectivos Recuperables de gas. Toda la información generada en el proyecto se integrará con el propósito de realizar una síntesis de la prospectividad del gas en las cuencas onshore colombianas. Esta última fase del proyecto estará orientada a la definición de tres puntos principales; el ranqueo de las cuencas evaluadas en función de la prospectividad del gas, el ranqueo de los corredores de prospectividad y una propuesta de plan exploratorio para el gas en las cuencas onshore en Colombia.
Recursos Prospectivos. Para los recursos prospectivos, presente el informe de los prospectos identificados tanto en áreas en exploración como en los campos en operación existentes en el contrato.

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  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS Como objetivos específicos de esta acción formativa se pretende que los alumnos/as adquieran los conocimientos necesarios que desarrollen las competencias profesionales asociadas al contenido del mismo. El alumno, mediante la adquisición de las competencias específicas asociadas será capaz al terminar el curso de: - Identificar cada negocio jurídico, preparar la documentación jurídica necesaria para llevar a cabo la operación, identificar el impuesto al que tributaría, relacionando ambos ámbitos de forma que el alumno pueda plantear un negocio de la forma jurídica más económica para los sujetos implicados. - Tener conocimiento del contenido de cada uno de los impuestos y tasas específicos, desde la identificación del impuesto correspondiente, hasta su liquidación y pago. - Conocer los conceptos básicos de propiedad, posesión, transmisión, fiscalidad, para poder entender a posteriori los conceptos más específicos. - Conocer el alcance y las consecuencias jurídicas y fiscales que se generan cuando se interviene en un acto o negocio inmobiliario. - Conocer los conceptos y las diferentes formas jurídicas que se dan en cualquier tipo de transacción inmobiliaria, de forma que se cuantifique también la consecuencia fiscal de forma que el alumno sepa elegir la forma más rentable de enfocar una operación inmobiliaria. - Identificar las distintas situaciones que se plantean a la hora de adquirir un inmueble dependiendo del estado civil que tenga el posible cliente. - Dominar las diferentes formas de transmitir (adquirir, ceder, donar, alquilar) un inmueble. - Conocer la repercusión de la realización de una compraventa frente a terceros. - Dominar todos los derechos y obligaciones que tienen las partes que intervienen en un negocio inmobiliario y las responsabilidades que se adquieren al ser propietario. - Conocer el sector inmobiliario, su funcionamiento y desarrollo de forma profesionalizada. A través del seguimiento del aprendizaje que hace el profesor/tutor del alumnado, de los ejercicios prácticos y evaluaciones que se hacen a lo largo de la acción formativa y del análisis de los cuestionarios de evaluación de calidad y encuestas telefónicas se medirá la consecución de los objetivos fijados, prestando atención al impacto de la formación en el puesto de trabajo.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • RECURSOS Los recursos se regirán por las siguientes reglas: 1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) o las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan, cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales. 2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la ley. 3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de COJARDIN SA ESP. Los funcionarios encargados de resolverlo serán el Gerente General de la persona prestadora o su suplente. 4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno. 5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. 6. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario. 7. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) o las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan. 8. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con esta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos. 9. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.

  • Reconocimientos médicos Las empresas solicitarán como mínimo un reconocimiento médico al año, al Organismo competente, de conformidad con la normativa vigente, para su personal.

  • Objetivos La formación profesional buscará atender, entre otros, los siguientes objetivos: A) La adaptación al puesto de trabajo y a sus modificaciones. B) La especialización dentro del propio trabajo. C) La reconversión profesional. D) La ampliación de los conocimientos de los trabajadores aplicables a las actividades del sector.

  • Recursos Humanos 6.1 Proporcionar el organigrama de la empresa 6.1 Comprobar documentalmente que proporcionan el organigrama de la empresa. 6.2 Proporcionar el número del personal que trabaja en la empresa. a) Directivos, b) Empleados, c) Obreros, y d) Total de personas.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • MEDIOS MATERIALES La entidad adjudicataria dispondrá de, al menos un vehículo preparado y homologado, para la recogida de animales, el cual contará con las preceptivas jaulas y compartimiento cerrado y aislado, para la recogida y transporte de los animales, llevando a cabo cuantas acciones de limpieza, desinfección y desinsectación sean necesarias para mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias. Dicho vehículo mostrará identificación exterior del Ayuntamiento xx Xxxxxxx La entidad adjudicataria dispondrá de un número de teléfono de contacto durante las 24 horas para la recepción de avisos, garantizando su accesibilidad. Este número de teléfono debe ser aportado con la entrega de la documentación y debe ser estable por la duración del contrato. Cualquier modificación del mismo debe ser comunicada por escrito al Área de Sanidad previo a su cambio. La empresa adjudicataria dispondrá de una conexión a Internet y dirección de correo electrónico que debe ser aportada con la entrega de la documentación y debe ser estable por la duración del contrato. Cualquier modificación de la misma debe ser comunicada por escrito al Área de Sanidad previo a su cambio. A su vez deberá contar con todos los medios necesarios para la recogida de los animales ( lanzadardos adormecedores, jaulas trampa, lazo de aluminio homologado,... ), lectores universales de microchips identificativos, así como otros medios que puedan ser necesarios para la adecuada prestación del servicio. Asimismo dispondrá de incineradora propia o acuerdo con alguna empresa homologada y con los permisos necesarios paral a incineración de animales, aspecto que deberá justificarse por escrito, adjuntándose descripción de la incineradora (tanto propia como de la autorizada, así como de los permisos de que goza la incineradora. 7.-ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS. La entidad prestadora del servicio llevará un control exhaustivo de las altas y bajas producidas y de todas las incidencias y demás datos relativos a la prestación del servicio. Para ello, debe disponer de un Libro de Registro, suministrado o visado por el órgano Xxxxx competente en el que por cada animal se hará constar, como mínimo y sin carácter exhaustivo: • Tipo de animal que ingresa. • Descripción de las características del animal. • Fecha y causa de ingreso. • Datos del depositario o persona que notificó su abandono. • Observaciones relativas a su estancia. • En caso de recogida por el propietario, adopción o sacrificio: fecha, datos personales de los implicados y descripción del procedimiento realizado. Este Libro-Registro se hallará a disposición de las Administraciones competentes. La empresa adjudicataria deberá remitir al responsable municipal que corresponda, un Informe Mensual junto a la factura, en el que se hará constar: - • Relación de las adopciones o sacrificios que se realicen y de todos los datos necesarios para llevar un control sobre las altas y bajas producidas en el Albergue. • Relación de los partes de trabajo referidos a los avisos atendidos, indicando hora de recepción del aviso, hora de llegada, características del animal implicado, tipo de intervención y resultado de la incidencia. En el ultimo mes del año se emitirá un informe anual donde se reflejen todas las incidencias producidas así como comparativas con años anteriores ,acerca de entradas, salidas, identificaciones, servicios de urgencia, días de estancia en el albergue, incineraciones, esterilizaciones, etc. Asimismo la empresa adjudicataria cumplirá su obligación legal de remitir la información pertinente de altas, bajas, cambios de titularidad o colocación de microchips, a la institución responsable del mantenimiento de la identificación de animales.

  • Contratos eventuales por circunstancias de la producción La duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, podrá ser de hasta doce meses en un período de dieciocho meses.

  • PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 201513. Contra los actos de terminación y facturación que realice la persona prestadora, proceden el recurso de reposición y subsidiariamente el de apelación, los cuales se interpondrán de manera simultánea. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. En ningún caso proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de cinco (5) meses de haber sido expedidas. De los recursos de reposición y apelación contra los demás actos de la persona prestadora que enumera el inciso primero del artículo 154 de la Ley 142 de 1994, debe hacerse uso dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario. Los recursos no requieren presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.