REINTEGROS. 4.1 En el caso de que el Beneficiario, por razones de fuerza mayor o emergencia debidamente justificada, no pudiera dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo 1, inciso 1.4 de estas Condiciones Generales, y deba recurrir, en forma directa a otros médicos y/o adquirir medicamentos recetados, el Prestador podrá reembolsar los gastos realizados en estas circunstancias, siempre y cuando se cumpla con las siguientes condiciones: 4.1.A Comunicarse con la Central Operativa del Prestador, desde el lugar de ocurrencia de los hechos por sí o por intermedio de otra persona, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ocurrida la emergencia. 4.1.B Informar la emergencia sufrida y la asistencia recibida al momento de la comunicación. 4.1.C Proporcionar toda la documentación necesaria que acredite la procedencia de los gastos y la recepción del Servicio y/o la adquisición de medicamentos recetados como consecuencia de la afección sufrida como así también el monto total de los mismos. La documentación que el Beneficiario deberá entregar al Prestador deberá tener validez legal y/o contable.
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REINTEGROS. 4.1 En el caso de que el Beneficiario, por razones de fuerza mayor o emergencia debidamente justificada, no pudiera dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo 1, inciso 1.4 1.5 de estas Condiciones Generales, y deba recurrir, en forma directa a otros médicos y/o adquirir medicamentos recetadosmedicamentos, el Prestador “Prestador” podrá reembolsar los gastos realizados en estas circunstancias, siempre y cuando se cumpla con las siguientes condiciones:
4.1.A Comunicarse con la Central Operativa del “Prestador”, desde el lugar de ocurrencia de los hechos por sí o por intermedio de otra persona, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ocurrida la emergencia. 4.1.B Informar Informar, al momento de la comunicación, la emergencia sufrida y la asistencia recibida al momento de la comunicaciónrecibida. 4.1.C Proporcionar toda la documentación necesaria que acredite la procedencia de los gastos y la recepción del Servicio y/o la adquisición de medicamentos recetados como consecuencia de correspondientes a la afección sufrida como así también el monto total de los mismos. La documentación que el Beneficiario deberá entregar al Prestador “Prestador” deberá tener validez legal y/o contable.
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REINTEGROS. 4.1 En el caso de que el Beneficiario, por razones de fuerza mayor o emergencia debidamente justificada, no pudiera dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo 1, inciso 1.4 1.5 de estas Condiciones Generales, y deba recurrir, en forma directa a otros médicos y/o adquirir medicamentos recetadosmedicamentos, el Prestador “Prestador” podrá reembolsar los gastos realizados en estas circunstancias, siempre y cuando se cumpla con las siguientes condiciones:
4.1.A Comunicarse con la Central Operativa del “Prestador”, desde el lugar de ocurrencia de los hechos por sí o por intermedio de otra persona, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ocurrida la emergencia. 4.1.B Informar Informar, al momento de la comunicación, la emergencia sufrida y la asistencia recibida al momento de la comunicaciónrecibida. 4.1.C Proporcionar toda la documentación necesaria que acredite la procedencia de los gastos y la recepción del Servicio y/o la adquisición de medicamentos recetados como consecuencia de correspondientes a la afección sufrida como así también el monto total de los mismos. La documentación que el Beneficiario deberá entregar al Prestador “Prestador” deberá tener validez legal y/o contable.
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REINTEGROS. 4.1 En el caso de que el Beneficiario, por razones de fuerza mayor o emergencia debidamente justificada, no pudiera dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo 1, inciso 1.4 1.5 de estas Condiciones Generales, y deba recurrir, en forma directa a otros médicos y/o adquirir medicamentos recetadosmedicamentos, el Prestador “Prestador” podrá reembolsar los gastos realizados en estas circunstancias, siempre y cuando se cumpla con las siguientes condiciones:
4.1.A Comunicarse con la Central Operativa del “Prestador”, desde el lugar de ocurrencia de los hechos por sí o por intermedio de otra persona, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ocurrida la emergencia. 4.1.B Informar la emergencia sufrida y la asistencia recibida al momento de la comunicación. 4.1.C Proporcionar toda la documentación necesaria que acredite la procedencia de los gastos y la recepción del Servicio y/o la adquisición de medicamentos recetados como consecuencia de correspondientes a la afección sufrida como así también el monto total de los mismos. La documentación que el Beneficiario deberá entregar al Prestador “Prestador” deberá tener validez legal y/o contable.
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